Escuchar, cumplir la ley y ejecutar el presupuesto: las deudas pendientes del Estado argentino

Escuchar, cumplir la ley y ejecutar el presupuesto: las deudas pendientes del Estado argentino

Escuchar, cumplir la ley y ejecutar el presupuesto: las deudas pendientes del Estado argentino

Observatorio Lucía Pérez – Informe mayo 2021

Los datos representan un GRITO:

  • 127 femicidios y travesticidios
  • 81 días sin Tehuel
  • 103 infancias huérfanas
  • 170 marchas exigiendo justicia

En contraste con esta realidad a fin de mayo el Ministerio de las Mujeres y Diversidad ejecutó sólo el 10% de su presupuesto, que por ley le adjudicó 6 mil millones de pesos. Hasta la fecha solo gastó 600 millones, cifra que se corresponde con el pago de salarios y honorarios de funcionarias y asesoras. Para dimensionar lo que esto representa señalamos que el resto de los ministerios ya ejecutó el 40% de sus presupuestos, en promedio.

Según lo aprobado por el Parlamento ese ministerio debe administrar recursos que tienen que llegar a provincias, municipios, organizaciones sociales y hasta para ayudas personales. En momentos tan críticos como los que nos hace sufrir la pandemia sub ejecutar ese presupuesto es aún más grave.

Prevenir femicidios es posible y necesario. Destinar recursos a esta tarea es prioritario.

Hacemos nuestra las propuestas que las Familias Sobrevivientes de Femicidios le entregaron este miércoles 12 de mayo a la ministra Elizabeth Gómez Alcorta. Es una síntesis de las obligaciones que está incumpliendo el Estado y, por lo tanto, los derechos que está vulnerando.

Es urgente escuchar este reclamo:

“En este doloroso y angustiante camino que emprendimos el día que asesinaron a nuestras hijas hemos tenido que luchar todos los días contra un Poder Judicial enceguecido por la corrupción de sus intereses, un Poder Legislativo que se acuerda del tema cada fecha fotografiable y un Poder Ejecutivo que habla más de lo que hace. Algunas familias llevamos años cargando esta cruz, así que la afirmación se aplica a diferentes administraciones, incluso de signo político contrario.

Todas han prometido mucho, todas han hecho poco.

Todas también han preferido tener como interlocutores a “expertxs” que no han soportado el cachetazo que significa que un Estado obligado por leyes y tratados a hacer algo, lo incumpla todos los días.

Así, la puerta de acceso a los derechos que tenemos como familias es estrecha, arbitraria y prebendaria.

Así, no podemos seguir ni un día más.

Sumando nuestros dolores y experiencias focalizamos hoy nuestra exigencia en estos tres reclamos urgentes, necesarios y justos.

Al concretarse el Estado argentino estará cumpliendo sus obligaciones y dando un paso determinante para que la letra de la ley se convierta en hechos.

Nuestras tres exigencias son las siguientes:

1) Exigimos el cambio en la reglamentación de la Ley Brisa:

El acceso al derecho que garantiza la Ley Brisa a las infancias huérfanas por femicidios se ve obstruido por la reglamentación que hizo el Poder Ejecutivo. Como consecuencia en el peor momento y cuando más apoyo necesitan, las familias deben hacerse cargo de sostener la vida de esas infancias sin apoyo alguno. El trámite actualmente no es administrativo sino judicial, lo cual requiere la participación de abogadxs. Los letrados oficiales están recargados y hacen más lento el proceso judicial.

En 2020 hubo 343 infancias huérfanas por femicidios y en los primeros 100 días del año 2021 ya suman 80, según datos del Observatorio Lucía Pérez. Esas infancias no pueden esperar ni un día más.

Reglamentación actual:

A través del decreto 871/2018, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.452, que creó el Régimen de Reparación Económica para hijos de víctimas de femicidio. El artículo 1 de la ley establece que el Régimen de Reparación Económica para las niñas, niños y adolescentes tiene lugar cuando:
a) Su progenitor y/o progenitor afín hayan sido procesados y/o condenados como autores, coautores, instigadores o cómplices del delito de homicidio de su progenitora. De acuerdo al decreto reglamentario, tanto el auto de procesamiento como la sentencia condenatoria deberán encontrarse firmes. Esto significa: sentencia confirmada por la Corte Suprema. Así redactado, todo el proceso requerido para acceder al subsidio demandaría una década.
b) Según la norma publicada el 1 de octubre de 2018 en el Boletín Oficial, el juez debe establecer y declarar que la causal es la violencia intrafamiliar o de género. Muchos tribunales caratulan la causa con otras formas jurídicas y parte de la lucha de las familias es lograr su cambio, lo cual demanda también varios años.

