Código Civil del Buen Delincuente (Actualización)

El Código Civil del Buen Delincuente se propone como un eslabón imprescindible para una pacífica convivencia social. Veremos algunos extractos para una mejor comprensión.

El artículo 22 del Código Civil del Buen Delicuente refiere que:


• Todo aquel individuo que realice una actividad delictiva, deberá vestir prolijamente para la ocasión, atarse los cordones para evitar cualquier accidente, y peinarse con gomina (si es posible) para que los cabellos no obstaculizen el acto.

También, todo criminal deberá cumplir con el inciso 69 del Artículo 1 del mencionado Código, este expresa que:

• El Señor o Señora que cometa un robo en una vivienda, deberá dejar una carta, escrita a mano con birome negra, pidiendo inmensas disculpas por el acto delictivo. Aclarando que, cuando la situación económica mejore…, los objetos y/o el dinero extraído será devuelto a la brevedad.

Además, el artículo 9 del Código Civil del Buen Delincuente manfiesta que:

• Ante la idea de violar las reglas de convivencia con el otro, ya sean reglas públicas o privadas, todo delincuente cuenta con la posibilidad de respirar profundo; y buscar otras alternativas para su propio bienestar, tales como pestañar hasta cien veces mientras piensa en aquello que a uno no le agrada que le hagan, y por ende, al otro menos.

El Código Civil del Buen Delincuente pretende la extinción de toda medida o conducta humana que joda al otro. Es así que el artículo 115, inciso 24 promulga que:

• Si usted ha trabajado toda la vida y siente que no se lo ha reconocido ni humanamente ni de forma económica. Y al mismo tiempo está harta o harto de todo, y siente que se le está chiflando el moño, y ya no tiene nada que perder, y por ello: mata, roba o agrede a alguien. Entonces, lo remitimos a que lea el artículo 9.

Ante la casi interminable situación de pandemia, el Art. 2020, inciso 40-40, promulgado en la actualización de marzo de 2021 por el Desconcierto Comunal, manifiesta que:

Limpiar las superficies antes de tocar cualquier objeto que vaya a ser robado. Se destaca el uso obligatorio de barbijo triple-capa en espacios cerrados, y con mala ventilación.

Dicho artículo también cuenta con el inciso 40-40-40 que refiere:

Todo delicuente civilizado deberá aplicarse las vacunas disponibles en el territorio argentino para favorecer y concretar la inmunidad en rebaño.

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