Acreditan el IFE a los que optaron cobrar por CBU y con DNI terminado en 2

Los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) con Documento Nacional de Identidad (DNI) terminado en 3, que seleccionaron el cobro de los $10.000 a través de una Cuenta Bancaria Uniforme (CBU), percibirán a partir de hoy la ayuda dispuesta por el Gobierno para paliar los efectos del coronavirus en los sectores de menores recursos.

Desde ayer comenzó a acreditarse el monto del IFE a las personas que habiéndose inscripto entre el 27 y 31 de marzo seleccionaron la opción de cobro por CBU entre el 11 y el 15 de abril pasados, precisó la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

En total, suman casi un millón de personas a las que se les acreditará el dinero en sus cuentas de acuerdo con el número de terminación de sus DNI, a razón de un dígito por día hábil.

El esquema de pago continuará el lunes 27 con DNI terminado en 4; el martes 28; en 5; el miércoles 29, en 6; el jueves 30; en 7; el lunes 4 de mayo, terminados en 8 y el martes 5, en 9.

La Anses remarcó que este cronograma no incluye a las personas que optaron por los distintos medios de cobro entre el 16 y el 20 de abril pasado.

El monto del IFE será depositado en las cuentas de cada uno de los beneficiarios y deberá ser retirado -tal como se hace habitualmente- de los cajeros automáticos utilizando la tarjeta de débito.

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    La doble vara judicial: cuando la sospecha condena y la prueba no alcanza

     

    La comparación entre la causa que derivó en la condena de Cristina Fernández de Kirchner y otros expedientes recientes que involucran a funcionarios del actual gobierno expone una tensión cada vez más evidente: mientras en un caso bastó con una presunción interpretativa —“no podía no saber”—, en otros, con abundancia de indicios y documentación, la reacción judicial y mediática parece notablemente más tenue.

    Por Ramiro C. Ferrante para NLI

    La historia judicial argentina ofrece múltiples ejemplos de selectividad, pero pocos tan paradigmáticos como el contraste entre la denominada “causa Vialidad” y las investigaciones que hoy rodean a distintos funcionarios del gobierno de Javier Milei. En el primer caso, el eje de la condena a Cristina Fernández de Kirchner giró sobre un razonamiento que excede la prueba directa: la idea de que, por su investidura, “no podía no estar al tanto” de las irregularidades atribuidas a la obra pública en Santa Cruz.

    Esa formulación, que en términos jurídicos tensiona principios básicos como la responsabilidad penal individual y la necesidad de prueba concreta, fue sostenida tanto por sectores del Poder Judicial como por buena parte del sistema mediático dominante. Sin embargo, cuando se observan expedientes actuales —donde aparecen transferencias, vínculos contractuales, decisiones administrativas documentadas o movimientos patrimoniales verificables— la vara parece desplazarse hacia un estándar mucho más laxo.

    La lógica de la presunción: el caso Vialidad

    En la causa que culminó con la condena de Cristina Fernández de Kirchner, uno de los aspectos más controvertidos fue la ausencia de evidencia directa que acreditara su participación personal en maniobras ilícitas. No se incorporaron registros de conversaciones, correos electrónicos, transferencias bancarias ni documentos firmados por la exmandataria que vincularan de manera concreta su accionar con los hechos investigados.

    La construcción acusatoria se apoyó, en cambio, en una inferencia estructural: que la entonces presidenta debía necesariamente conocer lo que ocurría en la asignación de obra pública. Esta interpretación, si bien puede tener peso político, abre un debate jurídico profundo sobre el alcance de la responsabilidad por jerarquía y sobre los límites entre presunción y prueba.

    En términos estrictamente legales, la doctrina penal exige certeza basada en evidencia. Sin embargo, el fallo incorporó un razonamiento más cercano a la sospecha estructural que a la demostración empírica, lo que fue celebrado por sectores mediáticos que durante años instalaron la idea de culpabilidad como sentido común.

    ANDIS, $LIBRA y otras causas: cuando la prueba no moviliza

    En contraste, investigaciones recientes como las vinculadas a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), el denominado caso $LIBRA o las denuncias por enriquecimiento que salpican a figuras del oficialismo presentan un cuadro distinto: aquí sí aparecen elementos materiales, registros administrativos y circuitos financieros que permiten trazar relaciones más concretas.

    Sin embargo, la respuesta institucional no ha tenido la misma intensidad. En el caso de ANDIS, por ejemplo, se mencionaron irregularidades en la asignación de fondos y contrataciones que derivaron en cuestionamientos internos, pero sin avanzar con la celeridad que se observó en otras causas de alto impacto político.