Reglamentación necesaria:

Exigimos un decreto del Poder Ejecutivo que establezca que desde el momento en que se produce el femicidio las infancias huérfanas tiene derecho a percibir un subsidio para garantizar su manutención. El Anses puede ordenar un informe que avale la validez del derecho a esta pensión. No relacionar el acceso a este derecho al trámite judicial, sino a un trámite administrativo garantiza el acceso al subisidio en el momento en que se lo necesita.

2) Exigimos que el Estado garantice desde el primer día la investigación judicial imparcial, justa y con perspectiva de género.

En momentos donde las familias estamos aturdidas por el dolor y desorientadas sobre qué es correcto hacer es exactamente el momento en el que el Poder Judicial arruina las pruebas. En esas primeras horas se juega entonces la posibilidad de obtener un proceso justo. Desde el arribo a la escena del crimen (como en el caso de Nora Dalmasso, solo para apelar a un ejemplo que la mayoría recuerda) hasta la forma de tomar los primeros testimonios son siempre, como mínimo, inadecuadas y en muchos casos, tendenciosas. Así, se garantiza la impunidad. Esta mecánica es lamentablemente tan extendida que en los barrios de todo el país cada vez que se produce un femicidio espontáneamente vecinos y vecinas rodean la comisaria para evitar estas maniobras, y también para denunciarlas públicamente.

Estas prácticas mafiosas son, además, mucho más definitorias en los casos de femicidios territoriales, en los cuales el crimen no se produce a manos de un novio, ex pareja o pareja violenta, sino por quienes ya tienen garantizada una red de impunidad territorial que les permite cometer delitos. Son las nuevas formas de “zonas liberadas” y en esa trama tanto las policías como las fiscalías están implicadas, por acción u omisión. En ese contexto es imposible para las familias acceder a un proceso judicial justo, ya que los primeros en actuar y escribir la primera versión de los hechos son partes implicadas, que hicieron posible que ese crimen ocurra.

a) Exigimos la creación de un cuerpo nacional de fiscales y peritos oficiales que intervengan desde el primer momento en casos de femicidios territoriales.

b) Exigimos que en aquellos casos en los que la trama de corrupción incluyan a policías y justicia, los juicios orales se realicen fuera del ámbito jurisdiccional controlado por las redes que produjeron el delito.

b) Exigimos que tal cual obligan los tratados y leyes vigentes, el Estado argentino se haga cargo de los honorarios de abogadxs, peritos y costos de la causa judicial, incluido pasajes y estadías a la que nos obliga la organización vigente del Poder Judicial, que nos somete a viajar miles de kilómetros para garantizar el justo proceso en todas sus instancias.

c) Exigimos que las querellas legales respeten la voluntad de las familias y las representen ante el Poder Judicial sin alterar el enfoque legal que ellas pretenden, las mantengan debidamente informadas del proceso y las acompañen en todas las instancias necesarias hasta lograr el cierre del proceso, algo que hoy no está garantizado.

d) Exigimos que los procesados por femicidios no puedan cumplir sus excepciones carcelarias en las cercanías del hogar de las familias de las víctimas. Es responsabilidad del juez de garantías todo lo que suceda con la liberación de un procesado por femicidio y deberá responder por ello.

f) Exigimos que el Poder Ejecutivo nacional y provincial no facilite que los jueces eludan su responsabilidad otorgándoles el escape de una jubilación para evitar el jury.

g) Exigimos que se elimine la obligación de depositar una caución de 250 mil pesos como condición para que las familias pueden solicitar el jury a los jueces que intervienen en el crimen de sus hijas.

h) Exigimos que el Poder Ejecutivo garantice que la aplicación de la ley Micaela no sea para la foto, sino que implique una formación continua, sostenida y con seguimiento, medición y rendición pública de cambios y logros.

i) Exigimos que el Poder Legislativo sancione leyes de prevención de femicidios, tales como:

1) Establecer que es un delito la violación de la restricción perimetral
2) Crear centros de aislamiento y reeducación de varones violentos
3) Establecer porcentajes a los que están obligados los medios estatales y privados para destinar a la difusión de campañas de prevención de estas violencias.

3) Exigimos el acompañamiento integral a las familias víctimas de femicidios.

La normativa internacional de derechos humanos obliga al Estado argentino a reconocer la identidad de víctimas que tienen nuestras familias. Dicha identidad de víctimas nos convierte en los portadores de los derechos que les fueron asesinados a nuestras hijas y esos derechos están claramente establecidos por leyes y tratados. Exigimos que comiencen a cumplirse, se respeten y garanticen en forma integral.

Nuestras familias deben sumar al enorme peso que produce el dolor del asesinato de nuestras hijas el tremendo castigo emocional y económico que nos inflige el actual sistema de acceso a la justicia. Hemos perdido además de nuestras hijas, salud y empleos.

