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El Parque Industrial Reginense está inscripto en el Registro Nacional de Parques Industriales

A partir de hoy, el Parque Industrial de Villa Regina se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI). La noticia fue confirmada por el Intendente Marcelo Orazi, quien destacó la importancia de la terminación de un trámite que lleva aproximadamente 7 años y que traerá importantes beneficios para las empresas que están radicadas. A la vez despertará el interés de otras para instalarse en el lugar.

El Parque Industrial reginense fue fundado en el año 1974 y actualmente cuenta con 59 empresas en actividad, 2 en ejecución y 3 en proyecto.

A través de la Resolución 266/2014 de la Provincia de Río Negro, la hasta entonces Fundación Centro Industrial Reginense pasó a denominarse Parque Industrial Reginense, lo cual favoreció el inicio del trámite ante el RENPI.

“Después de muchos años que demandaron completar el expediente, finalmente hoy tenemos la Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Parques Industriales”, confirmó el Intendente Orazi.

Asimismo manifestó que esto permitirá al Parque Industrial local acceder a Aportes No Reintegrables (ANR) para la ejecución de obras intra y extramuros, además de facilitarle a las empresas radicadas el acceso a líneas crediticias a tasas subsidiadas o a los beneficios impositivos que otorga la ley provincial 4618.

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    Por Celina Fraticiangi para NLI

    Mientras el oficialismo promociona la eliminación de leyes sobre palomas mensajeras, microfilmación o viejos registros burocráticos, una norma de enorme peso político quedó mezclada entre la “hojarasca”. Se trata de la Ley 25.750 de Preservación de Bienes y Patrimonios Culturales, sancionada en 2003 en el contexto de la crisis posconvertibilidad y pensada para impedir la extranjerización acelerada de sectores considerados estratégicos para la soberanía nacional.

    La ley parte de una definición política fuerte: el Estado debe preservar especialmente el patrimonio cultural, ciertas industrias estratégicas y, de manera explícita, “el espectro radioeléctrico y los medios de comunicación”. Ese principio no fue casual ni ornamental. Surgió en un momento en que varios grupos mediáticos argentinos estaban endeudados en dólares y existía preocupación por la eventual compra masiva de activos locales por conglomerados extranjeros.

    La cláusula que hoy busca eliminar el Gobierno

    El corazón de la norma está en su artículo segundo. Allí se estableció que la propiedad de los medios de comunicación debía permanecer en manos de empresas nacionales, permitiendo la participación extranjera sólo hasta un máximo del 30% del capital accionario y del derecho a voto.

    Ese límite no desapareció con el paso de los años. Por el contrario, fue retomado y articulado posteriormente con otros marcos regulatorios vinculados a servicios audiovisuales y licencias de comunicación. Incluso reglamentaciones posteriores siguieron reconociendo la existencia de restricciones a la propiedad extranjera en medios por tratarse de bienes culturales y estratégicos.

    Sin embargo, el proyecto impulsado por Federico Sturzenegger y respaldado por Milei plantea directamente su derogación. El fundamento oficial sostiene que la norma “restringe el derecho de ejercer industria” y representa un obstáculo para la inversión extranjera.

    Una ley nacida en la crisis y bautizada como “Ley Clarín”

    La 25.750 quedó históricamente asociada al nombre de “Ley Clarín”. La denominación no surgió del texto legal sino del contexto político y económico que rodeó su sanción.

    Tras el colapso de 2001 y la pesificación asimétrica, grandes grupos de medios acumulaban pasivos dolarizados y aparecían fondos extranjeros interesados en ingresar mediante compra de deuda o adquisición accionaria. La norma funcionó entonces como un blindaje transversal para capitales mediáticos nacionales, entre ellos el principal holding periodístico del país, aunque sus efectos alcanzaban a todo el sistema comunicacional.

    Esa historia vuelve hoy con una paradoja llamativa: una ley que en su momento benefició también a grandes grupos privados nacionales aparece ahora catalogada como simple “hojarasca” administrativa.

    La discusión, sin embargo, excede largamente a una empresa o a un conglomerado mediático determinado.

    Comunicación, soberanía y mercado

    El debate sobre la propiedad de medios nunca fue exclusivamente económico. En numerosos países existen limitaciones parciales o totales al control extranjero de radios, televisión o telecomunicaciones, bajo la idea de que la comunicación constituye un área estratégica ligada a la identidad cultural, la producción simbólica y la soberanía informativa.

    La derogación de la 25.750 no obliga automáticamente a que fondos internacionales compren medios argentinos ni implica por sí misma una ola inmediata de adquisiciones. Pero sí elimina un resguardo jurídico que durante más de veinte años colocó límites a ese escenario.

