Los ingresos deberán hacerse por terminación de DNI en la página www.anses.gob.ar con la Clave de la Seguridad Social, y seguir las instrucciones para anotar su número de CBU y cuenta bancaria.
El orden de ingreso será el siguiente: sábado 11, los titulares de DNI terminados en 0 y 1; domingo 12, los beneficiarios de DNI finalizados en 2 y 3; el lunes 13, los terminados en 4 y 5; el martes 14, los finalizados en 6 y 7; y el miércoles 15 deberán ingresar los titulares de los DNI terminados en 8 y 9.
En el caso de aquellas personas que prefieran cobrar por otros medios de pago, la Anses informó que “podrán elegirlos a partir del jueves 16 entrando también en la página web y siguiendo una serie de instrucciones que se darán a conocer esta semana”.
La Anses advirtió que quienes no puedan llegar a inscribirse con CBU en la primera fase de inscripciones del 11 al 15 de abril, podrán hacerlo igualmente en la fase de inscripción para los beneficiarios no bancarizados.
La Administración recordó que los solicitantes están en condiciones de acceder a este beneficio siempre que él o algún miembro de su grupo familiar no perciban ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia público o privado; o de ser monotributista de categoría “C” o superior, o del régimen de autónomos; o de una prestación de desempleo.
Si hay algo importante que había perdido el equipo argentino de fútbol antes de la victoria con Nigeria era precisamente el habla. Cuando los conflictos aparecen las resistencias se levantan, y el silencio es un telón de acero que no permite ver ni oír el escenario. La imagen de Lionel Messi hablando con su equipo…
A dos semanas del Día del Niño, los mayoristas de juguetes deberían tener los depósitos trabajando al máximo para abastecer a los comercios. Sin embargo, la demanda todavía no se activó y en el sector anticipan una caída histórica de las ventas en medio de una retracción del comercio a niveles históricos.
«Para esta época tendríamos que tener el stock al taco, pero no se vende un juguete», contó a LPO un importante mayorista de Rosario, que además tiene un local en uno de los principales centros comerciales de la ciudad.
La parálisis expone la crisis por la caída del consumo y los comerciantes notan que comenzaron a aparecer problemas para cubrir cheques y cancelar deudas, lo que amenaza con romper la cadena de pagos justo antes de la fecha más importante del año para el rubro.
Las ventas de juguetes acumulan una caída cercana al 20% en la era Milei. Sin embargo, el derrumbe de este año encendió todas las alarmas porque, a pocos días del Día del Niño, los minoristas todavía no comenzaron a reforzar sus existencias
«Ahora estamos ante una disyuntiva: ¿qué hago con los clientes que me deben varias facturas, le vendo más mercadería para el Día del Niño», se preguntó el empresario.
«Es que, si no le vendo, no va a tener qué ofrecer para hacer caja y si le vendo, corro el riesgo de clavarme», agregó. La decisión se vuelve todavía más difícil porque se trata de comerciantes conocidos, con años de relación y cuyo negocio constituye, en muchos casos, el principal ingreso familiar.
«Estamos hablando de gente buena que algunos para sostener el comercio ya tuvo que vender un auto o una camioneta. Así nos vamos descapitalizando todos», explicó el juguetero, quien aseguró que durante los últimos años se «comió» el equivalente a un depósito entero para pagar salarios, afrontar gastos fijos y mantener abierto el negocio.
Eduardo Maradona, presidente de la Federación Gremial desde donde advierten que el impacto de la crisis es más profunda que la revelada por CAME
Según las estimaciones del sector, las ventas de juguetes acumulan una caída cercana al 20% en la era Milei. Sin embargo, el derrumbe de este año encendió todas las alarmas porque, a pocos días del Día del Niño, los minoristas todavía no comenzaron a reforzar sus existencias: «esto puede ser peor que el año pasado que ya fue muy malo», dijo el comerciante.
La crisis de los jugueteros tampoco puede explicarse por un problema de competitividad frente a las importaciones, el argumento al que suele apelar los libertarios para justificar la caída de distintas industrias.
Gran parte de los juguetes se importan desde China desde hace años y lo que se fabrica en el país son juguetes grandes, de plástico inyectado, que por su volumen se hace muy caro traerlos del gigante asiático. Es un rubro que ya encontró su orden competitivo.
Por lo tanto, la principal dificultad es la falta de dinero en la calle, con salarios y jubilaciones deteriorados y una clase media que perdió capacidad de consumo y está totalmente endeudada, analizó el comerciante.
