Con la presencia del Intendente Marcelo Orazi quedó inaugurada en el Galpón de las Artes la muestra ‘Artistas visuales rionegrinos representan los derechos humanos’.
Las imágenes pictóricas representan cada artículo de los Derechos Humanos con una mirada contemporánea, visual y crítica de nuestros artistas rionegrinos, siendo las obras patrimonio educativo y cultural de la provincia de Río Negro.
La muestra podrá ser visitada todos los domingos de agosto de 17 a 19 horas por el público en general. Además la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina realizará visitas guiadas destinadas a las escuelas, por lo cual las instituciones interesadas deberán comunicarse al celular 2984-650817 para coordinar las mismas.
Durante la inauguración de la muestra estuvieron presentes Leticia González y Sonia Almada de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia, además de funcionarios municipales.
La preocupación por el empezó a calar hondo en el gobierno luego de la serie de pasos en falsos que dio Javier Milei para defender a los Menem y Manuel Adorni, los protegidos de su hermana Karina.
El presidente dijo dos semanas atrás que Adorni presentaría su declaración jurada patrimonial para aclarar el escándalo que sacude al gobierno desde hace dos meses y medio. En ese momento ya se leyó como una señal de debilidad que Milei saliera a hacer esa aclaración luego de que Patricia Bullrich le diera un ultimátum al jefe de gabinete para que aclare su situación patrimonial.
Pero dos semanas después la declaración de Adorni no apareció, lo que dejó desautorizando al propio presidente. Desde el propio oficialismo, como fue el caso del senador Francisco Paoltroni, dijeron que la dilatación de Adorni «es una falta de respeto al presidente».
Fuentes del gobierno dijeron a LPO que mientras Milei anunciaba que Adorni ya tenía lista su declaración, su celular vibraba con mensajes que le sugerían que esperara hasta junio. Nadie se encargó de salvaguardar la palabra presidencial para exigirle a Adorni que presentara los papeles luego del anuncio del propio presidente. La única que podía hacerlo era Karina, la jefa política del contador de la UADE.
El fantasma que recorre el gabinete es si Karina usa de fusible al propio hermano para salvarse a sí misma y a protegidos suyos como Adorni, los Menem y Sebastián Pareja
Casi en simultáneo, Milei quiso salir a frenar la interna entre Santiago Caputo y los Menem, pero la terminó agravando. Milei salió en la tarde del martes a defender a Menem y dijo que la cuenta Periodista Rufus estaba «prefabricada» para perjudicar al riojano. Para justificar la teoría de la «operación», Milei dijo que vio «un video que armó Oría que explica lo que le hicieron a Martín Menem».
Santiago Oría es otro de los delfines de Karina que, como reveló la Wayback Machine, como mínimo le mintió al presidente ya que el trackeo digital confirmó que la cuenta Rufus pertenecía a Menem.
En otros tiempos de mayor devoción por el liderazgo de Milei, los chicos de Las Fuerzas del Cielo se hubieran tragado el orgullo tras la aclaración del presidente. Pero esta vez salieron a decir que le mentían a Milei, poniendo en tela de juicio su capacidad para conducir. Y al pelotón junto a Menem sumaron tanto a Oría, que había sido ensalzado por el propio Milei, como a la diputada Lilia Lemoine, cercana a los hermanos.
En el streaming del Gordo Dan incluso se permitieron una burla directa contra Milei cuando se refirieron al caso Espert. Como anticipó LPO, el presidente le busca un cargo al ex diputado para redimirlo por el derrumbe de su carrera política que significó la vinculación con el supuesto narco Fred Machado. Milei salió el domingo a festejar un fallo ilusorio de la Justicia de EEUU que según él había declarado inocente a Machado, por lo que por decantación eso lo hacía inocente a Espert.
Pero la Justicia de EEUU declaró todo lo contrario. Machado se asumió culpable de lavado de dinero para conseguir un acuerdo con la justicia de Texas. «La versión Manaos fue Fred absuelto, viva la libertad carajo», se mofaron en el programa del líder de los tuiteros que responden a Santiago Caputo.
El fantasma que recorre el gabinete es si Karina usa de fusible al propio hermano para salvarse a sí misma y a protegidos suyos como Adorni, los Menem y Sebastián Pareja. «Es una conversación común entre el entorno de los Milei, porque no puede ser que le haga tanto daño», dijo a LPO una fuente que conoce a ambos desde hace años.
