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EN RIO NEGRO SE DEFIENDE EL AGUA Y LA VIDA

Historia y contexto sobre la política y la Megamineria a cielo abierto en Rio Negro

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  • El fondo para despidos que propone Milei le cuesta a la Anses USD 3000 millones

     

    El diputado Guillermo Michel alertó este sábado sobre un tajo de USD 3000 millones que la reforma laboral produciría en los recursos de Anses, a través de la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) que el gobierno busca crear para el pago de indemnizaciones por despidos. El recorte agudizaría la crisis del sistema previsional argentino, producto del crecimiento de la informalidad laboral y el peso de la relación desequilibrada entre la cantidad de jubilados con cobertura previsional y el total de la población económicamente activa que realiza aportes en el sistema solidario de reparto.

    La gentileza de los impulsores del proyecto con las empresas recorta un 3 por ciento sobre las contribuciones patronales y las obliga a colocar esa suma de dinero en agencias habilitadas por la CNV, dando lugar al surgimiento de minis AFJP.

    PLos empleadores con más de 100 empleados registrados pagan 20 por ciento de la masa salarial por aportes, mientras que las firmas con menos de 100 trabajadores tributan un 18 por ciento. Como la iniciativa parlamentaria de Javier Milei y Federico Sturzenegger propone una poda «plana» sobre todos los rubros, sin distinción por magnitud del empleador, el legislador entrerriano estimó que Ansés perdería USD 3000 millones.

    En efecto, entre los artículos 58, 59 y 60 se establece el modo en que se constituye el fondo, al tiempo que el artículo 76 deja en claro que el invento no supone un incremento en las contribuciones patronales. «Los empleadores tendrán una reducción de TRES (3) puntos porcentuales en la contribución patronal con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Nº 27.541 y sus modificatorias», dice la ley.

    ¿Quién paga la baja de impuesto a las ganancias de las grandes empresas? 

    Por eso, Michel plantea que «para financiar el FAL, se desfinancia el Sistema de la Seguridad Social».

    El diputado peronista consigna que, según datos de Seguridad Social, hasta agosto de este año había «437.587 empleadores -el 84% del total- que tienen registrados hasta 10 empleados». Ese conjunto totaliza 1.197.094 trabajadores formalizados, el 18% de los registrados.

    Además, «hay 9.516 empleadores (el 1,82% del total) que registran más de 100 empleados pero que concentran el 50% del empleo registrado, es decir 3.290.182 trabajadores», apunta Michel. «El 1,8 por ciento de las empresas concentra el 63 por ciento de los empleados», agrega.

    Para financiar el FAL, se desfinancia el Sistema de la Seguridad Social. Hay 9.516 empleadores (el 1,82% del total) que registran más de 100 empleados pero que concentran el 50% del empleo registrado, es decir 3.290.182 trabajadores.

    Esa discriminación habilita la inquietud acerca de qué sector se beneficia más con la ley que cuyo tratamiento el gobierno debió postergar por el fracaso legislativo del miércoles pasado en la Cámara de Diputados, con el presupuesto. «El sueldo promedio de los trabajadores que trabajan en empresas chicas, es decir de hasta 10 empleados, es de $ 1 millón. En cambio, en las empresas que emplean 100 o más empleados el sueldo promedio mensual es de $ 2,2 millones», señaló Michel en un documento de trabajo al que accedió LPO.

    Pero el sueldo promedio es más alto a medida que se escala en la pirámide empresarial por cantidad de empleados. En las empresas con más de 1500 empleados, y hasta 2500, el salario promedio es de $2,4 millones pero en las que acreditan entre 2500 y 5000 es de $2,5 millones y en las de más de 5000 es de $3,3 millones.

    Por eso, la información pública disponible en el registro de Seguridad Social indica que el 37% de la masa salarial lo aportan empresas con hasta 100 empleados y que el 63% restante, empresas con más de 100 empleados. «Estos empleadores son los que más aprovechan la reducción de 3 puntos porcentuales de las contribuciones para financiar sus futuras indemnizaciones», asegura el diputado.

