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Medidas sanitarias vigentes hasta el 27 de agosto

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 5960 del Ministerio de Salud de Río Negro que prorroga las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19 hasta el 27 de agosto, inclusive.

Entre otras modificaciones, se extendió una hora el horario permitido de circulación y se amplió a 200 personas el máximo permitido para reuniones sociales al aire libre o en salones de eventos.

Circulación

La restricción a la circulación de las personas será entre las 2:00 de domingo a jueves, y la 3:00 los días viernes, sábado y vísperas de feriado, hasta las 6:00 del día siguiente.

Habilitaciones

*Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.

*Las reuniones y actividades en espacios públicos al aire libre de hasta 200 personas.

*Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un máximo del 70% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

*Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

*Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

*La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

*La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 70% del aforo.

*La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 50% del aforo máximo, evitando toda aglomeración de personas.

*La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 70% de aforo.

*Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 70% del espacio donde se realizan.

*La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 70% de su capacidad.

*La realización de actividades en cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales o salones de eventos a los efectos del desarrollo de artes escénicas o actividades culturales, durante el horario de circulación habilitado. En todos los casos se permite un 70% de aforo. Los empleados y las personas que se encontraren en dichos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante tickets de acceso al espectáculo.

*La actividad de casinos y bingos podrá funcionar de acuerdo al horario de circulación habilitado, con un aforo máximo del 70% del espacio disponible. Los empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

*La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible, o un máximo de 200 personas, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

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    Milei pierde en Tribunales y deberá pagar más de 5 millones tras su ofensiva contra periodistas

     

    La Justicia volvió a frenar el intento de Milei de perseguir y silenciar a la prensa crítica. Tras el sobreseimiento del periodista Nicolás Lantos, ahora el mandatario deberá pagar más de 5,6 millones de pesos en honorarios. La derrota judicial expone, una vez más, la estrategia oficial de judicializar la disidencia.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    Una derrota judicial que desnuda el método Milei

    La Justicia determinó esta semana que Milei deberá abonar $5.646.480 en concepto de honorarios a los abogados de Nicolás Lantos, periodista de El Destape, a quien había denunciado por “calumnias e injurias” en julio de este año. Lantos fue sobreseído el 9 de octubre, cuando un fallo contundente derribó la acusación presidencial y confirmó que uno de los símbolos señalados en sus artículos estaba efectivamente vinculado al nazismo.

    Se trata de una nueva caída de Milei en Tribunales después de meses de arremetidas contra periodistas críticos. La presentación contra Lantos se daba en el marco de una seguidilla de denuncias cuyo objetivo evidente era censurar y disciplinar al periodismo opositor, una estrategia que Noticias La Insuperable viene registrando y denunciando en distintas coberturas.

    La ofensiva contra Lantos y el discurso extremista

    La denuncia contra Nicolás Lantos surgió a partir de un comentario editorial del 16 de mayo, donde el periodista analizaba la relación entre la retórica de La Libertad Avanza y los discursos de odio de la extrema derecha global. Allí advertía que Milei alimentaba una narrativa que “pone en riesgo la convivencia y los derechos en Argentina”.

    Lantos remarcó la doble vara del mandatario: mientras acusaba a periodistas de difamación, él mismo desplegaba un lenguaje cargado de descalificaciones y referencias simbólicas vinculadas a la ultraderecha. Más tarde, en un artículo posterior, sostuvo que Milei lleva adelante “una estrategia que combina autoritarismo, persecución y manipulación social para consolidar un proyecto profundamente antidemocrático”.

    La Justicia le dio la razón. En la resolución del sobreseimiento se detalló que el símbolo “1488” —cuestionado por Lantos en sus textos— es una referencia numérica de la supremacía blanca, reconocida por organizaciones como La Liga Antidifamación. Esto derribó por completo la denuncia presidencial.

    El ataque sistemático a la prensa crítica

    La ofensiva de Milei no empezó con Lantos. Antes había acusado a Ari Lijalad de violar la IHRA por una nota donde el periodista advertía sobre los peligros de banalizar el Holocausto y promover discursos de odio desde el poder. A las pocas semanas, el Presidente apuntó también contra Jorge Rial, Fabián Doman y Mauro Federico, todos señalados por supuestas “calumnias e injurias”.

    Incluso figuras que no pueden considerarse opositoras, como Viviana Canosa y Carlos Pagni, terminaron alcanzadas por la agresiva cruzada judicial del mandatario.

    El caso Lijalad fue especialmente ilustrativo: el periodista había publicado una columna titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”, donde advertía que el gobierno impulsa “un proceso de incitación al odio y la violencia contra quienes piensan distinto”. Tanto el juez Daniel Rafecas como la fiscal Paloma Ochoa concluyeron que no existía delito. La fiscal recordó que se trataba de un tema de interés público, lo que otorga una protección reforzada a la labor periodística frente a intentos de censura estatal.

    Un patrón preocupante

    Los reveses judiciales de Milei no detienen su método: acusar, intimidar, perseguir, y luego obligarse a retroceder cuando la Justicia confirma que no hay delito. Pero el daño ya está hecho: se instala el miedo, se fuerza al periodista a defenderse, se busca limitar el debate público.

    La decisión que obliga a Milei a pagar más de 5 millones de pesos es más que una derrota personal: es una advertencia institucional. La Justicia le recordó al Gobierno que la libertad de expresión no se negocia y que el poder político no puede usar los tribunales como arma para disciplinar a quienes investigan, opinan o cuestionan.

    En un país donde la democracia se sostiene sobre la pluralidad de voces, la avanzada judicial del mandatario no es un hecho aislado: es un síntoma de un proyecto que, bajo el relato libertario, avanza sobre derechos básicos. Esta vez no le salió gratis.

     

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