La Municipalidad de Villa Regina recuerda las prohibiciones contempladas en el Código Nacional Electoral durante la jornada de comicios:
Reuniones de electores dentro de un radio de 80 metros alrededor de la mesa receptora.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado.
Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre de los comicios.
Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un medio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de las elecciones, 12 horas antes y 3 horas después de finalizado el comicio.
Realizar actos públicos de proselitismo, publicar, difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo.
La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieran en infracción. No se instalarán mesas receptoras a menos de 80 metros de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito.
Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de las elecciones durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
Con un DNU firmado en pleno ajuste, el Gobierno modificó el Plan Gas.Ar para “aplanar” las tarifas durante el año. El cambio garantiza el cobro de las petroleras y traslada al Estado —y al presupuesto— el costo completo de la variación estacional del gas.
Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI
El Decreto 26/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, introduce una modificación clave en el Plan Gas.Ar para hacerlo compatible con el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF). Bajo el argumento de evitar saltos tarifarios en invierno, el Gobierno de Milei resolvió que el precio del gas que pagan los usuarios se calcule como un promedio anual, eliminando el diferencial estacional visible en las boletas. Sin embargo, el trasfondo del cambio deja una certeza: el Estado pasa a absorber íntegramente las diferencias de precio, garantizando la renta del sector hidrocarburífero.
La medida se adoptó por Decreto de Necesidad y Urgencia, sin debate previo en el Congreso, y redefine uno de los puntos centrales del esquema creado en 2020 para asegurar producción local de gas y reducir importaciones.
Precio “plano” para el usuario, cobertura total para las petroleras
El núcleo del decreto es la sustitución del punto 13 del Plan Gas.Ar, que habilita explícitamente a la Secretaría de Energía a fijar un Precio Anual Uniforme del gas. Ese valor será el que llegue a los usuarios residenciales, independientemente de la época del año.
En la práctica, esto implica que:
En verano, cuando el gas es más barato, el usuario pagará un precio más alto que el de mercado.
En invierno, cuando el gas es más caro, el usuario pagará menos que el precio real de abastecimiento.
La diferencia —ya sea a favor o en contra— queda siempre a cargo del Estado nacional. El decreto es explícito: el Tesoro cubrirá cualquier desfasaje entre el precio anual uniforme y el precio que surge de las subastas del Plan Gas.Ar, ajustadas por estacionalidad.
De este modo, las empresas productoras cobran el precio pleno comprometido, sin asumir riesgos por la nueva modalidad de facturación al usuario.
Subsidios “focalizados”, pero garantizados
El Gobierno presenta la medida como parte del ordenamiento de los subsidios energéticos. Sin embargo, lejos de reducirlos, el decreto consolida un esquema donde el Estado actúa como amortiguador absoluto del sistema. No solo subsidia cuando el precio es alto, sino que también administra compensaciones inversas cuando el precio de mercado es menor.
Para ello, el DNU ordena modificar el régimen de cálculo de compensaciones del Plan Gas.Ar, admitiendo que:
En algunos meses el Estado deba pagar montos adicionales a los productores.
En otros meses, se realicen deducciones.
El balance cierre siempre a favor de la estabilidad del negocio energético.
El objetivo declarado es evitar cortes en la cadena de pagos y garantizar previsibilidad al sector, aun en un contexto de ajuste fiscal severo sobre jubilaciones, salarios y políticas sociales.
Ajuste para abajo, blindaje para arriba
Mientras Milei sostiene un discurso de “déficit cero” y poda del gasto público, el Decreto 26/2026 muestra otra cara de la política energética: cuando se trata del gas y de las petroleras, el Estado sigue siendo garante de rentabilidad. El riesgo del mercado no se traslada a las empresas, sino al presupuesto público.
En términos concretos, el usuario puede ver boletas más estables a lo largo del año, pero el costo estructural del sistema sigue recayendo sobre el Estado, en un esquema que posterga cualquier discusión de fondo sobre tarifas, renta energética y soberanía sobre los recursos.
El DNU ahora deberá ser tratado por la Comisión Bicameral del Congreso. Pero, como ya es habitual, el modelo queda en marcha: precios “suavizados” para el consumo, negocios asegurados para arriba y un Estado que paga la cuenta.
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