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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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    Las letras capitalizables del Tesoro (Lecaps) recuperaron protagonismo en las últimas semanas como una de las principales alternativas para quienes buscan invertir pesos de corto plazo sin asumir un riesgo elevado.

    Con rendimientos que actualmente se ubican entre el 22% y el 24% anual, estos instrumentos ofrecen una tasa superior a la de un plazo fijo tradicional y a la de los fondos money market, lo que las convierte en una opción atractiva para perfiles conservadores.

    «Hoy en día, las Lecaps son una buena alternativa de inversión para personas que quieran tener un instrumento líquido que rinda más que el plazo fijo», afirmó el asesor financiero Fernando Villar.

    El especialista explicó que actualmente los plazos fijos bancarios ofrecen una tasa promedio de entre 16% y 19% anual en pesos, mientras que las Lecaps parten de rendimientos cercanos al 21% o 22% y pueden alcanzar entre 24,5% y 25%, según el vencimiento elegido.

    El dólar en junio saltó casi 5%: ¿Se terminó el carry trade?

    «Me parece que es una opción interesante para un perfil conservador que esté buscando colocar pesos de corto plazo y generar tasa», sostuvo.

    En la misma línea, el consultor Leandro Stainnekker señaló que las Lecaps se posicionan por encima de otras alternativas tradicionales para administrar liquidez.

    Entre las emisiones que actualmente presentan los mayores rendimientos aparecen la S31G6, con una tasa del 24,42% anual, y la S30S6, que ofrece 24,29%, ambas con vencimientos entre agosto y septiembre.

    Para quienes prefieren extender el horizonte de inversión y asegurar las tasas actuales durante más tiempo, también sobresalen las Boncaps T30A7, con un rendimiento del 23,76%, y la T30J7, con una tasa del 22,08%, ambas con vencimiento en 2027.

    Entre las emisiones que actualmente presentan los mayores rendimientos aparecen la S31G6, con una tasa del 24,42% anual, y la S30S6, que ofrece 24,29%, ambas con vencimientos entre agosto y septiembre.

    No obstante, la conveniencia de estos instrumentos depende en buena medida de la evolución del tipo de cambio.

    «Entre el 31 de mayo y el 13 de julio, el dólar pasó de $1.430 a $1.510, una suba del 5,5% en 43 días. Si durante las próximas semanas el dólar logra estabilizarse en torno a los $1.500, las tasas actuales de las Lecaps podrían volver a ofrecer un rendimiento superior al ritmo de depreciación del peso. En cambio, si el dólar retoma una dinámica de subas más acelerada, ese diferencial podría reducirse», aclaró el ejecutivo.

    De todas formas, ambos especialistas coinciden en que las Lecaps son una herramienta adecuada para inversores conservadores o moderados que mantienen sus ahorros en pesos, tienen un horizonte de inversión inferior a un año y pueden conservar el instrumento hasta el vencimiento.

    Aun así, para quienes estén dispuestos a asumir un mayor nivel de riesgo o busquen protegerse frente a una eventual aceleración de la inflación o del tipo de cambio, Villar considera conveniente incorporar otros activos a la cartera. «Si una persona está buscando tomar más riesgo y tener algún nivel de cobertura, ya le convendría tener algún bono atado a inflación o atado al dólar», explicó.

    En la misma dirección, Stainnekker sostuvo que las Boncaps pueden ser una buena alternativa para quienes desean fijar las tasas actuales durante un plazo más largo, mientras que los inversores que priorizan cobertura cambiaria deberían complementar sus carteras con bonos CER, títulos dollar linked o activos directamente dolarizados.

     

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