    Empleadores son los que más aprovechan la reducción de 3 puntos porcentuales de las contribuciones para financiar sus futuras indemnizaciones.

    Si bien el proyecto de presupuesto 2026 prevé una recaudación de 55 billones de pesos por contribuciones patronales, la reforma laboral desfinanciaría al Sistema de la Seguridad Social en $4,8 billones. «Es el 0,46 por ciento del PBI y el equivalente a USD 3.000 millones considerando la evolución del dólar con el esquema de bandas actuales», dice Michel.

    Existe, por otra parte, una dificultad para mensurar el impacto: el gobierno asegura que la ley aplicará sobre los nuevos empleos que se generen pero en ninguno de sus artículos se aclara ese aspecto explícitamente. Ese detalle puso de manifiesto el senador Mariano Recalde ante el secretario de Trabajo, Julio Cordero, cuando asistió esta semana al Senado para defender el proyecto del oficialismo.

    Por último, Michel advierte sobre el golpe a las provincias, algo que gobernadores como Martín Llaryora ya detectaron. En base al coeficiente general de la ley de coparticipación, las provincias podrían terminar resignando 1,45 puntos porcentuales del PBI de recursos.

     

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    Reforma laboral de Milei: un proyecto escrito para desarmar derechos

     

    El Gobierno impulsa una reforma laboral que redefine la relación de dependencia, habilita nuevas formas de precarización, reduce indemnizaciones y debilita la negociación colectiva. El texto, presentado para tratar durante las sesiones extraordinarias, modifica de manera profunda la Ley de Contrato de Trabajo y reorganiza el mapa de poder entre capital y trabajo.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    Un cambio de época escrito en letra chica

    El proyecto de “modernización laboral” del oficialismo no es un simple aggiornamiento técnico ni un reordenamiento administrativo. Es un intento explícito de reconfigurar las reglas fundacionales de la relación laboral en Argentina, desde el momento en que una persona empieza a trabajar hasta la forma en que se calcula su indemnización cuando es despedida. Todo el texto está diseñado para mover el péndulo hacia el empleador, reduciendo la protección que la Ley de Contrato de Trabajo consolidó durante décadas y que constituyó uno de los pilares del modelo argentino.

    El Gobierno lo presenta como un salto hacia la flexibilidad, la innovación y el empleo moderno. Pero cuando se analizan las modificaciones artículo por artículo, lo que se revela es una arquitectura jurídica pensada para abaratar despidos, diluir la estabilidad, fragmentar la negociación colectiva y habilitar nuevos mecanismos de contratación más débiles.

    A continuación, un análisis profundo de las modificaciones más relevantes, ordenadas por grandes bloques temáticos, con explicación detallada y sus efectos concretos sobre la vida laboral de las y los trabajadores.


    1. el corazón del proyecto: redefinir quién es trabajador

    Reforma del concepto de trabajo y del ámbito de aplicación

    La LCT históricamente estableció que toda prestación personal realizada bajo dependencia es trabajo, y por lo tanto merece protección. El proyecto del oficialismo introduce modificaciones que amplían las excepciones y atomizan el régimen.

    La clave está en ensuchar el concepto de dependencia, que siempre fue lo que blindó a los trabajadores frente a las falsas modalidades. El proyecto incorpora referencias explícitas a trabajadores independientes, prestadores de servicios, contratos civiles y prestadores de plataformas digitales que podrían quedar fuera de la LCT si el empleador así lo organiza.

    Ejemplo concreto

    Hoy, si un mensajero de aplicaciones trabaja todos los días, con horarios, instrucciones y control de la empresa, la Justicia puede reconocer la relación de dependencia. Con la reforma, la empresa podrá argumentar —y con aval legal— que se trata de un “prestador independiente” sujeto a regulación específica, reduciendo la posibilidad de reconocimiento judicial.

