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COVID-19: conocé las medidas sanitarias vigentes hasta el 2 de julio

La Municipalidad de Villa Regina informa que, a partir de la adhesión a la Resolución N° 4639 del Ministerio de Salud de Río Negro, hasta el 2 de julio inclusive tendrán vigencia las siguientes medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19.

*La restricción a la circulación de las personas será entre las 22 y las 6 del día siguiente.

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS

– Las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de diez personas.

– La realización de todo tipo de eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.

– La actividad de discotecas.

– La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, que impliquen aglomeración de personas, en espacios públicos o privados, sean estos cerrados o al aire libre. Queda autorizada la realización de las competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de Básquet”, de acuerdo a los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales o provinciales, sin asistencia de público.

HABILITACIONES ESPECIALES

Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) podrán funcionar hasta las 24, con un máximo 50% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

– Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado.

– Las farmacias y estaciones de servicio -únicamente para el expendio de combustibles- podrán funcionar durante las 24 horas.

– La realización de actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares.

– La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 50% del aforo.

– La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta diez personas, sin asistencia de público.

– La realización de eventos religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

– Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta diez personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% del espacio donde se realizan.

– La apertura de bibliotecas con entrega de libros en puerta, con protocolo vigente, sin ingreso del público al interior de la institución. No se habilitan las salas de lectura de las bibliotecas.

– La realización de actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores. En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

– La actividad de casinos y bingos, durante el horario de circulación permitido, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

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  • Violencia tecnológica institucional

     

    Voy a compartir una advertencia*. Una alarma sobre los peligros de permitir que el poder estatal, esta vez utilizando herramientas tecnológicas y  discursos de odio junto a estereotipos de género, se manifieste contemporáneamente como dispositivo de disciplinamiento, censura  y violencia institucional.

    Me voy a valer de una imagen que remite a un grabado europeo del siglo XVII. Allí se puede observar a una mujer sometida por un casco de hierro que lleva una tenaza del mismo material, con el que se le presionaba la lengua para humillarla públicamente y silenciar a las “lenguas afiladas”. Conocido como “Brida” o “Regañona”, se le colocaba a las personas que eran consideradas una molestia pública por sus opiniones (en general, emparentado con mujeres a las que se denominaba con el mismo nombre que el artefacto: regañonas). Este montaje de castigo humillante guardaba la clara intención de silenciarlas a través del escarnio público.

    La imagen nos permite comprender el fenómeno que abordamos en los días que corren, porque aunque las tecnologías han cambiado, la historia del castigo de las disidencias muestra un continuum que nos lleva al motivo concreto que hoy nos vincula: el trato punitivo a aquellas personas que critican o disienten con el poder, que se torna especialmente humillante cuando se trata de la disidencia de una mujer, en razón de la sempiterna ligazón en el poder punitivo y el poder patriarcal.

    El hecho concreto sufrido por nuestra colega Julia Mengolini, públicamente atacada por diversas cuentas en redes sociales, profundizada por la viralización de videos generados con inteligencia artificial, noticias falsas, las cuales fueron compartidas y/o avaladas a través de comentarios por distintos funcionarios estatales; la campaña de descrédito que sufre, el feroz ataque de que es blanco, no es en nada casual, ni aislado. 

    Se trata de un acto de violencia punitiva, y también política, dirigido contra una mujer crítica, con la clara intención de silenciarla, de modo de dar un mensaje a otras y otros que se sienten disidentes: “Mirá lo que te puede pasar si hablás”, “Ojo, tené miedo”, “No te metas”.

    A propósito de los usos del poder punitivo

    Desde siempre se utilizó el poder punitivo para homogeneizar, eliminar por distintos medios las voces disidentes; claro está, desde que su origen fue la propia persecución de –principalmente- brujas y herejes.

    A veces opera con mecanismos formales -persecución penal oficial,  es decir, criminalización conspicua y estricta-, en tanto otras con mecanismos informales -difamación, desacreditación, aplicación de violencias directas que, tal como enseñan Zaffaroni, Alagia y Slokar, lo que también constituye trato punitivo.

