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Concurso abierto para cubrir cargo de Juez de Falta Suplente

A través del Decreto 126/21, la Municipalidad de Villa Regina llama a concurso abierto de antecedentes para cubrir el cargo de Juez de Falta Suplente.

Los interesados deberán reunir los siguientes requisitos:

*Poseer título de Abogado, con no menos de 2 años de ejercicio en la profesión. Deberán acompañar certificaciones del colegio de abogados y/o de los Poderes Judiciales, según cual fuere el organismo que tenga el gobierno de la matrícula, en el que consten:

a) Fecha de matriculación y de su baja

b) Motivo de la baja

c) Antecedentes disciplinarios durante el lapso de la habilitación para el ejercicio profesional

En caso de que existieren sanciones disciplinarias deberá acompañar copia certificada de la causa y de la resolución que se hubiera dictado.

*Nacionalidad argentina con 2 años de residencia en la ciudad de Villa Regina

*No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades previstas en el artículo 15 incisos 2 al 8 inclusive de la Carta Orgánica del Pueblo de Villa Regina.

Los/as postulantes deberán realizar su inscripción mediante nota y acreditar el cumplimiento de los requisitos legales previstos para el cargo al que aspiran, con documentación original o copia certificada, y detallar sus antecedentes. Las mismas serán recepcionadas en la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa Regina en horario de 8 a 13.

En todos los casos se deberá consignar:

1)            Datos personales:

a.            Apellido/s y nombre/s completos

b.            Tipo y número de documento de identidad

c.            Domicilio real actual y domicilios anteriores durante los últimos dos años

d.            Número de teléfono personal

e.            Domicilio electrónico o domicilio procesal situado en el radio urbano de la ciudad

f.             Fecha y lugar de nacimiento

2)            Cargo al que aspira

3)            Antecedentes profesionales:

a.            Copia del título de abogado/a legalizado por ante el Ministerio del Interior y Ministerio de Educación

b.            Empleos o funciones desempeñados de carácter público, honorario o rentado, por designación o elección. Se indicará su carácter (titular, suplente, interino, etc), ascensos, licencias extraordinarias concedidas en los últimos 5 años, sanciones disciplinarias aplicadas y causas de cesación. En caso de que el empleo corresponda a un Poder Judicial, deberá acompañar un resumen anual certificado de las estadísticas de la función correspondientes a los últimos tres años del organismo en el que se desempeña.

c.            Empleos o funciones de carácter privado, honorario o rentado por designación o elección. En caso del ejercicio de la profesión liberal, descripción de la jurisdicción/es en las que actúa o actuó, fueros, tipo y volumen de trabajo.

d.            Ejercicio de la docencia, designación, cargos desempeñados, carga horaria, horario específico del desempeño de la función y períodos.

e.            Instituciones comerciales y civiles de la que forma parte o en las que tuviera intereses.

f.             Todo otro dato objetivamente comprobable en el orden al desempeño profesional.

4)            Antecedentes Científicos y Técnicos:

a.            Estudios de Posgrados

b.            Trabajos publicados, con especificación de naturaleza, títulos, editorial, obra y lugar en que aparecieron

c.            Conferencias dictadas, con certificación de fecha, lugar e institución patrocinante

d.            Congresos, seminarios, jornadas o cualquier otro acto colectivo de carácter científico o técnico en que haya participado, indicando la representación investida, fecha en que tuvieron lugar, institución patrocinante, tema desarrollado, designaciones que hubiera recibido, trabajos presentados, distinciones académicas, menciones honoríficas, etc.

e.            Instituciones científicas o profesionales a las que pertenezca, con indicación de nombre, domicilio de su sede, carácter de la institución, calidad que inviste en ella, y cargos que hubiera desempeñado.

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    La Corte Suprema de Paraguay confirmó el juicio contra Edgardo Kueider por contrabando de divisas

     

    El máximo tribunal paraguayo rechazó la apelación de la defensa del exsenador entrerriano y de su entonces secretaria, y dejó firme la elevación a juicio oral prevista para abril de 2026. La causa se originó tras la detención de Kueider con más de 200 mil dólares sin declarar en la triple frontera.

    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    Imagen: Info24RG

    La Corte Suprema de Justicia de Paraguay rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa del exsenador argentino Edgardo Kueider y de su entonces secretaria Iara Guinsel, confirmando que la causa por contrabando de divisas será elevada a juicio oral en abril de 2026. La decisión deja sin efecto el intento de frenar el proceso judicial iniciado tras un episodio que generó fuerte impacto político y judicial en la región.

    El recurso había sido presentado por los abogados Marcelo Bogado y Carlos Arévalo, quienes pretendían que se revisara la acusación formulada por el Ministerio Público Fiscal del Paraguay y, en ese marco, solicitaban el sobreseimiento definitivo de los imputados. Sin embargo, el Máximo Tribunal consideró que el planteo no cumplía con el requisito de impugnabilidad objetiva, condición necesaria para habilitar la instancia de apelación.

    Los ministros María Carolina Llanes Ocampos, Manuel Dejesús Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera fueron categóricos al sostener que la defensa intentaba avanzar sobre una figura legal inexistente, y remarcaron que habilitar ese tipo de recursos podría abrir la puerta a un uso abusivo de las herramientas procesales, dilatando indebidamente los tiempos judiciales.

    Un revés judicial que deja el juicio firme

    La resolución de la Corte Suprema ratificó decisiones previas del sistema judicial paraguayo. En primera instancia, el planteo ya había sido rechazado por el juez Humberto Otazú, del Tribunal de Apelaciones en Delitos Económicos, y luego confirmado por la Sala Primera del Tribunal de Apelación en lo Penal especializado en crimen organizado. Con este nuevo fallo, el camino hacia el juicio oral quedó definitivamente despejado.

    De este modo, doce meses después de su detención, Edgardo Kueider deberá enfrentar un proceso judicial por contrabando de divisas, una figura penal que en Paraguay contempla sanciones severas, especialmente cuando se trata de montos elevados y maniobras transfronterizas.

    La detención en la triple frontera

    Kueider fue detenido en la madrugada del 4 de diciembre de 2024 en el Puente de la Amistad, en plena triple frontera. Agentes de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios de Paraguay encontraron en el vehículo en el que viajaba —una Chevrolet Trailblazermás de 211 mil dólares, 640 mil guaraníes y cerca de 4 millones de pesos argentinos, distribuidos en bolsos y compartimentos ocultos.

    El exsenador entrerriano se desplazaba desde Foz do Iguazú hacia Ciudad del Este, sin haber declarado el dinero transportado, lo que activó de inmediato el procedimiento por contrabando. El caso expuso, además, los vínculos entre poder político, circulación ilegal de divisas y zonas históricamente sensibles para el delito económico.

    La confirmación del juicio representa un nuevo golpe judicial para Kueider y refuerza la gravedad de una causa que, lejos de diluirse con el paso del tiempo, avanza hacia su etapa decisiva.

     

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