Desde mañana (miércoles 2) se podrán inscribir en el sistema de vacunación todas las personas de entre 50 y 59 años de edad que no presenten factores de riesgo y deseen recibir una dosis contra el COVID-19. Así lo confirmó la Gobernadora, Arabela Carreras.
El jueves 3 llegarán a la provincia 33.600 dosis de Astrazeneca, de las cuales 27.000 se destinarán el este sector. Los interesados podrán inscribirse enhttp://vacunate.rionegro.gov.ar.
Quienes se inscriban y manifiesten su voluntad de vacunarse, recibirán un llamado telefónico donde se informarán los detalles del turno designado para recibir la dosis. La vacunación comenzará el próximo lunes 7.
“Es importante que podamos avanzar en la vacunación a este sector de la población, teniendo en cuenta que ya vacunamos al 60% de las personas con factores de riesgo”, explicó Carreras.
Martes, 01 de junio 2021 (9am)
Total de dosis aplicadas
226.397 (94,5% del total recibido)
Dosis por grupos priorizados (incluye 1° y 2° dosis)
Personal de Salud: 31.746
Personal estratégico: 42.758
Personas mayores de 60 años: 125.969
Personas de entre 18 y 59 con factores de riesgo: 25.924
Fuentes: SISA–NOMIVAC–Ministerio de Salud de Río Negro
Lo conocí a Verano antes de nacer, tenía la forma de cordón umbilical, y al desgraciado se le ocurrió enroscarse en mi cuello, justo en el momento en el que yo, Raúl Objeto estaba por salir a la cancha de Atlético Realidad. Se burlaron de mí, porque cuando la gente me vio con el cordón…
La pelea por el control del sello del PRO en el distrito que alguna vez fue su bastión parece encaminarse hacia una definición: Mauricio Macri volvió a perder en el escritorio de la jueza María Servini y Oscar Agost Carreño convocó a elecciones internas para el 29 de marzo, con cronograma de cierre de lista previsto para 20 días antes.
En el horizonte asoman tres tribus para la disputa por el sello: la macrista que lidera Soher El Sukaria; la bullrichista a cargo de Laura Rodríguez Machado; y la del propio Agost Carreño, que juega a las escondidas respecto de una eventual candidatura suya. Por ahora, Agost Carreño controla el estratégico resorte de la Junta Electoral.
Desde octubre de 2024 Macri intenta, infructuosamente, intervenir el PRO y desconocer la presidencia de Agost Carreño, quien siendo presidente del partido se unió al bloque de Pichetto en Diputados. Pese a las embestidas, el cordobés viene ganando cada uno de los planteos en la Justicia Federal.
Rodríguez Machado avisó que está preparándose para competir y que valora la interna: «Voy a participar; siempre a favor de la democracia interna», dijo la diputada que responde a Bullrich. Además, bancó la resistencia de Agost Carreño: «Desde la ‘intervención’, jamás hubo un interventor», agregó.
Laura Rodríguez Machado
La macrista El Sukaria cree que la interna convocada por Agost Carreño puede caerse: «Veremos si hay elección, porque está todo viciado». «No le tenemos miedo a la interna siempre que sea justa, y no lo es con vicios, falta de transparencia y siendo (Agost Carreño) el único apoderado», dijo la actual concejala que responde a Macri.
Aunque en privado se cuelga de alambrado para gritar el segundo gol a Macri, en público Agost Carreño juega moderado: «Busco que las disputas del PRO Córdoba se resuelvan como deber hacerse: con elecciones transparentes; cada vez que llamé a elecciones, (Macri) intervino el partido».
Tampoco dice qué hará: intentar revalidar su presidencia, heredada tras la sangría del PRO en 2023; acordar con el sector de Rodríguez Machado, pese a la sociedad con Milei; o mirar desde la tribuna, una opción que parece improbable. Hay mucho en disputa: un triunfo de Rodríguez Machado llevaría al PRO directo y formalmente al frente libertario que comanda Gabriel Bornoroni.
Desde octubre de 2024 Macri intenta, infructuosamente, intervenir el PRO y desconocer la presidencia de Agost Carreño, quien siendo presidente del partido se unió al bloque de Pichetto en Diputados. Pese a las embestidas, el cordobés viene ganando cada uno de los planteos en la Justicia
En lo jurídico, Asgost Carreño logró revertir en la Justicia Electoral dos intervenciones dispuestas por Macri al PRO en Córdoba. De hecho, en octubre Agost Carreño fue cabeza de lista del PRO, aunque no renovó su banca. El expresidente insistió en noviembre por tercera vez, y Servini debería expedirse en los próximos días.
