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Concurso abierto para cubrir cargo de Juez de Falta Suplente

A través del Decreto 126/21, la Municipalidad de Villa Regina llama a concurso abierto de antecedentes para cubrir el cargo de Juez de Falta Suplente.

Los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

*Poseer título de Abogado, con no menos de 2 años de ejercicio en la profesión. Deberán acompañar certificaciones del colegio de abogados y/o de los Poderes Judiciales, según cual fuere el organismo que tenga el gobierno de la matrícula, en el que consten:

a) Fecha de matriculación y de su baja

b) Motivo de la baja

c) Antecedentes disciplinarios durante el lapso de la habilitación para el ejercicio profesional

En caso de que existieren sanciones disciplinarias deberá acompañar copia certificada de la causa y de la resolución que se hubiera dictado.

*Nacionalidad argentina con 2 años de residencia en la ciudad de Villa Regina

*No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 15 incisos 2 al 8 inclusive de la Carta Orgánica del Pueblo de Villa Regina.

Los/as postulantes deberán realizar su inscripción mediante nota y acreditar el cumplimiento de los requisitos legales previstos para el cargo al que aspiran, con documentación original o copia certificada, y detallar sus antecedentes. Las mismas serán recepcionadas en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa Regina en horario de 8 a 13.

En todos los casos se deberá consignar:

1)            Datos personales:

a.            Apellido/s y nombre/s completos

b.            Tipo y número de documento de identidad

c.            Domicilio real actual y domicilios anteriores durante los últimos dos años

d.            Número de teléfono personal

e.            Domicilio electrónico o domicilio procesal situado en el radio urbano de la ciudad

f.             Fecha y lugar de nacimiento

2)            Cargo al que aspira

3)            Antecedentes profesionales:

a.            Copia del título de abogado/a legalizado por ante el Ministerio del Interior y Ministerio de Educación

b.            Empleos o funciones desempeñados de carácter público, honorario o rentado, por designación o elección. Se indicará su carácter (titular, suplente, interino, etc), ascensos, licencias extraordinarias concedidas en los últimos 5 años, sanciones disciplinarias aplicadas y causas de cesación. En caso de que el empleo corresponda a un Poder Judicial, deberá acompañar un resumen anual certificado de las estadísticas de la función correspondientes a los últimos tres años del organismo en el que se desempeña.

c.            Empleos o funciones de carácter privado, honorario o rentado por designación o elección. En caso del ejercicio de la profesión liberal, descripción de la jurisdicción/es en las que actúa o actuó, fueros, tipo y volumen de trabajo.

d.            Ejercicio de la docencia, designación, cargos desempeñados, carga horaria, horario específico del desempeño de la función y períodos.

e.            Instituciones comerciales y civiles de la que forma parte o en las que tuviera intereses.

f.             Todo otro dato objetivamente comprobable en el orden al desempeño profesional.

4)            Antecedentes Científicos y Técnicos:

a.            Estudios de Posgrados

b.            Trabajos publicados, con especificación de naturaleza, títulos, editorial, obra y lugar en que aparecieron

c.            Conferencias dictadas, con certificación de fecha, lugar e institución patrocinante

d.            Congresos, seminarios, jornadas o cualquier otro acto colectivo de carácter científico o técnico en que haya participado, indicando la representación investida, fecha en que tuvieron lugar, institución patrocinante, tema desarrollado, designaciones que hubiera recibido, trabajos presentados, distinciones académicas, menciones honoríficas, etc.

e.            Instituciones científicas o profesionales a las que pertenezca, con indicación de nombre, domicilio de su sede, carácter de la institución, calidad que inviste en ella, y cargos que hubiera desempeñado.

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    Julia Strada elaboró un pedido de informes al Banco Central para que Santiago Bausili informe si el gobierno argentino apeló a nueva deuda para cancelar el swap con Estados Unidos, pese a que sobran indicios acerca de que nunca hubo lo que técnicamente se considera un intercambio de monedas, tal como reveló LPO.

    La diputada kirchnerista presentará el próximo lunes la resolución para que la autoridad monetaria comunique «qué operación u operaciones financieras se realizaron de manera simultánea o en fechas próximas que permitieron compensar el egreso (para cancelar el vencimiento de este 9 de enero), detallando montos, instrumentos utilizados, contrapartes, condiciones financieras y su impacto contable sobre las reservas internacionales».

    La inquietud de la legisladora se funda en que el BCRA divulgó este viernes que la operación para cancelar la deuda «no se reflejó en una disminución de las reservas internacionales».

    Por eso, reclama que se detallen condiciones financieras, incluyendo tasa de interés, plazos, costos asociados y organismo otorgante, de las operaciones que se hayan realizado para saldar la asistencia norteamericana.

    ¿Por qué si Caputo pagó el vencimiento, subió el riesgo país y cayeron los bonos?

