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ACERCA DE ASADOS E INSECTOS VOLANDO CON ROCK DE LOS ´90

De noche, en el patio de mi hogar, con celular en mano, abro facebook y leo una reflexión de un amigo de Valcheta que dice: “Quiero volver a sonreír y ver rostros alegres por la calle. Quiero sentir olor a asado los fines de semana en casas de los vecinos. Quiero sentir que este país tiene futuro…” Este amigo, Yamil Mortada, refleja con profunda sensibilidad las sensaciones que experimentamos quienes queremos un país más justo.

De pronto, en el silencio nocturno aparece volando un bicho ruidoso, que dicen que aparece antes del agua; es un bicho helicóptero o libélula. Y pensando en la idea del olor a asado que refleja mi amigo, junto al insecto volador, me permito reseñar cuestiones que han dado vueltas estos días, acerca de las teorías que acusan “golpismo” o “club del helicóptero.”

El mandato del Poder Ejecutivo (Presidente) en nuestra Constitución Nacional dura 4 años con la posibilidad de reelección por un solo período (Art. 90 de la CN).

Pero la propia Carta Magna, suponiendo eventualidades que pueden ocurrir en la vida democrática de la república, y también con nuestros representantes, prevé mecanismos que son CONSTITUCIONALES, LEGÍTIMOS e INSTITUCIONALES.

Así el Art. 88 dice que: “…en caso de enfermedad, ausencia, muerte, renuncia o destitución del Presidente, el Poder Ejecutivo será ejercido por el vicepresidente de la Nación.” Y agrega que en caso de destitución, muerte, dimisión o inhabilidad del Presidente y vicepresidente, el Congreso designará a un funcionario público para hacerse cargo de la Presidencia, hasta que cese la inhabilidad o sea designado en elecciones un nuevo mandatario.

Y cuando la Carta Magna habla de destitución del Presidente, refiere al procedimiento de juicio político, donde la Cámara de Diputados acusa y el Senado juzga, siempre que se trate de “…mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes…”

Así tenemos, que este especial proceso constitucional requiere que la Cámara de Diputados forme acusación con una mayoría especial: 2/3 de sus miembros presentes. Y luego el Senado garantizando el debido derecho de defensa del acusado, podrá declarar su culpabilidad con destitución, pero también con una mayoría especial: 2/3 de sus miembros presentes (Arts. 53, 59 y 60).

Cabe recordar que el Art. 36 incorporado al bloque constitucional en la reforma del año 1.994, determina que la Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Esta cláusula de defensa de la democracia sanciona que los actos de levantamiento serán insanablemente nulos, y sus autores o cómplices serán considerados traidores a la patria con inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos y demás penas que correspondan.

Desde el retorno de la democracia en 1.983 y aun pasando por la hiperinflación de Alfonsín y los dramáticos episodios de 2.001, nuestra institucionalidad democrática ha podido superar dichas circunstancias sin que se haya quebrado el orden constitucional.

Por eso, suponer que el Presidente de la Nación, pueda cesar su mandato antes de tiempo, no supone de ninguna manera tolerar una acusación de ser golpista o destituyente, cuando, como ya se señaló, la propia Constitución prevé hipótesis y supuestos personales o políticos que determinan el cese anticipado del mandato mediante mecanismos institucionales, democráticos y republicanos.

Que lindo que es el olor a asado, que lindo que es el asado que invita a reunión, que linda que es la argentinidad al palo.

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    Milei desregula el mercado yerbatero: un golpe directo a pequeños productores y vía libre para la concentración

     

    El Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 812/2025, que desmantela las facultades regulatorias del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) y libera completamente el mercado. La medida, presentada bajo el argumento de «modernización», abre un escenario crítico: favorece a los grandes molinos, deja a miles de pequeños productores sin protección y anticipa subas en góndola ante la concentración del negocio.

    Por Roque Pérez para Noticias La Insuperable

    Un decreto que cambia todo

    El flamante Decreto 812/2025, publicado esta mañana, modifica de raíz el funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate. A partir de ahora, el INYM tiene prohibido intervenir en precios, cupos de plantación, regulaciones de oferta, normas que ordenen la cadena productiva o cualquier decisión que pueda “distorsionar el mercado”.