El programa Pro Huerta que la Municipalidad de Villa Regina lleva adelante junto al INTA permite que unas 600 familias puedan producir sus propios alimentos, garantizando el autoabastecimiento y una alimentación saludable. Viviana Aedo está a cargo de la implementación del programa a nivel municipal y explicó que “en Villa Regina venimos trabajando desde 1992,…
El Fondo de Asistencia Laboral quedó reglamentado, pero no operativo. El Decreto 408 puso en papel el manual de uso del nuevo sistema de financiamiento de indemnizaciones, aunque prorrogó su entrada en vigencia plena hasta el 1º de noviembre de 2026. Hasta entonces, las empresas seguirán pagando las contribuciones patronales como hasta ahora. En paralelo, la Secretaría de Trabajo, ARCA, la CNV y la Secretaría de Finanzas tienen 45 días hábiles para dictar la letra chica que permita que el mecanismo funcione sin que el engranaje se trabe en la primera declaración jurada.
El FAL no elimina la indemnización. Ese es el primer punto técnico. La Ley 27.802 dice que el régimen «no modifica, sustituye ni altera» el sistema indemnizatorio vigente. El trabajador sigue teniendo derecho a cobrar lo que corresponde por la Ley de Contrato de Trabajo. Lo que cambia es la forma en que el empleador fondea ese pago. Ya no se trata sólo de sacar la plata de caja al momento del despido, sino de acumular mes a mes recursos en una cuenta financiera propia. Una alcancía con candado bursátil.
El sistema alcanza a empleadores privados. Quedan excluidas las relaciones del sector público, el régimen de la construcción de la ley 22.250 y el personal de casas particulares de la ley 26.844. El fondo puede utilizarse para pagar obligaciones vinculadas con despido, preaviso, integración del mes de despido, mutuo acuerdo, incapacidad, muerte del trabajador, fuerza mayor, quiebra y otros supuestos previstos en los artículos laborales detallados por la ley. También cubre indemnizaciones de estatutos profesionales y del régimen agrario, siempre dentro de las condiciones fijadas por la norma.
La cobertura tiene dos filtros. El primero es la registración. El FAL sólo cubre trabajadores registrados con una antigüedad mínima de 12 meses antes de la extinción laboral. No cubre trabajadores no registrados. Si la relación está registrada de manera deficiente, por ejemplo con una remuneración menor a la real, una fecha falsa o una categoría incorrecta, el fondo sólo paga según los datos declarados. Todo lo que quede por fuera de esa registración sigue siendo responsabilidad del empleador.
El segundo filtro es el período de carencia. El fondo no responde hasta que haya recibido al menos seis contribuciones mensuales completas y consecutivas. La cuenta no se activa desde el primer día. Necesita capitalizarse. El período se cuenta desde el mes calendario en que ARCA registre la integración efectiva de la primera contribución. Si una empresa despide antes de cumplir esa carencia, no puede cubrirse con el FAL. La indemnización sigue existiendo, pero debe salir de caja.
El fondo no responde hasta que haya recibido al menos seis contribuciones mensuales completas y consecutivas. La cuenta no se activa desde el primer día. Necesita capitalizarse.
El aporte mensual obligatorio será del 1% de la masa salarial para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas. La base de cálculo es la misma que se usa para las contribuciones patronales con destino al SIPA. La ley también habilita al Poder Ejecutivo a subir esos porcentajes hasta el 1,5% para grandes empresas y hasta el 3% para MiPyMEs, pero sólo si lo dispone por cumplimiento de metas fiscales y con aprobación de la Comisión Bicameral de Control de Fondos de la Seguridad Social.
La clave fiscal está en que ese aporte no aparece como un costo nuevo para el empleador. Se detrae de las contribuciones patronales que ya iban a la seguridad social. El decreto reglamenta que las empresas restarán la alícuota del FAL de las contribuciones destinadas a los subsistemas de las leyes 19.032, 24.013, 24.241 y 24.714. En castellano: PAMI, Fondo Nacional de Empleo, SIPA y asignaciones familiares. Lo que antes iba directo a la caja pública ahora se desvía hacia una cuenta financiera del empleador.
La cadena tiene varios actores. Primero está el empleador, que elige la entidad habilitada. Después aparece ARCA, que recibe la declaración y deriva la contribución mensual. Luego interviene la CNV, que autoriza, regula, supervisa y sanciona a los vehículos. Y finalmente entra el mercado: sociedades administradoras de fondos, bancos, sociedades depositarias, fiduciarios financieros y ALyCs, que pueden participar en la colocación, administración, custodia y distribución del producto. El decreto no habla de una cuenta salarial. Habla de una rueda financiera completa, con regulador bursátil, patrimonios separados y activos negociables.