No es un tema que pasa inadvertido para Martín Llaryora, afecto a las ingenierías electorales con varios sellos opositores. Como se recordará, el gobernador logró descabezar a la anterior cúpula del PRO a fuerza de cargos: Pedro Dellarossa, quien era presidente del partido amarillo, fue designado ministro y en diciembre dejó el cargo para ocupar una dirección en el Banco de Córdoba; mientas que Javier Pretto, presidente del PRO en la ciudad de Córdoba, es el actual viceintendente de Daniel Passerini.
El Congreso vuelve a ser escenario de un debate que lleva décadas en la Argentina. Pero esta vez, la discusión se produce bajo un formato inédito: Diputados lo trató en sesiones extraordinarias y sin convocar a audiencias públicas. En apenas 48 horas dio media sanción a un proyecto que reforma la ley vigente permitiendo que un adolescente pueda ser castigado penalmente a partir de los 14 años, con un tratamiento que en ciertos aspectos equipara y aún agrava los castigos a los adultos. Así llegó al proyecto al Senado.
El apuro, se argumenta, es generado por la emergencia de “menores homicidas” que ponen en riesgo la seguridad nacional. Así, se clausura de manera abrupta un debate social construido desde el regreso de la democracia y, especialmente, a partir de la incorporación de la Convención de los Derechos del Niño a la Constitución en 1994. Desde entonces, se presentaron más de 100 proyectos de reforma del régimen penal juvenil. Las controversias siempre se enfocaron en dos ejes: ¿qué sentido imprimirle a la reforma? ¿Cuál debería ser la edad de inicio de la responsabilidad penal, hasta ahora fijada en 16 años?
La escena legislativa actual no sólo desconoce y descarta esa trayectoria de discusiones, sino también los debates y argumentaciones que alojó ese mismo Palacio en la última década, cuando en 2017, 2019 y 2024 se realizaron sendas audiencias públicas sobre el tema. Entonces, por el Congreso desfilaron juristas, instituciones especializadas y organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales, iglesias, sindicatos de maestras/os y trabajadores estatales de niñez, referentes de organizaciones territoriales, universidades y especialistas de distintas profesiones -pediatras, psicólogos, cientistas sociales y neurocientíficos-, así como también víctimas y familiares de hechos delictivos protagonizados por adolescentes. Los propios chicos y chicas, organizados en centros de estudiantes y organizaciones sociales y artísticas, llevaron al recinto lenguajes propios, por ejemplo, un rap contra de la baja de la edad penal cantado por ellos mismos. En cada presentación la mayoría fue rotunda: ninguna reforma debería incluir la baja de edad de punibilidad ni el endurecimiento de las penas. La manera más eficiente de abordar a los adolescentes de hasta 15 años que cometen delitos es trabajar comunitariamente y desde las áreas educativas y sociales del Estado, por fuera del sistema penal.
Esta vez, sólo los familiares de víctimas fueron convocados a último momento a dar su testimonio ante los legisladores. Pero no fueron todas las víctimas, sino sólo aquellas que están a favor del proyecto oficialista. Apelando a la exacerbación de la conmoción y el horror, se configura una escena con actores que parecen contrapuestos: “las víctimas” (y la identificación de todas las personas “de bien” con esta posición) versus los “menores homicidas”, al acecho de la sociedad. Como si los derechos de unos y otros fueran incompatibles, la escena se inscribe en una larga gramática histórica y la actualiza: la criminalización de las infancias populares y su exclusión de la infancia “normal”.
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En la Argentina, los delitos cometidos por personas menores de edad vienen bajando de manera sostenida. Según un relevamiento de Unicef y la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, el total de adolescentes que se encuentran cumpliendo medidas penales en todo el país pasó de 7.169 en 2015 a 4.068 en 2024, lo que representa en la actualidad el 0,06 por ciento del total de los adolescentes argentinos. El porcentaje de hechos cometidos en relación a la cantidad total de delitos también desciende de manera permanente y pronunciada: en la provincia de Buenos Aires, el distrito con mayor población de niños y adolescentes, el Ministerio Público indica que las investigaciones penales a personas de 16 y 17 años (hoy punibles) constituían el 4,34 por ciento en 2009 , mientras que en 2024 representaron el 2,05 por ciento del total de delitos investigados. Además, la mayoría de estos delitos (el 84 por ciento) son contra la propiedad; por ende, de menor violencia y gravedad.
