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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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    Milei reglamentó la reforma laboral y avanzó sobre indemnizaciones, sindicatos y convenios colectivos

     

    Con una batería de decretos publicados este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno puso en marcha algunos de los capítulos más controvertidos de la reforma laboral. La medida alcanza a las indemnizaciones, la actividad sindical, los convenios colectivos y los mecanismos de registración laboral. Mientras se promociona como una modernización del mercado de trabajo, la oposición y los gremios denuncian un nuevo avance sobre derechos conquistados durante décadas.

    Por Ramiro C. Ferrante para NLI

    La publicación de los decretos reglamentarios de la reforma laboral marca un nuevo capítulo en la ofensiva de Milei contra el entramado de protección construido por el movimiento obrero argentino a lo largo de más de un siglo. Aunque el Gobierno intenta presentar los cambios como simples adecuaciones administrativas, la letra fina de las normas revela transformaciones profundas en la relación entre trabajadores, empleadores y organizaciones sindicales.

    Entre los puntos más sensibles aparece la creación del denominado Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo que permitirá a las empresas constituir fondos específicos para afrontar indemnizaciones futuras. La Casa Rosada sostiene que el sistema no elimina la indemnización por despido, pero en los hechos abre la puerta a un esquema que se asemeja al fondo de cese laboral que históricamente impulsaron los sectores empresariales para reducir el impacto económico de los despidos.

    La medida no es menor. Durante décadas, la indemnización funcionó como una herramienta de protección frente a despidos arbitrarios. Con la nueva reglamentación, el Gobierno introduce una lógica financiera en un terreno que hasta ahora estaba vinculado directamente a la responsabilidad patronal. Para los sindicatos, se trata de un cambio estructural que podría debilitar uno de los principales instrumentos de defensa de los trabajadores.

    La mira puesta sobre los sindicatos

    Si las indemnizaciones constituyen el frente económico de la reforma, la actividad sindical aparece como su principal objetivo político.

    La reglamentación incorpora mecanismos de control sobre la estructura de las organizaciones gremiales y habilita verificaciones permanentes respecto de la cantidad de dirigentes y afiliados. También introduce nuevas condiciones para el uso de las horas gremiales, una herramienta fundamental para el funcionamiento cotidiano de los sindicatos dentro de los lugares de trabajo.

    Detrás del lenguaje técnico se esconde una orientación política evidente. Desde su llegada al poder, Milei convirtió a las organizaciones sindicales en uno de los blancos predilectos de sus discursos. La nueva normativa busca limitar márgenes de acción y aumentar los controles estatales sobre estructuras que históricamente fueron actores centrales de la vida política y social argentina.

    La ofensiva se produce en un contexto de fuerte deterioro salarial, caída del empleo industrial y conflictos laborales en distintas regiones del país. En ese escenario, el intento de disciplinar a los sindicatos adquiere una dimensión que trasciende ampliamente la discusión administrativa.

    Convenios colectivos bajo presión

    Otro aspecto central de la reglamentación afecta a los convenios colectivos de trabajo.

    El Gobierno habilitó mecanismos para revisar acuerdos vigentes y avanzar en procesos de renegociación en actividades donde los convenios permanecieron estables durante años. Además, estableció nuevas condiciones para aportes y contribuciones incluidos en esos acuerdos.

    Para el oficialismo, estas modificaciones apuntan a reducir costos laborales y fomentar la contratación. Sin embargo, para especialistas en derecho laboral y referentes sindicales, el verdadero objetivo es avanzar sobre instrumentos que permitieron garantizar derechos específicos en cada actividad económica.

    La disputa no es solamente jurídica. Los convenios colectivos constituyen uno de los pilares históricos del modelo laboral argentino y representan una de las herramientas más importantes para equilibrar la relación de fuerzas entre trabajadores y empleadores. Cualquier modificación en ese terreno tiene consecuencias directas sobre millones de asalariados.

    Menos regulaciones para las empresas, más exigencias para los trabajadores

    La reglamentación también incluye beneficios para empleadores que regularicen personal no registrado. Bajo el argumento de combatir la informalidad, el Gobierno ofrece amplias condonaciones de deudas previsionales a empresas que blanqueen trabajadores.

    La paradoja es evidente. Mientras se endurecen controles sobre sindicatos y se flexibilizan mecanismos vinculados a despidos y convenios colectivos, se otorgan ventajas económicas a empresas que durante años incumplieron obligaciones laborales y previsionales.

    Al mismo tiempo, la normativa incorpora nuevos sistemas digitales de control, recibos de sueldo con información ampliada sobre costos patronales y mecanismos de registración electrónica que incrementan la capacidad de monitoreo estatal sobre la relación laboral.

    La combinación de todas estas medidas permite observar una dirección clara. La reforma no se limita a modificar aspectos técnicos del mercado de trabajo: redefine el equilibrio de poder entre empresarios, trabajadores y sindicatos. Por eso la publicación de los decretos de este lunes puede convertirse en uno de los movimientos políticos más trascendentes del Gobierno en materia laboral desde su llegada a la Casa Rosada.

    Detrás del discurso de la modernización y la eficiencia, Milei acaba de poner en marcha una transformación que impactará sobre indemnizaciones, negociación colectiva, organización sindical y empleo registrado. El verdadero alcance de esos cambios comenzará a medirse cuando las nuevas reglas lleguen a las fábricas, oficinas y lugares de trabajo de todo el país.

     

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