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DE INAPLICABLE A PELIGROSA Y CONTRADICTORIA

Las modificaciones al proyecto de la ordenanza 14/20 impulsadas por la Cámara de Comercio tienen dos cambios sustanciales. Una que los comerciantes no fiscalicen los DNI y esa función de control quede en manos de la policía; la otra se eliminan las sanciones a los usuarios y a los comerciantes, ya que no dependen de ellos el control del ordenamiento.

Previo a la modificación expresamos en esta nota «Rapidez no es sinónimo de eficacia» que era irresponsable otorgar ese poder de policía a un ciudadanx común. También que el municipio no contaba con el personal para realizar el control. Dos puntos que convertían a la ordenanza en inaplicable, además de volver a machacar sobre los pequeños comerciantes dándole el mismo trato que a las grandes empresas.

A su vez en mi cuenta personal de facebook (Emiliano Piccinini) también hice hincapié en darle un tratamiento sustancial al proyecto, si bien la pandemia nos viene corriendo en el ámbito legislativo (entre otros) es importante tratar las problemáticas con cautela e intentando escuchar a todas las voces. En parte sucedió ya que el CD medió con la cámara de comercio los cambios y también llevó a cabo una reunión entre concejales, el intendente de la ciudad y sus secretarixs de coordinación y de gobierno; modificando los ejes principales: control y sanción. Ahora surgen otras problemáticas, que suscitan nuevamente por apresuramiento y por intentar dictar normas, regular medidas que intentan sobrepasar disposiciones de jerarquías superiories.

El intendente en conferencia de prensa unos días atrás dijo: «Nos vamos a guiar por los decretos nacionales y provinciales» (inclusive lo usé de título ya que me pareció acertadísimo que así sea), días después el CD se despacha con esta ordenanza incomodando al ejecutivo con un proyecto innecesario que deja de lado algo tan simple a nivel legislativo como la «Pirámide de Kelsen» dictando una ordenanza que es más prohibitiva que el DNU 297/20 nacional firmado por el presidente Alberto Fernandez.

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Esta nueva medida tiene un tinte que la vuelve un tanto riesgosa para el ciudadanx, a diferencia de las demás en las que prima la autoregulación, ésta es arbitraria. Por eso mutó de ser inaplicable a peligrosa. Ningún DNU de Nación o Provincia regula estos cronogramas. Y a su vez contrapone otra disposición que emana del Banco Central de la República Argentina a la que se adhirieron las empresas de cobranza extrabancarias, convirtiéndola en contradictoria.

  • Como todas las medidas que se han dictado durante el aislamiento, hay personas que no las cumplen. Mi pregunta es, ¿cuál va a ser el protocolo a seguir por la policía cuando encuentren a alguien rompiendo la medida? ¿Pedagógico o arbitrario? Tendremos que poner el foco en los barrios más humildes donde el control suele expresarse en violencia (física o psicológica). Tenemos (y tuvimos a lo largo de nuestra historia), muestras que cuando a las fuerzas se les da cierta potestad se excede en el uso de la misma. Solo hago un llamamiento a estar atentos.

Es una ordenanza innecesaria, es arbitraria y es peligrosa.

  • Al proyecto se le agregó un Artículo (5) que dice “Se incluyen dentro del cronograma establecido en el Art1 a los comercios habilitados que brinden servicios de cobranza a terceros”. (El Art 1 es el que regula el cronograma de días). Este artículo choca con la disposición emanada por el BCRA sobre el cronograma de atención de bancos a la que las empresas de cobranzas extrabancarias se adhirieron habilitando sus locales para el cobro de facturas de impuestos y servicios con el siguiente cronograma de atención: lunes 0 y 1, martes 2 y 3, miércoles, 4 y 5, jueves 6 y 7, y los viernes 8 y 9.

Hagamos un juego, fijate si te coinciden los cronogramas. mi numero es el 3, no me coincide. ¿Quién me paga el celu?

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Sigamos apelando a la concientización por un lado, seamos responsables por el otro. Seamos empáticos y solidarios. No empujemos a nuestros dirigentes a tomar decisiones que coarten nuestros derechos.

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Reitero: las detenciones por número de DNI son inconstitucionales, nadie puede ser demorado si sale un día que no le corresponde, eso sería privación ilegítima de la libertad abuso de autoridad.

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Portada: Germán Busin

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     Como primer desafío para la futura conducción del puerto figura la licitación del manejo del elevador de granos que opera hace 33 años Terminal Quequén, compuesta por grandes agroexportadoras y por entidades del agro  

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    Fuertes tensiones entre la Mesa de Enlace y agroexportadoras por el Puerto Quequén

    Es que, con las condiciones actuales que rigen desde 1992, además de las cerealeras, las entidades intermedias tienen su ganancia: se llevan el 15% de las utilidades anuales de la Terminal Quequén.

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Un comentario

  1. Y si, va a ser una caza de personas y multas que nadie va a pagar pero que te ensucian para realizar cualquier trámite. No hacía falta, los vecinos están respondiendo muy bien en todos los barrios y no hace falta esta medida.

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