Es que no es una fecha más para el sector. De hecho, la celebración del Día del Niño se tuvo que modificar en dos oportunidades. Originalmente era el primer domingo de agosto, pero fue trasladada al segundo porque buena parte de los trabajadores todavía no había cobrado el suldo. Luego volvió a modificarse porque en los años electorales coincidía con las primarias y quedó fijada para el tercer domingo del mes.
Este año será el 16 de agosto, una fecha que todavía genera una mínima expectativa entre los comerciantes: «Quidzás quede algo de plata para comprar alguna chuchería», admitió el mayorista que calcula una caída del 20% de las ventas en los últimos años.
La alarma de los jugueteros coincide con el deterioro general del comercio rosarino. Un relevamiento de la Universidad Nacional de Rosario y el Colegio de Corredores Inmobiliarios mostró que la proporción de locales vacíos alcanzó el 12,5% en junio, el nivel más alto desde 2023.
En apenas seis meses, la vacancia en la peatonal Córdoba, el principal corredor comercial de la ciudad, saltó del 9,2% al 17,2%, mientras que en calle San Luis, uno de los centros comerciales que había logrado sobrevivir a la pandemia sin una destrucción masiva de negocios, los locales vacíos se duplicaron y pasaron del 5,1% al 10,2%, publicó el diario La Capital.
A dos semanas de una fecha que históricamente garantizaba movimiento y permitía recomponer las cajas, los comerciantes temen que se termine de quebrar la cadena de pago y el efecto arrastre termine de profundizar la crisis.
Medios tradicionales, streaming y la desconexión con la comunidad en Argentina. El paisaje mediático después del terremotoEl ecosistema de medios en Argentina ha experimentado una transformación sísmica. La hipótesis que planteo en esta nota del «postperiodismo» se consolida: un espacio donde los formatos tradicionales de prensa colisionan y se funden con las dinámicas digitales, dando…
El 30 de julio de 1946 concluyó la etapa de alegatos del histórico Juicio de Núremberg, el proceso judicial que sentó en el banquillo a los principales dirigentes del régimen nazi tras el final de la Segunda Guerra Mundial. Aquellas audiencias marcaron un antes y un después en el derecho internacional al establecer que los responsables de crímenes de guerra y de lesa humanidad podían ser juzgados más allá de las fronteras de sus países. Ocho décadas después, sus principios siguen siendo una referencia para los juicios por terrorismo de Estado, incluidos los desarrollados en Argentina tras la recuperación democrática.
Por Redacción de NLI
La Segunda Guerra Mundial dejó un saldo de destrucción pocas veces visto en la historia de la humanidad. Millones de muertos, ciudades arrasadas y el horror del Holocausto plantearon una pregunta inédita para la comunidad internacional: ¿qué hacer con quienes habían organizado desde el Estado un sistema de persecución, exterminio y guerra que no tenía precedentes?
Hasta entonces, las guerras solían terminar con tratados diplomáticos o con la derrota militar de uno de los bandos. Sin embargo, tras la caída del Tercer Reich, las potencias aliadas decidieron avanzar por un camino diferente. En lugar de limitarse a sanciones políticas, promovieron un proceso judicial para juzgar a los máximos responsables del nazismo por crímenes contra la paz, crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad.
El Juicio de Núremberg, desarrollado entre noviembre de 1945 y octubre de 1946, no estuvo exento de controversias jurídicas, pero estableció un principio que transformaría para siempre el derecho internacional: ningún funcionario, militar o gobernante podía escudarse en el cargo que ocupaba o en la obediencia debida para justificar violaciones masivas a los derechos humanos.
Un proceso que cambió la historia del derecho
En el banquillo se sentaron algunos de los principales dirigentes políticos, militares y económicos del régimen nazi. Durante meses, fiscales de distintos países presentaron documentos, registros oficiales, fotografías y testimonios que demostraban el funcionamiento de los campos de concentración, las deportaciones masivas y el plan sistemático de exterminio impulsado por el Estado alemán.
Las imágenes exhibidas durante las audiencias impactaron profundamente a una opinión pública que comenzaba a conocer la magnitud del Holocausto. Por primera vez, el mundo observaba cómo un tribunal analizaba no solamente responsabilidades individuales, sino también el funcionamiento de una maquinaria estatal dedicada a la persecución y al asesinato.