    La consecuencia es un piso mínimo de derechos más bajo y un aumento exponencial de relaciones supuestamente “autónomas” que en realidad son empleo encubierto.


    2. la presunción de relación laboral: el golpe más fino del texto

    Limitación de la presunción de dependencia

    La presunción de que la prestación personal genera contrato de trabajo es una de las piedras angulares de la LCT. Sin ella, cualquier empleador podría disfrazar la relación de mil maneras. El proyecto introduce un límite decisivo: Si existe contrato de servicios, facturación, recibos u otros instrumentos civiles, la presunción de dependencia no operará.

    Esto implica que la simple emisión de una factura —algo que hoy se usa masivamente para precarizar— pasará a ser un blindaje para el empleador. La carga de la prueba recae íntegramente sobre el trabajador, que deberá demostrar la subordinación.

    Ejemplo concreto

    Una diseñadora gráfica que trabaja todos los días para la misma empresa, recibe órdenes y usa equipos provistos por la firma. Si le hacen facturar, ya no podrá invocar automáticamente la presunción de dependencia. Tendrá que litigar durante años, sin ingresos, para que un juez reconozca su situación.

    El proyecto multiplica así la precarización legal.


    3. la negociación colectiva: una poda que debilita a los sindicatos

    Eliminación de la aplicación analógica de los convenios

    Uno de los cambios más graves consiste en prohibir que los convenios colectivos se apliquen por analogía o extensión. Es decir, si un trabajador realiza una tarea similar a otra ya regulada, pero no está específicamente contemplado en su convenio, no podrá beneficiarse automáticamente de ese estándar.

    Este artículo fractura la herramienta histórica que encontró el movimiento obrero para ampliar derechos, impedir disparidades injustificadas y evitar que los empleadores fragmenten convenios a su gusto.

    Qué significa en la práctica

    • Menos trabajadores cubiertos por protección colectiva.
    • Más margen para redactar convenios “a medida” en empresas pequeñas.
    • Mayor debilidad de trabajadores aislados o de sectores nuevos.

    Este cambio promueve un modelo laboral de negociación atomizada, donde cada empresa se mueve con su propio “mini-convenio”, debilitando la fuerza gremial.

    La reforma del principio protectorio

    Además, el proyecto interviene la regla de “norma más favorable”, obligando interpretaciones más restrictivas. Esto limita la posibilidad de que, ante dudas, los jueces elijan la solución más protectora para el trabajador.

    El espíritu de la LCT se centra históricamente en compensar la desigualdad estructural entre empleado y empleador. El proyecto la reduce a un principio casi decorativo.


    4. indemnizaciones: un recorte estructural

    Redefinición de la base de cálculo

    El proyecto especifica qué conceptos se incorporan para determinar la indemnización y cuáles quedan fuera. La lógica general es reducir el monto final del despido.

    En particular:

    • Se excluyen o limitan pagos variables y sumas no remunerativas.
    • Se recalculan promedios de manera que reduzcan el impacto de meses con remuneraciones altas.
    • Se introducen aclaraciones que favorecen el criterio más bajo cuando hay dudas.

    Por qué es un cambio profundo

    En Argentina la indemnización tiene carácter disuasivo: busca evitar despidos arbitrarios. Al abaratarla, se incentiva la rotación y se da mayor libertad a las empresas para despedir.

    Un empleador hoy puede dudar antes de echar a un trabajador con diez años de antigüedad. Con la reforma, el costo será mucho menor: despedir será más barato.

    Otros efectos

    • Impacto directo en trabajadores con premios por productividad.
    • Menor protección para trabajadores con salarios compuestos.
    • Incentivo a convertir partes del salario en pagos no remunerativos.

    5. tercerización, agencias de servicios y trabajo eventual

    Responsabilidad solidaria reducida

    La LCT establece que, cuando una empresa terceriza tareas, la empresa usuaria es solidariamente responsable. La reforma reduce esa responsabilidad al período en que el trabajador prestó tareas “directamente” para la empresa principal.

