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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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    Los puertos, paralizados por un conflicto que pone en jaque al comercio exterior tras la desregulación de Milei

     

    La decisión de los prácticos de no aceptar nuevos servicios en rechazo al Decreto 690/2026 mantiene bloqueado el ingreso y egreso de buques en los principales puertos del país. El Gobierno defiende la desregulación como una apertura a la competencia, mientras el sector denuncia un intento de desmantelar una actividad estratégica y anticipa una batalla judicial.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    La política de desregulación impulsada por el gobierno de Milei abrió un nuevo frente de conflicto con impacto directo sobre uno de los sectores más sensibles de la economía argentina. Desde el fin de semana, los prácticos de buques mantienen una medida de fuerza que paralizó el ingreso y la salida de embarcaciones de ultramar en los principales puertos del país, especialmente en el complejo agroexportador del Gran Rosario, corazón de las exportaciones nacionales.

    La protesta surgió inmediatamente después de la publicación del Decreto 690/2026, mediante el cual el Gobierno modificó de manera integral el régimen de practicaje y pilotaje vigente desde hace más de tres décadas. Para el Ejecutivo, la normativa elimina privilegios corporativos, reduce costos logísticos y favorece la competencia. Para los profesionales del sector, en cambio, representa una desregulación que compromete la seguridad de la navegación y destruye un esquema construido sobre criterios técnicos antes que comerciales.

    Una actividad clave para que funcione el comercio exterior

    El práctico es el profesional que asesora al capitán de un buque durante las maniobras de ingreso, navegación y salida de puertos, ríos y canales. Su intervención es obligatoria en gran parte del sistema fluvial argentino debido a la complejidad de la navegación en la Hidrovía Paraná-Paraguay y en otros corredores estratégicos.

    Sin ese servicio resulta prácticamente imposible que numerosos buques puedan operar con normalidad. Por esa razón, la decisión de los prácticos de no aceptar nuevos servicios comenzó a paralizar progresivamente la operatoria portuaria, con riesgo de afectar exportaciones de granos, aceites, harinas, combustibles y otras cargas de enorme importancia para el ingreso de divisas.

    El conflicto adquiere además una dimensión macroeconómica. Argentina depende en gran medida del complejo agroexportador para generar dólares, por lo que cualquier interrupción prolongada en la logística portuaria puede traducirse en demoras comerciales, mayores costos y dificultades para cumplir contratos internacionales.

    Qué cambia el decreto de Milei

    El Decreto 690/2026 elimina buena parte del esquema regulatorio vigente desde comienzos de los años noventa.

    Entre sus principales modificaciones aparecen la apertura del registro de prácticos sin cupos, la libre contratación de profesionales independientes, la posibilidad de que determinados capitanes extranjeros con experiencia acreditada naveguen sin contratar prácticos argentinos, la fijación de tarifas máximas por parte de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y la liberalización del transporte utilizado para el embarque y desembarque de los profesionales.

    El Gobierno sostiene que el régimen anterior generaba barreras artificiales de ingreso, favorecía posiciones dominantes y encarecía innecesariamente los costos logísticos del comercio exterior.

    Sin embargo, desde el sector cuestionan que la actividad sea tratada como un mercado cualquiera. Argumentan que el practicaje constituye un servicio altamente especializado, vinculado directamente con la seguridad de la navegación, la protección ambiental y la prevención de accidentes en una de las principales rutas comerciales del país.

    Una pulseada que excede el conflicto gremial

    Aunque el Gobierno presenta la medida como una disputa con sectores corporativos, el conflicto tiene un alcance mucho mayor.

    La desregulación del practicaje forma parte de una estrategia más amplia impulsada por la administración libertaria para modificar numerosos mercados considerados «cerrados» o «sobre regulados». La lógica oficial consiste en eliminar restricciones, abrir la competencia y reducir la intervención estatal.

    Los críticos de esa estrategia sostienen que el mismo criterio se está aplicando sobre actividades cuya regulación no responde únicamente a razones económicas sino también a cuestiones de seguridad pública, infraestructura estratégica y soberanía sobre vías navegables.

    En ese contexto, la discusión deja de ser exclusivamente laboral para transformarse en un debate sobre cuál debe ser el papel del Estado en la administración de servicios considerados esenciales para el funcionamiento del país.

    El Gobierno prepara reemplazos y el conflicto podría escalar

    Previendo una prolongación del conflicto, el decreto incorporó mecanismos extraordinarios para garantizar la continuidad del servicio.

    Entre ellos figura la posibilidad de que la Prefectura Naval Argentina y la Armada Argentina puedan intervenir de manera excepcional para prestar servicios de practicaje, además de habilitar temporalmente a capitanes con conocimiento de zona en situaciones de emergencia.

    No obstante, distintas informaciones periodísticas indican que los intentos oficiales para encontrar reemplazos inmediatos encontraron resistencia y que los propios capitanes consultados señalaron que no cuentan con las habilitaciones específicas para asumir esa función.

    Mientras tanto, los prácticos adelantaron que además del lock-out impulsarán acciones judiciales para intentar frenar la aplicación del decreto, por considerar que vulnera aspectos centrales de la actividad y modifica de manera unilateral un sistema construido durante décadas.

    La pulseada recién comienza. Pero mientras el Gobierno apuesta a sostener una de las desregulaciones más profundas del sector marítimo, cada jornada con los puertos parcialmente paralizados incrementa la incertidumbre sobre el comercio exterior argentino y vuelve a mostrar el delicado equilibrio entre las reformas económicas y el funcionamiento efectivo de actividades estratégicas para el país.

     

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