En las actuales circunstancias y tal cómo ha organizado el Estado el acceso a la justicia para estos crímenes es imposible afrontar este camino sin ayuda. Todos estos años hemos sido acompañados por la sociedad y gracias a ese apoyo seguimos en pie. Es hora de que el Estado también esté al lado nuestro y presente.

Exigimos:

1) Pensión asistencial a las familias que deban afrontar un proceso de justicia por femicidio.

2) Decretos que garanticen que a aquellas familias que tengan empleo no pierdan su trabajo ni se le descuenten los días cuando deba asistir a compromisos derivados de su reclamo de justicia. Un ejemplo: actualmente las familias que trabajan en el ámbito estatal deben pedir licencia psiquiátrica para poder asistir al juicio oral donde se juzga el femicidio de sus hijas. Es decir, deben hacerse pasar por locas. Todo dicho”.

Familias Sobrevivientes de Femicidios – Mayo 2021

Fuente: http://observatorioluciaperez.org/

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    REY DE REYES: El africano que llegó a concentrar un poder extraordinario en el Buenos Aires colonial

     

    La historia documentada de Pablo Agüero, un africano que acumuló poder sobre distintas organizaciones afro de Buenos Aires a fines del siglo XVIII y cuya figura fue vinculada por la historiadora Lea Geler con la posible existencia de un “Rey de Reyes” africano en la ciudad.

    Por Alcides Blanco para NLI

    En la Buenos Aires colonial hubo un hombre africano que llegó a ocupar una posición de poder tan singular que una investigación histórica reciente encontró elementos para compararlo con la figura de un “Rey de Reyes” africano. Su nombre fue Pablo Agüero, y su historia obliga a mirar de otra manera una ciudad que durante mucho tiempo fue narrada como si la población africana y afrodescendiente hubiera sido apenas una presencia secundaria. Agüero aparece en documentos de las últimas décadas del siglo XVIII como comerciante, empresario, curtidor, prestamista y propietario de personas esclavizadas, pero también como un hombre que mantenía vínculos con sectores de la elite y que había recibido autorización de las autoridades coloniales para intervenir sobre los bailes, reuniones y desplazamientos de africanos y afrodescendientes. La historiadora Lea Geler reconstruyó su trayectoria utilizando documentación del Archivo General de la Nación y plantea que detrás de ese personaje puede encontrarse una estructura de organización afro mucho más amplia de lo que tradicionalmente se reconoció.

    Un hombre africano en el centro del poder colonial

    Agüero vivió en una sociedad atravesada por la esclavitud y por una compleja clasificación racial, en la que los africanos y sus descendientes eran sometidos a distintas formas de vigilancia, pero también construían sus propias redes comunitarias, religiosas y económicas. En Buenos Aires existían cofradías y “naciones” africanas, organizaciones que reunían a personas provenientes de determinados pueblos o regiones, muchas veces alrededor de prácticas religiosas, ayuda mutua, ceremonias, entierros y celebraciones. Algunas tenían reconocimiento institucional y funcionaban vinculadas a iglesias y conventos, mientras que otras desarrollaban actividades con mayor autonomía. En sus estructuras internas aparecían figuras denominadas “reyes” o “reinas”, una tradición que no debe confundirse automáticamente con una monarquía territorial europea: se trataba de autoridades dentro de comunidades africanas y afrodescendientes que conservaban y adaptaban formas de organización propias en el contexto colonial americano.

    En ese mundo aparece Pablo Agüero. Los documentos muestran que las autoridades coloniales reconocían su capacidad para intervenir sobre buena parte de la población africana y afrodescendiente de la ciudad. Una de sus funciones consistía en mantener bajo control los bailes y reuniones, y también participaba en la persecución y captura de personas esclavizadas que habían escapado. El dato resulta particularmente revelador porque muestra la enorme ambivalencia de su posición: Agüero era africano y tenía una profunda inserción en las redes de su comunidad, pero al mismo tiempo colaboraba con el aparato colonial de vigilancia. De hecho, recibió una comisión oficial y llegó a contar con auxiliares para desarrollar esas tareas, además de aportar dinero de su propio bolsillo para sostener parte de la estructura que utilizaba.

    El misterioso “Rey de Reyes” de Buenos Aires

    La parte más extraordinaria de la historia aparece cuando se observa qué clase de autoridad ejercía Agüero. Una denuncia presentada por integrantes de la cofradía de San Baltasar ante las autoridades coloniales señalaba que el “mayoral” de distintos congresos de bailes era Pablo Agüero y que otras “naciones” quedaban bajo su mando porque él había obtenido autorización gubernamental para permitir esas reuniones. Es decir, no se trataba simplemente de un dirigente de una agrupación particular: los documentos permiten observar que su influencia atravesaba diferentes comunidades africanas organizadas en la ciudad.

