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LA MESA ESTÁ FUMIGADA

El agronegocio convirtió a todo el sistema alimentario en un riesgo para la salud. Hasta un típico menú que el nutricionismo considera saludable.

Te presentamos con datos oficiales e investigaciones de la ciencia o informes autogestivos de matrices ambientales, que demuestran como un menú saludable es impactado negativamente por el agronegocio a través de residuos de agrotóxicos, transformando una determinación esencial para una buena salud como lo es la alimentación saludable, en un factor de riesgo.

Se focaliza en la noción de un típico menú saludable para graficar hasta que punto el Agronegocio afectó el derecho a la alimentación. Porque en realidad, el agronegocio transformó a todo el sistema agroalimentario en un riesgo para la salud.

MENU SALUDABLE 

– Pescado con Papa y rodajas de Cebolla, Tomate, Ajo y Limón.
– Ensalada de Espinaca, Morrones, Lechuga y Huevo.
– Copa de Frutas (Anana, Frutilla, Naranja, Durazno y Manzana) con crema.
– Pancitos de Salvado de Trigo.
– Agua.

—————–

PLATO PRINCIPAL

Pescado/Sábalo 3 Agrotóxicos en los músculos
Glifosato y ampa 3303 ug/k
Glufosinato de Amonio 677 ug/k
Piraclostrobina 50 ug/k
Link

Papa 14 Agrotóxicos
Acefato 8300 ug/k
Heptacloro 440 ug/k
Metamidofos 100 ug/k
Link

Cebolla 10 Agrotóxicos
Metoxifenocide 921 ug/k
Acefato 330 ug/k
Link

Tomate 30 Agrotóxicos
Metiltiofanato 40 ug/k
Metamidofos 20 ug/K
Haloxifop 20 ug/k
Tebuconazole 20 ug/k
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Limón 29 Agrotóxicos
Imazalil 9360 ug/k
Tebuconazole 5500 ug/k
Azoxistrobina 2700 ug/k
Propiconazole 3200 ug/k
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Ajo 3 Agrotóxicos

Link

——————

ENSALADA

Espinaca 8 Agrotóxicos
Clorpirifos 28 ug/k
Deltametrina 40 ug/k
Cipermetrina 20 ug/k
Metalaxil 20 ug/k
Link

Morrones 37 Agrotóxicos
Acefato 2500 ug/k
Imidacloprid 1472 ug/k
Metiltiofanato 724 ug/k
Acetamiprid 289 ug/k
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Lechuga 26 Agrotóxicos
Cipermetrina 8230 ug/k
Dimetoato 3300 ug/k
Fludioxonil 1900 ug/k
Ciprodinil 1300 ug/k
Link 

—————-

POSTRE

Anana 19 Agrotóxicos
Benomil-Carbendazim 8400 ug/k
Procloraz 2090 ug/k
Fludioxonil 1150 ug/k
Cipermetrina 490 ug/k
Link

Frutilla 24 Agrotóxicos
Iprodione 2590 ug/k
Procimidona 500 ug/k
Boscalid 450 ug/k
Propargite 334 ug/k
Link

Naranja 30 Agrotóxicos
Propiconazole 62900 ug/k
Imazalil 52700 ug/k
Cipermetrina 230 ug/k
Azoxistrobina 990 ug/k
Link

Durazno 28 Agrotóxicos
Benomil-Carbdendazim 636 ug/k
Fludioxonil 610 ug/k
Pirimetanil 383 ug/k
Imidacloprid 290 ug/k
Link

Manzana 33 Agrotóxicos
Difenilamina 3430 ug/k
Pirimetanil 3100 ug/k
Metiltiofanato 2600 ug/k
Benomila-Carbendazim 1900 ug/k
Link

Crema/leche 1 Agrotóxico
Atrazina 20,97 ug/l
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– PANES DE SALVADO

