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Se prorroga hasta el 20 de agosto el plan de regularización de deudas municipales

La Municipalidad de Villa Regina informa que el plan de regularización de deudas municipales se prorroga hasta el 20 de agosto. Así quedó establecido en el decreto 097/21 firmado por el Intendente Marcelo Orazi.

De acuerdo a los datos aportados desde la Secretaría de Economía y Finanzas, hasta el momento se ha recaudado los siguientes montos:

*Tasa por servicios retributivos: $3.070.073

*Tasa por derecho de inspección: $348.312

*Obra de pavimento: $127.463

Este régimen de presentación espontánea comprende todas las obligaciones tributarias por tasas retributivas, derechos de inspección e higiene, contribución por mejoras ejecutadas, cementerio, abasto, multas del Juzgado de Faltas, préstamos de materiales, microcréditos y derechos de construcción que adeuden los contribuyentes y cuyos vencimientos hubiesen operado hasta el 31 de mayo de 2021.

En todos los casos hay planes al contado, hasta 3 cuotas y mayor de 3 cuotas y descuentos en los intereses de hasta el 100%, según se detalla a continuación:

*TASAS RETRIBUTIVAS:

Contado:

-Descuento de intereses del 100% por el período adeudado desde el 01/01/2019 al 31/05/2021.

-Descuento de intereses del 60% por el período adeudado hasta el 31/12/2018.

Plan hasta 3 cuotas:

-Descuento de intereses del 50% por el período adeudado desde el 01/01/2019 al 31/05/2021.

-Descuento de intereses del 30% por el período adeudado hasta el 31/12/2018.

Plan mayor de 3 cuotas:

Se aplicará la Ordenanza N° 059/08 vigente a la fecha.

*DERECHOS DE INSPECCION, SEGURIDAD E HIGIENE:

Contado:

-Descuento de intereses del 100% por el período adeudado desde el 01/01/2019 al 31/05/2021.

-Descuento de intereses del 60% por el período adeudado hasta el 31/12/2018.

Plan hasta 3 cuotas:

-Descuento de intereses del 50% por el período adeudado desde el 01/01/2019 al 31/05/2021.

-Descuento de intereses del 30% por el período adeudado hasta el 31/12/2018.

Plan mayor de 3 cuotas:

Será de aplicación la Ordenanza N° 059/08 vigente a la fecha.

*CONTRIBUCION POR MEJORAS EJECUTADAS:

Contado:

-Mejora valuada en pesos: Descuento del 100% de los intereses.

-Mejora valuada en SAM: valor del SAM al 31/07/2020.

-Mejora valuada en bolsas de cemento: valor bolsa de cemento al 31/07/2020

-Mejora valuada en litros de gasoil: valor litro de gasoil al 31/07/2020

Plan hasta 3 cuotas:

-Mejora valuada en pesos: descuento del 50% de los intereses

-Mejora valuada en SAM: valor del SAM al 31/12/2020

-Mejora valuada en bolsas de cemento: valor bolsa de cemento al 31/12/2020

*CEMENTERIO:

Contado:

-Derecho adeudado al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/07/2020

Plan hasta 3 cuotas:

-Derecho adeudado al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/12/2020

Plan de 4 y hasta 12 cuotas:

-Derechos de cementerio adeudados al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/03/2021. Cada cuota no podrá ser inferior a 0,25 SAM.

-Derechos de cementerio generados en fecha posterior al 30/06/2021, se tomará el SAM vigente al 30/06/2021 más el interés establecido en la ordenanza de actualización de deudas vigente a la fecha del otorgamiento del plan. Cada cuota no podrá ser inferior a 0,25 SAM.

