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Se habilitó el ciclismo en Villa Regina

Por decreto, la gobernadora Arabela Carreras autorizó las caminatas recreativas y esparcimiento en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento, todas respetando estrictas normas de bioseguridad para evitar la propagación del COVID-19. Nuestra ciudad, Villa Regina, no se encuentra dentro de las 30 ciudades habilitadas.

Pero si se podrán realizar en Villa Regina y en la totalidad de los Municipios y Comisiones de Fomento actividades de ciclismo.

El Decreto Provincial habilita la actividad de ciclismo (deportivo o como medio de transporte) en todos los Municipios y Comisiones de Fomento, sea como medio de transporte o con fines deportivos, siempre y cuando la misma se realice de forma individual y manteniendo el distanciamiento social. Se permitirá el acompañamiento de un progenitor o persona afín en el caso de niños menores de 12 años.

Por otro lado, las caminatas recreativas deberán realizarse en un radio de 500 metros del domicilio, y será obligatorio el uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal.
En tanto, en todo momento deberá guardarse un distanciamiento físico entre peatones no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta 12 años de edad, quienes deberán realizar la salida en compañía de una persona mayor conviviente.

Podrán realizarse los días martes, jueves, sábados, domingos y feriados, en el horario de 13 a 19 horas. Se permitirá una duración máxima de 60 minutos, en un radio máximo de 500 metros del domicilio habitual.

No se encuentran habilitadas para estas actividades las plazas, parques o similares.
En este marco, los Municipios deberán establecer horarios diferenciados para niños acompañados de adultos, y deportistas, como así también establecer circuitos y demás pautas que permitan garantizar de forma correcta el distanciamiento social.

La medida es adoptada en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico de la población, y alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta.

Los Municipios y Comisiones de Fomento serán los encargados de establecer los términos y condiciones para realizar todas estas actividades. No obstante, el Poder Ejecutivo Provincial podrá, previa evaluación de las condiciones epidemiológicas y sanitarias, limitar la duración y, eventualmente, suspender la salida de esparcimiento con el fin de proteger la salud pública.

Cabe resaltar que las personas beneficiadas con estas actividades deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

La norma invita a los Municipios y Comisiones de Fomento de la provincia alcanzados por este decreto, a adherir en forma total o parcial a la medida, siendo los encargados de supervisar el debido cumplimiento de las actividades exceptuadas y a establecer los protocolos sanitarios específicos.

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    Sebastián Soler condujo el equipo legal que inicialmente intervino en Nueva York para defender la legalidad de la expropiación de YPF como subprocurador del Tesoro en el gobierno de Alberto Fernández. Rosarino por adopción, graduado en Derecho en la UNR tiene una maestría en Harvard y durante mucho tiempo litigó en Wall Street. Sobre el fallo que dio la razón a la posición argentina sobre la recuperación de YPF tiene mucho que decir, y lo hace. 

    De elegir dos conclusiones la primera sería, afirma, que se expropió correctamente. La segunda es que hoy deberíamos celebrar todos. «Incluso los que festejan per diciendo que se actuó mal deberían leer el fallo. La Cámara de Nueva York dice que Argentina actuó de acuerdo a su derecho».

    -¿Cuál le parece el punto central por la que la posición argentina se impuso en el fallo conocido hoy?

    -Son en realidad los argumentos de defensa que se promovieron durante la gestión del gobierno anterior y que afortunadamente fueron reiterados por la gestión del gobierno actual. Ha habido una continuidad y eso rindió sus frutos hoy. En resumidas cuentas, la Cámara de Nueva York lo que dice primero es que quizás este juicio debió realizarse en la Argentina, pero reconoce que la jueza Preska tiene amplia discreción para decidir sobre su competencia y, por lo tanto, más allá de un parecer distinto, no revierte la decisión de la jueza, no la revoca, de haberse quedado con el juicio y haber resuelto en primera instancia como resolvió. Paso seguido, la Cámara dice que, por lo tanto, como el juicio está en Nueva York, hay que revisar la decisión de Preska, de novo, que es la expresión en latín que quiere decir como si viéramos estos temas como primera vez. Y lo que dice es que todas las cuestiones en discusión, en este caso, son de derecho argentino, no son de derecho estadounidense, y por lo tanto tenemos que interpretarlas desde ese punto de vista. 