El proceso concluyó con condenas a muerte, penas de prisión y algunas absoluciones, pero su consecuencia más importante fue jurídica: los principios establecidos en Núremberg se convertirían en la base del moderno derecho internacional de los derechos humanos.
Argentina y el legado de Núremberg
Aunque ocurrieron a miles de kilómetros de distancia, los principios de Núremberg tuvieron una enorme influencia en la historia argentina.
Tras el retorno de la democracia en 1983, el país llevó adelante el histórico Juicio a las Juntas, una experiencia que fue observada en todo el mundo por tratarse de uno de los primeros procesos donde un tribunal civil juzgó a los responsables de una dictadura militar.
Con el tiempo, la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida permitió reabrir cientos de causas por delitos de lesa humanidad, consolidando una política de memoria, verdad y justicia que convirtió a la Argentina en una referencia internacional.
Muchos de esos procesos retomaron conceptos nacidos en Núremberg: la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, la responsabilidad individual de quienes integran estructuras estatales represivas y la imposibilidad de justificar esos delitos alegando el cumplimiento de órdenes superiores.
La memoria como política democrática
Los juicios por delitos de lesa humanidad no tienen únicamente una función punitiva. También cumplen un papel central en la reconstrucción de la memoria colectiva.
Las audiencias permiten documentar hechos, preservar testimonios y ofrecer a las víctimas un espacio institucional donde sus historias sean reconocidas por el Estado. Esa dimensión resulta especialmente importante en sociedades que atravesaron procesos de violencia política organizada.
En Argentina, organismos de derechos humanos como las Madres y Abuelas de Plaza de Mayo impulsaron durante décadas la búsqueda de justicia cuando todavía predominaban la impunidad y el silencio. Su trabajo fue decisivo para que el país pudiera reconstruir parte de la verdad sobre el terrorismo de Estado y juzgar a sus responsables.
La experiencia argentina demostró que la democracia no se fortalece olvidando los crímenes del pasado, sino investigándolos y juzgándolos con todas las garantías del Estado de Derecho.
Una enseñanza que sigue vigente
Ocho décadas después, el legado de Núremberg continúa presente cada vez que un tribunal internacional o nacional investiga genocidios, crímenes de guerra o violaciones sistemáticas a los derechos humanos.
En un contexto internacional donde resurgen discursos autoritarios, expresiones negacionistas y reivindicaciones de regímenes represivos, recordar aquellos juicios adquiere una importancia renovada. La historia demuestra que cuando el Estado concentra un poder sin controles y convierte la persecución en política pública, las consecuencias pueden ser devastadoras.
Para Argentina, donde la memoria sobre la última dictadura constituye uno de los pilares del consenso democrático construido desde 1983, el legado de Núremberg tiene un significado especial. Recordar aquellos juicios es también reafirmar que los crímenes cometidos desde el Estado no pueden naturalizarse, relativizarse ni quedar impunes, cualquiera sea el tiempo transcurrido o el poder que hayan ejercido sus responsables.
El Gobierno nacional modificó por Decreto de Necesidad y Urgencia la Ley de Migraciones e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso, cancelar residencias y expulsar extranjeros del país. Bajo el argumento de combatir los «mensajes de odio» contra los argentinos y proteger los símbolos patrios, el DNU 681/2026 introduce conceptos amplios cuya interpretación queda en manos del Estado, abriendo interrogantes sobre sus alcances y el impacto que podría tener sobre la libertad de expresión y los derechos de la población migrante.
Por Ignacio Álvez Alcorta para NLI
El Gobierno amplía las causales para impedir el ingreso y expulsar extranjeros
Con el DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Milei volvió a modificar la Ley de Migraciones Nº 25.871 mediante un decreto de necesidad y urgencia, profundizando el endurecimiento de la política migratoria iniciado meses atrás. La norma incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la ley, que establece las causales para impedir el ingreso al país, y otro al artículo 62, referido a la cancelación de residencias ya otorgadas. A partir de ahora, podrán rechazarse solicitudes de ingreso o dejar sin efecto residencias cuando el Estado considere que un extranjero incurrió en determinadas conductas vinculadas con discursos de odio o actos contra los símbolos nacionales.
El nuevo texto establece que no podrán ingresar ni permanecer en la Argentina quienes hayan dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, quienes inciten a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano argentino por motivos de nacionalidad, quienes participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales o quienes inciten a cometer cualquiera de esas acciones. Paralelamente, el decreto modifica el artículo 63 para establecer que la cancelación de la residencia por estas nuevas causales podrá derivar en la obligación de abandonar el país o directamente en la expulsión, según determine la autoridad migratoria.
