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Tras las nuevas medidas, se coordinó controles con Policía

Luego del encuentro virtual con la Gobernadora Arabela Carreras en el que se analizaron las nuevas medidas que se aplicarán en Río Negro a partir del Decreto de Necesidad y Urgencia 334 del Presidente Alberto Fernández, el Intendente Marcelo Orazi convocó a parte de su gabinete y a las autoridades policiales locales para coordinar los controles a realizar.

Al mismo tiempo, se conocieron también los alcances del Decreto Municipal 068/2021 que regula la aplicación de las disposiciones en el ejido de Villa Regina entre el 22 y el 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio (incluidos domingos y feriados).

Las medidas son las siguientes:

*La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 horas y hasta las 6 del día siguiente.

Se exceptúa de dicha restricción al personal considerado esencial en los términos del Decreto N° 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad.

La infracción a esta norma será multada con la retención del vehículo por 48 horas y una multa de 2 SAM más 1 SAM por acarreo del rodado. Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13.

*El comercio de productos considerados esenciales podrá funcionar de acuerdo al siguiente esquema:

1. Los supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas podrán funcionar desde las 06 hs y hasta las 18 hs.

2. El reparto a domicilio de medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad podrá realizarse en el horario de 06 hs. a 18 hs.

3. Estaciones de servicio, únicamente para el expendio de combustibles a vehículos con autorización para circular, durante las 24 horas.

*El comercio de productos considerados no esenciales podrá funcionar exclusivamente con modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away) en el horario de 06 a 18 hs. No está permitido el acceso al público a dichos comercios.

Quedan comprendidas en dicho rubro:

1. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.

2. Talleres para mantenimiento y reparación de automotores y motocicletas exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y FFAA, vehículos afectados a las prestaciones de salud y al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Talleres para mantenimiento y reparación de bicicletas. Ventas de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas, únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta.

3. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranzas de servicios e impuestos.

*Los establecimientos pertenecientes al rubro gastronómico podrán funcionar en el horario de 06 a 23 hs., exclusivamente mediante la modalidad de reparto a domicilio (delivery) y retiro (take away).

El personal dependiente de dichos establecimientos contará con una hora más a partir de la hora de cierre del establecimiento para retornar a sus residencias habituales.

*Se implementan las siguientes medidas establecidas en el DNU 334/2021:

1. Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

2. Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y sólo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

3. Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

4. – No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

*Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente Decreto una MULTA DE PESOS CIEN MIL ($100.000). En el caso de los comercios, se procederá a la CLAUSURA PREVENTIVA del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido por el presente Decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal Argentino.

Además se ratifica la vigencia de las reglas de conducta generales y obligatorias mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19.

(Foto ilustrativa)

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    De hecho, el presidente del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), Nadin Argañaraz, posteó en X el viernes pasado una interpretación que matizó el optimismo oficial. «Significativo aumento real de la recaudación del impuesto a las ganancias durante mayo. En el gráfico se aprecia que en mayo se revirtió la racha de 4 caídas consecutivas, con una suba del 26,1%. El pago del saldo de ganancias de las empresas que cierran balance el 31 de diciembre debe ser el factor explicativo de la importante suba real», fundamentó.

    El peronista Guillermo Michel, por su parte, sostuvo ante la consulta de LPO que «la mejora de ganancias tiene una explicación: el tarifazo». «Los balances de las energéticas y petroleras, calzados con el vencimiento de ganancias en mayo, llevan para arriba la Recaudación de ganancias», dijo, y agregó que «igualmente la copa acumulada a enero-mayo 2026 tiene una caída real de -3% respecto del mismo período de 2025».

    La recaudación moderó la caída en abril, pero bajó por noveno mes consecutivo

    Según el informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), el último mes «se observó un importante incremento interanual de los Recursos de Origen Nacional (RON) de 8,5% en términos reales comparando con mayo de 2025, donde había caído 22,9% real interanual (considerando una inflación en mayo de 2,3%)». Además, el centro de estudios de Hernán Letcher y Julia Strada concede que «la Coparticipación Federal de Impuestos exhibió una mejora de 8,9% real interanual con respecto al mismo mes del año pasado.

    La objeción del CEPA es que este mes volvió a registrarse una caída interanual del IVA en términos reale, de 9,5%. «Esto evidencia un comportamiento magro de las actividades económicas vinculadas al mercado interno y del consumo», explica.

    Significativo aumento real de la recaudación del impuesto a las ganancias durante mayoEn el gráfico se aprecia que en mayo se revirtió la racha de 4 caídas consecutivas, con una suba del 26,1%.El pago del saldo de ganancias de las empresas que cierran balance el 31 de diciembre… pic.twitter.com/vGqUHLQtB5

    — Nadin Argañaraz (@NadinArganaraz) May 29, 2026

    Y advierte que «el Impuesto a las Ganancias mostró una importante mejora interanual de 25,7%». «En Argentina, muchas sociedades cierran su ejercicio económico el 31 de diciembre y, para esas empresas, durante mayo vence la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo correspondiente al Impuesto a las Ganancias del ejercicio anterior», argumenta.

    El diagnóstico que queda en evidencia, a partir de ese análisis, es que hay «un comportamiento dual de la recaudación en mayo: ganancias volando y retracción en IVA».

    Es un alivio transitorio para las porvincias, que están golpeadas, pero sigue dando negativo el acumulado de coparticiación de los primeros cinco meses de 2026 contra 2025, que da 3,3% abajo. Reduce el dato malo, porque hasta abril daba 7% negativo aproximadamente, pero no lo hace positivo.

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    En los gráficos libertarios, la provincia de Buenos Aires venía perdiendo 5,8% en enero, 6,8% en febrero, 3% en marzo y 2,5% en abril pero repuntó hasta el 7,1% en mayo. Un rebote similar acreditan distritos como Córdoba, Santa Fe y Capital Federal, que treparon este mes 8,5, 8,6 y 8,7% respectivamente.

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