Trigo 8 Agrotóxicos
Clorpirifos 1770 ug/k
Diclorvos 2520 ug/k
Link

 VASO DE AGUA

Agua 10 Agrotóxicos
Glifosato 2,5 ug/l
Atrazina 20 ug/l

Fuente
https://naturaleza.ar/contenido/1209/la-mesa-envenada-esta-servida

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  • Santa Fe: Imputan a 6 policías por la muerte de un preso y el gobierno objeta al fiscal

     

    La imputación contra seis policías de la ciudad de Santa Fe que según la fiscalía llevaron a la muerte a un detenido produjo impacto, controversia y alarma a nivel social e institucional. Este miércoles el fiscal actuante pidió medidas de prisión preventiva para los efectivos que, de mantenerse la acusación, se enfrentan a penas de prisión perpetua. El gobierno de Maximiliano Pullaro consideró precipitada la imputación preliminar y que la policía se puede sentir desguarnecida ante un proceder como el que lleva el fiscal interviniente. El ministro de Seguridad, Pablo Cococcioni, anunció que la cartera a su cargo pagará la defensa privada de los acusados.

    La situación planteada por el fiscal Ezequiel Hernández es de una gravedad institucional apabullante. El funcionario adjudicó tortura seguida de muerte a seis policías por el hecho que en la comisaría 8ª de la ciudad de Santa Fe llevó al deceso a Mauro Daniel González, una persona bajo una aparente crisis psicológica, en enero pasado. Las medidas cautelares se discutieron este miércoles, cuando el fiscal pidió la prisión preventiva para los seis uniformados investigados. A ese reclamo se sumó el del abogado querellante que representa a los familiares de la víctima. Tras diez horas de trámite la audiencia entró en cuarto intermedio.

    Esto se produce a dos meses de que siete policías terminaran condenados por la Justicia Federal por un allanamiento ilegal en una vivienda en Rosario concretado en agosto de 2024, donde efectivos de la Policía de Acción Táctica (PAT) llegaron a buscar droga, tras torturar a dos dealers con picana eléctrica.

    Ahora, el fiscal Hernández acusa a cinco policías del Comando Radioeléctrico y a uno del Cuerpo Guardia de Infantería. Son cuatro hombres y dos mujeres. El sábado pasado, en la audiencia inicial, el fiscal dijo que «los policías investigados sometieron a la víctima a graves sufrimientos físicos y psíquicos que provocaron su fallecimiento». Al respecto, indicó que «los agresores crearon y aceptaron con total indiferencia el evidente riesgo letal de su conducta».

    Intriga en el gobierno por el asesinato de un policía que mandó Monteoliva para reforzar la seguridad de Rosario

    Este miércoles, familiares de los policías acusados se movilizaron en Santa Fe para indicar que la acusación es desmesurada y no se ajusta a lo que ocurrió. Estos fueron al mismo tiempo resguardados por el ministro de Seguridad de Santa Fe, quien sostuvo que la imputación produce un efecto «similar a una condena» a los implicados. Y dijo que se buscaba una defensa eficaz «para controlar barbaridades» de los fiscales. Lo hizo recordando dos casos recientes en Santa Fe de policías imputados durante años en causas semejante que, aunque los trámites no están cerrados, resultaron absueltos en primera instancia.

    Esto se produce a dos meses de que siete policías terminaran condenados por la Justicia Federal por un allanamiento ilegal en una vivienda en Rosario concretado en agosto de 2024, donde efectivos de la Policía de Acción Táctica (PAT) llegaron a buscar droga, tras torturar a dos dealers con picana eléctrica.

    El caso que está en audiencia este miércoles también genera un debate más amplio porque se trató de la intervención policial frente a un conflicto surgido con una persona que tenía una crisis relacionada con el consumo de algún tipo sustancia adictiva. Lo que recrea la pregunta si debe ser la policía, sin formación para eso, la que debe intervenir en circunstancias donde puede haber violencia no provocada en hechos delictivos, sino por cuestiones de salud mental.

     El ministro de Seguridad de Santa Fe, Pablo Cococcioni. 

