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Los talleres de la Escuela de Arte se muestran en la Plaza de los Próceres

El próximo domingo a partir de las 18 horas se podrán apreciar algunos de los talleres que ofrece la Escuela Municipal de Arte para este año.

En el espacio denominado ‘Escuela Abierta’, la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina propone a los vecinos disfrutar, en este caso, de canto, piano, ukelele, guitarra, árabe y escultura para niños.

Cabe recordar que se encuentran abiertas las inscripciones para participar de los distintos talleres. Los interesados pueden dirigirse a la sede de la Escuela en Brasil 91 o al WhatsApp 298 465 0817.

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    La Neuquinidad, el espacio político que lidera el gobernador Rolando Figueroa, presentó en el Congreso su primer proyecto de ley. Se trata de Ficha Limpia, una iniciativa que existe en Neuquén y que buscan replicar a escala nacional, para impedir que personas condenadas accedan a cargos públicos.

    «Antes que termine el año queremos seguir honrando la palabra. Vamos a presentar en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores de la Nación el proyecto de Ficha Limpia. Esa Ficha Limpia que ya está aprobada en la provincia de Neuquén y que queremos que la República Argentina también la respete», dijo Figueroa, tras reunirse con la senadora Julieta Corroza y la diputada Karina Maureira.

    «Es parte de nuestro modelo de gobierno en Neuquén, porque no solo tenemos que garantizar la responsabilidad de todos nuestros funcionarios sino también su transparencia», sostuvo la senadora Corroza.

    Por su parte, Maureira recordó que este era un compromiso de campaña: «Lo dijimos y cumplimos. Ficha Limpia llega al Congreso de la Nación porque Neuquén representa integridad y honestidad», dijo.

    El gobernador Figueroa explicó que la iniciativa, que lleva la firma de ambas legisladoras nacionales, «toma aspectos de la que ya funciona en Neuquén» y puso de relieve el hecho de que se trata de la «ley más contundente y exigente del país».

    En ese sentido, el proyecto de La Neuquinidad implica que nadie con antecedentes penales pueda acceder a una candidatura ni ser designado en un cargo de la función pública.

    En la gestión de Figueroa señalaron que el proyecto pretende incorporar nuevas herramientas que velen por el cumplimiento del principio de transparencia y la implementación de mecanismos para prevenir casos de corrupción.

    «Se trata de brindar una nueva mirada sobre los supuestos contemplados en el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos e introducir una limitación respecto a quienes pueden ser nombrados por el Poder Ejecutivo para desempeñar cargos públicos», detallaron.

     En la elaboración del proyecto de ley tomaron como modelo la legislación sancionada en la Provincia del Neuquén, que se destaca por su rigurosidad y espíritu de avanzada en la materia. 

    Plantearon que es tiempo «de reformular viejos esquemas» y «erradicar los efectos nefastos que produce la corrupción», consagrando supuestos de inhabilitación que resguarden no sólo el erario público sino también a la totalidad de los bienes jurídicos protegidos por el ordenamiento normativo. Argumentaron que el objetivo de este proyecto de ley es «elevar los estándares de integridad, transparencia y ética que la ciudadanía exige de sus representantes».

    En la elaboración del proyecto de ley tomaron como modelo la legislación sancionada en la Provincia del Neuquén, que se destaca por su rigurosidad y espíritu de avanzada en la materia.

    «Dicha normativa provincial constituye un precedente y un punto de referencia para promover, en el orden nacional, criterios homogéneos que refuercen la confianza ciudadana en las instituciones democráticas y aseguren que quienes ocupen cargos públicos lo hagan con la idoneidad moral y la probidad necesarias».

    A tal fin propusieron modificar el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, incorporando nuevos supuestos de inhabilitaciones:

    * No podrán ser candidatos a cargos representativos ni partidarios quienes hayan sido condenados por delitos dolosos comunes o federales, en tanto cuenten con sentencia confirmada en segunda instancia o cuando haya quedado consentida si el condenado no hubiese interpuesto impugnación o recurso respectivo.