La incidencia de los adolescentes de 15 años o menos sobre los delitos graves, es aún más baja: por ejemplo, en la Ciudad de Buenos Aires, en 2022 hubo un solo homicidio cometido por una persona de menos de 16 años según un informe realizado por el Consejo de la Magistratura, y en provincias como Catamarca, Corrientes, La Pampa, La Rioja y Tierra del Fuego no hubo ni un caso entre el 2017 y el 2024, según la Dirección Nacional de Estadísticas Criminales del Ministerio de Seguridad de la Nación. Una mirada al contexto internacional completa el panorama: en América Latina, según datos de Unicef, los países que bajaron la edad de punibilidad hace décadas son los que cuentan actualmente con mayor tasa de homicidios; la Argentina en cambio, manteniendo la edad en 16 años, presenta una de las tasas más bajas: es decir, tiene un nivel mayor de seguridad.
En base a estos datos, un visitante ajeno a las discusiones locales podría tomar el caso argentino como un modelo exitoso en relación al delito adolescente. ¿Por qué entonces prospera esta reforma bajo la muletilla “delito de adulto, pena de adulto”? ¿Qué concepciones acerca de la infancia se ponen en juego para que se acepte excluir a los más chicos que delinquen del tratamiento específico social y jurídico reconocido actualmente a los niños por su condición de tales?
La avanzada antiderechos del gobieno actual explica, en gran parte, el cambio de escena. Desde 2024 asistimos a una arremetida integral contra las infancias y adolescencias vehiculizada a través de la desarticulación de dependencias públicas y equipos profesionales ocupados de esos grupos etarios, el desfinanciamiento de instituciones educativas, sanitarias y de cuidado, el recorte de programas de promoción de derechos y becas y de la falta de inversión en infraestructura social.
Sin embargo, el avance del proyecto de baja de la edad de punibilidad no puede explicarse solo como una expresión más de ese ataque. Sus condiciones de posibilidad y las figuras atemorizantes que invoca tienen raíces en una larga historia de estigmatización y criminalización de las infancias populares, basada en la división de las niñeces argentinas en dos conjuntos antagónicos: los “niños” y los “menores” peligrosos.
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Las características de la infancia y la adolescencia varían en cada momento histórico y en cada sociedad. Los rasgos, duración y formas de pasaje entre las edades no surgen de la condición biológica ni natural de las personas, sino de construcciones históricas, sociales y culturales asociadas a cómo esa edad es interpretada, regulada y experimentada social, cultural y subjetivamente. Las infancias y las adolescencias son siempre heterogéneas porque están atravesadas por diversidades y desigualdades de clase, género, étnicas. Por eso es más apropiado hablar de infancias y de adolescencias, en plural.
A lo largo del siglo XX, dos procesos paralelos y articulados generaron la ilusión de que existe una única forma correcta de vivir esta etapa. Desde las instituciones y políticas públicas, los discursos profesionales y las industrias culturales se difundieron definiciones modélicas de la infancia “normal”, según experiencias y espacios de socialización propios de los sectores medios y altos urbanos. “Niños” eran quienes podían sostener la condición de “alumnos” de la escuela y ser parte de una “familia normal”, con padre y madre unidos en matrimonio. La infancia argentina también fue definida como blanca y heterosexual.
¿Y los que no se adecuaban a estas representaciones hegemónicas y aspiracionales? Legisladores, médicos, criminólogos y educadores las caracterizaron según los parámetros de la patología y el desvío. Para prevenir a la sociedad de los males que esos “menores peligrosos” podrían desatar contra ella, en 1919 se sancionó la Ley de Patronato de Menores (vigente hasta 2005), que habilitó la suspensión o la pérdida de la patria potestad de los progenitores de los “menores moral o materialmente abandonados y/o delincuentes” cuando las autoridades lo creyeran conveniente, y su derivación a reformatorios, asilos o familias “decentes”. Se equiparaba, así, pobreza con delincuencia y se establecía una divisoria institucional llamada a atravesar los tiempos: para los niños, escuelas, para los menores, encierro.
