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Nación presentó el proyecto para regular el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial

El proyecto de ley establece los mecanismos para la regulación de la actividad, fomenta el desarrollo de la cadena productiva y, especialmente, promueve el desempeño de las cooperativas del sector y de las PyMEs.

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas presentó hoy el proyecto de ley “Marco regulatorio para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial” que establece los mecanismos para la regulación de la actividad, fomenta el desarrollo de la cadena productiva y, especialmente, promueve el desempeño de las cooperativas del sector y de las PyMEs.

El anuncio, que se dió en el marco del Consejo Económico y Social en el museo del Bicentenario, se realizó en conjunto con el secretario de Asuntos Estratégicos de la Nación y presidente del Consejo Económico y Social, Gustavo Beliz; la ministra de Salud, Carla Vizzotti; el ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, Roberto Salvarezza; el ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra.

El mercado de cannabis medicinal y cáñamo industrial crece exponencialmente a nivel global, es una nueva fuente de empleo de calidad y desarrollo productivo”, afirmó Kulfas durante la presentación del proyecto de ley y ponderó la “gran oportunidad que tiene Argentina para ser líder regional, por sus capacidades agropecuarias e industriales y su entramado científico productivo”.

Además, puntualizó que “el proyecto crea las condiciones para el desarrollo de la cadena a nivel local, aprendiendo de las mejores lecciones internacionales”, y sostuvo que “el desarrollo de la cadena tendrá múltiples impactos positivos en el país: más empleo, más exportaciones, más innovación, desarrollo federal y acceso a la salud”.

Hay más de 50 países que han avanzado en algún tipo de legalización para el cannabis de uso industrial medicinal e industrial. Esto está alentando un crecimiento exponencial de la producción. Una producción global proyectada para dentro de tres años en 42.700 millones de dólares, es decir, 14 veces más que hace diez años”, analizó el ministro y explicó que Israel, Canadá y Estados Unidos son líderes a nivel mundial; mientras que en la región se destacan Colombia y Uruguay. “Hay un mercado global emergente, y vemos una ventana de oportunidad para Argentina”, dijo.

Además, explicó que esta actividad “crea empleo de calidad” y dio como ejemplo Canadá, en donde 2 de cada 10 empleos en la actividad están dedicados a la investigación y desarrollo, control de calidad e ingeniería de procesos. “Se ven oportunidades crecientes en el desarrollo de la genética: en el último trienio crecen las patentes de variedades solicitadas. Y también es una actividad que tiene altos encadenamientos con valor agregado. Si consideramos toda la cadena, desde la semilla, podemos ver que hay más de 200 bienes y servicios vinculados con esta cadena. Por esto, apostar al desarrollo de este sector implica una gran cantidad de actividades vinculadas”.

«Cáñamo Industrial en el Alto Valle», nota de Ing. Mariana Azevedo.

En este sentido, explicó que se avanzó en una ley porque “hoy es necesario una norma que permita escalar la producción. Este proyecto apunta a legalizar la producción y desarrollo de la cadena productiva del cannabis y el cáñamo con una visión productiva, sujeto a las regulaciones establecidas basados en recomendaciones internacionales y en estudios de países pioneros”, explicó, y resaltó que “se apunta a evitar desvíos hacia el mercado ilegal, garantizar la trazabilidad de procesos y productos con destino medicinal. Una adecuada trazabilidad permite que Argentina se posicione con una marca país asociada a una excelente calidad de productos y se va a valorizar las exportaciones”.

En cuanto al cannabis medicinal, explicó que el objetivo es el desarrollo de la cadena con uso medicinal y fisioterapéutico mediante un marco regulatorio para regularizar proyectos que hoy existen y poder complementar la ley 27.350; mientras que en relación al cáñamo, resaltó que el objetivo central es “permitir el desarrollo de esta industria, que es una variedad específica con baja concentración de THC no psicoactivo”.

En la actualidad el mercado de cannabis medicinal y cáñamo industrial está creciendo exponencialmente y será una fuente de empleo de calidad y desarrollo económico a nivel global.

“Es una actividad que con el desarrollo que estamos previendo puede generar 10 mil nuevos empleos (de los cuales quizá un 20% esté orientado a las actividades de investigación, desarrollo e innovación); 500 millones de dólares en ventas al mercado interno al año y 50 millones de dólares de exportaciones al año. Sería un escenario de inicio con fuerte impacto económico federal”, analizó.

El objetivo de la normativa es brindar un marco regulatorio para la inversión pública y privada en toda la cadena del cannabis medicinal y complementar la actual legislación, la Ley 27.350, que autoriza el uso terapéutico y paliativo del cannabis. En el caso del cáñamo industrial, apunta a legalizar los eslabones productivos, los de comercialización y sus subproductos.