En el caso de los Fondos Comunes de Inversión, el dinero de las empresas se convierte en cuotapartes. La sociedad gerente administra la cartera. La sociedad depositaria custodia los activos. Las ALyCs y bancos pueden operar como canales comerciales para captar empresas y ofrecerles rendimiento, liquidez y servicio. En el caso de los fideicomisos financieros, el fiduciario recibe el patrimonio, lo separa del resto de sus bienes y lo administra con un destino exclusivo: pagar las obligaciones laborales cubiertas por el régimen. Si el fideicomiso tiene vencimiento, debe prever la renovación o migración ordenada de activos con 24 meses de anticipación
El circuito operativo arranca antes del primer pago. Cada empleador deberá elegir una entidad habilitada por la CNV, seleccionar un vehículo de inversión colectiva autorizado y abrir una cuenta individual. Esa cuenta no es por trabajador. Es por empresa. Es común para toda la nómina. La entidad asignará un identificador único, el «ID FAL», y deberá informar la cuenta bancaria del fondo o fideicomiso que recibirá las contribuciones. Después, el empleador deberá cargar ese ID FAL ante ARCA.
ARCA actuará como agente de derivación. Va a integrar el pago del FAL dentro de la Contribución Unificada de la Seguridad Social y girará la plata a la cuenta del vehículo financiero elegido. Pero el Estado no responde si la empresa no paga, si el fondo no tiene liquidez o si el saldo no alcanza. La responsabilidad frente al trabajador sigue siendo exclusiva del empleador. ARCA cobra y deriva. No garantiza. La CNV regula. No indemniza.
Si el empleador no informa un ID FAL válido, ARCA imputará los aportes y contribuciones a los subsistemas de seguridad social que correspondan, no derivará fondos al FAL y retendrá las sumas vinculadas a esa contribución sin imputación específica. Si pasa un mes desde el vencimiento y la empresa sigue sin informar el ID correcto, ARCA avisará a la CNV. La CNV podrá asignar de oficio un vehículo de inversión colectiva. Recién ahí ARCA transferirá los fondos acumulados a la cuenta individual asignada.
El Estado no responde si la empresa no paga, si el fondo no tiene liquidez o si el saldo no alcanza. La responsabilidad frente al trabajador sigue siendo exclusiva del empleador. ARCA cobra y deriva. No garantiza. La CNV regula. No indemniza.
Las entidades habilitadas podrán administrar el FAL bajo dos formatos: fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros. En ambos casos, deberán estar autorizados y supervisados por la CNV. La cuenta del empleador será un patrimonio separado, independiente, inenajenable, inembargable y de afectación específica. No se mezcla con el patrimonio del banco, de la sociedad de bolsa ni del fiduciario. Tampoco puede ser utilizada para otros fines. Si la empresa usa los recursos para algo distinto o elige una entidad sobre la que tiene participación directa o indirecta, puede recibir una multa de hasta el doble del monto ingresado al fondo más los rendimientos.
La política de inversión también viene cerrada. Los fondos sólo podrán colocarse en instrumentos financieros o valores negociables emitidos y negociados en la Argentina. No se admiten activos cuyo subyacente esté emitido o negociado en el exterior. En la práctica, las carteras deberán combinar liquidez, cobertura y bajo riesgo relativo dentro del mercado local. El objetivo legal es que el dinero esté disponible para pagar una desvinculación, pero el camino natural conduce a letras, bonos y otros instrumentos nacionales. El Gobierno lo presenta como inversión productiva local. En la City lo leen como una nueva fuente de financiamiento al Tesoro.
El pago al trabajador también tiene procedimiento propio. Si el empleador decide usar el FAL, debe presentar una declaración jurada electrónica ante la entidad administradora. Allí tiene que informar CUIT y domicilio legal, nombre y CUIL del trabajador, datos completos de la cuenta bancaria, fecha y causa de extinción, copia del acto extintivo o acuerdo, detalle de la liquidación, mejor remuneración mensual normal y habitual, fecha de ingreso, antigüedad computable, monto a transferir y, si corresponde, carátula y número de expediente judicial o administrativo. La administradora sólo valida tres cosas: que la cuenta bancaria sea del trabajador, que el trabajador esté registrado y que la declaración jurada esté completa.
Con esos requisitos cumplidos, la entidad liquida la posición del empleador en el vehículo de inversión colectiva y transfiere el dinero a la cuenta bancaria del trabajador dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles. Después debe reflejar el retiro en el estado de cuenta y notificar a la Secretaría de Trabajo. Pero el cálculo de la indemnización no lo hace el fondo. Lo hace la empresa. Si el monto está mal calculado, si falta plata o si la cuenta acumulada no alcanza, el reclamo vuelve al empleador. El FAL paga hasta donde llega. La diferencia no desaparece.
Miguel Simioni, presidente de La Bolsa de Rosario.