    La violencia que se canaliza punitivamente no es sólo individual sino también colectiva: cualquiera que ingrese a ese grupo (el disidente) podrá sufrirlas. Y siempre es importante recordar que la violencia a la que se recurre para alcanzar dicho objetivo es una violencia ilícita, que suele valerse de mecanismos informales o incluso agencias del sistema penal formal, pero mediante prácticas ilegales. 

    ¿Por qué el Estado recurre a la violencia ilícita para sancionarla? Porque cuando no alcanza el poder punitivo legal (que también se utiliza, como sabemos en el transcurso de los últimos días), la violencia ilícita, que infunde un terror mayor sobre el sujeto en concreto y sobre el resto del grupo de disidentes, siempre resulta más efectiva. En estos casos produce un proceso de represivización – que opera a través de un sistema penal informal o subterráneo – porque le da ventajas al poder, que lo hace a través del ejercicio de una pedagogía del miedo.

    Por eso, al agredir a Julia, se procura disciplinar a muchas, y también muchos. La violencia que viene del Estado busca una función ejemplificadora: castigar para que otras/os observen y callen. No se trata de otra cosa que de un dispositivo de control social. Y por eso es parte del poder punitivo. Pero es ilícito porque utiliza medios no legales, hasta humillantes,  crueles y odiantes para constituir ese castigo.

    Sobre el poder patriarcal 

    Pero el caso en análisis reúne un componente más en este cúmulo de violencias punitivas: El poder punitivo se une a su complementario: el poder patriarcal. ¿Cómo lo hace? Jerarquizando vidas o inferiorizándolas: en las vidas y cuerpos a quienes busca domesticar/dominar.

    La tácticas utilizadas para inferiorizar en el caso testigo son agresiones denigrantes, pero que se constituyen además atacando los roles que el propio patriarcado y la sociedad han impuesto a las mujeres: la sexualización, el cuestionamiento de las maternidades, la lisa y llana difamación ¿Por qué? Porque si primero la inferioriza, luego se puede construir un ser a quien ver como otredad, a quien se puede odiar.

    Estas técnicas sirven al poder punitivo y al poder patriarcal para castigar o disciplinar a cualquier grupo al que se señale como enemigo. Si es por motivos raciales, culturales o políticos, siempre lo hace del mismo modo: primero denigrándolos, luego maximizando el ataque y finalmente  habilitando la violencia explícita. Los ejemplos son múltiples y nos vienen rápidamente a la vista.

    Esa violencia resulta, precisamente, por la modalidad disciplinante y atemorizante, una forma de mordaza (brida) encubierta. El mensaje que está detrás parece prístino: no se prohíbe cuestionar, pero se castiga a quien cuestiona. Y eso alcanza para generar miedo, luego silencio y censura. La pedagogía del miedo opera disciplinarmente obturando, entre otras cosas, el básico presupuesto democrático de comunicar e informar. 

    El odio algoritmizado 

    La novedad de este tiempo es que ahora esa violencia no necesita de regañonas ni bridas. Basta con una red social, una cuenta (mejor, oficial) y un software de inteligencia artificial.

    Cuando el Estado -o sus funcionarios- replican, masifican, se valen de la IA para fabricar o reproducir falsedades, y lo hace desde un lugar privilegiado de poder. No es una broma, no es un error, no es un exceso: se trata de una planificada estrategia de hostigamiento algorítmico. Y cuando ese hostigamiento se dirige a mujeres, o disidentes en términos políticos, estamos hablando de violencia tecnológica institucional.

    Aunque obvio, hoy presenciamos lo que Byung-Chul Han llama un régimen de “infocracia”: una forma de gobierno basada en el exceso de información, en el que los datos sustituyen a la verdad -la posverdad-  y donde la comunicación pública ya no promueve el pensamiento crítico, sino la polarización emocional. Las redes sociales y sus algoritmos no favorecen el debate democrático, sino la viralización del escándalo y la erosión del juicio colectivo. En la infocracia, la información se fragmenta, se acelera, se simplifica y termina por sustituir el razonamiento por reacción.