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La distinción entre “niños” y “menores peligrosos” es la gramática que organiza las discusiones sobre la edad de responsabilidad penal en nuestro país desde hace 150 años. Sin embargo, sólo en contextos socio-políticos muy específicos esa forma dicotómica de imaginar a las infancias cataliza en transformaciones legislativas. En 1919, luego de la Semana Trágica, la Ley de Patronato estableció que los “menores moral o materialmente abandonados” -presuntos miembros de las “bandas anarquistas”- podían quedar a disposición de un juez, hubieran o no cometido un delito, mientras el Código Penal de 1921 estableció en los 14 años el piso etario para su tratamiento penal. En 1954, en un contexto de expansión de derechos (“Los únicos privilegiados son los niños”), la edad mínima de punibilidad se elevó a los 16 años. Durante la última dictadura militar, en un marco de criminalización de los adolescentes y jóvenes considerados “subversivos” y “enemigos internos”, se volvió a establecer en 14 años.
Con la transición democrática y la recuperación de derechos de la población, la edad de ingreso al sistema penal quedó definida en los 16 años. La progresiva expansión de derechos en relación con el tratamiento de las infancias y adolescencias llegó a un momento culminante en 2005, con la derogación de la Ley del Patronato, andamiaje jurídico institucional que permitía la “minorización” de las infancias y adolescencias populares, y la sanción de la Ley de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, que iguala a todos los niñas, niños y adolescentes en su condición de “sujetos de derechos”.
Entre 2005 y 2020, niños, niñas y adolescentes fueron beneficiarios de la ampliación de derechos: la Ley de Educación Sexual Integral, la Ley Nacional de Educación que reconoce la Educación Intercultural, la de Prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente (que elevó la edad de ingreso al mercado de trabajo de los 14 a los 16 años), la Ley de Ciudadanía Argentina (que extendió los derechos políticos, entre ellos el del sufragio, a partir de los 16), la Ley de Identidad de Género y la de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Las transformaciones del escenario legal argentino de los últimos 20 años son radicales, y fijan consenso en torno al pasaje del estatus jurídico de las personas alrededor de los 16 años. Sin embargo, cada vez que la mirada punitiva avanza por sobre la de los derechos de la población, la operación social, política y cultural que distingue entre la “infancia normal” y la “minoridad peligrosa” vuelve a desplegarse, se aggiorna y se amplía, más allá de su derogación normativa.
Desde fines del siglo XX, a medida que la “inseguridad” se fue consolidando como problema público, en contextos de avance de modelos económicos y de políticas neoliberales que entronizan los mercados y desarticulan las áreas sociales del Estado y los derechos de los ciudadanos, se reinstala la alerta moral por los “menores peligrosos” como supuestos causantes de los peores males sociales. Esta vez, bajo la figura de los “pibes chorros” y últimamente, la de los “menores homicidas”.
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¿Estamos frente a una ola de menores delincuentes que amenazan la seguridad nacional? Los datos son categóricos en desmentir este supuesto. La construcción de la oposición entre la infancia normal y los menores peligrosos cristalizó, en cada época, distintas figuras de la niñez-juventud peligrosa. Estas figuras no causan los problemas sociales con los que se las asocia sino que, como señala Rossana Reguillo, son el resultado de un “proceso de antropoformización” de las emociones, que supone atribuir un cuerpo y una figura concreta a los miedos y ansiedades sociales.
Hoy, nuevamente, una categoría socio-etaria de una minoridad peligrosa aparece en escena y es canal expresivo de temores y discusiones sobre los derechos de la población, el rol del Estado y el proyecto de país que se quiere construir. En un contexto en el que casi la mitad de las niñas, niños y adolescentes se encuentran bajo la línea de pobreza y el 10,2% no cubre las necesidades calóricas diarias indispensables para su desarrollo, en lugar de habilitarse discusiones sobre políticas que mejoren sus condiciones, en vez de replicar experiencias exitosas de trabajo desde las áreas sociales y educativas del Estado para desandar y prevenir las causas que genera la comisión de delitos, ciertos niños y adolescentes de la Argentina se convierten en chivos expiatorios de los problemas sociales, especialmente quienes se encuentran en condiciones de pobreza, viven en barrios segregados y son varones racializados.
Actualizando el viejo sentido anclado en la distinción entre “niños” y “menores”, se los erige como enemigos públicos y se los excluye del universo de la niñez (“delito de adulto, pena de adulto”) configurándolos como otredad de la infancia “normal”, proponiendo su escisión del resto de la sociedad y su encierro. Operación que tranquiliza miedos sociales sin abordar las condiciones reales de sus trayectorias, ni atender las causas para un mejoramiento real que posibilite una vida democrática en común.
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