    Esto abre un espacio peligroso: cualquier empresa podrá tercerizar actividades principales sin asumir plenamente las consecuencias.

    Legalización de la eventualidad rotativa

    El proyecto amplía el margen para contratar mediante agencias de servicios eventuales, con menor representación gremial y menores obligaciones. Esto profundiza un modelo donde:

    • Un trabajador puede pasar años contratado “a prueba”.
    • La antigüedad se desdibuja.
    • La estabilidad desaparece en la práctica.

    Ejemplo concreto

    Un supermercado podrá cubrir cajas, góndolas, depósitos y logística con personal eventual rotado por agencias, sin integrar nunca al plantel estable.

    El efecto es una reconfiguración estructural del mercado de trabajo donde la eventualidad deja de ser excepcional.


    6. tiempo de trabajo, vacaciones y “flexibilidad”

    Bancos de horas

    El proyecto habilita mecanismos que permiten compensar horas extras con descanso, en lugar de pago. En un país con salarios depreciados, esto implica una transferencia directa desde el trabajador hacia la empresa.

    Vacaciones y licencias

    El texto introduce fórmulas para liquidar vacaciones y calcular retribuciones que, según la redacción, tienden a reducir valores efectivamente percibidos.

    Además, se incorporan mayores márgenes para reorganizar jornadas y turnos según “necesidades productivas”, ampliando la flexibilidad unilateral del empleador.


    7. economía digital: trabajadores de plataformas

    Una categoría paralela sin derechos plenos

    El proyecto menciona expresamente a los prestadores de plataformas digitales, remitiéndolos a una regulación posterior. Lo que parece una “precisión técnica” es en realidad una señal política clara: las plataformas no quieren—y el Gobierno no exige—que estos trabajadores entren a la LCT.

    Esto consolida un modelo donde:

    • No hay estabilidad.
    • No hay indemnización.
    • No hay licencias pagas.
    • No hay aguinaldo ni vacaciones.

    Es la formalización de un sector precario como “normal”.


    8. justicia laboral: más carga sobre el trabajador

    El proyecto endurece los requisitos probatorios y formales en acuerdos y conciliaciones. Aunque mantiene la gratuidad del trabajador en ciertos procesos, exige intervenciones judiciales más complejas y abre margen para cuestionamientos formales.

    Esto implica que, ante un conflicto:

    • El trabajador necesitará más pruebas.
    • El empleador tendrá más herramientas para demorar o litigar.
    • Los juicios podrán extenderse durante años.

    Una vez más, la balanza se inclina hacia el lado empresarial.


    conclusión: un proyecto que reescribe el contrato social argentino

    La reforma laboral del oficialismo no es una “modernización”. Es una reforma estructural del poder dentro del mundo del trabajo.
    Sus pilares son claros:

    • Desarmar la presunción de dependencia.
    • Debilitar la negociación colectiva.
    • Abaratar el despido.
    • Normalizar la tercerización.
    • Crear nuevas categorías más baratas y desprotegidas.
    • Flexibilizar jornadas y reducir costos indirectos.

    Es, en esencia, un proyecto que busca que la relación laboral deje de ser un vínculo protegido para convertirse en un acuerdo privado entre partes formalmente “libres” pero en realidad profundamente desiguales.

    El texto no mejora la productividad. No genera empleo de calidad. No impulsa el desarrollo industrial. Lo que hace es ajustar al trabajador, reduciendo derechos conquistados durante décadas y abaratando la mano de obra para que el mercado se ordene bajo la lógica del empleador.

    En un país donde el trabajo digno fue siempre un eje identitario, esta reforma implica un retroceso histórico. Y lo más grave: pretende que ese retroceso sea permanente.

