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ALTO AHÍ… ¡SOMOS PERSONAS!

El Ministerio de Seguridad de la Nación a cargo de Patricia Bullrich, dispuso a través de la Resolución 956/2018, el “Reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad”.  

Como antecedente de este reglamento, se nos viene a la mente el precedente del caso “Chocobar”, aunque no fue el único durante el último tiempo, quizás sí, el más renombrado. Seguramente el Ministerio vio la necesidad de reglamentar estas situaciones y el procedimiento del actuar policial para, principalmente, responder ante el reclamo de parte de una sociedad que exige “leyes más duras”.

Y no es sólo la minoría menos afectada (que relojea las problemáticas sociales desde arriba) la que celebra la resolución, son varios los sectores de la sociedad que ante este nuevo reglamento festejan que un policía tenga a prima facie la posibilidad de usar su arma reglamentaria, ya que el texto avala ese accionar; además de tratarse de un reglamento que en la práctica apelará a la subjetividad del agente policial con términos demasiado ambiguos y vagos. Es decir, el funcionario tendrá que evaluar al momento de vivenciar la situación, de que se trata el hecho. ¿Están capacitados para hacerlo?

El principal cambio, símbolo de esta resolución es la posibilidad del uniformado de usar su arma reglamentaria antes que el supuesto delincuente. Y siendo respetuosos con los ordenamientos internacionales y nacionales de derechos humanos, ésta disposición es violatoria de dichos derechos.

Es irracional pensar que ésta nueva disposición tenga mucho tiempo de vida, ya que como es un Reglamento, tiene menor jerarquía en el orden del ordenamiento nacional y no faltará mucho tiempo para que surja la avalancha de inconstitucionalidades (la justicia porteña ya lo hizo).

Los nuevos (y no tanto) aires políticos que se respiran en la región, que viajan por el carril derecho de la autovía, atemorizan con resoluciones prácticas que no profundizan sobre la problemática, no previenen; sino que confrontan y en el peor de los casos (o mejor, para algunos) eliminan.  En la práctica, estas decisiones abren el espacio a abusos y dejan demasiados grises para analizar, donde cada juez responderá con la biblioteca de su juzgado.

PUNTOS DEL REGLAMENTO QUE GENERAN CONTROVERSIA

  • El texto indica en qué momentos hay “peligro inminente”, uno de ellos, según el reglamento, es cuando el presunto “delincuente” posea un arma letal, aunque luego delos hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal.
  • Se recalca que los funcionarios solo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. ¿Cuándo será “estrictamente necesario”? ¿Cuál es “la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”? Deja librado a la casuística y muchas posibilidades.
  • Se prevé,que se hará uso de las armas de fuego, cuando otros medios no violentos sean ineficaces, por ejemplo, en el caso de que se quiera impedir la comisión de un delito “particularmente grave”, que presente “peligro inminente” para la vida o la integridad física de las personas; entre otros supuestos. ¿Con qué certeza el agente policial sabrá si el medio no violento fue, o no, eficaz?.
  • El Código Penal ya prevé la situación de legítima defensa en el Art. 34. Un actuar del oficial de seguridad, fuera de esos límites, caería en un delito severamente penado por dicho Código, previsto en el Art. 80 inc. 9. Entonces, éste Reglamento, es un arma de doble filo, tanto para los ciudadanos como para los miembros de las fuerzas; ya que corre peligro la vida de la persona y también la libertad del funcionario que exceda los límites del Código.

Link del reglamento: https://we.tl/t-naTYCEUBHt

Portada:  biohazardViktor96
Colaboración: Emiliano Piccinini

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    Florencio Randazzo quedó involucrado en la investigación de la ruta de las coimas: su nombre aparece en la libreta de apuntes que el fiscal federal Franco Picardi incorporó a la causa como parte de la prueba en el caso de la Andis.

     La revelación surge de una foto de la libreta que integró Picardi al expediente, publicada en exclusiva por Clarín, en la que el ex ministro de Transporte aparece vinculado a la empresa GMS, que sería de su propiedad.