*ABASTO:

Contado:

-Derecho adeudado al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/07/2020

Plan hasta 3 cuotas:

-Derecho adeudado al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/12/2020

*MULTAS JUZGADO DE FALTAS:

Contado:

-Multas adeudadas al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/07/2020

Plan hasta 3 cuotas:

-Multas adeudadas al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/12/2020

Plan de 4 cuotas y hasta 12 cuotas:

-Multas adeudadas al 31/05/2021 a un valor del SAM al 31/03/2021. Cada cuota no podrá ser inferior a 0,25 SAM.

*PRESTAMO DE MATERIALES:

Contado:

-Deuda por préstamos de materiales a valores de origen.

Plan hasta 3 cuotas:

-Deuda por préstamos de materiales a valores de origen.

Plan de 4 y hasta 12 cuotas:

-Deuda al 31/05/2021 en valor SAM al 31/12/2019

*MICROCREDITOS:

Contado:

-Valores de origen

Plan hasta 3 cuotas:

-Valor del SAM al 31/03/2021

Plan superior a 3 y hasta 12 cuotas:

-Créditos adeudados al 31/05/2021 se tomará el SAM vigente al 31/12/2019 más el interés establecido en la ordenanza de actualización de deudas vigente a la fecha del otorgamiento del plan. Cada cuota no podrá ser inferior a 0,25 SAM.

*DERECHOS DE CONSTRUCCION:

Contado:

-Deuda al 31/05/2021 generada después del 31/12/2018: valores de origen

-Deuda generada antes del 31/12/2018: valor del SAM al 31/12/2020

Plan de tres cuotas fijas:

-Deuda al 31/05/2021 generada después del 31/12/2018: valor SAM al 31/12/2020

-Deuda generada antes del 31/12/2018: valor del SAM al 31/05/2021 más el interés establecido en la ordenanza de actualización de deudas vigente a la fecha del otorgamiento del plan. Cada cuota no podrá ser inferior a 0,25 SAM.

*TERRENOS LOTEOS SOCIALES:

Contado:

-Deuda en SAM generada al 31/12/2020 a valor SAM del 31/12/2018

-Deuda en pesos generada al 31/12/2020, descuento del 80% de intereses.

Plan de 3 cuotas fijas:

-Deuda en SAM generada al 31/12/2020 a valor SAM del 31/12/2019

-Deuda en pesos generada al 31/12/2020, descuento del 60% de intereses.

Plan de 4 a 12 cuotas fijas:

-Deuda en SAM generada al 31/12/2020 a valor SAM del 31/03/2021

-Deuda en pesos generada al 31/12/2020, descuento del 40% de intereses.

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    Estudios académicos estimaron que entre diciembre de 2023 y octubre de 2025 las facturas promedio de gas natural aumentaron 799% para hogares y 992% para comercios y pymes, mientras la energía eléctrica trepó 524% y 570% respectivamente. Además unos 2 millones de hogares perdieron el subsidio a la electricidad y 705 mil el del gas.

    El descalce entre la estructura dolarizada de los contratos y la economía real pesificada genera un círculo vicioso: el Estado acumula deuda con el sector y el Tesoro no puede cubrirla sin emitir o endeudarse.

    Los especialistas advierten que la dolarización de la generación eléctrica en un país con un riesgo cambiario crónico como la Argentina es un riesgo alto. 

    El descalce entre la estructura dolarizada de los contratos y la economía real pesificada genera un círculo vicioso: el Estado acumula deuda con el sector y el Tesoro no puede cubrirla sin emitir o endeudarse.

    Por eso, si la brecha se amplía y las tarifas no acompañan, la situación se vuelve jurídicamente explosiva. Las empresas internacionales recurren a tribunales como el CIADI alegando violación de contratos, mientras el Estado intenta evitar que los argentinos paguen facturas dolarizadas a precios imposibles. 

    Por eso, la dolarización no solo pone en riesgo la estabilidad macro, sino que reabre la puerta a una nueva ola de litigios internacionales: un déjà vu de los años posteriores al 2001, donde la crisis cambiaria terminó judicializandose en Estados Unidos.

     

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