    El deceso de Mauro Daniel González fue el sábado 17 de enero pasado. Tenía 35 años y fue detenido en la puerta de su casa en el barrio Yapeyú de Santa Fe por una denuncia al 911 sobre disturbios. La detención la produjeron policías de calle que lo llevaron a la comisaría 8ª. Tras el arresto la fiscalía ordenó la liberación de González pero personal de la comisaría advirtió que había fallecido allí.

    Pullaro logró el fallo que esperaba para dar un mensaje clave de su política hacia la policía

    El ex juez penal Rodolfo Mingarini se convirtió en querellante por la familia del fallecido y denunció que había muerto por apremios ilegales. Eso lo tomó el fiscal Hernández, quien el sábado pasado dijo ante la jueza Cecilia Labanca que «los policías investigados sometieron a la víctima a graves sufrimientos físicos y psíquicos que provocaron su fallecimiento». Al respecto, indicó que «los agresores crearon y aceptaron con total indiferencia el evidente riesgo letal de su conducta».

    El fiscal Hernández dijo en audiencia que dos policías fueron a buscar a González ya que tenía una «crisis subjetiva» y se había pedido presencia policial. «Los uniformados incumplieron los estándares de actuación que ordenan dar intervención a personal sanitario y privaron a la víctima de su libertad mediante un uso ilegítimo, excesivo y desproporcionado de la fuerza», aseveró el fiscal. «Los funcionarios policiales sujetaron a González violentamente, lo hicieron caer y le colocaron esposas», sostuvo y agregó que «luego llegaron los otros investigados y, entre todos, lo agredieron mientras estaba en el suelo».

    Los policías investigados sometieron a la víctima a graves sufrimientos físicos y psíquicos que provocaron su fallecimiento. Los agresores crearon y aceptaron con total indiferencia el evidente riesgo letal de su conducta.

    El fiscal también indicó que «los agentes de la fuerza de seguridad arrojaron a la víctima a la caja de una camioneta policial y allí siguieron aplicándole malos tratos». Mencionó que «un familiar del hombre atacado alertó a los agentes que González había tenido una cirugía abdominal pero, en vez de deponer su actitud, actuaron de forma coordinada para incrementarle el dolor».

    «Algunos de los integrantes del Comando imputados trasladaron a la víctima en la camioneta a la que lo habían obligado a subir, el cual era seguido por otro vehículo oficial en el que iban los demás», afirmó Hernández. «Durante ese traslado, los policías agredieron nuevamente a González, quien tenía puestas esposas y no podía defenderse de ningún modo», manifestó.

    «Dentro del auto, le dieron golpes con los puños y con un bastón o escopeta», enfatizó el fiscal en la audiencia. «Las sucesivas torturas le causaron a la víctima por lo menos veinte lesiones visibles en distintas partes del cuerpo, entre las que estaba la fractura de una costilla, lo que deterioró el funcionamiento de su organismo», especificó el fiscal.

    «A sabiendas de que estaba en ese estado precario de salud y prácticamente inconsciente, en lugar de concurrir inmediatamente a un centro de salud, los uniformados fueron hasta una estación de servicios», puntualizó. «En la dependencia policial, ingresaron a González a un calabozo y lo dejaron solo y sin asistencia a pesar de su grave estado de salud», detalló.

    A los cinco policías del Comando se les endilgó la coautoría de tortura seguida de muerte. Por su parte, el integrante de la Guardia de Infantería fue imputado como coautor de vejaciones calificadas, por el grave daño ocasionado a la salud de la víctima.

    Fuentes del gobierno provincial indicaron a LPO que la actual acusación es desmesurada para los seis implicados, lo que no implica que no haya existido algún tipo de violencia. Deslizan que el médico habría visto al detenido y que la muerte fue porque se broncoaspiró. Al menos buscan que esta acusación inicial de Hernández quede matizada y por eso Cococcioni anunció que su cartera sufragará «hasta cierto monto» los honorarios de una defensa privada para los policías.

