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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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    Para Argentina ese número no es abstracto. El sistema energético todavía depende del GNL para atravesar los meses de mayor consumo. El gasoducto de Vaca Muerta mejoró el panorama porque permite transportar más gas desde Neuquén hacia los centros urbanos. Pero la producción local todavía no alcanza para cubrir la demanda invernal. 

    Y el gas también impacta en la boleta de luz. Más del 60% de la electricidad argentina se genera en centrales térmicas que utilizan gas o combustibles líquidos. Por eso, el país necesita importar GNL cada invierno para sostener el sistema energético. 

    Durante la crisis energética global provocada por la guerra en Ucrania, cuando el gasoducto aún no estaba operativo, Argentina llegó a gastar cerca de USD 3.500 millones en importaciones de gas. El año pasado, con el gasoducto funcionando y precios internacionales más bajos, la factura cayó a unos USD 600 millones. 

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    Los cargamentos de gas no se compran de un día para otro. Deben contratarse con anticipación. Cuando esa planificación se retrasa, el margen se reduce. La alternativa es salir al mercado spot, el segmento de corto plazo del comercio mundial de GNL. Allí no hay contratos previos ni precios asegurados. Los cargamentos se compran sobre la hora y el valor se define en función de la urgencia y de la competencia entre compradores. 

    Además, con gran parte de la producción global afectada por la crisis en Medio Oriente, el mercado enfrenta una oferta más limitada. De hecho, Qatar ya aviso que suspende los envíos comprometidos con la Argentina. Eso obliga al gobierno a competir con otros compradores, especialmente Europa, que desde la ruptura energética con Rusia incrementó su dependencia del gas natural licuado. 

    En el sector energético repiten una advertencia inquietante: el gas licuado disponible en el mercado no alcanza para todos. Cuando un bien escasea, el precio se dispara. Y el gobierno ya dejó clara cuál es su lógica regulatoria frente a ese escenario: trasladar los costos a la demanda. 

    Los cálculos que circulan en el sector energético muestran la magnitud del impacto potencial en las tarifas que enfrentarán hogares e industrias. 

    Si el sobrecosto se trasladara a la industria, el precio del gas pasaría de 4 dólares a 8,14 dólares por millón de BTU. Es una suba del 104%. El traslado es más directo porque los grandes usuarios ya compran gas sin subsidios. 

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    Si el ajuste recayera en los hogares, el impacto también sería significativo. El precio del gas que paga el usuario podría pasar de 3,79 dólares a 6,51 dólares por MMBTU. 

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