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SOBREDOSIS DE HUMO

Una vez más, como cada día de la semana el Barrio Santa Rita de la localidad de Villa Regina se encuentra sometido a la indiferencia de un vecino aserradero del barrio. Muy cerca se encuentra una institución deportiva a la que concurren jóvenes de todas las edades de diferentes puntos de la región. Aquí las actividades deportivas se desarrollan sobre una nube de humo, literal. De más está decir que el pronóstico no es saludable!

Los reclamos al municipio no deberían cuantificar sobre la alarmante situación al tratarse de un problema que afecta una gran parte del ejido municipal, las autoridades competentes deberían alertarse por sus propios medios y aplicar la regulación correspondiente de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 66/09 emitida por el Consejo Deliberante y que rectifica la número 21/94 con un par de décadas más encima.

Así como este barrio, la localidad en su totalidad tiene un déficit ambiental muy importante, es necesario aclarar que la culpabilidad recae sobre la sociedad misma en muchos aspectos. La falta de empatía, educación e ignorancia son un combo perfecto para acortar los plazos de cualquier sistema inmune.

Hace muy poco en nuestra localidad se realizaba las elecciones municipales, y la falta de propuestas políticas ambientales se destacaron y cada vez son más escasas. En realidad, el contexto económico conlleva a que no se hable de contaminación en ningún aspecto. Somos una sociedad lo suficientemente ignorante como para que nos esclarezcan el «lado b» de los acuerdos que los políticos tienen. Además permitimos que los mismos desarrollen y articulen instrumentos para que funcionen de termómetro ante las cuestiones nocivas de la sociedad, algo un tanto contradictorio. Me atrevo a decir que pocos predican con el ejemplo.

Nuestro valle y por ende, su característico terreno permite que cualquier incineración que se lleve a cabo debido a la topografía y presión atmosférica se produzca una inversión térmica que haga que el humo se disperse y quede atrapado por más tiempo provocando así graves problemas en la salud de los ciudadanos. El humo tiene un impacto muy nocivo. Más allá de la irritación ocular y la congestión nasal, también puede traer consecuencias en los pulmones (broncoespasmo) y dolor de cabeza intenso. Empeora el estado de las personas alérgicas y asmáticas y también puede afectar el sentido del olfato. Los grupos más vulnerables son los niños pequeños y los adultos mayores.

¿Será momento de rever que tan operativo resulta ser las políticas propuestas y por ende su regulación?

El municipio ha desarrollado a nivel local algunas prácticas en pos de la salud humana, el caso de la prohibición en los comercios locales sobre la entrega de bolsas de nylon con la mercadería que adquirían sus clientes; que luego terminaban dispersas por la ciudad o en la mayoría de los casos incinerada en el basurero municipal, han dejado un buen resultado. Paralelamente, para sumar énfasis en la propuesta se realizó una gran concientización a la población en general para que la misma se convierta en promotora de estas buenas prácticas. Quizás en algún tiempo se tenga que volver a insistir con el mismo tema.

El tema de humo es recursivo en nuestra localidad y en nuestro medio.

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  • La Corte confirmó el decomiso de los bienes de Cristina y el kirchnerismo dice que es una «venganza»

     

    Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dejaron firme este jueves el cálculo de $685.000 millones para la ejecución del decomiso de los bienes de Cristina Kirchner, Lázaro Báez y otros condenados en la causa Vialidad. 

    El proceso incluye más de 100 inmuebles sujetos a embargo y subasta. Aunque todavía no se precisaron con exactitud cuáles serían esas propiedades, se calcula que alrededor de 20 pertenecerían a Máximo y Florencia Kirchner, incluyendo el Hotel Los Sauces. 

    Sin embargo, dirigentes del kirchnerismo cuestionaron el fallo de la Corte Suprema. «Es una vergüenza: por un lado la Justicia la sobreseyó en dos instancias por enriquecimiento por el tema de la DDJJ y, por otro, la misma Justicia la decomisa», dijo una legisladora cercana a Cristina.