    El paso siguiente es afirmar que es cierto que el Estatuto de YPF decía que Argentina, si adquiría el 49% más de las acciones de YPF en algún momento, por ejemplo, mediante expropiación, debía ofrecerle comprar sus acciones a los demás accionistas minoritarios, y es cierto también que no lo hizo. Pero, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, que es el derecho aplicable, deben considerarse dos cosas. El Estatuto de una Sociedad privada no es un contrato bilateral, y, por lo tanto, bajo el derecho argentino, uno de los accionistas no puede demandar por daños a otro de los accionistas –el otro accionista en este caso sería la República Argentina– por el supuesto incumplimiento de una obligación del Estado, y en eso Preska se equivocó. 

    Y segundo, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, no la ley específica de la expropiación de YPF, sino la ley general de expropiaciones, no puede una acción de un privado, en este caso la demanda que intenta imponerle a la Argentina la obligación de indemnizar por no haber hecho la oferta de compra, no puede una acción de un privado restringir la potestad expropiatoria amplia que tiene la República Argentina. Recordemos que la facultad expropiatoria es una facultad reconocida por la Constitución Nacional, que sólo impone tres requisitos: que se apruebe por ley, que se declare por utilidad pública, y que se indemniza al dueño efectivamente expropiado, cosa que en este caso se hizo. Por tanto, la Cámara dice: revocamos el fallo de Preska, Argentina tiene razón, ganamos el juicio.

    -Hay un ánimo celebratorio en todos lados, pero argumentos diferentes. Por ejemplo, el expresidente Macri habla de que en YPF hubo una expropiación ilegal

    -Es lo contrario a lo que dice la Cámara, es lo contrario a lo que dicen los escritos de defensa presentados por el Gobierno actual y es lo contrario a los presentados por nuestra gestión durante el Gobierno de Alberto Fernández. Falso. Literalmente es tratar una vez alguien de inmiscuirse y ganar un crédito por algo en lo que no tiene nada que ver. El Gobierno actual puede correctamente decir parte del mérito es nuestro porque efectivamente ellos tomaron tres decisiones atinadas, más allá de las declaraciones desagradables e inoportunas del presidente de la nación de hoy. Las decisiones técnicas que tomó su gobierno fueron atinadas y fueron tres. La primera es que no bien llegaron, ratificaron la designación de Sullivan&Cromwell, el estudio internacional que habíamos elegido nosotros en diciembre de 2019 para que nos defendiera del caso. O sea, el mismo estudio que trabajó en la defensa entre 2019 y 2013, es el que trabajó en la apelación. 

    Segundo, confirmaron al frente de la Dirección de Internacionales de la Procuración del Tesoro a las dos funcionarias de carrera brillantes académicas de Derecho Internacional Público, la doctora Mariana Loza, la doctora Alejandra Echegorri, para que continuaran prestando ese servicio como funcionarias de carrera en la apelación. Ellas así se desempeñaron y son las mismas que nosotros habíamos designado en esos cargos en nuestra gestión. Y la tercera y más importante es que eligieron continuar los argumentos de defensa planteados por la gestión anterior. Esos son los argumentos de defensa que la Cámara acogió y que nos permitieron ganar el juicio.

    -¿Por qué en gobiernos muy diferentes se mantuvo la misma estrategia legal?

    -Primero hay un hay un requisito del derecho procesal estadounidense que no le permite al apelante, en este caso, la República Argentina ya bajo la gestión del gobierno de Milei, plantear argumentos nuevos que no haya planteado en su defensa en la primera instancia, o sea, que había una un impedimento legal. Y segundo, me imagino, porque hablaron con Sullivan&Cromwell, hablaron con las funcionarias de carrera que habían llevado la defensa durante los cuatro años anteriores, y confío que tras una conversación sensata concluyeron correctamente que debían seguir por el mismo camino.

    Axel Kicillof

    -¿Por qué el gobierno de Estados Unidos tuvo coincidencias con la posición argentina?

    -Hay que entender que Estados Unidos no estuvo en contra del fallo de fondo de la jueza Preska. Efectivamente sí el gobierno de Estados Unidos presentó dos escritos muy importantes, apoyando la postura de la defensa argentina. Uno bajo el gobierno de Biden y otro bajo el gobierno de Trump. Fue en dos cuestiones puntuales. 