Además, impulsa la creación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) la que tendrá entre sus funciones regular, administrar y fiscalizar toda la cadena productiva de cannabis y cáñamo. También la de otorgar y administrar autorizaciones para producción y comercialización, con especial atención a PyMES, cooperativas y economías regionales.

El proyecto de ley promueve mecanismos de autorizaciones para los productores y comercializadores, y estrategias de seguridad, fiscalización y trazabilidad en la cadena.

La ARICCAME tendrá entre sus facultades la capacidad de coordinar acciones necesarias con organismos reguladores para el desarrollo del sector, y estará compuesta por los Ministerios nacionales de Desarrollo Productivo; Salud; Agricultura, Ganadería y Pesca; Ciencia y Tecnología; y Seguridad.

A partir de la experiencia internacional el proyecto de ley crea las condiciones y regula el desarrollo del sector teniendo en cuenta las recomendaciones y lecciones de los países pioneros a nivel global y regional. La experiencia internacional muestra que la cadena de cáñamo y cannabis medicinal tiene un mayor potencial de crecimiento si se encuentra regulada por el Estado, para evitar desvíos al mercado ilegal y garantizar la trazabilidad de procesos y productos con destino medicinal.

El potencial económico para el desarrollo de la actividad del cannabis medicinal y el cáñamo industrial para el año 2025 se proyecta en 10.000 nuevos empleos, US$ 500 millones en ventas al mercado interno anuales y US$ 50 millones de exportación anuales.

Por su parte, Vizzotti, celebró la presentación de este nuevo marco regulatorio que completa la ley 27.350. «Nosotros teníamos una ley que encorsetaba derechos, con una mirada punitiva y persecutoria, y sabíamos que teníamos una deuda pendiente«, afirmó y destacó la tarea realizada desde su cartera que continuó ampliando derechos en un contexto de mucha dificultad con el objetivo de facilitar el acceso a un producto seguro y de calidad.

«Hay algunas cosas que ya son una realidad, no son un potencial. El Ministerio de Salud ya aprobó nueve proyectos provinciales de cultivo e investigación en La Rioja, en Jujuy, en San Juan, en Misiones, en Patagonia Norte, en Chubut, en Pergamino, INTA Castelar y Lamadrid. Se trata de proyectos de investigación que incluyen una etapa de producción e industrialización, lo que además de conocimiento científico genera impacto en la economía regional», resaltó.

«¿Puede ser Rio Negro potencia gracias al cannabis?», nota del periodista Rubén Lagras.

«Lo más relevante para nosotros es haber saldado la deuda con la sociedad civil, dejar de sentir que las personas que usaban cannabis medicinal se sintieran perseguidas. El día que se publicó el decreto reglamentario nuevo de la ley 27.350 fue uno de los días más satisfactorios de nuestra gestión. Hasta ahora avanzamos con lo que teníamos y ahora vamos por más», concluyó.

A nivel mundial ya unos 50 países tienen algún tipo de legalización de su uso medicinal e industrial. Israel, Canadá, y EEUU son líderes a nivel global, y en la región avanzan Uruguay y Colombia. La producción de Cannabis Medicinal fue de 1,4 toneladas en 2000 vs. 468 toneladas en 2019. El mercado internacional tiene proyectados un movimiento de US$ 42.700 millones para 2024 (10 veces superior a una década atrás).

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    Reforma laboral de Milei: un proyecto escrito para desarmar derechos

     

    El Gobierno impulsa una reforma laboral que redefine la relación de dependencia, habilita nuevas formas de precarización, reduce indemnizaciones y debilita la negociación colectiva. El texto, presentado para tratar durante las sesiones extraordinarias, modifica de manera profunda la Ley de Contrato de Trabajo y reorganiza el mapa de poder entre capital y trabajo.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    Un cambio de época escrito en letra chica

    El proyecto de “modernización laboral” del oficialismo no es un simple aggiornamiento técnico ni un reordenamiento administrativo. Es un intento explícito de reconfigurar las reglas fundacionales de la relación laboral en Argentina, desde el momento en que una persona empieza a trabajar hasta la forma en que se calcula su indemnización cuando es despedida. Todo el texto está diseñado para mover el péndulo hacia el empleador, reduciendo la protección que la Ley de Contrato de Trabajo consolidó durante décadas y que constituyó uno de los pilares del modelo argentino.