    La investigación de Geler plantea que esta posición presenta similitudes con la institución de los “Reyes de los Congo” o “Reyes de Reyes” documentada en otras sociedades americanas. En distintos lugares de América, personas de origen africano podían asumir simbólicamente títulos de realeza dentro de las comunidades, organizar ceremonias, recaudar limosnas, resolver conflictos, intervenir en cuestiones comunitarias y, en determinados contextos, incluso reconocer o nombrar a otros reyes. En Buenos Aires existen documentos sobre reyes de distintas “naciones”, pero la evidencia disponible no permite afirmar de manera categórica que Agüero haya sido formalmente coronado como un “Rey de los Congo”. Lo que sostiene la investigación es algo más prudente y, precisamente por eso, más interesante: su poder y sus funciones se parecen considerablemente a las de un Rey de Reyes.

    Una de las evidencias más significativas es que Agüero aparece relacionado con la designación de otros dirigentes. La investigación señala que Pedro Duarte fue instituido por Agüero como rey de la nación Congo, mientras que posteriormente su propio sucesor habría sido designado por él y no mediante una elección interna de las naciones. La concentración de funciones resulta llamativa: Agüero podía intervenir sobre los bailes, administrar las limosnas recolectadas, supervisar a diferentes grupos y ejercer autoridad sobre personas que pertenecían a distintas organizaciones. Esa combinación de funciones es justamente la que lleva a la historiadora a considerar que su figura se aproxima a la de un rey de reyes africano.

    Pero hay otro aspecto que impide convertirlo en un personaje romántico o idealizado. Agüero también participó del sistema esclavista. Los registros notariales analizados por Geler documentan compras y ventas de personas esclavizadas realizadas por él durante la década de 1780. La investigación identifica operaciones concretas y demuestra que su actividad económica incluía ese comercio. Por eso, su historia no puede presentarse como la de un líder africano que simplemente resistió al poder colonial: fue una figura profundamente contradictoria, capaz de construir autoridad y redes de solidaridad dentro de la población afro y, simultáneamente, de beneficiarse de las estructuras económicas y sociales de la esclavitud.

    Una historia que cambia la imagen de la Buenos Aires colonial

    Precisamente esa contradicción convierte a Pablo Agüero en un personaje histórico extraordinario. Su trayectoria permite observar que la población africana de Buenos Aires no estaba compuesta solamente por personas sometidas pasivamente a las decisiones de los propietarios y de las autoridades. Existían redes de organización, liderazgo, ayuda económica, prácticas religiosas, jerarquías internas y mecanismos de solidaridad que podían sobrevivir incluso dentro de una sociedad esclavista. Las llamadas “naciones” podían colaborar para ayudar a sus integrantes, acompañar a los enfermos, asistir a las familias, organizar funerales y sostener a personas necesitadas.

    Al mismo tiempo, el caso de Agüero muestra hasta qué punto esas estructuras comunitarias estaban atravesadas por las relaciones de poder del mundo colonial. El hombre que podía representar a los africanos ante las autoridades también podía ser utilizado por esas mismas autoridades para controlar a otros africanos; el dirigente que habilitaba bailes y ceremonias podía ser denunciado por sus adversarios por la administración de las limosnas; el comerciante que había acumulado recursos y contactos podía participar del comercio de personas esclavizadas. No hay una figura sencilla detrás del nombre Pablo Agüero, sino un personaje situado exactamente en las tensiones de una sociedad donde las personas africanas buscaban preservar espacios propios mientras intentaban sobrevivir dentro de un sistema que las explotaba y vigilaba.

    La historia tampoco termina con su desaparición. Según la investigación, después de la muerte de Agüero continuaron existiendo redes de solidaridad entre las diferentes organizaciones africanas y afrodescendientes de Buenos Aires. Agüero fue enterrado en el Convento de Santo Domingo, y los integrantes de la nación de los mondongos, bajo el liderazgo de Miguel Viera, le dedicaron una misa cantada. Para Geler, esas prácticas posteriores ayudan a dimensionar la importancia que había alcanzado aquel hombre dentro de las redes afroporteñas.

    La verdadera curiosidad histórica, entonces, no es afirmar que Buenos Aires tuvo un “rey africano” exactamente igual a un monarca europeo, porque eso no está demostrado por las fuentes. Lo extraordinario es algo más complejo: en una ciudad colonial donde la población africana era sometida a esclavitud y discriminación, un hombre africano consiguió acumular suficiente autoridad, riqueza, contactos y reconocimiento como para convertirse en una figura con influencia sobre distintas organizaciones de esa comunidad. Pablo Agüero fue, como mínimo, uno de los personajes más poderosos y controvertidos de la sociedad afroporteña de fines del siglo XVIII, y la posibilidad de que su posición haya tenido características semejantes a las de un “Rey de Reyes” abre una ventana hacia una historia de Buenos Aires que durante mucho tiempo quedó prácticamente fuera del relato tradicional.