    La primera, oponiéndose a la pretensión de Burford, acogida por una orden de Preska, de tratar de forzar el pago de esa sentencia ordenándole a la Argentina entregar acciones de YPF. Y la segunda, apoyando la petición de la defensa argentina de suspender el proceso de Discovery, es decir, de adecuación de información, hasta tanto se resolviera el fondo del asunto, que es lo que sucedió hoy. Es decir, el gobierno estadounidense apoyó la defensa argentina, pero en cuestiones colaterales al tema de fondo.

    -¿Y por qué interpreta que hizo eso?

    -Quiero creer que porque está de acuerdo con la postura de la defensa técnica de la defensa argentina, porque cree, en el caso de la orden de entregar las acciones de YPF, que excede las potestades de los jueces de Nueva York, que fija la ley de inmunidad soberana de Estados Unidos, que dice que los bienes de un estado extranjero solamente son embargables si están dentro del territorio de Estados Unidos, y las acciones de YPF, que están registradas en el registro que lleva la Comisión Nacional de Valores de Argentina, no están en el territorio de Estados Unidos. Y en el del caso de Discovery, porque el Discovery había llegado a límites francamente indefendibles en cuanto a cuánto se entrometían en cuestiones internas de la Argentina, la clase de información que pretendían. Pero, sobre todo, porque parecía un despropósito pretender que la Argentina, en el primer caso, pagara la sentencia y, en el segundo, siguiera entregando información cuando el fallo todavía no estaba firme.

    -Alguien sin formación legal ve que Burford adquirió el derecho de ir a juicio por unos 15 millones de euros y que una jueza con eso le aseguró un resarcimiento de más de 16 mil millones ¿Son principios jurídicos los que permiten eso?

    -Burford compra en 15 millones de euros más el compromiso de entregarle a la quiebra de las empresas Peterson en España el 30% de lo que lograra cobrar y se hace cargo de todos los gastos del juicio, incluyendo honorarios de abogados. Efectivamente el 70 por ciento se lo quedaba. La razón por la que Preska decide concederle a Burford 16.000 millones de indemnización más los intereses de 2012 es porque concluye, equivocadamente, ahora lo sabemos por la decisión de la Cámara, que Argentina debió ofrecer comprar las acciones de, en este caso, las empresas Peterson de la familia Esquenazi cuando expropió a Repsol. Y el precio que debió pagar por esas acciones, de acuerdo a la fórmula que establece el estatuto de YPF adoptado por la Argentina en la década del 90 cuando se privatizó, era un precio, según Preska y según Burford, no el que se le pagó a Repsol, no el precio de mercado de las acciones en ese momento, sino el precio más alto que surgía de una fórmula que había puesto Menem, el gobierno de Menem, en el estatuto de YPF, justamente para ser virtualmente imposible expropiar YPF. Esto queda hoy sin efecto. Terminado acá a favor de la Argentina. No hay más condena.

    -¿Cuáles son sus conclusiones sobre lo que dice y lo que formula el fallo conocido hoy?

    -Lo primero, que se expropió YPF correctamente. Para decirlo en términos políticos, Axel tenía razón. Es decir, el gobierno hizo lo correcto en aquel entonces cuando se formuló esta pregunta: ¿Me alcanza con expropiar el 51 por ciento, porque quiero asegurarme que recupero el control estratégico de las políticas de YPF, pero, al mismo tiempo, mantengo su capital abierto cotizando en bolsa y nombro un gerenciamiento profesional? Se acuerda que vino Miguel Galluccio por aquel entonces. Eso se concibió de modo de que la empresa esté al servicio del posible interés Argentina, por ejemplo, reinvirtiendo sus utilidades, haciendo crecer Vaca Muerta. Pero, al mismo tiempo, sin que nadie dude de que el gerenciamiento era profesional, que tiene en cuenta el interés de la empresa también. Esa decisión fue correcta, y la manera de hacer eso era no ofrecer comprar el resto de las acciones, porque, si no, nos quedábamos con el cien y pagábamos una fortuna. Esa es la primera lección del fallo de Cámara de hoy, que dice, que la Argentina actuó de acuerdo a su derecho

    Y la segunda lección, que me parece importante, pero que no se entiende del todo, es que en días como hoy deberíamos celebrar todos. Y nadie debería tratar de hacer de esto una ganancia política. El gobierno actual en vez de derivarse en otras

    cosas

    en una cadena nacional podría decir: «Ganamos porque esto fue una política de Estado que todos suscribimos». Yo desafío a cualquiera que lea los escritos que presentó este Gobierno en la apelación y no va a encontrar una sola frase que diga que Argentina expropió mal.