    El Gobierno lo presenta como un salto hacia la flexibilidad, la innovación y el empleo moderno. Pero cuando se analizan las modificaciones artículo por artículo, lo que se revela es una arquitectura jurídica pensada para abaratar despidos, diluir la estabilidad, fragmentar la negociación colectiva y habilitar nuevos mecanismos de contratación más débiles.

    A continuación, un análisis profundo de las modificaciones más relevantes, ordenadas por grandes bloques temáticos, con explicación detallada y sus efectos concretos sobre la vida laboral de las y los trabajadores.


    1. el corazón del proyecto: redefinir quién es trabajador

    Reforma del concepto de trabajo y del ámbito de aplicación

    La LCT históricamente estableció que toda prestación personal realizada bajo dependencia es trabajo, y por lo tanto merece protección. El proyecto del oficialismo introduce modificaciones que amplían las excepciones y atomizan el régimen.

    La clave está en ensuchar el concepto de dependencia, que siempre fue lo que blindó a los trabajadores frente a las falsas modalidades. El proyecto incorpora referencias explícitas a trabajadores independientes, prestadores de servicios, contratos civiles y prestadores de plataformas digitales que podrían quedar fuera de la LCT si el empleador así lo organiza.

    Ejemplo concreto

    Hoy, si un mensajero de aplicaciones trabaja todos los días, con horarios, instrucciones y control de la empresa, la Justicia puede reconocer la relación de dependencia. Con la reforma, la empresa podrá argumentar —y con aval legal— que se trata de un “prestador independiente” sujeto a regulación específica, reduciendo la posibilidad de reconocimiento judicial.

    La consecuencia es un piso mínimo de derechos más bajo y un aumento exponencial de relaciones supuestamente “autónomas” que en realidad son empleo encubierto.


    2. la presunción de relación laboral: el golpe más fino del texto

    Limitación de la presunción de dependencia

    La presunción de que la prestación personal genera contrato de trabajo es una de las piedras angulares de la LCT. Sin ella, cualquier empleador podría disfrazar la relación de mil maneras. El proyecto introduce un límite decisivo: Si existe contrato de servicios, facturación, recibos u otros instrumentos civiles, la presunción de dependencia no operará.

    Esto implica que la simple emisión de una factura —algo que hoy se usa masivamente para precarizar— pasará a ser un blindaje para el empleador. La carga de la prueba recae íntegramente sobre el trabajador, que deberá demostrar la subordinación.

    Ejemplo concreto

    Una diseñadora gráfica que trabaja todos los días para la misma empresa, recibe órdenes y usa equipos provistos por la firma. Si le hacen facturar, ya no podrá invocar automáticamente la presunción de dependencia. Tendrá que litigar durante años, sin ingresos, para que un juez reconozca su situación.

    El proyecto multiplica así la precarización legal.


    3. la negociación colectiva: una poda que debilita a los sindicatos

    Eliminación de la aplicación analógica de los convenios

    Uno de los cambios más graves consiste en prohibir que los convenios colectivos se apliquen por analogía o extensión. Es decir, si un trabajador realiza una tarea similar a otra ya regulada, pero no está específicamente contemplado en su convenio, no podrá beneficiarse automáticamente de ese estándar.

    Este artículo fractura la herramienta histórica que encontró el movimiento obrero para ampliar derechos, impedir disparidades injustificadas y evitar que los empleadores fragmenten convenios a su gusto.

    Qué significa en la práctica

    • Menos trabajadores cubiertos por protección colectiva.
    • Más margen para redactar convenios “a medida” en empresas pequeñas.
    • Mayor debilidad de trabajadores aislados o de sectores nuevos.

    Este cambio promueve un modelo laboral de negociación atomizada, donde cada empresa se mueve con su propio “mini-convenio”, debilitando la fuerza gremial.

    La reforma del principio protectorio

    Además, el proyecto interviene la regla de “norma más favorable”, obligando interpretaciones más restrictivas. Esto limita la posibilidad de que, ante dudas, los jueces elijan la solución más protectora para el trabajador.

    El espíritu de la LCT se centra históricamente en compensar la desigualdad estructural entre empleado y empleador. El proyecto la reduce a un principio casi decorativo.


    4. indemnizaciones: un recorte estructural

    Redefinición de la base de cálculo

    El proyecto especifica qué conceptos se incorporan para determinar la indemnización y cuáles quedan fuera. La lógica general es reducir el monto final del despido.

    En particular:

    • Se excluyen o limitan pagos variables y sumas no remunerativas.
    • Se recalculan promedios de manera que reduzcan el impacto de meses con remuneraciones altas.
    • Se introducen aclaraciones que favorecen el criterio más bajo cuando hay dudas.

