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DE INAPLICABLE A PELIGROSA Y CONTRADICTORIA

Las modificaciones al proyecto de la ordenanza 14/20 impulsadas por la Cámara de Comercio tienen dos cambios sustanciales. Una que los comerciantes no fiscalicen los DNI y esa función de control quede en manos de la policía; la otra se eliminan las sanciones a los usuarios y a los comerciantes, ya que no dependen de ellos el control del ordenamiento.

Previo a la modificación expresamos en esta nota «Rapidez no es sinónimo de eficacia» que era irresponsable otorgar ese poder de policía a un ciudadanx común. También que el municipio no contaba con el personal para realizar el control. Dos puntos que convertían a la ordenanza en inaplicable, además de volver a machacar sobre los pequeños comerciantes dándole el mismo trato que a las grandes empresas.

A su vez en mi cuenta personal de facebook (Emiliano Piccinini) también hice hincapié en darle un tratamiento sustancial al proyecto, si bien la pandemia nos viene corriendo en el ámbito legislativo (entre otros) es importante tratar las problemáticas con cautela e intentando escuchar a todas las voces. En parte sucedió ya que el CD medió con la cámara de comercio los cambios y también llevó a cabo una reunión entre concejales, el intendente de la ciudad y sus secretarixs de coordinación y de gobierno; modificando los ejes principales: control y sanción. Ahora surgen otras problemáticas, que suscitan nuevamente por apresuramiento y por intentar dictar normas, regular medidas que intentan sobrepasar disposiciones de jerarquías superiories.

El intendente en conferencia de prensa unos días atrás dijo: «Nos vamos a guiar por los decretos nacionales y provinciales» (inclusive lo usé de título ya que me pareció acertadísimo que así sea), días después el CD se despacha con esta ordenanza incomodando al ejecutivo con un proyecto innecesario que deja de lado algo tan simple a nivel legislativo como la «Pirámide de Kelsen» dictando una ordenanza que es más prohibitiva que el DNU 297/20 nacional firmado por el presidente Alberto Fernandez.

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Esta nueva medida tiene un tinte que la vuelve un tanto riesgosa para el ciudadanx, a diferencia de las demás en las que prima la autoregulación, ésta es arbitraria. Por eso mutó de ser inaplicable a peligrosa. Ningún DNU de Nación o Provincia regula estos cronogramas. Y a su vez contrapone otra disposición que emana del Banco Central de la República Argentina a la que se adhirieron las empresas de cobranza extrabancarias, convirtiéndola en contradictoria.

  • Como todas las medidas que se han dictado durante el aislamiento, hay personas que no las cumplen. Mi pregunta es, ¿cuál va a ser el protocolo a seguir por la policía cuando encuentren a alguien rompiendo la medida? ¿Pedagógico o arbitrario? Tendremos que poner el foco en los barrios más humildes donde el control suele expresarse en violencia (física o psicológica). Tenemos (y tuvimos a lo largo de nuestra historia), muestras que cuando a las fuerzas se les da cierta potestad se excede en el uso de la misma. Solo hago un llamamiento a estar atentos.

Es una ordenanza innecesaria, es arbitraria y es peligrosa.

  • Al proyecto se le agregó un Artículo (5) que dice “Se incluyen dentro del cronograma establecido en el Art1 a los comercios habilitados que brinden servicios de cobranza a terceros”. (El Art 1 es el que regula el cronograma de días). Este artículo choca con la disposición emanada por el BCRA sobre el cronograma de atención de bancos a la que las empresas de cobranzas extrabancarias se adhirieron habilitando sus locales para el cobro de facturas de impuestos y servicios con el siguiente cronograma de atención: lunes 0 y 1, martes 2 y 3, miércoles, 4 y 5, jueves 6 y 7, y los viernes 8 y 9.

Hagamos un juego, fijate si te coinciden los cronogramas. mi numero es el 3, no me coincide. ¿Quién me paga el celu?

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Sigamos apelando a la concientización por un lado, seamos responsables por el otro. Seamos empáticos y solidarios. No empujemos a nuestros dirigentes a tomar decisiones que coarten nuestros derechos.

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Reitero: las detenciones por número de DNI son inconstitucionales, nadie puede ser demorado si sale un día que no le corresponde, eso sería privación ilegítima de la libertad abuso de autoridad.