    El ministro del elenco de Pullaro recordó las definiciones de dos casos donde hubo muertes en comisaría en Rosario que terminaron con absoluciones en primera instancia. Uno es el caso de Franco Casco, que apareció muerto en el río Paraná tras ser detenido en la comisaría 7. Un tribunal absolvio en fallo dividido a los 19 policías acusados en 2023, pero la Cámara Nacional de Casación ordenó después revisarlo, por lo que permanece sin definición firme.

    El segundo caso es el de la muerte de la bibliotecaria María de los Angeles Paris en la comisaría 10ª en mayo de 2017. La fiscalía pidió cuatro años para cinco policías por destratos que según el planteo le causaron la muerte. Un tribunal de juicio absolvió a los policías por unanimidad.

    «Uno puede ver cuántos casos hubo de funcionarios imputados. Se los detiene y el caso es exhibido de manera muy escandalosa, su carrera queda paralizada con enormes perjuicios que rara vez tienen una reparación adecuada y salen absueltos seis, siete u ocho años después», dijo el ministro Cococcioni al indicar que la provincia pagará las defensas de los ahora implicados en el caso de Santa Fe.

    Uno puede ver cuántos casos hubo de funcionarios imputados. Se los detiene y el caso es exhibido de manera muy escandalosa, su carrera queda paralizada con enormes perjuicios que rara vez tienen una reparación adecuada y salen absueltos seis, siete u ocho años después.

    Pullaro afirmó este martes que le había pedido a su máximo colaborador de seguridad que siguiera con mucha atención el caso. «No hago juicio de valor sobre esta situación porque sería imprudente de mi parte, pero sí hubo casos de estas características en donde posteriormente la investigación determinó la absolución de culpa y cargo de los policías», señaló el gobernador.

    Frente al caso que terminó con condena por el allanamiento ilegal contra siete efectivos de las PAT, dos de los cuales fueron señalados por uso de picana eléctrica lo que admiten incluso en las conversaciones extraídas de sus celulares, el gobierno no se había pronunciado.

    Desde el momento de asumir, Pullaro se dio una política manifiesta de apoyo a integrantes de fuerzas de seguridad que estuvieran implicados en situaciones de violencia en cumplimiento de servicio, lo que muy a menudo atribuyó a visiones desacertadas de los acusadores.

    El punto más empinado de esta prédica fue con el caso de Maximiliano Nocelli, que estaba condenado a 25 años de prisión por matar a dos asaltantes en un robo, para revertir esa sentencia. Quedó acreditado que hubo un enfrentamiento donde el policía intervino en una acción de robo y luego hubo valoraciones diferentes sobre si al disparar actuó de manera legítima o produjo un doble homicidio agravado. Eso se saldó, tras una condena en doble instancia, con un tercer fallo que entiende que el policía fue condenado con arbitrariedad. Pero hubo una presión del Poder Ejecutivo de Santa Fe para llegar a este resultado ha sido manifiesta, donde un gobernador con supremacía legislativa indicó lo que tiene que hacer el Poder Judicial. Y el Poder Judicial lo siguió cuando había dos fallos previos en los que dos tribunales colegiados –seis jueces en total en doble instancia– habían llegado a una condena por unanimidad.

    Este miércoles el ministro de Seguridad santafesino dijo que el que implica ahora a los seis policías merece un especial cuidado y que por eso el gobierno los asiste con una defensa particular. Dijo que eso no iba en contra del Ministerio Público de la Defensa. Pero recordó que esa institución del sistema penal en Santa Fe tuvo «un discurso profundamente antipolicía en los primeros seis años» de su desempeño al comenzar a funcionar en 2014. Y agregó que el defensor provincial en ese período, que era Gabriel Ganón, emitió dos resoluciones que prohibían asistir a los defensores públicos a policías acusados en casos de violencia institucional.

    Cococcioni aseguró que no hubo medidas de parte del fiscal Hernández en este caso durante seis meses y que la primera medida fue ordenar las detenciones de los seis agentes por un delito que prevé la pena máxima. «Esta es una tipicidad penal que tiene requisitos muy estrictos. Todo muy lindo, pero después hay que probarlo», dijo el ministro.

     

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