    Algo similar ocurre con el entramado de $LIBRA, donde la existencia de documentación, decisiones administrativas y posibles beneficiarios identificables no logró instalar en el debate público la misma noción de escándalo estructural que sí se construyó en torno al kirchnerismo.

    El patrimonio y las explicaciones: el caso Adorni

    El caso de Manuel Adorni resulta ilustrativo en este esquema comparativo. Las discusiones sobre su patrimonio, operaciones inmobiliarias y financiamiento de adquisiciones abrieron interrogantes que, en otro contexto político, probablemente habrían derivado en investigaciones más profundas y en una cobertura mediática sostenida.

    Sin embargo, la reacción predominante fue la relativización o la rápida disipación del tema en la agenda pública. La diferencia no es menor: mientras en la causa Vialidad se construyó una narrativa de culpabilidad sin prueba directa, en estos casos la existencia de elementos verificables no alcanza para generar una presión equivalente.

    El rol de Karina Milei y las sospechas de intermediación

    Otro punto que alimenta la discusión sobre la doble vara es la aparición de versiones vinculadas a presuntos esquemas de intermediación o retornos —como el denominado “3%”— que involucran a Karina Milei. Si bien muchas de estas denuncias requieren aún confirmación judicial, lo cierto es que el tratamiento mediático ha sido, en general, más prudente o marginal.

    En términos comparativos, basta recordar cómo hipótesis mucho menos documentadas en el pasado fueron amplificadas durante meses hasta consolidarse como verdades instaladas.

    A diferencia de lo ocurrido con Cristina Fernández de Kirchner, donde la centralidad del cargo fue utilizada para inferir conocimiento y eventual participación, en el caso del actual presidente parece imponerse la lógica inversa.

    Créditos del Banco Nación y decisiones administrativas

    Las operaciones crediticias otorgadas por el Banco Nación a determinados actores también ingresan en este análisis. La existencia de expedientes, montos y condiciones específicas ofrece un terreno fértil para la investigación judicial. No obstante, nuevamente, la intensidad de la respuesta institucional dista de la observada en otras etapas políticas.

    El contraste no implica necesariamente afirmar culpabilidades, sino señalar una diferencia en el estándar de exigencia: lo que en un caso se interpreta como indicio suficiente, en otro parece no alcanzar ni siquiera para activar mecanismos de investigación robustos.

    En este punto aparece un elemento particularmente revelador: la forma en que el propio Javier Milei queda sistemáticamente por fuera de las hipótesis de responsabilidad. A diferencia de lo ocurrido con Cristina Fernández de Kirchner, donde la centralidad del cargo fue utilizada para inferir conocimiento y eventual participación, en el caso del actual presidente parece imponerse la lógica inversa. Aun cuando los hechos investigados involucran áreas sensibles del gobierno o funcionarios de su máxima confianza, la interpretación dominante —tanto en ciertos sectores judiciales como mediáticos— tiende a considerar plausible que Milei “no esté al tanto”. Esta asimetría no es menor: mientras en un caso la jerarquía implicaba necesariamente conocimiento, en el otro habilita una presunción de desconocimiento que lo excluye preventivamente del análisis de responsabilidades.

    Medios, justicia y construcción de sentido

    El punto de convergencia entre todos estos casos es el rol de los medios de comunicación en la construcción de sentido. La condena de Cristina Fernández de Kirchner fue precedida por años de cobertura sistemática que instaló una narrativa de corrupción estructural, incluso en ausencia de pruebas directas.

    En cambio, las causas que hoy afectan a funcionarios del oficialismo no han logrado —o no se ha buscado que logren— ese mismo nivel de penetración en la opinión pública. La diferencia no es sólo cuantitativa, sino cualitativa: cambia la forma en que se interpreta la evidencia y el peso que se le asigna.

    Una justicia bajo sospecha

    La comparación deja al descubierto una pregunta incómoda pero inevitable: ¿existe un criterio uniforme en la administración de justicia o las decisiones están condicionadas por el contexto político y mediático?

    Cuando una condena puede sostenerse en una presunción y otras investigaciones con mayor volumen de pruebas no avanzan con igual firmeza, la percepción de doble vara se vuelve difícil de refutar. Y esa percepción, más allá de las posiciones partidarias, erosiona uno de los pilares fundamentales del sistema democrático: la confianza en la justicia.

    En definitiva, el problema no es sólo jurídico, sino institucional. Porque una justicia que parece medir distinto según el acusado deja de ser justicia para convertirse en un instrumento de disputa política. Y en ese terreno, la verdad —con pruebas o sin ellas— corre siempre el riesgo de quedar relegada.

     

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