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Se habilitó el ciclismo en Villa Regina

Por decreto, la gobernadora Arabela Carreras autorizó las caminatas recreativas y esparcimiento en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento, todas respetando estrictas normas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID-19. Nuestra ciudad, Villa Regina, no se encuentra dentro de las 30 ciudades habilitadas.

Pero si se podrán realizar en Villa Regina y en la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento actividades de ciclismo.

El Decreto Provincial habilita la actividad de ciclismo (deportivo o como medio de transporte) en todos los Municipios y Comisiones de Fomento, sea como medio de transporte o con fines deportivos, siempre y cuando la misma se realice de forma individual y manteniendo el distanciamiento social. Se permitirá el acompañamiento de un progenitor o persona afín en el caso de niños menores de 12 años.

Por otro lado, las caminatas recreativas deberán realizarse en un radio de 500 metros del domicilio, y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.
En tanto, en todo momento deberá guardarse un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

Podrán realizarse los días martes, jueves, sábados, domingos y feriados, en el horario de 13 a 19 horas. Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

No se encuentran habilitadas para estas actividades las plazas, parques o similares.
En este marco, los Municipios deberán establecer horarios diferenciados para niños acompañados de adultos, y deportistas, como así también establecer circuitos y demás pautas que permitan garantizar de forma correcta el distanciamiento social.

La medida es adoptada en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico de la población, y alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta.

Los Municipios y Comisiones de Fomento serán los encargados de establecer los términos y condiciones para realizar todas estas actividades. No obstante, el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.

Cabe resaltar que las personas beneficiadas con estas actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

La norma invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia alcanzados por este decreto, a adherir en forma total o parcial a la medida, siendo los encargados de supervisar el debido cumplimiento de las actividades exceptuadas y a establecer los protocolos sanitarios específicos.

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