¿INOCENTE?: HASTA QUE SE DEMUESTRE QUE SEA POLÍTICO/A.

Una de las tantas estrategias que tienen los partidos y sus candidatos/as es sacar a la luz la cantidad de causas en trámite, o finalizadas que tienen cada uno/a de sus rivales. En el medio, la prensa aprovecha y utiliza estos datos para transmitirlos de una manera muy distorsionada, generando así en la ciudadanía una situación de bronca, indignación y desinformación a la vez.

Es muy difícil tratar de explicar en pocos minutos, en un programa o en una nota, causas tan complejas en las que suelen revestir la calidad de “imputados/as” dichos candidatos/as. Una causa implica muchas aristas: lenguaje muy técnico, se muestran cuestiones procesales, de derecho, resoluciones, sentencias, etc. Cuestiones que, si no se aclaran de la mejor manera, se produce una total desinformación, generando así un criterio demasiado subjetivo que es absorbido por los receptores de esa información.

También es cierto que el conocimiento de ciertas cuestiones “de derecho”, son desconocidas por gran parte de la ciudadanía (los motivos son varios, pero no es su culpa), entre estas cuestiones encontramos derechos que están reconocidos por nuestra Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Constituciones Provinciales. Uno de estos derechos es la presunción de inocencia, ésta “constituye la máxima garantía constitucional del imputado, que permite a toda persona conservar el estado de “no autor del delito” en tanto no se expida una resolución judicial firme; por lo tanto toda persona es inocente, y así debe ser tratada, mientras no se declare en juicio su culpabilidad”. A su vez “el imputado no tiene que construir su inocencia y no debe ser tratado como culpable”.

Más claro todavía lo dice la Declaración Universal de Derechos Humanos en su artículo 11: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”.

Todo esto viene a colación por el hecho de que hay algunos/as que piensan que gran parte de la sociedad considera que el simple motivo de estar involucrado en una causa, y más si se trata de delitos como corrupción, implica la inmediata culpabilidad de la persona, y ante esto tenemos que preguntarnos:

¿El/la candidato/a, pierde legitimidad así?; ¿El pueblo se deja influir tan fácilmente por una noticia mal informada?

Estas dos preguntas a manera de reflexión quiero que se tengan en cuenta como un llamado de atención hacia los grandes medios y hacia los/las candidatos/as que subestiman la capacidad, la inteligencia y el poder de decisión que tienen nuestras sociedades. Pensar que las personas no simpatizan con un/a candidato/a por el gran número de causas que pueda tener sería un error grave, a su vez, como sociedad deberíamos plantearnos qué tipo de información es la que realmente debemos tener en cuenta a la hora de decidir y no caer en esa jugarreta en la que quieren que caigamos tanto los medios, como los candidatos/as, que pareciera que la única plataforma ideológica es “tirar basura” a su contrincante.

La gente necesita saber cuál será su presente y futuro económico, cómo se van a educar a los niños, niñas y adolescentes, cómo serán las jubilaciones de los adultos mayores, cómo erradicar la pobreza y generar igualdad económica, cómo será la salud del presente y la del futuro, cómo dar una calidad de vida digna y adecuada para todas las personas, etc.

    

Ya es momento de sacar de nuestra consciencia colectiva este jueguito periodístico y política barata que lo único que genera es correr el foco de lo que realmente importa.  

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    Juan Bautista Mahiques prepara el bordado final de la protección judicial para Claudio «Chiqui» Tapia y Pablo Toviggino en la causa que tramita contra la AFA, en el fuero comercial local, por la denuncia de Guillermo Tofoni.

    Como informó LPO, esta semana se publicó el decreto de designación de Javier Cosentino como juez de la Sala C en la Cámara de Apelaciones del fuero comercial, pero hasta el 16 de julio había sido el titular del Juzgado Nacional en lo Comercial N° 9, donde quedó radicada la denuncia.

    En efecto, Cosentino fue el magistrado que desestimó el embargo preventivo que reclamó Tofoni por los partidos amistosos disputados hace más de 5 años, antes que Tapia y Toviggino optaran por cortar el contrato con el empresario despechado y otorgarle el negocio al productor Javier Faroni. Tras el fallo del juez, Tofoni apeló y ahora la Sala C tendrá que resolver, justo donde recaló Cosentino.

    Fuentes judiciales deslizaron que el juez votado por el Senado el jueves pasado debería excusarse. El presidente de la sala es Eduardo Machin y, por ahora, venían subrogando Alejandra Tévez y Matilde Ballerini, quien cumpliría 75 años el próximo 6 de septiembre y solicitó hace meses la prórroga en su cargo al gobierno.

