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Orazi realiza gestiones en Viedma

El Intendente Marcelo Orazi permanecerá en Viedma durante este miércoles y jueves para llevar adelante gestiones ante autoridades provinciales. Durante su ausencia estará a cargo del Ejecutivo Municipal el Secretario de Coordinación Ariel Oliveros.

Orazi está acompañado por el Secretario de Gobierno Guillermo Carricavur. Al frente de Gobierno estará la Secretaría de Desarrollo Social Luisa Ibarra.

Las gestiones en la capital provincial están relacionadas principalmente al seguimiento de distintos trámites iniciados ante Obras Públicas y el Departamento Provincial de Aguas (DPA).  

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    Argentina y los hombres lobo: la extraña ley que no existe en ningún otro país

     

    Aunque suene a leyenda rural o a cuento de terror, Argentina es el único país del mundo que conserva una ley nacional vigente inspirada en el miedo popular a los hombres lobo. Mientras en Europa las supersticiones quedaron en tradiciones olvidadas, acá se transformaron en norma escrita, con firma presidencial y todo.

    Por Alcides Blanco para NLI

    Una superstición que llegó al Boletín Oficial

    Durante siglos, en amplias zonas de Europa y América Latina circuló la creencia de que el séptimo hijo varón estaba condenado a convertirse en hombre lobo. En el Río de la Plata, esa figura adoptó nombre propio: el lobizón, una criatura nocturna, maldita y temida, que supuestamente atacaba ganado y personas durante las noches de luna llena.

    Ese miedo no era solo simbólico. En comunidades rurales, los séptimos hijos eran marginados, estigmatizados e incluso amenazados, todo por una superstición heredada de la colonización europea y mezclada con mitos guaraníes. El problema no era el monstruo: era la violencia social que generaba el mito.

    De la leyenda al Estado

    Para frenar esa persecución silenciosa, en 1974 se sancionó la Ley 20.843, conocida como Ley de Padrinazgo Presidencial. La norma establece que el Presidente de la Nación debe apadrinar al séptimo hijo varón o séptima hija mujer, otorgándole reconocimiento oficial y beneficios materiales.

    El mensaje era claro: si el Estado reconoce al niño, no hay maldición posible. La ley no menciona hombres lobo, pero su origen está directamente ligado al intento de neutralizar el miedo al lobizón. Fue una forma institucional de combatir la superstición sin nombrarla.

    Desde entonces, miles de chicos fueron apadrinados por presidentes argentinos, recibiendo medallas, diplomas y becas. Una política pública nacida del folclore, algo impensado en otros países.

    Del mito rural al Congreso Nacional

    Lejos de haber surgido de la nada, la Ley 20.843 tiene antecedentes concretos y documentados en la historia argentina. El primer caso registrado de padrinazgo presidencial se remonta a 1907, cuando un matrimonio de inmigrantes alemanes del Volga radicados en Coronel Pringles solicitó al entonces presidente José Figueroa Alcorta que apadrinara a su séptimo hijo varón, siguiendo una tradición heredada de la Rusia zarista, donde se creía que ese nacimiento estaba ligado a la maldición del hombre lobo. El pedido fue aceptado y sentó un precedente informal que se repitió durante décadas. Recién en 1974, durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón, esa práctica fue llevada al plano institucional: el Congreso sancionó la norma que obliga al Presidente de la Nación a asumir el padrinazgo del séptimo hijo varón o séptima hija mujer. El fundamento oficial no hablaba de monstruos ni supersticiones, pero sí de protección social, integración y educación, en un contexto donde el Estado buscaba evitar la discriminación y la violencia simbólica que todavía pesaban sobre estos nacimientos. Así, una creencia popular que había generado miedo y exclusión terminó transformándose en política pública escrita en el Boletín Oficial.

    Europa: mitos sí, leyes no

    En Francia y Bélgica, existieron tradiciones similares de padrinazgo del séptimo hijo, pero nunca se consolidaron como leyes modernas y permanentes. En Italia, Portugal o Rumania, los hombres lobo —lupo mannaro, lobisomem, vârcolac— formaron parte del imaginario popular, pero la respuesta fue religiosa o comunitaria, no estatal.

    En algunos casos, la Iglesia promovía bautismos urgentes; en otros, las autoridades intentaban erradicar las supersticiones. Ningún país llevó el mito al nivel de una ley nacional vigente, como sí ocurrió en Argentina.

    Una rareza jurídica con raíz popular

    Lo que distingue al caso argentino no es la creencia, sino la decisión política de legislar contra el daño social de la superstición. Sin discursos racionalistas ni campañas educativas, el Estado eligió una solución pragmática: dar protección oficial a quienes podían ser víctimas del mito.