     

  • La feria judicial invernal será del 12 al 23 de julio

    El Poder Judicial dispuso el receso judicial y administrativo invernal de doce días, entre el 12 y el 23 de julio. La Resolución de presidencia establece también cuales son los organismos que deberán tener el personal necesario para cumplir las funciones de feria, con los temas urgentes, aquellos que por sus características no tienen suspensión…

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    Tacos altos: educación femenina, salud y moral en un entorno eugenista durante la dictadura de Farrell en Argentina

     

    En enero de 1945, mientras la Segunda Guerra Mundial entraba en su tramo final y el régimen de Edelmiro Farrell todavía no había declarado la guerra a Alemania y Japón, el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública enviaba a las escuelas argentinas una circular que recomendaba a las alumnas utilizar zapatos con tacos de no más de cuatro centímetros. Detrás de una medida aparentemente trivial había un extenso expediente médico y administrativo sobre el cuerpo femenino: anatomía, postura, maternidad, trabajo, disciplina, moral y hasta la idea de “mejoramiento de la raza”. La historia de aquellos cuatro centímetros permite asomarse a una época en la que el Estado pretendía conocer, clasificar y modelar los cuerpos juveniles en nombre de la ciencia y de la nación.

    Por Guillermo Carlos Delgado Jordan para NLI

    Hay documentos que, vistos desde el presente, parecen demasiado pequeños para contener una época. Una disposición sobre el largo de un taco puede parecer uno de ellos. Sin embargo, cuando se la lee completa, cuando se reconstruyen los funcionarios que participaron de su elaboración y cuando se la coloca dentro del universo intelectual de la educación física argentina de los años treinta y cuarenta, aquellos cuatro centímetros adquieren otra dimensión. El 29 de enero de 1945, la Dirección General de Educación Física remitió a los establecimientos de enseñanza para mujeres la Circular N.º 3, firmada por su director, César S. Vásquez, transcribiendo las actuaciones que habían conducido a la Resolución Ministerial N.º 1980, del 21 de diciembre de 1944. La resolución no prohibía legalmente los tacos altos para todas las mujeres: recomendaba a las escuelas que aconsejaran a sus alumnas utilizar calzado cuyo taco no excediera los cuatro centímetros, por considerarlo beneficioso “desde el punto de vista higiénico y sanitario”.

    La diferencia no es menor. El Estado no dictaba una ley nacional sobre la moda femenina. Construía algo más sutil: una recomendación administrativa dirigida a las instituciones educativas, acompañada por un voluminoso expediente médico destinado a persuadir a autoridades, familias y alumnas de que determinado modo de utilizar el cuerpo era saludable y otro resultaba perjudicial. Y ese expediente había comenzado varios meses antes, el 19 de julio de 1944, cuando la Dirección General de Educación Física decidió consultar a su Servicio Médico sobre los efectos del taco alto en las estudiantes.

    Un médico frente al cuerpo femenino

    El encargado de responder fue el doctor Luis La Madrid, jefe del Servicio Médico de la Dirección General de Educación Física, quien elaboró su informe con la colaboración de los médicos David Orlando y Domingo Ortiz. La Madrid no era un profesional convocado ocasionalmente para resolver una cuestión de calzado. Para entonces llevaba varios años trabajando en la medicalización de la educación física y había participado de la Primera Conferencia de Profesores de Educación Física, realizada en Buenos Aires en diciembre de 1942. Allí había presentado un trabajo sobre la importancia del examen físico y había intervenido en una sección donde se discutieron precisamente las fichas, los tests, las mediciones y la clasificación corporal. Un estudio histórico de Pablo Ariel Scharagrodsky sobre la Primera Conferencia de Profesores de Educación Física de 1942 reconstruye el universo de saberes que atravesaba aquel campo y registra la presencia de conceptos como la antropometría, la biotipología, la degeneración, la clasificación entre ‘aptos’ e ‘inaptos’, los llamados paramorfismos y el examen físico-funcional.

    El propio programa aprobado en aquella conferencia resulta revelador. Se sostuvo que el examen físico debía constituir una guía para orientar científicamente la práctica de las actividades físicas, que debía ser obligatorio para quienes practicaran actividad física en instituciones oficiales o particulares y que los alumnos debían agruparse para gimnasia y deportes sobre la base de “características biológicas homogéneas”. También se reclamó que el médico vigilara la evolución de los practicantes y que la ficha de educación física expresara sintéticamente su estado de salud y aptitud integral.