    * Tampoco podrán serlo quienes hayan sido condenados por delitos previstos en el Título XI -Delitos contra la Administración Pública- del Libro Segundo del Código Penal.

    * Ni los condenados tanto por delitos de Tráfico de Estupefacientes previstos en la Ley Nacional 23.737 como por delitos del Régimen Penal Tributario previstos en la Ley Nacional 27.430.

    * También se incluye a quienes sean inhabilitados por juicio político u otro procedimiento constitucional o legalmente previsto para el impedimento, la expulsión, destitución, remoción e inhabilitación del cargo o la función pública. 

     

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    En silencio, se publicó la Resolución que lleva al Ministerio de Seguridad a convertirse en «El Gran Hermano»

     

    Bajo el lenguaje técnico de la “interoperabilidad”, el Ministerio de Seguridad habilitó el acceso automático y en tiempo real a bases de datos sensibles. Sin debate público ni control parlamentario, la Resolución 1404/2025 profundiza una lógica de vigilancia permanente que concentra poder y erosiona garantías.

    Por Roque Pérez para NLI

    El backend del control

    La Resolución 1404/2025, firmada por el Ministerio de Seguridad Nacional y publicada hoy en el Boletín Oficial, no crea una nueva base de datos ni anuncia cámaras adicionales. Hace algo más eficaz: automatiza y normaliza el acceso de las fuerzas federales al SIFCOP mediante APIs y servicios web, integrándolo a sus sistemas internos en tiempo real. En términos políticos, reduce fricciones para mirar y acelera la capacidad de actuar.

    El SIFCOP reúne pedidos de captura, prohibiciones de salida del país, búsquedas de personas, secuestros vehiculares y datos sobre documentos y armas. Hasta ahora, ese acceso exigía pasos y tiempos. Desde ahora, la consulta puede ser constante, silenciosa y transversal, sin que el ciudadano sepa cuándo ni por qué fue consultado.

    De la excepción a la rutina

    El problema no está solo en qué datos existen, sino en cómo se usan. La resolución convierte lo excepcional en cotidiano: consultas automáticas, cruces en segundo plano, alertas internas. La vigilancia deja de ser un acto puntual para convertirse en una función permanente del sistema. Así, el control se vuelve burocrático, técnico y difícil de impugnar.

    Aunque el texto prohíbe usos ajenos a la seguridad pública y promete auditorías, la experiencia argentina demuestra que la trazabilidad no siempre implica sanción. Más usuarios, más credenciales y más integraciones significan más superficie de riesgo para filtraciones, abusos o “carpetazos” sin firma.

    Sin contrapesos democráticos

    Nada de esto pasó por el Congreso. No hubo debate público ni evaluación de impacto en derechos. La norma concentra poder informacional en la cartera de Seguridad, que decide quién accede, cómo y con qué límites, y además se reserva la facultad de dictar actos complementarios. El control judicial queda relegado a ver resultados (detenciones, procedimientos), no el uso cotidiano de los datos.

    En términos institucionales, la resolución ensancha la discrecionalidad de las fuerzas federales y profundiza asimetrías con provincias y CABA, que dependen del acceso autorizado a un backend centralizado.

    El Gran Hermano del siglo XXI

    No es el ojo visible de la pantalla gigante. Es el Gran Hermano del backend: legal, eficiente, permanente. Como en 1984, el control no necesita mostrarse; alcanza con que funcione todo el tiempo. La certeza de que el Estado puede mirar, cruzar y actuar en tiempo real disciplina conductas y desplaza derechos, sin necesidad de anuncios grandilocuentes.

    La Resolución 1404/2025 no es ilegal ni improvisada. Es peor: es prolija, técnica y silenciosa. Y en ese silencio administrativo se consolida una forma de vigilancia que avanza sin votos, sin debate y sin límites claros.

     

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