     

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  • Bronca en la UIA por que Milei les quiere cobrar USD 3.000 millones de impuestos

     

     La controversia fiscal desatada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) al bloquear la actualización por inflación de los quebrantos impositivos (las pérdidas que las empresas utilizan para compensar futuros impuestos a las ganancias) se consolidó como un eje de conflicto entre el Estado y los principales agentes económicos del país. 

    Lo que comenzó como un ajuste técnico terminó en una crisis política y empresarial de envergadura que pone en juego no solo recursos, sino también la percepción de certeza jurídica para la inversión en la Argentina.

    En el centro de este escándalo tributario aparece YPF, que decidió alinearse con la postura de ARCA y admitió una deuda fiscal millonaria por no haber actualizado sus quebrantos. Esta decisión, interpretada por algunos sectores como un acto de obediencia política más que de seguridad jurídica, la convierte en la única empresa de gran porte que aceptó la interpretación del organismo recaudador, lo que la posiciona en un lugar delicado frente a pares y ante la opinión pública empresarial. 

    Desde la perspectiva del riesgo inversor, esto eleva el premio por incertidumbre jurídica

    Pazo tiene preparada su renuncia a ARCA y le buscan un nuevo lugar en el gobierno

    Gran parte del sector privado, incluidos los principales jugadores de las petroleras, energía, siderurgia y banca, rechazó terminantemente el intento de ARCA de desconocer la actualización por inflación. 

    Aunque no hay cifras oficiales consolidadas, circula la estimación de que las obligaciones en disputa podrían ascender a cerca de USD 3.000 millones agregados entre las principales firmas afectadas. 

    Las compañías consideran que esta exigencia significaría pagar impuestos sobre ganancias ficticias, lo que no solo afecta su competitividad sino que equivale, en términos reales, a una confiscación fiscal. 

    Aunque no hay cifras oficiales consolidadas, circula la estimación de que las obligaciones en disputa podrían ascender a cerca de USD 3.000 millones. Varias empresas analizan llevar el conflicto a la Justicia argumentando que la interpretación de ARCA lesiona derechos adquiridos y contradice precedentes jurisprudenciales que reconocen actualización por inflación ante efectos confiscatorios del impuesto.

    El titular de ARCA, Juan Pazo.

    Esta disputa alcanza un nuevo punto de tensión con las versiones de renuncia anticipada de Juan Pazo, el titular de ARCA. Tal como reveló LPO, Pazo ya comunicó su decisión y el Gobierno le busca una nueva ubicación, posiblemente en el Banco Nación o en otra dependencia vinculada al sistema financiero. Su salida ocurre en medio del creciente malestar empresario y de fricciones con el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini. Esta última proviene del massimo. Ambos funcionarios impulsaron el bloqueo a la actualización de quebrantos.

    El malestar empresario se centra en el secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini. Esta última proviene del massimo. Ambos funcionarios impulsaron el bloqueo a la actualización de quebrantos.

    En los despachos de Economía reconocen que la medida, que prometía recaudar varios miles de millones de dólares para compensar la caída de ingresos y cumplir metas con el FMI, terminó en un boomerang político: desató resistencia de las principales corporaciones, reacciones judiciales y una crisis interna que expuso el desorden de la gestión tributaria.

    ¿Quién paga la baja de impuesto a las ganancias de las grandes empresas? 

    Pazo, cercano al mundo de los seguros y con vínculos previos en el sector financiero, había sido uno de los interlocutores predilectos de Luis Caputo, pero su figura se desgastó en paralelo al conflicto. En los pasillos del Palacio de Hacienda reconocen que la «operación quebrantos» dejó heridos y que su desenlace probablemente derive en un rediseño del esquema recaudatorio. La medida de ARCA puede leerse como una expresión de la contradicción entre la urgencia fiscal del Estado y la llegada de inversiones, en el marco de una inflación persistente y la falta de actualización real de las variables nominales. 

    Es contradictoria además con la anunciada baja de Ganancias a los grandes grupos empresarios, incluida en la reforma laboral.

     

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