La portabilidad es otro engranaje central. El empleador podrá mudar los recursos acumulados desde una administradora a otra o desde un vehículo de inversión a otro, siempre que el destino esté autorizado por la CNV. Para hacerlo, no puede haber obligaciones pendientes de pago o, si las hay, deben quedar provisiones suficientes en la cuenta de origen. La transferencia debe cumplir los criterios que fije la CNV y comunicarse a ARCA. En los fideicomisos, además, el fiduciario deberá prever la renovación o migración ordenada de activos con al menos 24 meses de anticipación al vencimiento.
También existe una puerta de salida temporal. Si una empresa acredita que el saldo acumulado cubre las posibles contingencias laborales de su nómina según los parámetros que fijen Trabajo y Economía, podrá pedir la suspensión o interrupción de la obligación mensual de aportar. Si se concede, deja de contribuir por el plazo autorizado. Si las condiciones cambian, la Secretaría de Trabajo puede ordenar que vuelva a pagar desde el período siguiente. Es una válvula pensada para empresas con bajo riesgo de rotación, pero también puede agrandar la desigualdad entre firmas estables y empresas con alta movilidad de personal.
En caso de cese, disolución, liquidación o quiebra del empleador, la cuenta individual se extingue. Los recursos deben transferirse a una cuenta bancaria de la empresa en el país, salvo que el juez de la quiebra disponga otra cosa. Si la empresa no tiene trabajadores registrados durante seis meses continuos y no acredita reclamos laborales pendientes, también puede extinguirse la cuenta. Si hay indemnizaciones a pagar, el FAL sirve hasta donde alcanza. Si sobra, el remanente entra en la masa de la quiebra. Si falta, el trabajador conserva su crédito laboral por la diferencia.
El IERAL advirtió durante el debate que el diseño del FAL tiene «aspectos discutibles», que su costo fiscal directo se estimaba en torno al 0,5% del PIB y que su impacto neto dependía de que efectivamente generara empleo formal adicional, algo que no estaba garantizado.
Los informes técnicos marcan varios puntos críticos. El IERAL advirtió durante el debate que el diseño del FAL tiene «aspectos discutibles», que su costo fiscal directo se estimaba en torno al 0,5% del PIB y que su impacto neto dependía de que efectivamente generara empleo formal adicional, algo que no estaba garantizado. También señaló el problema de una prima fija: puede ser insuficiente para empresas con alta rotación y excesiva para firmas con planteles estables. Como alternativa, planteó un mínimo no imponible sobre la masa salarial, más simple, más focalizado y fiscalmente más acotado.
Del otro lado del mostrador, la Bolsa de Comercio de Rosario lo leyó como una oportunidad para el mercado de capitales. Con estimaciones de AXIS, calculó que el sector privado registrado reúne cerca de 6,2 millones de trabajadores, con un salario bruto promedio de 2,15 millones de pesos y una masa salarial total de 13,3 billones de pesos. Con 35% del empleo en grandes empresas y 65% en MiPyMEs, las alícuotas del 1% y 2,5% darían un flujo mensual de 263.268 millones de pesos, unos 2.179 millones de dólares anuales. Ese es el tamaño de la caja que empiezan a mirar bancos, ALyCs y sociedades administradoras.
Ahí aparece la lectura política. El FAL ordena técnicamente una cuenta de asistencia para despidos, pero lo hace con recursos que antes financiaban la seguridad social. No es plata nueva. Es una reasignación. La ANSES pierde recaudación corriente y el mercado financiero gana flujo obligatorio. Luego esos fondos deben invertirse en instrumentos argentinos. Una parte puede terminar comprando deuda del Tesoro. La operación cierra como un rulo prolijo: se debilita el ingreso previsional, se crea una caja administrada por privados y se refuerza la demanda de títulos públicos.
Por eso la comparación con las AFJP aparece al final, no al principio. El FAL no paga jubilaciones ni abre cuentas individuales por trabajador. Pero reproduce una lógica conocida: recursos de origen laboral que salen del circuito solidario y pasan a vehículos privados de administración financiera. La vieja promesa era eficiencia, capitalización y mercado. La nueva se llama previsibilidad laboral, liquidez y modernización.
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Árida es un proyecto de diseño editorial digital que tiene por fin crear una revista de circulación en internet. A partir del martes 25 de agosto estará disponible la primera edición de la revista digital desde este enlace
La Municipalidad de Villa Regina comparte la siguiente información del Hospital local:En la mañana del domingo se comenzó con la vacunación contra el COVID-19 a personal de las fuerzas de seguridad, llegando a 60 integrantes que recibieron la primera dosis de la vacuna.El operativo para este sector comprende 140 primeras dosis, que se completarán entre…
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