    No se trataba, por lo tanto, simplemente de hacer que los jóvenes corrieran o hicieran gimnasia. Se estaba construyendo una ciencia estatal del cuerpo juvenil. Había que examinarlo, medirlo, clasificarlo, conocer sus defectos, determinar sus aptitudes y establecer qué ejercicios convenían a cada organismo. Una investigación dedicada específicamente a la recepción de la eugenesia y la biotipología en la educación física argentina ha señalado que esas prácticas produjeron procesos de “medición, clasificación y jerarquización” de los estudiantes, y que durante el período estudiado existieron conexiones entre esas ideas y las políticas impulsadas por César Vásquez al frente de la Dirección General de Educación Física.

    Es dentro de ese mundo donde debe leerse el informe de La Madrid sobre los tacos.

    El médico comienza explicando minuciosamente la anatomía del pie, la función del astrágalo, las bóvedas plantares y la distribución del peso corporal. Incluso ofrece un cálculo: sobre una carga de 80 kilogramos aplicada sobre el astrágalo, sostiene que aproximadamente 45 kilos son dirigidos hacia atrás y 35 hacia adelante. Una elevación moderada del talón, explica, puede contribuir al equilibrio, y por eso admite que un taco de uno o dos centímetros puede resultar adecuado. El problema aparecería cuando la elevación es mayor.

    Según su razonamiento, el taco alto produce el denominado “equinismo”, desplaza hacia adelante la mayor parte de las fuerzas y concentra el peso sobre las cabezas de los metatarsianos. De allí se desencadenaría el aplanamiento de la bóveda plantar y una serie de compensaciones sucesivas que alcanzarían la rodilla, la pelvis y la columna. El informe habla de lordosis lumbar, cifosis dorsal, hipotonía muscular, alteraciones de la marcha, fatiga, torceduras, fracturas, artrosis y deformaciones.

    La cadena llega incluso al abdomen. La Madrid sostiene que la inclinación de la pelvis puede producir una alteración que denomina “visceroptosis”, porque las vísceras abdominales quedarían sometidas a nuevas condiciones mecánicas. En el pie, mientras tanto, aparecen la hiperqueratosis, los dolores metatarso-digitales y el “hallux valgus”, el juanete.

    Todo esto desemboca en una conclusión categórica: “Las alteraciones funcionales y orgánicas que se originan por el uso habitual del taco alto, obligan a considerarlo pernicioso para la salud y peligroso para la integridad física”. Pero la frase más significativa llega después: dado que los huesos y ligamentos del adolescente poseen menor solidez que los del adulto, el taco alto debía ser, para las alumnas de enseñanza media, “definitivamente proscripto”. La Madrid recomendaba punta ancha, suela mediana o gruesa y taco de entre tres y cuatro centímetros.

    La cuestión médica, sin embargo, no terminaba en la medicina.

    Del consultorio a la disciplina y la moral

    El expediente pasó por distintas instancias de la burocracia educativa. El subsecretario de Instrucción Pública Antonio J. Benítez pidió considerar la posibilidad de establecer el límite de cuatro centímetros. La Inspección General de Enseñanza intervino después y allí aparece otro protagonista: el inspector doctor José A. Belfiore.

    Belfiore no era un funcionario menor. La documentación ministerial lo muestra participando en distintas tareas de la Inspección General: integró comisiones oficiales, intervino en concursos y actuaciones sobre establecimientos educativos y tuvo funciones de inspección territorial. En 1944, además, aparece vinculado a la evaluación de materiales audiovisuales destinados a la enseñanza, incluidos contenidos de carácter sanitario. La documentación posterior confirma su continuidad como inspector, entre otros destinos, en el Colegio Nacional N.º 6.

    Su intervención en el expediente resulta decisiva porque agrega una dimensión que el informe médico no había colocado en primer plano. Belfiore sostuvo que la medida no sólo podía adoptarse sino que sería “altamente beneficiosa” y agregó que, a las razones técnicas expuestas por La Madrid, correspondía sumar “las de orden disciplinario y moral”.

    La frase es pequeña, pero históricamente enorme.

    Belfiore comparó la recomendación sobre los zapatos con las disposiciones existentes sobre “el uso del guardapolvo, sobre peinados y pinturas”. De ese modo, el taco alto quedó incorporado a un universo mucho más amplio: el de las normas destinadas a determinar cómo debía presentarse una alumna dentro de la institución escolar.

    El expediente muestra así dos lenguajes complementarios. La medicina decía qué cuerpo era saludable; la inspección educativa intervenía para establecer qué comportamiento era disciplinado y moralmente aceptable. La resolución ministerial podía entonces presentarse como una recomendación sanitaria, pero detrás de ella había también una concepción de la apariencia femenina adecuada para la escuela.

