LAS HORAS CONTADAS

El municipio reginense, con Carolina Cailly como representante legal, presentó una medida cautelar ante el juzgado civil N°21 donde se solicitó el cese de la demolición de la chimenea Fioravantti, el recurso fue aceptado por la jueza Paola Santarelli, pero el trabajo realizado sobre las bases de la construcción ya no puede retrotraerse. Si bien su estructura se mantiene firme, abandonarla en esas condiciones es peligroso y reparar el daño imposible.Su derribe es inevitable.

En 2006 la chimenea fue decretada monumento histórico por el Concejo Deliberante, pero hasta ahí llegó el esfuerzo comunal por defender el patrimonio. Ya que la ordenanza en sí misma no la resguarda de la decisión del propietario del terreno de derribarla. Los circuitos legales que debieran haber continuado, no lo hicieron.

A poco más de 80 años, el símbolo de la economía regional, de la primer fábrica del Alto Valle, desaparecerá. Aunque la historia no siempre son los objetos sino que pueden ser los sujetos los que pueden mantenerla viva a partir de sus recuerdos y relatos.

La chimenea de la primera fábrica del Alto Valle tiene 43,5 metros de altura, pesa más de 400 toneladas y fue construida en 1932.

Para conocer un poco más acerca de la historia de Villa Regina podés leer los libros «Me lo contó mi abuelo» y «Las historias que nos unen» de la historiadora reginense Silvia Zanini.

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    Milei retoca las “cajas chicas” del Estado y amplía el margen de discrecionalidad interna

     

    Con un decreto publicado a fin de año, el Gobierno modificó el régimen de Fondos Rotatorios: habilita ampliaciones automáticas cuando se transfieren programas, refuerza el poder de Hacienda y consolida un esquema de manejo cotidiano del dinero público por fuera de licitaciones.

    Por Roque Pérez para NLI

    Mientras el discurso oficial insiste en la “motosierra” y el ajuste permanente, el Decreto 926/2025 publicado hoy en el Boletín Oficial introduce cambios clave en la administración diaria de fondos estatales que merecen una lectura política más allá del tecnicismo contable. La norma modifica el Decreto 1344/2007 —reglamentario de la Ley de Administración Financiera— y reordena el funcionamiento de los llamados Fondos Rotatorios, es decir, las cajas chicas de los organismos públicos.

    Estos fondos permiten afrontar gastos corrientes y urgentes sin pasar por el régimen general de contrataciones. Justamente por eso, históricamente han sido un punto sensible en términos de control y discrecionalidad.

    Más margen para los organismos que reciben programas

    El eje central del decreto aparece cuando se habilita que, si durante el año el Poder Ejecutivo transfiere programas presupuestarios entre organismos, el área que recibe esas funciones pueda ampliar automáticamente su Fondo Rotatorio hasta un 3 % adicional del presupuesto transferido.

    En paralelo, el organismo que cede el programa deberá reducir su propio fondo. En términos políticos, el decreto acompaña y lubrica la reconfiguración permanente del Estado que impulsa Milei, donde ministerios, secretarías y programas cambian de manos con frecuencia.

    El resultado es claro: cada reorganización administrativa viene acompañada de una ampliación de la caja disponible para gastos inmediatos, sin licitación y con controles posteriores.

    Hacienda concentra poder y regula discrecionalmente

    El decreto también refuerza el rol de la Secretaría de Hacienda, que queda facultada para autorizar Fondos Rotatorios por debajo del tope legal del 3 % si considera que un organismo tuvo fondos “ociosos” el año anterior.

    En los hechos, esto implica una herramienta política de premio y castigo: quien ejecuta como espera el Ministerio de Economía mantiene margen operativo; quien no, ve restringida su caja diaria. Centralización de decisiones financieras en un contexto de fuerte verticalismo presidencial.

    Menos cuentas, más opacidad cotidiana

    Otro cambio relevante es la eliminación de los Fondos Rotatorios Internos de menor cuantía, bajo el argumento de reducir cuentas bancarias y fomentar pagos electrónicos. El Gobierno lo presenta como modernización y transparencia, pero en la práctica concentra movimientos financieros en menos cuentas y menos áreas, algo que no necesariamente equivale a mayor control social o parlamentario.

    Todo esto ocurre sin modificar un dato estructural: los gastos realizados por Fondos Rotatorios siguen excluidos del régimen de contrataciones del Estado. Es decir, continúan siendo un canal rápido, flexible y poco visible para el uso de recursos públicos.


    En síntesis, el Decreto 926/2025 no contradice el relato de ajuste: lo complementa. Mientras se recortan políticas públicas, se afina el mecanismo que permite al Ejecutivo manejar con mayor libertad la caja cotidiana del Estado, especialmente en un escenario de reestructuraciones constantes. Menos Estado para la sociedad, pero más margen interno para decidir cómo y cuándo se gasta.

     

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