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TECNICISMOS, POLÍTICA, FAMILIAS Y ¿AGUA?

Luego de realizarle la entrevista al referente de la Junta Vecinal del Barrio La Unión sobre la situación que viven con respecto a la escasez de agua en el barrio ubicado al final del parque industrial, pudimos acceder a información desde el área de Obras Públicas a cargo del Ing. Alberto Guglielmin sobre la conexión de agua al Barrio La Unión y la provisión de agua al Parque Industrial.

Sobre el funcionamiento del sistema de abastecimiento, nos informaron que el mismo se realiza por medios de cortes regulados automáticamente por períodos y espacios de tiempo regulados de manera que la cisterna no se desborde. Tiene tiempos de corte más prolongados en la noche y tiempos de corte menores el día, respondiendo a la necesidad de agua del sistema.

Como la conexión al Barrio La Unión es directa al caño impulsor, en los períodos de tiempo que la bomba se para, las conexiones directas no tienen suministro. Entonces la gente que no tiene tanque de agua, obviamente se quedan sin. Y los que tienen tanques pueden acumular agua es cierto, pero en el barrio los tanques son de 500lts y una persona promedio consume más de 250 ls de agua por día (más en pandemia), a razón de 4 personas por familia promedio se consume arriba de 1.000 ls de agua por día. Obviamente ellos, se quedan sin agua también.

El barrio se encuentra ubicado en el predio del Parque Industrial (PI) y el Presidente de la Fundación que radica las empresas del PI es siempre el Intendente en ejercicio, en este caso Marcelo Orazi. El mantenimiento del sistema es realizado por la Fundación del PI y en su origen el sistema fue implementado para abastecer la industria radicada allí.

El servicio de agua se realizó conectando directamente a la cañería impulsora que envía el agua a la cisterna del PI. Explican desde Obras que uno de los errores que se cometieron al conectar el sistema es que conectaron la red de agua del Barrio en la cañería de entrada, en lugar de la salida. Eso trae aparejado que como el funcionamiento de la bomba es intermitente, en los horarios donde se detiene automáticamente, la red queda sin suministro.

La mayoría de familias se radicaron hace más o menos 10 años cuando el intendente en ejercicio era Luis Albrieu.  Y sí, como muchos de los barrios carenciados de la ciudad tiene rosca política. Tiene visitas, mates, listas, tijeras y fotos de campaña, mejor atención en algunas gestiones y desatención en otras. Tiene color. Pero acá estamos hablando del derecho esencial que atraviesa todos los demás derechos. El agua. No hablo de política, ni de posicionamientos ni de internas. Hablo de dignidad. Hablo de salud en tiempos de pandemia.

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Las opciones de solución a ésta situación son dos:

  1. Conectar a la red de salida de la Cisterna existente en el Parque Industrial  la red del Barrio La Unión.
  2. Hacer un proyecto para independizar al Barrio de la red del Parque Industrial

El sistema de abastecimiento de agua al Parque Industrial consta de tres áreas:

  • Planta de bombeo de profundidad compuesta por una electrobomba sumergible de 30 HP que bombea hacia la cisterna y que se encuentra sumergida a una profundidad de 8 metros.
  • Cañería de impulsión, que tiene una traza de 3km hasta llegar a la cisterna que está ubicada a 30m de altura respecto al bombeo
  • Cisterna de almacenamiento ubicada al costado de la subida de la barda en Parque Industrial.
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    El Gobierno reescribe el Código Aduanero por decreto y acelera las reglas del comercio exterior

     

    Mediante el DNU 41/2026, Milei modificó artículos clave del Código Aduanero para redefinir quién decide y cómo las reglas antes de importar o exportar. Bajo el argumento de cumplir con compromisos de la OMC, el decreto limita la discrecionalidad estatal, fija plazos máximos y habilita avanzar con operaciones aun cuando el Estado no responda.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    El Poder Ejecutivo avanzó con una nueva modificación estructural del andamiaje normativo del comercio exterior argentino. A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 41/2026, el Gobierno sustituyó los artículos 226 y 323 del Código Aduanero, reorganizando el sistema de resoluciones anticipadas tanto para importaciones como para exportaciones.

    La medida se inscribe en la misma lógica que atraviesa toda la política económica de Milei: menor margen de intervención estatal, mayor previsibilidad para los operadores privados y alineamiento explícito con los estándares de la Organización Mundial del Comercio (OMC). No es casual que el decreto invoque como razón central la urgencia de cumplir con el Acuerdo de Facilitación del Comercio.

    Qué son las resoluciones anticipadas y por qué importan

    Las resoluciones anticipadas son decisiones administrativas que los importadores o exportadores pueden solicitar antes de realizar una operación, para saber con antelación cómo será tratado un producto por el Estado. Incluyen cuestiones clave como clasificación arancelaria, valoración de la mercadería y origen.

    En la práctica, funcionan como un blindaje jurídico: una vez emitidas, la Aduana no puede cambiar el criterio después, salvo que cambie la ley o los hechos. Para las grandes empresas del comercio exterior, esto implica reducir riesgos, costos y conflictos posteriores.

    El reparto de poder entre Aduana y Economía

    El decreto introduce una división tajante de competencias. Por un lado, el servicio aduanero conserva la potestad de dictar resoluciones anticipadas sobre clasificación arancelaria, valoración y otros aspectos técnicos tributarios, tanto en importación como en exportación.

    Por otro lado, las resoluciones anticipadas sobre origen de la mercadería dejan de estar bajo la órbita aduanera y pasan a manos de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que incluso puede delegar esa facultad en funcionarios de rango inferior. Este corrimiento no es menor: el origen determina aranceles, preferencias comerciales y la aplicación de acuerdos internacionales.

    Plazos cortos y silencio que juega a favor del privado

    Uno de los puntos más sensibles del DNU es la fijación de un plazo máximo de 30 días para que el Estado emita la resolución anticipada. Si ese plazo se cumple y no hay respuesta, el importador o exportador puede avanzar igual con la operación, en los términos que propuso originalmente.

    El decreto habilita a la Aduana a exigir una garantía, pero le quita la posibilidad de frenar la operatoria por falta de definición. Se trata, en los hechos, de un silencio administrativo favorable, una figura históricamente resistida por el Estado y celebrada por los grandes actores del comercio exterior.

    Un DNU con destinatarios claros

    El Gobierno justifica el uso del DNU en la urgencia de cumplir los plazos otorgados por la OMC, que vencían el 23 de enero de 2026. Sin embargo, el trasfondo político es evidente: consolidar un esquema pro-mercado, reducir instancias de control y trasladar el riesgo desde el privado hacia el Estado.

    Lejos de beneficiar a pymes o economías regionales, el nuevo régimen favorece principalmente a grandes importadores y exportadores, con capacidad técnica y jurídica para anticipar escenarios y litigar si es necesario. Mientras tanto, el Congreso vuelve a quedar relegado a un rol meramente revisor, a través de la Comisión Bicameral.

    En nombre de la “facilitación del comercio”, Milei vuelve a gobernar por decreto y a redefinir reglas estructurales sin debate legislativo. Una vez más, la urgencia invocada funciona como atajo para reconfigurar el Estado en favor de los intereses concentrados del comercio internacional.

     

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