    Por qué es un cambio profundo

    En Argentina la indemnización tiene carácter disuasivo: busca evitar despidos arbitrarios. Al abaratarla, se incentiva la rotación y se da mayor libertad a las empresas para despedir.

    Un empleador hoy puede dudar antes de echar a un trabajador con diez años de antigüedad. Con la reforma, el costo será mucho menor: despedir será más barato.

    Otros efectos

    • Impacto directo en trabajadores con premios por productividad.
    • Menor protección para trabajadores con salarios compuestos.
    • Incentivo a convertir partes del salario en pagos no remunerativos.

    5. tercerización, agencias de servicios y trabajo eventual

    Responsabilidad solidaria reducida

    La LCT establece que, cuando una empresa terceriza tareas, la empresa usuaria es solidariamente responsable. La reforma reduce esa responsabilidad al período en que el trabajador prestó tareas “directamente” para la empresa principal.

    Esto abre un espacio peligroso: cualquier empresa podrá tercerizar actividades principales sin asumir plenamente las consecuencias.

    Legalización de la eventualidad rotativa

    El proyecto amplía el margen para contratar mediante agencias de servicios eventuales, con menor representación gremial y menores obligaciones. Esto profundiza un modelo donde:

    • Un trabajador puede pasar años contratado “a prueba”.
    • La antigüedad se desdibuja.
    • La estabilidad desaparece en la práctica.

    Ejemplo concreto

    Un supermercado podrá cubrir cajas, góndolas, depósitos y logística con personal eventual rotado por agencias, sin integrar nunca al plantel estable.

    El efecto es una reconfiguración estructural del mercado de trabajo donde la eventualidad deja de ser excepcional.


    6. tiempo de trabajo, vacaciones y “flexibilidad”

    Bancos de horas

    El proyecto habilita mecanismos que permiten compensar horas extras con descanso, en lugar de pago. En un país con salarios depreciados, esto implica una transferencia directa desde el trabajador hacia la empresa.

    Vacaciones y licencias

    El texto introduce fórmulas para liquidar vacaciones y calcular retribuciones que, según la redacción, tienden a reducir valores efectivamente percibidos.

    Además, se incorporan mayores márgenes para reorganizar jornadas y turnos según “necesidades productivas”, ampliando la flexibilidad unilateral del empleador.


    7. economía digital: trabajadores de plataformas

    Una categoría paralela sin derechos plenos

    El proyecto menciona expresamente a los prestadores de plataformas digitales, remitiéndolos a una regulación posterior. Lo que parece una “precisión técnica” es en realidad una señal política clara: las plataformas no quieren—y el Gobierno no exige—que estos trabajadores entren a la LCT.

    Esto consolida un modelo donde:

    • No hay estabilidad.
    • No hay indemnización.
    • No hay licencias pagas.
    • No hay aguinaldo ni vacaciones.

    Es la formalización de un sector precario como “normal”.


    8. justicia laboral: más carga sobre el trabajador

    El proyecto endurece los requisitos probatorios y formales en acuerdos y conciliaciones. Aunque mantiene la gratuidad del trabajador en ciertos procesos, exige intervenciones judiciales más complejas y abre margen para cuestionamientos formales.

    Esto implica que, ante un conflicto:

    • El trabajador necesitará más pruebas.
    • El empleador tendrá más herramientas para demorar o litigar.
    • Los juicios podrán extenderse durante años.

    Una vez más, la balanza se inclina hacia el lado empresarial.


    conclusión: un proyecto que reescribe el contrato social argentino

    La reforma laboral del oficialismo no es una “modernización”. Es una reforma estructural del poder dentro del mundo del trabajo.
    Sus pilares son claros:

    • Desarmar la presunción de dependencia.
    • Debilitar la negociación colectiva.
    • Abaratar el despido.
    • Normalizar la tercerización.
    • Crear nuevas categorías más baratas y desprotegidas.
    • Flexibilizar jornadas y reducir costos indirectos.

    Es, en esencia, un proyecto que busca que la relación laboral deje de ser un vínculo protegido para convertirse en un acuerdo privado entre partes formalmente “libres” pero en realidad profundamente desiguales.

    El texto no mejora la productividad. No genera empleo de calidad. No impulsa el desarrollo industrial. Lo que hace es ajustar al trabajador, reduciendo derechos conquistados durante décadas y abaratando la mano de obra para que el mercado se ordene bajo la lógica del empleador.

    En un país donde el trabajo digno fue siempre un eje identitario, esta reforma implica un retroceso histórico. Y lo más grave: pretende que ese retroceso sea permanente.

     

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