    En ese sentido, desde el entorno de la ex presidenta explicaron a LPO que «el decomiso debe probar que la cosa es producto del delito pero acá no hay prueba y además fue sobreseída por el tema bienes». En el kirchnerismo hablan de una «venganza» de la Corte a la que buscaron hacerle juicio político durante el gobierno de Alberto Fernández.

    Fuentes judiciales dijeron a LPO que tanto Cristina como su hijo, el diputado Máximo Kirchner, intentaron sin éxito que la Corte Suprema no rechazara el recurso presentado por los abogados Carlos Beraldi y Ari Llernovoy, basándose en el artículo 280 del Código Procesal, la misma jugada a la que apelaron los supremos cuando dejaron firme su condena a prisión.

    El kirchnerismo denuncia que Cristina tiene condiciones de detención más duras que genocidas 

    Allegados a la ex presidenta dijeron a LPO que «en la primera causa donde se analizó el patrimonio de Néstor Kirchner y Cristina Kirchner se investigaron las declaraciones juradas del matrimonio entre 1994 y 2003 pero el juez federal Julián Ercolini sobreseyó al entonces presidente y a su esposa y el fiscal Eduardo Taiano no apeló la sentencia». 

    «La segunda oportunidad estuvo a cargo del juez federal Rodolfo Canicoba Corral, la denuncia la realizó el presidente de la Asociación Anticorrupción, Ricardo Monner Sans, a raíz de investigaciones periodísticas que señalaban irregularidades en las declaraciones juradas de los Kirchner entre 2005 y 2007 pero, en 2008, el magistrado desestimó la denuncia por inexistencia de delito», agregaron.

    Rosenkrantz, Rosatti y Lorenzetti.

    Luego de eso, el fiscal Manuel Garrido apeló la resolución de Canicoba Corral por considerarlo un acto «infundado y prematuro» y porque halló «inconsistencias e incongruencias» en las presentaciones. «La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación, la causa dejó de mostrar avances y casi cuatro años más tarde, después de la muerte del ex presidente Kirchner, Canicoba Corral sobreseyó a Cristina, que ya había iniciado su segundo mandato», recordaron.

    El Tribunal Oral Federal (TOF) N° 2, presidido por Rodrigo Giménez Uriburu, había estipulado el decomiso por perjuicio al Estado en $84.835 millones pero habilitó la posibilidad de que el monto fuese ajustado cuando la sentencia quedara firme.

    Para calcular la suma de dinero, intervinieron peritos de la Corte, las defensas y el Ministerio Público. La cifra final es resultado de la actualización por el IPC del Indec, entre noviembre de 2022 y mayo de 2025. Los abogados de Cristina trataron de desactivar esta resolución y rechazaron esa metodología pero no pudieron torcer la voluntad de la Corte.

    El decomiso incluye más de 100 inmuebles sujetos a embargo y subasta. Se calcula que alrededor de 20 pertenecerían a Máximo y Florencia Kirchner, incluyendo el Hotel Los Sauces.

    El fallo fue suscripto por los tres magistrados pero Rosatti y Rosenkrantz hicieron suyos los argumentos del voto de Lorenzetti. «El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)», dice en los considerandos del pronunciamiento, y agrega: «se desestima la presentación directa».

    El rafaelino incluyó en su voto una cita a una resolución tomada por él mismo, Rosatti y los ex jueces Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, en un fallo anterior. «Cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida», argumentó.

    Es una vergüenza: por un lado la Justicia la sobreseyó en dos instancias por enriquecimiento por el tema de las DDJJ y, por otro, la misma Justicia la decomisa.

    Un camarista deslizó ante LPO que ahora se abre un período indeterminado para la concreción del decomiso de bienes, que supone el pasaje hacia «la ejecución integral» contra Cristina. La imposibilidad de fijar un plazo con precisión también se debe, según la fuente, a la intervención de la UIF en tanto la investigación buscó determinar la existencia de lavado.

    Acaso por decoro, dirigentes del kirchnerismo no precisaban al cierre de esta nota cuáles eran los bienes que la Justicia le decomisaba a Cristina.

     

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