    -Es arbitrario o torcido decir que porque Argentina expropió hoy tenemos Vaca Muerta?

    -No lo es. Me parece que nadie duda a esta altura que ha sido beneficioso para el país recuperar YPF. Ya ni siquiera pueden decir que se expropió mal. Al menos desde el punto de vista del derecho argentino.

     

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  • Qué acciones de petroquímicas y petroleras son las ganadoras de la guerra con Irán

     

    Este jueves el petróleo cruzó la barrera de los USD 100 por barril en tres años, tras el ataque de Irán a buques petroleros en el estrecho de Ormuz, anticipando un conflicto que parece será mas largo y más duro de lo vaticinado por Donald Trump.

    Ormuz es un vía marítima estratégica por el que sale cerca del 20% del crudo que se comercializa en el mundo, que proviene del Golfo Pérsico. De ese tamaño es la disrrupción en curso de los mercados globales de energía.

    «La variable determinante para el precio del crudo en las próximas semanas será la duración e intensidad del conflicto. Un escenario de escalada que afecte la infraestructura de producción iraní o las rutas de navegación regionales podría generar un shock de oferta de primera magnitud», afirmó a LPO Gastón D’amico, presidente en Boston Asset Manager.

    Tras atacar tres buques, Irán advierte que el petróleo se irá a 200 dólares y se liberan reservas de emergencia 

    Por este motivo, desde el inicio de la escalada militar en la región, el petróleo Brent llegó a acumular incrementos que ronda el 50% con el barril en la zona de los USD 100, pero algunas proyecciones de Wall Street estiman que podría cruzar los USD 150 en el transcurso del 2026 y los iraníes no descartan que toque los USD 200, marcando una multiplicación por tres de su valor inicial, similar al salto que pagó en la crisis del petróleo de 1973.

    En este marco, la recomendación del mercado es bastante clara: apostar por acciones de empresas energéticas que podrían ganar valor en medio de la volatilidad, pero también por petroquímicas que tengan asegurada la provisión de gas, como las norteamericanas o brasileñas.

    Algunas proyecciones de Wall Street estiman que el barril de crudo podría cruzar los USD 150 en el transcurso del 2026 y los iraníes no descartan que toque los USD 200, marcando una multiplicación por tres de su valor inicial, similar al salto que pagó en la crisis del petróleo de 1973.

    «Las petroleras estadounidenses emergen como el refugio natural. ExxonMobil (XOM) y Chevron (CVX) capturan la suba del crudo con producción propia en Norteamérica, lejos del fuego cruzado», comentó a LPO Damián Vlassich, líder de Estrategias de Inversión en IOL.

    «Los beneficios de la guerra para la Argentina son a mediano plazo, pero la suba de precios es inmediata»

    Para el ejecutivo, hay dos compañías latinoamericanas que también aportan valor dentro del sector. «Vista Energy (VIST) se destaca como un activo estratégico. Al operar en Vaca Muerta, permite capturar los precios internacionales del petróleo sin exposición al riesgo operativo o logístico del Golfo Pérsico. Por su parte, el gigante brasileño Petrobras (PBR) es otro de los grandes beneficiarios tácticos. Con su masiva producción offshore en el Presal y una estructura de costos competitiva, Brasil se consolida como un proveedor alternativo de peso para el mercado global», indicó.

    Pero el fenómeno no sólo abre oportunidades en las acciones directamente petroleras, también empuja compañías petroquímicas con gas asegurado, como las norteamericanas, que en eso se diferencias de las europeas o asiáticas que ahora enfrentarán los problemas de suministro de gas.

    El newsletter especializado Snacks señaló este viernes que empresas como Mosaic (MOS), CF Industries (CF), Dow (DOW) y Lyondell Bassell (LYB) son las que mejor encajan en ese perfil y no por casualidad están subiendo fuerte en Wall Street.

    Incluyendo algunas de estas empresas en el portafolio los inversores podrían aprovechar la rentabilidad en caso de que el precio del petróleo siga subiendo, pero hay que aclarar que se trata de un segmento muy volátil y también puede bajar fuerte el barril si la guerra se termina. Por eso, si apostar por estas acciones de forma individual resulta muy complejo por su extrema volatilidad, siempre existe la posibilidad de comprar el ETF XLE que replica el comportamiento de todo el sector y atenúa los barquinazos.

     

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