    Así, el disciplinamiento promovido desde el poder se vuelve casi inevitable: es el algoritmo el que hace circular el odio, lo alimenta, y lo convierte en poder punitivo informal. Este régimen de información promueve una nueva tecnología para el control social, ya no solo sobre los cuerpos sino sobre la psique a través de una aparente libertad: compartir en redes sociales. 

    Suele decirse que el dataismo de la infocracia no necesita ideología. Aunque debemos advertir que eso no significa que no sea utilizada por ideologías con sesgos autoritarios para señalar con sus mensajes: los relatos pueden ser sustituidos por los recuentos algorítimicos, pero la creación de la falsedad o el odio es realizado por alguien hasta su viralización reproductora.

    En ese universo la lengua del odio encuentra el terreno perfecto para multiplicarse. No porque sea verdadera, sino porque es rentable, porque genera likes, viralidad. Y cuando ese discurso proviene o es reproducido por el Estado, se vuelve doblemente peligroso. Primero porque es performativo por esencia, y porque además no encuentra resistencias cognitivas en una sociedad saturada de información, aunque vaciada de verdad.

    Y los discursos de odio tienen una función precisa en la maquinaria del castigo: preparan el terreno para la violencia real, a veces hasta letal.

    Como señalamos previamente, primero se deshumaniza, se niega que esa persona tenga valor, derechos, voz. Se transforma en “enemiga”, en “anómala”, en “mentirosa”. Después, ya no cuesta tanto investigarla, amenazarla, callarla, agredirla,  o incluso eliminarla.

    El Estado necesita justificar para castigar. Por eso los perpetradores utilizan las técnicas de neutralización de valores, al trivializar el daño, culpar a la víctima y apelar a lealtades superiores.

    Responder a las violencias, responsabilizar a las violencias

    Frente al escenario gruesamente simplificado, cabe preguntar acerca del rol del Derecho (con mayúscula), y qué consecuencias conllevan estas prácticas violentas.

    Necesitamos una respuesta urgente. Jurídica en tanto el derecho debe ser constitutivo de paz y verdad. Por ello debemos preguntarnos por la respuesta: el responder, en términos de responsabilidad.

    En primer término, podemos decir que existirá frente a toda violencia institucional -formal o ilícita- una responsabilidad que debe ventilarse en el plano político partidario.

    En segundo lugar, sin dudas, de acuerdo al marco normativo supranacional  internacional, en especial los instrumentos de DD HH y los compromisos asumidos en el orden universal y regional,  estas prácticas y acciones concretas constituyen un ilícito del orden internacional. 

    Finalmente, basta repasar – al menos-  el art. 3 segundo párrafo de la Ley Antidiscriminatoria N.º 23.592, para verificar que nuestro sistema penal criminaliza especialmente “a quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupo de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.

    Los estándares legales y jurisprudenciales permiten considerar que la acción estatal que se examina —desde el momento en que reproduce desde cuentas oficiales, con contenido falso y elementos estigmatizantes de género y políticos— no sólo repugna a un entendimiento democrático básico, sino que puede encuadrarse típicamente como incitación al odio político, prohibido por la legislación vigente. 

    El rol del Estado

    No puede haber neutralidad institucional frente al odio.

    El Estado debe abstenerse de discriminar, pero también prevenir y sancionar las conductas que así lo realicen, incluyendo las violencias en redes sociales.

    El Estado no puede ser un emisor de odio ni convertirse en un agresor que utiliza herramientas tecnológicas para disciplinar. Porque cuando lo hace, no sólo ataca a una persona o un grupo de personas, sino que erosiona el soporte democrático. Peor: convierte la expresión libertad en un acto peligroso.

    Hoy, más que nunca, debemos defender el derecho a hablar, disentir y ocupar el espacio público sin miedo a ser destruidas. No hay democracia posible si el precio de la mera disidencia es la humillación pública. 

    No puede haber retorno a la regañona.

    *Este texto es la adaptación de la participación de la autora en la conferencia “Inteligencia Artificial y violencia estatal: el caso testigo de Julia Mengolini” en la Facultad de Derecho de la UBA, el 15 de julio de 2025.

    La entrada Violencia tecnológica institucional se publicó primero en Revista Anfibia.

     

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