    La Inspección General, de hecho, fue todavía más prudente que La Madrid. El 11 de septiembre de 1944 recomendó aprobar la iniciativa, pero sugirió que las autoridades escolares procuraran persuadir “a los padres o tutores de la conveniencia” del calzado recomendado. Finalmente, el ministro Rómulo Etcheverry Boneo convirtió aquella cadena de informes en la Resolución N.º 1980, del 21 de diciembre, que ordenó recomendar el taco de hasta cuatro centímetros y enviar una circular a los establecimientos para mujeres.

    No hubo una policía de los tacos. Hubo algo mucho más característico de la administración educativa de aquel tiempo: medicina, inspección, autoridad escolar y familia articuladas para producir una determinada conducta corporal.

    El cuerpo en tiempos de guerra

    El contexto histórico vuelve el expediente todavía más significativo.

    La Circular N.º 3 llegó a las escuelas el 29 de enero de 1945, cuando la Segunda Guerra Mundial todavía estaba en curso y la Alemania nazi aún resistía. Edelmiro Farrell ejercía la Presidencia de facto desde febrero de 1944, luego del desplazamiento de Pedro Pablo Ramírez. El gobierno argentino recién declararía el estado de guerra con Alemania y Japón el 27 de marzo de 1945, dos meses después de aquella circular. La propia Presidencia de la Nación registra el carácter de facto del gobierno de Farrell entre febrero de 1944 y junio de 1946.

    No existe presunción documental de que la decisión sobre el calzado hubiera sido tomada por influencia directa de las políticas raciales alemanas entonces vigentes. La relación que puede establecerse es otra, más compleja y más interesante: la medida forma parte de un ambiente intelectual argentino en el que la medicina, la educación física, la higiene y la biotipología habían convertido al cuerpo en objeto de conocimiento, clasificación y administración estatal.

    Una investigación histórica sobre el Departamento de Cultura Física de Pablo Kopelovich mostró que durante las décadas anteriores se habían incorporado y resignificado en Argentina conceptos provenientes de la eugenesia y la biotipología, produciendo prácticas de medición y clasificación de los estudiantes. Ese trabajo señala además que las políticas impulsadas por César Vásquez a nivel nacional compartieron parte de aquel universo de preocupaciones sobre el fortalecimiento físico y moral de la juventud.

    En la mencionada Primera Conferencia de Profesores de Educación Física de 1942, Guillermo L. Canessa, secretario general de la misma, propuso personalmente una ponencia que reclamaba investigar el desarrollo físico y psíquico de los niños argentinos para conocer su ‘tipo medio normal’ y ‘propender al mejoramiento de la raza’. En la misma conferencia, cuya declaración de principios fue presentada por Canessa, la Educación Física era definida expresamente como de carácter ‘eugénico’.

    En aquellos años, mientras el nazismo llevaba al extremo criminal las políticas de selección racial, esterilización, exclusión y exterminio, en diferentes países circulaban conceptos médicos que hablaban de normalidad, degeneración, aptitud, herencia, higiene racial, biotipos y mejoramiento de las poblaciones. La Argentina tenía una historia propia de eugenesia y biotipología anterior al nazismo y que sobrevivió a gobiernos de distintas orientaciones políticas. La dictadura de Farrell comenzó en febrero de 1944, pero la educación física argentina ya había incorporado discursos de este tipo durante las décadas anteriores. El Departamento de Cultura Física de la Universidad Nacional de La Plata, por ejemplo, funcionó entre 1929 y 1946, atravesando gobiernos radicales, conservadores, la llamada Década Infame, el golpe de 1943 y los primeros años del peronismo.

    El estudio de Pablo Kopelovich sobre ese Departamento justamente muestra cómo eugenesia y biotipología fueron incorporadas a la cultura física universitaria durante un período político mucho más amplio que un solo gobierno.

    Lo que sí puede observarse es una inquietante coincidencia de época: el cuerpo había dejado de ser exclusivamente un asunto privado.

    El eugenismo, nacido a fines del siglo XIX a partir de las ideas del británico Francis Galton, proponía intervenir sobre la reproducción y las condiciones de vida de las poblaciones con el propósito de favorecer determinados rasgos considerados deseables y evitar aquellos juzgados como perjudiciales. En la Argentina, estas ideas comenzaron a adquirir presencia desde las primeras décadas del siglo XX y se entrelazaron con tradiciones locales como el higienismo, la medicina social, la antropometría y la biotipología, ingresando en ámbitos tan diversos como la medicina, la educación, la criminología y la educación física. No se trató de una simple importación de las doctrinas raciales del nazismo: existió un desarrollo argentino propio, anterior al ascenso de Hitler y atravesado por gobiernos de distintas orientaciones políticas, en el que conceptos como “normalidad”, “aptitud”, “degeneración”, clasificación de los cuerpos y mejoramiento de la población adquirieron legitimidad científica. En ese universo intelectual debe leerse la documentación que, pocos años después, llevaría a las autoridades educativas a intervenir incluso sobre la altura de los tacos utilizados por las alumnas.

