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MARCHA ATRÁS

El gobierno nacional dio marcha atrás a las 24 cuotas retroactivas que iban a pagar los usuarios a partir del año que viene. La resolución la publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial Javier Iguacel, titular de la secretaría de energía, y establecía que los usuarios de la red de gas de todo el país debían afrontar un cargo extra en sus facturas para compensar a las empresas por la devaluación del peso.

El Estado asumirá el gasto que generó a las productoras a partir de la devaluación y  pagará esa compensación en 30 cuotas hasta el año 2021. La resolución era claramente inconstitucional, propios y ajenos al gobierno lo sabían. Me pregunto, ¿la licuación del salario del trabajador, quién la subsana?

No es la primera vez que el gobierno avanza sobre una  decisión y después vuelve sobre sus pasos. ¿Pro o contra? Los oficialistas dirán que éste es un gobierno que escucha, un gobierno de diálogo, autocrítico. Que acepta los errores y los corrige. Los opositores por el contrario expresarán que la idea es proponer y tantear, teniendo en cuenta que  los medios esconden y ayudan a que la sociedad no se movilice, algunas decisiones antipopulares pasan desapercibidas, se concretan y golpean los bolsillos más livianos.

Lo fáctico es que el gobierno se hará cargo de la compensación a las productoras pero quedará vigente el incremento que se definió en audiencia pública, del 35% desde octubre y un 15% más desde enero del año que viene. Podrán pensar que se viene el verano y el consumo de gas baja. Pero bajará el consumo y no la tarifa; el calor hará lo suyo y el invierno llegará otra vez. Los más afectados serán nuevamente los sectores más carenciados que percibirán tarifas con un 50% de incremento.

No pasó una, pero pasó la otra. O quién sabe, quizás esa compensación a las productoras está tácitamente cubierta en los aumentos vigentes y en definitiva pasaron las dos.

Hace un tiempo atrás publicamos en #LaTapa un artículo titulado «Cuando la Patagonia se liberó de Argentina», entre otras cosas, el artículo hacía hincapié sobre las políticas antipatagónicas del gobierno actual.

En éste caso, el nuevo tarifazo vuelve a golpear a la zona más austral del país, siendo que hasta en verano las provincias sureñas necesitan del gas para templar sus hogares, además del uso para los quehaceres cotidianos. El simbronazo que algunos sentirán más adelante, ya golpea las familias del sur.

Vaca muerta es el segundo yacimiento hidrocarburífero no convencional más grande del mundo.

Está ubicado en la Patagonia.

Portada: Germán Busin
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  • El Gobierno preadjudicó el dragado a Jan De Nul y entra en etapa final la privatización de la Hidrovía

     

     El Gobierno nacional anunció la preadjudicación de la nueva concesión de la Vía Navegable Troncal a Jan De Nul asociada a la firma argentina Servimagnus. La decisión surge del dictamen elaborado por la Comisión Evaluadora de la licitación internacional que impulsa la privatización del principal corredor fluvial del país.

    Según el dictamen la unión Jan De Nul-Servimagnus obtuvo el mejor desempeño en las etapas de evaluación técnica y antecedentes, alcanzando 66,20 puntos, mientras que la oferta de DEME logró 42,14 puntos.

    La diferencia se produjo en la valoración técnica, ya que ambas empresas presentaron exactamente las mismas tarifas económicas para las tres etapas de la concesión y consiguieron el puntaje máximo en ese apartado.

    La empresa ganadora acreditó experiencia por más de 210 millones de metros cúbicos dragados en la Hidrovía y otros proyectos internacionales, además de antecedentes en balizamiento y mantenimiento de vías navegables similares.

    En cambio, gran parte de los antecedentes presentados por DEME fueron descartados durante el proceso de evaluación por no ajustarse a los criterios establecidos en el pliego.

    Desde el Ministerio de Economía destacaron que el proceso atravesó tres etapas de análisis, que no recibió impugnaciones de las empresas participantes y que las denuncias judiciales presentadas contra la licitación fueron rechazadas.

    El Gobierno sostiene que la nueva concesión permitirá una reducción inmediata cercana al 15% en los costos logísticos y una modernización integral de la tecnología de navegación.

    La preadjudicación abre ahora una instancia final de siete días corridos para la presentación de eventuales impugnaciones al dictamen. Cumplido ese plazo, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación quedará en condiciones de avanzar con la adjudicación definitiva del contrato para la vía por la que circula alrededor del 80% del comercio exterior argentino.

    En paralelo, las principales entidades usuarias del sistema, entre ellas la Bolsa de Comercio de Rosario, la Cámara de la Industria Aceitera (Ciara-CEC), la Cámara de Puertos Privados Comerciales y la Unión Industrial Argentina, celebraron el avance y pidieron rapidez para la adjudicación definitiva. 

    pic.twitter.com/LtUnp3ubtD

    — Ministerio de Economía (@MinEconomia_Ar) June 5, 2026

     

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  • Kicillof va a la Corte contra un fallo que ordena a la Provincia a pagar 5.500 millones a Nación por dos locomotoras

     

    El gobierno de Axel Kicillof recurrió a la Corte Suprema reclamando anular un fallo que le ordena a la Provincia a pagar USD 3.895.000 a la Nación por una multa que, a la fecha de su liquidación, representa $ 5.511.425.000.