    Además, solicita que se indiquen «las razones por las cuales no fue oportunamente informada la activación del swap, habida cuenta de que el BCRA únicamente comunicó su firma, aclarando en qué momento, bajo qué condiciones y por qué instrumentos se consideró operativo un swap cuya activación no fue informada públicamente».

    Y por último, pregunta «si la cancelación del swap guarda relación temporal o sustantiva con las gestiones, requerimientos o procesos de divulgación de información en curso en el Congreso de los Estados Unidos de América respecto del acuerdo celebrado en el marco del Fondo de Estabilización Cambiaria (FSE), y, en su caso, detallar el grado de vinculación existente».

    Santiago Bausili.

    En efecto, LPO informó esta semana que el Congreso norteamericano, a través de un ámbito equivalente a la Oficina del Presupuesto en la Cámara de Diputados, alertó que Argentina afrontaba riesgos de una devaluación o un default. Los técnicos estadounidenses, incluso, advirtieron que el swap debía pasar por el parlamento de su país y que sus legisladores podían limitar el monto, reducir los plazos y habilitarlo o no.

    Strada señala en su proyecto que «la extrema falta de transparencia y la opacidad institucional con la que se ha manejado tanto la firma, como la activación y posterior cancelación del swap entre el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos y el BCRA constituyen un hecho de inusitada gravedad». «Se trata de una operación financiera internacional de magnitud significativa, con impacto directo sobre las reservas internacionales, la política monetaria y la soberanía financiera del país, que fue instrumentada sin información pública suficiente, sin control parlamentario y sin explicaciones claras sobre su ejecución efectiva», agregó.

    Se trata de una operación financiera internacional de magnitud significativa, con impacto directo sobre las reservas internacionales, la política monetaria y la soberanía financiera del país, que fue instrumentada sin información pública suficiente, sin control parlamentario y sin explicaciones claras sobre su ejecución efectiva.

    La diputada recuerda que el 20 de octubre pasado, el BCRA informó «la suscripción de un Acuerdo de Estabilización Cambiaria con el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos por un monto total de hasta USD 20.000 millones, estableciendo los términos y condiciones para la realización de operaciones bilaterales de swap de monedas entre ambas partes».

    Además, recordó las palabras del secretario del Tesoro norteamericano, Scott Bessent, quien sostuvo un mes antes: «Como indicó el Presidente Trump, estamos listos para hacer lo que sea necesario para apoyar a Argentina y al pueblo argentino». «El Tesoro de los Estados Unidos está listo para comprar bonos argentinos en dólares y lo hará cuando las condiciones lo justifiquen», planteó por aquellos días, y dijo que planeaba «otorgar un importante crédito stand-by a través del Fondo de Estabilización Cambiaria», para lo cual admitió se habían mantenido reuniones «con el equipo de Javier Milei».

    Según Strada, «las declaraciones de Bessent indican que el programa financiero entre EEUU y la Argentina va mucho más allá de un swap de monedas». «Incluye la compra de bonos soberanos, un crédito de tipo Stand-By y condicionamientos sobre la política tributaria, todos ellos aspectos que implican una indebida injerencia en decisiones soberanas del Estado argentino y que, por su naturaleza, requieren tratamiento y aprobación del Congreso de la Nación», argumentó.

    Las declaraciones de Bessent indican que el programa financiero entre EEUU y la Argentina va mucho más allá de un swap de monedas.

    La diputada no dudó en calificar ese camino como el de una «injerencia», y resaltó que Bessent ya había expresado que Argentina debía cancelar el swap con China después que se avanzara en el acuerdo con el FMI, en abril de 2025.

    LPO publicó en octubre que Strada también requirió información al BCRA en octubre pasado, antes de las elecciones de medio término, para que se publicaran los detalles del acuerdo con el gobierno de Donald Trump. 

    Los demócratas usaron las preguntas del peronismo para pedirle explicaciones a Bessent 

    Sin embargo, la autoridad monetaria contestó con la Resolución RESOL-2025-13-E-GDEBCRA-GG#BCRA. Allí se declaró «la reserva parcial de la información solicitada y, con fundamento en los considerandos de dicha resolución, se denegó el acceso a los detalles específicos del acuerdo celebrado por esa Institución», precisó la diputada.

    Esa maniobra incumple el artículo 10, inciso i, de la Carta Orgánica del BCRA, que establece «el deber de informar al Congreso sobre sus operaciones y de comparecer ante las comisiones competentes para dar cuenta de las políticas monetarias, cambiarias y financieras en ejecución». «La cancelación de operaciones por aproximadamente USD 2.500 millones en diciembre de 2025, bajo un Acuerdo de Estabilización Cambiaria de USD 20.000 millones, sin información pública suficiente sobre su activación, financiamiento, condiciones y efectos sobre las reservas, torna imprescindible que el BCRA brinde explicaciones claras y detalladas al Congreso de la Nación», concluyó Strada.

     

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