    La mujer que debía ser sana, fuerte y funcional

    Hay otra pieza documental de La Madrid que resulta imprescindible para comprender el expediente. En abril de 1944, nueve meses antes de la circular sobre los tacos, el Boletín del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública publicó un artículo suyo titulado “La educación física y la mujer”. Allí aparece expresamente como jefe del Servicio Médico.

    El artículo permite comprobar que su concepción del cuerpo femenino era mucho más amplia que una preocupación por los pies. La Madrid sostenía que la mujer necesitaba un “cuerpo fuerte y sano” y vinculaba esa salud tanto con su capacidad de trabajo como con su función reproductiva. La educación física aparecía así conectada con la maternidad, la fortaleza, la armonía corporal y la capacidad funcional.

    El contraste con el expediente del taco resulta evidente. La Madrid podía admitir que el taco alto contribuía a aquello que la época denominaba “gracia femenina”. En el informe de 1944 reconoce expresamente que estiliza la pierna, el tobillo y el pie y que produce una cadencia particular en la marcha. Pero para él esa ventaja estética debía ceder frente a la salud. La estética verdadera, sostiene, debía encontrarse en la integridad del organismo.

    La Madrid escribía desde una época en la que el cuerpo femenino era pensado simultáneamente como cuerpo individual, cuerpo productivo y cuerpo reproductivo. No es casual que la educación física apareciera como herramienta para fortalecerlo y disciplinarlo.

    Y tampoco es casual que el zapato terminara en el expediente.

    El taco modificaba la postura. La postura modificaba la marcha. La marcha afectaba el rendimiento. El rendimiento se relacionaba con el trabajo. La pelvis se vinculaba con la maternidad. La apariencia quedaba sometida a la disciplina escolar. Y la disciplina, finalmente, era presentada como parte de la formación de una juventud sana y moral.

    La cadena es reveladora. Un simple zapato podía convertirse, dentro de aquella lógica, en una cuestión de salud pública y formación nacional.

    La Dirección General de Educación Física había sido creada en 1938 y permaneció bajo la conducción de César Vásquez hasta 1947. Investigaciones recientes caracterizan su gestión por un fuerte conservadurismo y por la utilización de la educación física como instrumento de formación moral, ética y nacionalista. Incluso las grandes fiestas de educación física organizadas durante aquellos años fueron concebidas como rituales patrióticos donde el cuerpo, la disciplina y los valores nacionales aparecían estrechamente asociados. Por eso, aquellos cuatro centímetros no fueron una extravagancia burocrática aislada. Fueron una pequeña manifestación de una política mucho más amplia: la voluntad de construir un determinado tipo de cuerpo y, a través de él, un determinado tipo de ciudadano y de ciudadana.

    La propia circular termina con una instrucción que hoy puede resultar casi pintoresca: César S. Vásquez solicita que se dé “amplia difusión” a la medida y, “en lo posible”, que se coloque en la cartelera del establecimiento.

    El taco terminaba así expuesto públicamente.

    Pero lo verdaderamente expuesto era otra cosa: la concepción del Estado sobre el cuerpo de sus jóvenes.

    En enero de 1945, cuando las tropas soviéticas avanzaban sobre Europa oriental, cuando el Tercer Reich se acercaba a su derrumbe y cuando la Argentina todavía no había declarado formalmente la guerra a Alemania, una oficina del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública dedicaba páginas y páginas a explicar cómo debía apoyarse el pie de una adolescente, cómo debía caminar, qué postura debía adoptar, qué calzado debía llevar y qué apariencia era compatible con la disciplina escolar.

    No hace falta convertir ese expediente en algo que no fue para comprender su importancia. No era una ley general contra los tacos. No era una simple anécdota de moda. Era un documento argentino de una época en la que la medicina había adquirido autoridad para definir el cuerpo normal, la escuela para disciplinarlo y el Estado para intervenir sobre él.

    Y justamente por eso, cuatro centímetros alcanzan para abrir una ventana sobre una época entera.

     

  • Se juega la sexta fecha de la Liga de Fútbol Femenino

    La Dirección de Deportes de la Municipalidad de Villa Regina informa que el próximo domingo 25 se jugará la sexta fecha de la Liga de Fútbol Femenino según el siguiente cronograma: 13 horas: Las Kaitos-Regina 14 horas: Alto Valle-Las Inter 15 horas: Las Perlas-Santa Rita 16 horas: Las Botis-Fem Matadero Las Queens tienen fecha libre.

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