    Es a raíz de un extenso proceso judicial derivado del incumplimiento de un contrato efectuado en agosto de 1999 por el que la Nación le cedía en préstamo por un año a la Provincia dos locomotoras General Motors de trocha media.

    Al cumplirse el año, en agosto de 2000, el gobierno de Carlos Ruckauf no solo no abonó el canon mensual sino que tampoco devolvió las locomotoras. Por eso, comenzó a correr una multa de USD 1.000 por día.

    En diciembre de 2017, cuando el gobierno de María Eugenia Vidal cerró Ferrobaires, esas locomotoras fueron devueltas a Nación. Pero en el reciente fallo de la Cámara, esa restitución no contó a la hora de aplicar el mecanismo de conversión monetaria.

    Mientras, el gobierno de Javier Milei ya presentó la intimación para que la Provincia pague lo adeudado «bajo apercibimiento de ejecución».

    La Provincia acusa una «contradicción» manifiesta del tribunal, ya que éste reconoció la restitución de las locomotoras en 2017 pero, simultáneamente, mantuvo un mecanismo de conversión monetaria de la multa bajo el supuesto de que nunca fueron restituídas

    Es en ese marco que la Provincia se presentó ante la Corte pidiendo que se deje sin efecto lo que definió como una «escandalosa multa» impuesta en etapa liquidataria, en febrero último.

    Los abogados del Estado bonaerense cuestionaron que, en el fallo de Cámara, el criterio de conversión monetaria de la multa se haya fijado sobre la base de que las locomotoras nunca se restituyeron, algo que sucedió en 2017.

    En la presentación realizada días atrás a la que tuvo acceso LPO (ver abajo), el planteo de la Provincia habla de una «contradicción» manifiesta del tribunal, ya que éste reconoció la restitución de las locomotoras y fijó el corte temporal de la multa al 27 de diciembre de 2017.

    «Pero, simultáneamente, mantuvo un mecanismo de conversión monetaria construido sobre el presupuesto fáctico contrario, o sea, la inexistencia de restitución hasta la fecha de liquidación». Es así que el tipo de cambio tomado no fue el de diciembre de 2017, sino el de febrero de 2026, con el dólar a $1.415.

    «Tal escisión entre presupuesto fáctico y consecuencia jurídica configuró una solución arbitraria», acusaron los representantes del Estado bonaerense.

    Así, la Provincia le pidió a la Corte que haga lugar a la cautelar solicitada, suspenda la ejecución y los plazos procesales ligados al cumplimiento de la sentencia. Además, solicitó que declaren la nulidad parcial de las resoluciones liquidatorias cuestionadas.

     Los abogados del Estado bonaerense plantean que la sentencia «desconoce normas federales como la Ley 25.561, que dispuso la pesificación de obligaciones de contratos administrativos a la relación 1 peso = 1 dólar», por lo que advierten que se incurre «en arbitrariedad de sentencia». 

    En caso de no hacer lugar, pide la «morigeración judicial de la cláusula penal, por resultar manifiestamente exorbitante, irrazonable y contraria a la buena fe».

    Desde la primera demanda en 2004, el proceso judicial por estas dos locomotoras tuvo un extenso derrotero.

    En 2021, llegó la sentencia de primera instancia del Juzgado Contencioso Administrativo 11, que hizo lugar al planteo de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF) pero no fijó monto de condena.

    En 2022, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó una nueva liquidación. En 2023, con la etapa de liquidación, la Provincia planteó la pesificación de las obligaciones pero el juez lo rechazó.

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    Es ahí donde los abogados del Estado bonaerense plantean que la sentencia «desconoce normas federales como la Ley 25.561, que dispuso la pesificación de obligaciones de contratos administrativos a la relación 1 peso = 1 dólar», por lo que advierten que se incurre «en arbitrariedad de sentencia».

    «Se llega a una condena exorbitante que excede incluso el valor real de las locomotoras que fueron entregadas a la provincia originariamente en locación pero luego afectadas al régimen de concesión de Nación a Provincia», advirtieron.

     En caso de no hacer lugar la Corte al planteo, la Provincia pide la «morigeración judicial de la cláusula penal, por resultar manifiestamente exorbitante, irrazonable y contraria a la buena fe». 

    En ese punto, agregaron: «Mientras la deuda principal e intereses reconocidos ascienden a poco más de 3.3 millones de pesos, la cláusula penal mediante el mecanismo cuestionado supera los 5.500 millones de pesos. La magnitud de la diferencia evidencia por sí sola la pérdida absoluta de razonabilidad».

    En un informe de marzo pasado, la subsecretaría de Hacienda provincial advirtió que, en virtud de la magnitud de los montos reclamados en esta causa, «no se cuenta con disponibilidad de recursos en la partida presupuestaria específica para afrontar dicho gasto en lo inmediato». 

     

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