    En criollo, se le quita al INYM su razón de ser desde 2002, que era equilibrar la relación entre productores, cooperativas e industrias, y evitar abusos en un sector históricamente marcado por asimetrías brutales.


    La palabra prohibida: precios

    El nuevo artículo 8 del Decreto 1240/2002 —reemplazado por esta norma— establece que el INYM no podrá dictar normas que afecten la libre interacción de oferta y demanda.

    Esto implica que:

    • el INYM no podrá fijar el precio de la hoja verde ni de la yerba canchada;
    • tampoco podrá establecer precios mínimos para evitar que los molinos paguen valores de ruina;
    • desaparece el único mecanismo institucional que protegía el ingreso de los productores chicos.

    Hasta hoy, la fijación semestral de precios era la herramienta que impedía que los grandes jugadores impusieran la tarifa a su conveniencia. Con el decreto, esa barrera desaparece.


    El golpe silencioso: derogación masiva

    El artículo 3 del decreto deroga los artículos 9, 11 al 19 del Decreto 1240/02. O sea:

    • controles sobre plantaciones,
    • facultades de ordenamiento del mercado,
    • mecanismos de transparencia,
    • atribuciones de control económico,
    • y los procedimientos con los que el INYM equilibraba la cadena productiva.

    Se desarma toda la estructura pública que sostenía a los productores familiares.


    La concentración que viene (o que ya llegó)

    En la cadena yerbatera conviven:

    • más de 12.000 pequeños productores,
    • cooperativas y secaderos medianos,
    • y un puñado de grandes molinos que controlan buena parte del mercado.

    Sin regulaciones:

    • los pequeños productores pierden poder de negociación,
    • los molinos podrán imponer precios cada vez más bajos en tranquera,
    • y se profundiza una tendencia estructural: concentración y desplazamiento de productores familiares.

    El INYM nació precisamente para evitar este escenario después de la crisis del sector en los años 90, cuando la desregulación había generado valores de miseria y abandono de chacras. El decreto de Milei retrocede dos décadas de protección y devuelve al sector a esa lógica.


    ¿Bajarán los precios al consumidor? Todo lo contrario

    Aunque el Gobierno promueve el decreto con la promesa de “libre competencia”, la evidencia histórica del mercado yerbatero muestra lo siguiente:

    • Cuando baja el precio que reciben los productores, no baja el precio en góndola.
    • Cuando los molinos concentran el negocio, los precios suben, no bajan.
    • En los 90 —última gran desregulación— se pagaba una miseria por la hoja verde y el paquete de yerba aumentaba igual.

    La yerba es un bien cultural, de consumo masivo y con una estructura oligopólica. En mercados así, la desregulación no genera competencia: genera abuso de posición dominante.

    Por eso, el decreto no solo perjudica a quienes producen: también amenaza con nuevas subas en la góndola.


    Un organismo reducido a control de calidad

    El decreto ordena además que, en 30 días, el INYM revise y derogue toda norma que contradiga el nuevo esquema. Es decir, en un mes el Instituto quedará reducido prácticamente a:

    • certificaciones de calidad,
    • registros administrativos,
    • y funciones técnicas menores.

    La institución que equilibraba la cadena yerbatera durante más de 20 años queda convertida en un ente simbólico, sin herramientas para defender a los pequeños productores ni garantizar prácticas leales en un mercado hiperconcentrado.


    Un tiro en el corazón de las economías regionales

    La yerba mate es el motor económico de Misiones y parte de Corrientes. Miles de familias viven de chacras pequeñas que solo subsisten si existe un precio justo y reglas claras.

    Con este decreto:

    • se debilita la economía familiar,
    • se favorece a los molinos más grandes,
    • se facilita la concentración,
    • se reduce la transparencia del mercado,
    • y se abre la puerta a aumentos en góndola que pagarán los consumidores de todo el país.

    La “modernización” proclamada por Milei es, en los hechos, una desregulación feroz que profundiza desigualdades y rompe un equilibrio que llevó décadas construir.

     

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