    Ahí reside el núcleo político del asunto.

    Porque detrás del relato sobre leyes extravagantes y normas olvidadas, la “Ley Hojarasca” también avanza sobre regulaciones que expresan una determinada idea del Estado y de los bienes estratégicos nacionales. En este caso, una pregunta de fondo vuelve al centro de la escena: si los medios son sólo empresas sujetas a las reglas del mercado o también parte del patrimonio cultural y democrático de un país.

     

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    Por Celina Fraticiangi para NLI

    La decisión aparece en un contexto particularmente sensible. Mientras Milei sostiene una política de ajuste sobre el gasto público, con recortes que impactan en universidades, investigación científica, programas sociales y jubilaciones, el Estado renuncia a una porción de la recaudación proveniente de quienes obtienen ingresos por alquileres de vivienda. La contradicción no pasó inadvertida para especialistas y referentes opositores, que ven en la medida una nueva señal de la orientación económica del Gobierno.

    Un beneficio sin límites patrimoniales

    La reglamentación publicada en el Boletín Oficial establece que las rentas obtenidas por alquileres de inmuebles destinados a vivienda quedarán exentas del Impuesto a las Ganancias. Lo llamativo es que el texto no diferencia entre escalas patrimoniales ni introduce topes que permitan distinguir entre un pequeño ahorrista y un gran propietario inmobiliario.

    En términos prácticos, una persona que heredó un departamento y obtiene un ingreso complementario por su alquiler recibirá el mismo tratamiento fiscal que quien posee una cartera de decenas de inmuebles distribuidos en distintos puntos del país. La norma no fija un máximo de propiedades alcanzadas por la exención ni condiciona el beneficio al nivel de ingresos del contribuyente.

    Ese aspecto es precisamente el que alimenta las críticas. Si el objetivo oficial era favorecer a pequeños propietarios o ampliar la oferta de viviendas para alquiler permanente, el decreto podría haber establecido mecanismos de segmentación. Sin embargo, la reglamentación optó por una exención amplia que también alcanza a quienes concentran una importante cantidad de activos inmobiliarios.

    La promesa oficial y las dudas del mercado

    La explicación del Gobierno se apoya en una idea que Milei y sus funcionarios vienen repitiendo desde el inicio de la gestión: reducir impuestos para generar incentivos económicos. Según esa lógica, al disminuir la carga tributaria sobre los propietarios habría más viviendas disponibles en el mercado formal de alquileres.

    El problema es que esa relación está lejos de ser automática. Nada obliga a los propietarios a trasladar el beneficio fiscal a una reducción de los precios que pagan los inquilinos. Un dueño puede continuar cobrando exactamente el mismo alquiler y simplemente incrementar su rentabilidad gracias a la eliminación del impuesto.

    La experiencia reciente del mercado inmobiliario argentino muestra además que los valores de los alquileres responden principalmente a factores como la inflación, la evolución de los salarios, la escasez de crédito hipotecario y las expectativas económicas generales. Por eso, numerosos analistas consideran que el alivio tributario podría terminar mejorando los ingresos de los propietarios sin generar un impacto significativo sobre el acceso a la vivienda.

    Ajuste para unos, alivio para otros

    La discusión adquiere una dimensión política inevitable. Desde que asumió, Milei justificó buena parte de sus decisiones más controvertidas en la necesidad de alcanzar el equilibrio fiscal. Esa explicación fue utilizada para defender recortes presupuestarios, paralización de obras públicas, reducción de programas estatales y licuación de ingresos sociales.

    Sin embargo, el nuevo decreto avanza en sentido contrario para un sector específico de la economía. Mientras el Gobierno sostiene que no hay margen para aumentar partidas destinadas a educación, ciencia o asistencia social, sí encuentra espacio fiscal para eximir de Ganancias a quienes obtienen rentas inmobiliarias.

    La medida también incluye beneficios vinculados a determinadas operaciones de venta y transferencia de inmuebles, reforzando una orientación que distintos economistas identifican como favorable a los sectores patrimonialmente más consolidados.

    El debate recién comienza, pero el contenido de la norma deja pocas dudas sobre un aspecto central: lejos de tratarse exclusivamente de una ayuda para pequeños propietarios, la exención alcanza igualmente a quienes concentran una importante cantidad de viviendas y perciben ingresos millonarios por alquileres. En un país donde acceder a una vivienda propia resulta cada vez más difícil y donde millones de inquilinos destinan una porción creciente de sus ingresos al pago del alquiler, la decisión promete convertirse en uno de los nuevos focos de discusión sobre las prioridades económicas de la gestión de Milei.

     

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