°°°

Portada: Germán Busin

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    Milei desregula el mercado yerbatero: un golpe directo a pequeños productores y vía libre para la concentración

     

    El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 812/2025, que desmantela las facultades regulatorias del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) y libera completamente el mercado. La medida, presentada bajo el argumento de «modernización», abre un escenario crítico: favorece a los grandes molinos, deja a miles de pequeños productores sin protección y anticipa subas en góndola ante la concentración del negocio.

    Por Roque Pérez para Noticias La Insuperable

    Un decreto que cambia todo

    El flamante Decreto 812/2025, publicado esta mañana, modifica de raíz el funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate. A partir de ahora, el INYM tiene prohibido intervenir en precios, cupos de plantación, regulaciones de oferta, normas que ordenen la cadena productiva o cualquier decisión que pueda “distorsionar el mercado”.

    En criollo, se le quita al INYM su razón de ser desde 2002, que era equilibrar la relación entre productores, cooperativas e industrias, y evitar abusos en un sector históricamente marcado por asimetrías brutales.


    La palabra prohibida: precios

    El nuevo artículo 8 del Decreto 1240/2002 —reemplazado por esta norma— establece que el INYM no podrá dictar normas que afecten la libre interacción de oferta y demanda.

    Esto implica que:

    • el INYM no podrá fijar el precio de la hoja verde ni de la yerba canchada;
    • tampoco podrá establecer precios mínimos para evitar que los molinos paguen valores de ruina;
    • desaparece el único mecanismo institucional que protegía el ingreso de los productores chicos.

    Hasta hoy, la fijación semestral de precios era la herramienta que impedía que los grandes jugadores impusieran la tarifa a su conveniencia. Con el decreto, esa barrera desaparece.


    El golpe silencioso: derogación masiva

    El artículo 3 del decreto deroga los artículos 9, 11 al 19 del Decreto 1240/02. O sea:

    • controles sobre plantaciones,
    • facultades de ordenamiento del mercado,
    • mecanismos de transparencia,
    • atribuciones de control económico,
    • y los procedimientos con los que el INYM equilibraba la cadena productiva.

    Se desarma toda la estructura pública que sostenía a los productores familiares.


    La concentración que viene (o que ya llegó)

    En la cadena yerbatera conviven:

    • más de 12.000 pequeños productores,
    • cooperativas y secaderos medianos,
    • y un puñado de grandes molinos que controlan buena parte del mercado.

    Sin regulaciones:

    • los pequeños productores pierden poder de negociación,
    • los molinos podrán imponer precios cada vez más bajos en tranquera,
    • y se profundiza una tendencia estructural: concentración y desplazamiento de productores familiares.

    El INYM nació precisamente para evitar este escenario después de la crisis del sector en los años 90, cuando la desregulación había generado valores de miseria y abandono de chacras. El decreto de Milei retrocede dos décadas de protección y devuelve al sector a esa lógica.


    ¿Bajarán los precios al consumidor? Todo lo contrario

    Aunque el Gobierno promueve el decreto con la promesa de “libre competencia”, la evidencia histórica del mercado yerbatero muestra lo siguiente:

    • Cuando baja el precio que reciben los productores, no baja el precio en góndola.
    • Cuando los molinos concentran el negocio, los precios suben, no bajan.
    • En los 90 —última gran desregulación— se pagaba una miseria por la hoja verde y el paquete de yerba aumentaba igual.

    La yerba es un bien cultural, de consumo masivo y con una estructura oligopólica. En mercados así, la desregulación no genera competencia: genera abuso de posición dominante.

    Por eso, el decreto no solo perjudica a quienes producen: también amenaza con nuevas subas en la góndola.


    Un organismo reducido a control de calidad

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    • certificaciones de calidad,
    • registros administrativos,
    • y funciones técnicas menores.

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    Con este decreto:

    • se debilita la economía familiar,
    • se favorece a los molinos más grandes,
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Un comentario

  1. Y si, va a ser una caza de personas y multas que nadie va a pagar pero que te ensucian para realizar cualquier trámite. No hacía falta, los vecinos están respondiendo muy bien en todos los barrios y no hace falta esta medida.

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