Conceptos abiertos que dejan amplios márgenes de interpretación
Aunque el decreto incorpora una cláusula que aclara que no podrán considerarse comprendidas las expresiones de disenso ideológico ni la crítica política, académica o ciudadana, la redacción deja numerosos interrogantes abiertos que probablemente terminarán siendo objeto de discusión judicial.
El primero de ellos es que la norma no define qué constituye exactamente un «mensaje de odio». No se establecen parámetros objetivos ni se remite a una tipificación penal específica. Tampoco se determina qué características debe reunir una manifestación para ser considerada incitación a la violencia contra los argentinos. Esa ausencia de definiciones deja un margen de interpretación muy amplio para la Dirección Nacional de Migraciones y, eventualmente, para los tribunales.
Otro aspecto que permanece en una verdadera nebulosa jurídica es el concepto de «ultraje a los símbolos patrios». El decreto no enumera conductas concretas ni explica si el ultraje debe encontrarse previamente acreditado mediante una sentencia judicial o si bastará con una valoración administrativa. No queda claro, por ejemplo, si una intervención artística, una protesta pública, una performance, la quema de una bandera o una publicación en redes sociales podrían ser consideradas comprendidas dentro de esa figura, ya que el texto evita cualquier precisión.
La misma incertidumbre aparece respecto de la prueba. El DNU no explica quién determinará que una persona emitió mensajes de odio ni cuál será el estándar probatorio exigido. Tampoco establece si será necesaria una condena penal previa, una resolución judicial, un expediente administrativo o simplemente informes elaborados por organismos estatales. En consecuencia, queda abierta la discusión sobre cuáles serán las garantías de defensa para los extranjeros alcanzados por la medida.
Entre la libertad de expresión y las facultades discrecionales del Estado
El propio decreto intenta anticiparse a esas objeciones al sostener que la medida no afecta la libertad de expresión, ya que excluye expresamente el disenso ideológico y la crítica política. Sin embargo, la delimitación entre una crítica protegida constitucionalmente y un supuesto mensaje de odio aparece como uno de los puntos más delicados de toda la reforma.
La dificultad radica en que la decisión sobre dónde termina una opinión política y dónde comienza una conducta que habilite la expulsión quedará inicialmente en manos de la administración pública. Esa amplitud interpretativa podría derivar en cuestionamientos sobre el alcance de las facultades discrecionales del Estado y sobre el respeto de los principios de legalidad y seguridad jurídica.
A ello se suma que la norma tampoco distingue si los hechos deben haber ocurrido dentro del territorio argentino o en el extranjero. La redacción permitiría, en principio, considerar publicaciones realizadas fuera del país o manifestaciones efectuadas años antes del ingreso, sin que el decreto establezca límites temporales ni criterios para valorar la gravedad de cada caso.
Una nueva vuelta de tuerca en la política migratoria de Milei
La modificación se inscribe dentro del endurecimiento de la política migratoria impulsada por la administración libertaria durante el último año. Desde la llegada de Milei a la Casa Rosada, el Ejecutivo avanzó mediante distintos decretos sobre el régimen migratorio, restringiendo derechos y ampliando las facultades de la Dirección Nacional de Migraciones, una estrategia que ya generó presentaciones judiciales y cuestionamientos por parte de organismos especializados en derechos humanos y asociaciones de migrantes.
Con el DNU 681/2026, el Gobierno vuelve a recurrir al mecanismo del decreto para introducir modificaciones en una ley sancionada por el Congreso. Más allá del argumento oficial de proteger a los argentinos frente a expresiones violentas o discriminatorias, la incorporación de conceptos jurídicos abiertos y la ausencia de precisiones sobre su aplicación concreta anticipan un escenario de fuerte debate constitucional. El verdadero alcance de estas nuevas facultades dependerá, probablemente, de cómo las aplique la autoridad migratoria y de las decisiones que adopten los tribunales cuando comiencen a llegar los primeros casos.
«La mentira ya no tiene patas cortas, le cortaron las piernas» ¿Cómo comprender la realidad argentina? La palabra quilombo no alcanza, tampoco la palabra mentira o inclusive la llamada verdad. La posverdad ya pasó de moda, la distorsión de la realidad queda corta en el mundo emocional-económico-mediático-político. Cuando la justicia es sinónimo de injusticia…
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