¿Qué es la teoría de la “agenda setting”?

Escribe Fabricio Cardelli

La «Agenda Setting» es el poder que tienen los grandes medios de instalar los temas de los que debate la opinión pública, por ejemplo:

1- Para empañar la discusión del impuesto a las grandes riquezas (en defensa del poder real) instalaron que los políticos se bajen el sueldo, medida que no tendría real incidencia económica para palear la crisis actual.
La mayoría (según una encuesta de hace días) está a favor de gravar la riqueza de multimillonarios pero el dato curioso es que del estudio resulta que el 20% de los consultados no sabía de qué se trataba el proyecto.

2- Ahora estás hablando y discutiendo sobre la salida de los presos como si la decisión de liberales fuera competencia del Ejecutivo. Y como si te importaran, ¿no?. Fíjate cómo no estás repudiando el pedido de domiciliara de genocidas.

3- ¿Qué evitaron discutir con esta imposición mediática? Por ejemplo, las condiciones de hacinamiento de las villas de Caba, donde la población (como todas las zonas vulnerables del país) es más permeable al contagio del covid-19, como pasó en la villa 31 en la semana (estuvo 5 días sin agua potable).
Otro de los factores que omiten los medios de masas en el debate público es el desastre ambiental como origen del covid-19. Así evitan hablar del ecocidio globalizado, responsabilidad de multinacionales que en su mayoría son accionistas de estos pulpos mediáticos.

Esto muestra cuál es la batalla cultural: por el sentido común. Ese que los medios de masas insistirán en conservar para que sus dueños conserven su posición dominante.

El rol de los medios tradicionales fue interpelado en Argentina de sobremanera durante la última década, y ya nadie puede hacerse el distraído. Y vos.. ¿De qué lado estás?

°°°

ESTO CIRCULÓ EN LAS REDES EL DÍA 23 DE ABRIL DE 2020 DURANTE TODO EL DIA, EN HORARIOS PICOS.

ESTA ACTUALIZACIÓN SE REALIZÓ EN UN HORARIO CON MENOR AUDIENCIA CON MENOR EFECTO DE PENETRACIÓN EN EL ESPECTADOR, PERO SE OLVIDARON DE UN DETALLE, LA URL AÚN CONSERVA EL TÍTULO INTENCIONAL.

Mientras tanto se asegura que la «libertad condicional o libertad asistida se redujo en un 6,59% menos» que el año pasado (2019), asi lo confirman las fuentes consultadas por LA NACION.


Cacerolazo: Las personas que participaron hoy… ¿son las mismas que participan en las marchas por los femicidios?

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  • El Gobierno busca impedir el cobro de impuestos provinciales en oficinas nacionales y lleva la pelea con Kicillof a la Corte

     

    El gobierno de Javier Milei lleva hasta las últimas instancias su pelea con el gobierno de Axel Kicillof por el cobro de impuestos provinciales en oficinas que dependen de Nación y este martes acudió a la Corte Suprema.

    La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991.

    Con la excusa desregulatoria, el Ministerio de Justicia de la Nación comunicó en agosto de 2024 la caducidad del aquel convenio del 91. Tras eso, la Agencia de Recaudación bonaerense, Arba, sacó una resolución donde dispuso que los registros debía seguir actuando como agentes de percepción de esos impuestos.

    El gobierno libertario judicializó esa resolución al denunciar un «desbordamiento de competencias provinciales en detrimento del esquema federal».

    Un juez de primera instancia hizo lugar a la cautelar solicitada por Nación pero, en septiembre pasado, la Cámara Federal de La Plata revocó ese fallo y restituyó la potestad de la Provincia de poder cobrar esos impuestos en las ventanillas del Registro Automotor.

    El gobierno de Kicillof denunció que Milei le debe a la Provincia $12,1 billones 

    Ahora, el Ministerio de Justicia presentó un recurso de queja que tramita en la Secretaría Judicial N° 4 del Máximo Tribunal pidiendo que la Corte revoque la decisión de la Cámara del martes pasado, que declaró inadmisible el recurso extraordinario que había interpuesto en rechazo al fallo de segunda instancia.

    «No existe lugar a dudas que la convalidación de la inconstitucionalidad e ilegitimidad de la Resolución N° 26/2024, configura un supuesto de gravedad institucional que habilita la revisión por parte del máximo tribunal», señalan los apoderados del Ministerio de Justicia nacional en la presentación de este martes a la Corte a la que tuvo acceso LPO.

    En el fallo de Cámara señaló que las cuestiones de fondo deben resolverse en una sentencia definitiva y no en una cautelar, además de marcar que las oficinas del Registro Automotor funcionaron como agentes de recaudación durante 34 años sin afectar el servicio registral.

     La disputa es por el cobro de los Impuestos provinciales a los Automotores y de Sellos en dependencias del Registro Nacional de la Propiedad Automotor, algo que se realiza desde hace más de 30 años a partir de un convenio que data de 1991. 

    Lo que está en juego con esta disputa es la cobrabilidad inmediata de esos tributos. Una interrupción intempestiva del cobro de esos impuestos en las oficinas donde se vienen pagando hace más de tres décadas, podría impactar directamente en la percepción de tales tributos y, por ende, de la recaudación provincial.

    En Arba habían celebrado el fallo de la Cámara al señalar que «ratifica las potestades tributarias de las provincias y, en particular, su facultad para administrar tributos directos como el de este caso». 

     

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