    Así, Argentina terminó siendo —al menos en los papeles— el país más seguro del mundo para nacer en luna llena siendo el séptimo hijo. No porque crea en hombres lobo, sino porque decidió enfrentar una superstición con herramientas institucionales.

    Una ley insólita, sí. Pero también un recordatorio de que el folclore, cuando se mezcla con el miedo, puede convertirse en un problema político real.

     

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  • Legisladoras de Figueroa presentaron un proyecto de Ficha Limpia más duro

     

    La Neuquinidad, el espacio político que lidera el gobernador Rolando Figueroa, presentó en el Congreso su primer proyecto de ley. Se trata de Ficha Limpia, una iniciativa que existe en Neuquén y que buscan replicar a escala nacional, para impedir que personas condenadas accedan a cargos públicos.

    «Antes que termine el año queremos seguir honrando la palabra. Vamos a presentar en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores de la Nación el proyecto de Ficha Limpia. Esa Ficha Limpia que ya está aprobada en la provincia de Neuquén y que queremos que la República Argentina también la respete», dijo Figueroa, tras reunirse con la senadora Julieta Corroza y la diputada Karina Maureira.

    «Es parte de nuestro modelo de gobierno en Neuquén, porque no solo tenemos que garantizar la responsabilidad de todos nuestros funcionarios sino también su transparencia», sostuvo la senadora Corroza.

    Por su parte, Maureira recordó que este era un compromiso de campaña: «Lo dijimos y cumplimos. Ficha Limpia llega al Congreso de la Nación porque Neuquén representa integridad y honestidad», dijo.

    El gobernador Figueroa explicó que la iniciativa, que lleva la firma de ambas legisladoras nacionales, «toma aspectos de la que ya funciona en Neuquén» y puso de relieve el hecho de que se trata de la «ley más contundente y exigente del país».

    En ese sentido, el proyecto de La Neuquinidad implica que nadie con antecedentes penales pueda acceder a una candidatura ni ser designado en un cargo de la función pública.

    En la gestión de Figueroa señalaron que el proyecto pretende incorporar nuevas herramientas que velen por el cumplimiento del principio de transparencia y la implementación de mecanismos para prevenir casos de corrupción.

    «Se trata de brindar una nueva mirada sobre los supuestos contemplados en el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos e introducir una limitación respecto a quienes pueden ser nombrados por el Poder Ejecutivo para desempeñar cargos públicos», detallaron.

     En la elaboración del proyecto de ley tomaron como modelo la legislación sancionada en la Provincia del Neuquén, que se destaca por su rigurosidad y espíritu de avanzada en la materia. 

    Plantearon que es tiempo «de reformular viejos esquemas» y «erradicar los efectos nefastos que produce la corrupción», consagrando supuestos de inhabilitación que resguarden no sólo el erario público sino también a la totalidad de los bienes jurídicos protegidos por el ordenamiento normativo. Argumentaron que el objetivo de este proyecto de ley es «elevar los estándares de integridad, transparencia y ética que la ciudadanía exige de sus representantes».

    En la elaboración del proyecto de ley tomaron como modelo la legislación sancionada en la Provincia del Neuquén, que se destaca por su rigurosidad y espíritu de avanzada en la materia.

    «Dicha normativa provincial constituye un precedente y un punto de referencia para promover, en el orden nacional, criterios homogéneos que refuercen la confianza ciudadana en las instituciones democráticas y aseguren que quienes ocupen cargos públicos lo hagan con la idoneidad moral y la probidad necesarias».

    A tal fin propusieron modificar el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, incorporando nuevos supuestos de inhabilitaciones:

    * No podrán ser candidatos a cargos representativos ni partidarios quienes hayan sido condenados por delitos dolosos comunes o federales, en tanto cuenten con sentencia confirmada en segunda instancia o cuando haya quedado consentida si el condenado no hubiese interpuesto impugnación o recurso respectivo.

    * Tampoco podrán serlo quienes hayan sido condenados por delitos previstos en el Título XI -Delitos contra la Administración Pública- del Libro Segundo del Código Penal.

    * Ni los condenados tanto por delitos de Tráfico de Estupefacientes previstos en la Ley Nacional 23.737 como por delitos del Régimen Penal Tributario previstos en la Ley Nacional 27.430.

    * También se incluye a quienes sean inhabilitados por juicio político u otro procedimiento constitucional o legalmente previsto para el impedimento, la expulsión, destitución, remoción e inhabilitación del cargo o la función pública. 

     

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