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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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  • La Justicia intervino Vorterix Rosario, controlada por un narco durante cinco años

     

    La Justicia Federal de Rosario dispuso la intervención empresaria de Vorterix Rosario que fue adquirida en 2018 por un grupo que tuvo como su dueño en las sombras a un hombre implicado en el tráfico internacional de cocaína mediante avionetas en vuelos clandestinos hacia distintos lugares del país.

    La determinación fue requerida por la Procuración de Lavado de Activos (Procelac) y admitida por 90 días este martes por el juez federal Carlos Vera Barros. Es un legajo impulsado por el fiscal federal Juan Argibay Molina que avanzó tras la detención de Brian Bilbao en noviembre del año pasado. Se trata de un rosarino que lideró una organización de narcotraficantes y fue apresado tras dos años prófugo en la localidad bonaerense de Pavón tras el aterrizaje de una aeronave con 956 kilogramos de cocaína. Ese mismo día una avioneta cayó a tierra en Arequito, Santa Fe, donde se hallaron otros 60 kilos de cocaína acondicionados de la misma forma que los que transportaba Bilbao.

    El fiscal Argibay Molina pidió ahora la intervención de Vorterix Rosario -VTX Rosario-para que los movimientos accionarios queden bajo el control de un síndico ya que se tiene acreditado que la compra del teatro ligado a la conocida radioemisora de Buenos Aires -que no tiene ningún vínculo con esta investigación- fue concretado con dinero del narcotráfico con fines de lavado.

    Vorterix Rosario era una emisora con sistema de redes que controlaba un teatro donde se organizaban shows de rock de primer nivel. Y que incluía también la administración de un teatro que llevaba el mismo nombre en Mar del Plata.

    Bilbao está preso desde el 11 de noviembre de 2025. Para ese momento la provincia de Santa Fe ofrecía por datos para ubicarlo una recompensa de 50 millones de pesos. Es un hombre al que no se le reconocen antecedentes de violencia. Precisamente invocó eso y su estado de salud para que le concedieran la libertad durante el proceso judicial. Tiene insuficiencia coronaria y tres stents colocados. «No soy una persona agresiva ni conflictiva», declaró cuando lo imputaron.

    Las acciones de Vorterix fueron compradas por Brian Bilbao y administradas por él al menos desde fines de octubre de 2018 y hasta 2023 inicialmente por medio de Anabela Acuña. También compartieron la administración Ludmila Aragón con la compra de seis mil acciones correspondientes al 30 por ciento del capital de Vorterix Rosario por el valor de una camioneta Toyota BW por 32 mil dólares. También Germán Urán estuvo en la administración desde junio de 2019 hasta que cedió seis mil acciones propias a Brian Bilbao

    Por su parte el productor de espectáculos Germán Uran, de la empresa Kaos Productora, también habría administrado la sociedad desde junio de 2019 con participación accionaria que transfirió en febrero de 2023, cuando se deshizo de seis mil acciones que retornaron a Brian Bilbao por la misma camioneta Toyota inscribió a nombre de Kaos Productora. Urán no la puso a su nombre sino de la productora, dice la fiscalía, en un indicio de intento de lavado.

    La pesquisa inicial de Gendarmería Nacional estableció que Brian W. Bilbao adquirió VTX Rosario a través de testaferros. Luego la fiscalía concluyó que Urán era socio gerente de los teatros Vorterix Rosario y Vorterix Mar del Plata.

    De las conversaciones telefónicas de Urán los investigadores de Procelac detectaron que hacía referencia constantemente a que Brian Bilbao era su socio y que no figuraba en la sociedad porque «no le daba para blanquear». Sin embargo era Bilbao, reconoce el productor, quien había puesto el capital para adquirir VTX Rosario.

    Ahora la sociedad quedará bajo el control de un síndico. La fiscalía había sugerido una intervención con un veedor o uno o varios coadministradores para controlar el patrimonio de personas que en algunos casos tienen elevadas a juicio causas por narcotráfico y, ahora, por lavado de activos.

    Los 956 kilos de cocaína secuestrados tras la detención del prófugo Brian Bilbao.

    Brian Bilbao fue detenido tras tener dos años de pedido de captura activo. Lo habían implicado en una asociación ilícita transnacional activa desde al menos octubre de 2024, que ingresaba al país grandes cargamentos de droga mediante avionetas privadas sin plan de vuelo ni registros válidos, que concluían en pistas clandestinas ubicadas en campos del sur santafesino y el norte bonaerense, para su posterior transporte o exportación hacia otros países, en particular mediante el uso de puertos fluviales de la región.

    El fiscal federal de la Procuración de Narcotráfico (Procunar) Matías Scilabra recordó al imputar a Bilbao que la investigación se inició el 30 de octubre de 2024, tras el hallazgo de 475 kilos de cocaína en una avioneta en Pueblo Andino, a 50 kilómetros de Rosario, que era pilotada por el ciudadano boliviano Oscar Armando Caba Hurtado, que ya tenía una condena a 7 años y 2 meses de prisión.

    Según la pesquisa, Bilbao y otra persona fueron detectados en dos camionetas en las inmediaciones y huyeron advertir que el piloto era perseguido por la Fuerza Aérea Argentina.

    Brian Bilbao era socio de su hermano Waldo Bilbao quien fue atrapado en Rosario en una persecución de película cuando huía por el ducto de cañerías del edificio donde habitaba en el céntrico barrio Martin.

     

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