    Los cuadernos serían de Miguel Ángel Calvete, un lobbysta vinculado a los Menem que era el nexo con proveedores. Según la investigación, Calvete tenía influencia directa sobre Diego Spagnuolo y Daniel Garbellini, ex encargados de la Andis, «a quienes consultaba por pagos que debían ser dispuestos desde la Andis y con quienes se reunía en su propia casa y en bares de la zona sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».

    «Miguel Ángel Calvete a través de sus empresas y con esos vínculos logró obtener adjudicaciones de sumas de miles de millones de pesos, de manera direccionada», sostiene el dictamen del fiscal Picardi, que investiga las coimas que involucran al ex funcionario libertario y por la que se mencionó el destino de un tres por ciento para Karina Milei. 

    El fiscal Picardi pidió la detención de Spagnuolo por las coimas de la Andis

    Por esta investigación inicialmente quedó involucrada la droguería Suizo Argentina de la familia Kovalivker, pero en los cuadernos de Calvete se suman otras firmas, en lo que parece una prolija descripción del circuito de coimas y los porcentajesa repartir. Picardi secuestró varios cuadernos manuscritos de Calvete, con fechas, empresas, contactos, porcentajes de dinero. Es en ese material que aparecen GMS y Randazzo.

    En los cuadernos de Calvete, lobbysta que vinculado a los pedidos de coimas libertarios a empresas, aparece una detallada descripción de las firmas, fechas y hasta porcentajes que se repartían. En esos textos manuscritos aparece la firma GMS y el nombre de Randazzo.

    Como los Menem además de influencia sobre la Andis también la tienen sobre Vialidad donde ubicaron a Marcelo Campoy, no se descarta que esa página de la libreta de Calvete se refiera a contratos de Vialidad. De hecho, junto al nombre de Randazzo, aparece el apellido Menem y la palabra «seguridad». Los Menem tienen una empresa de seguridad y no les parece inapropiado contratar con el Estado que integran, como hicieron en el Banco Nación. Ahora la justicia federal podría abrir un nuevo capítulo con los contratos de Vialidad.

    De hecho, la firma vinculada al ex ministro de Transporte fue contratada en abril del 2023 por la empresa estatal Corredores Viales, que controla Vialidad, que le adjudicó la licitación privada 2/23 a GMS por USD 360.400 más IVA. El servicio: un sistema de telegestión del alumbrado durante 36 meses. Un círculo perfecto donde el diputado nacional y el proveedor del Estado son dos nombres para la misma persona. 

    Spagnuolo con Karina Milei, los Menem y Romina Diez.

    En su momento, la Oficina Anticorrupción avaló ese contrato sin pestañear, como reveló El Disenso. Sostuvo que «no había impedimento legal» porque Randazzo es diputado nacional, no funcionario del Ejecutivo. Pero omitió un detalle nada menor: GMS SA tenía una deuda activa de más de $155 millones y, aun así, el Estado le prometía otros $200 millones. 

    Burlando le ganó a Randazzo, que hasta perdió por paliza en Chivilcoy

    Pero GMS ya había recibo adjudicaciones por USD 86 millones. «No es un conflicto de interés. Es un conflicto de sentido común», dijo a LPO un ex funcionario.

    Como sea, el nombre de Randazzo y su empresa se leen con claridad en  la foto de una de las páginas de la libreta que el fiscal Picardi adjuntó a su dictamen, donde pide la detención de Spagnuolo y otros funcionarios libertarios. 

    Randazzo fue muy funcional al gobierno de Milei durante todo su mandato, lo ayudó con el quórum en instancias claves y presentó una lista por afuera del peronismo en las pasadas elecciones que obtuvo dos puntos. No le alcanzaron para renovar la banca, pero si para que el peronismo bonaerense no ganara las elecciones de octubre.

    La libreta de Picardi que vincula a GMS con Randazzo.

     

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