    La estrategia de Tapia y Toviggino para plantear la nulidad de las causas

    Atento, Mahiques apuró el lunes al senador Juan Carlos Pagotto, titular de la comisión de Acuerdos, para que convoque a audiencia pública para que defienda su pliego Ballerini el 4 de agosto. Entre el receso y las dificultades de Patricia Bullrich para conseguir las voluntades suficientes para sesionar, al oficialismo se le acota el margen de maniobra para aprobar nombramientos de jueces.

    Para cubrir la otra subrogancia, el gobierno logró que los senadores le otorguen estado parlamentario a la postulación de Valeria Pérez Casado, quien curiosamente compartió con Cosentino el desenlace del caso Indalo, la empresa de Cristóbal López.

    Tapia y Toviggino.

    En la causa de Oil Combustibles, el juez que dictó la quiebra, decretó la intervención de la petrolera y le otorgó la operación inicial a YPF fue Javier Cosentino, cuando estaba al frente del Juzgado Comercial Nº 8 y luego en las actuaciones del proceso. En tanto, Pérez Casado intervino en las etapas posteriores y la liquidación de fondos.

    Pero los pergaminos de esta candidata de Mahiques se fundarían en su actuación durante la quiebra de Cresta Roja, mientras se desempeñaba al frente del Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 18. «Cresta Roja es la Ciccone del macrismo», dijo un camarista a LPO.

    En el fuero comercial comentan también que Mahiques y la AFA no estarían dejando ningún detalle librado al azar, ni siquiera el sorteo para las subrogancias hasta que se aprueben las designaciones de los jueces para la Sala C.

    Su apreciación se basa en las quejas de los ex dueños de la firma, Rasic Hermanos, que acusaron a Mauricio Macri por el despojo de sus bienes. Cuando el Juzgado Comercial le entregó la empresa al consorcio Proteinsa SA, compuesto por Ovoprot, Tanacorsa y apoyado por el banco BTG Pactual, Karina Rasic, hija de los fundadores, acusó al gobierno de dársela a un amigo del colegio de Marcos Peña, tal como reveló Noticias.

    Pérez Casado, además, es miembro de la agrupación Compromiso Judicial, un sector de la magistratura con lazos históricos con el macrismo y el radicalismo. Allí milita José Luis López Castiñeira, un camarista de la Sala II del fuero contencioso administrativo federal que cultiva un vínculo muy cercano con el ministro de Justicia.

    En el fuero comercial comentan también que Mahiques y la AFA no estarían dejando ningún detalle librado al azar, ni siquiera el sorteo para las subrogancias hasta que se aprueben las designaciones de los jueces para la Sala C. Desde el 4° Piso de Roque Sáenz Peña 1211, dicen que, ante cualquier demora, podrían salir sorteados la propia Ballerini, quien ya viene ocupando una de las vocalías vacantes, o Jorge Djivaris, ex funcionario del gobierno porteño al que promovieron a la Sala B de la cámara para contribuir eventualmente en la causa Correo, tal como informó LPO.

    Por lo demás, los colegas de Cosentino se preguntan quién lo reemplazará en el juzgado N° 9. Su olfato indica que, por sorteo, podría tocarle la función a Pedro Giudice, flamante juez del fuero en cuya jura estuvieron Mahiques, la consejera Alejandra Provitola y el presidente de la Cámara de Casación Penal, Diego Barroetaveña, quien admitió el recurso de queja de la defensa de los presuntos testaferros de Toviggino, junto a Mariano Borinsky, para que la competencia de la causa recaiga en el juzgado de Campana, a cargo de Adrián González Charvay.

     

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    Ahora buscan que los gobernadores voten por extorsión. Los funden y después les prestan para que voten. Eso no es parlamentarismo, es extorsión.

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    En tanto, el martes estuvo con el correntino Juan Pablo Valdés, con quien repasó la agenda de trabajo entre ambas administraciones y conversó sobre las obras para el puente Alvear-Itaquí y el proyecto Puente Monte Caseros-Bella Unión.

    Mientras tanto, las conversaciones entre Casa Rosada y La Plata siguen cortadas. La orden de Karina a Santilli es no abrir con el gobierno de Kicillof ningún canal de diálogo.

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    Al día siguiente del anuncio de la llegada del Colo a la Jefatura de Ministros, el ministro de Gobierno, Carlos Bianco, contó que le envió una carta vía WhatsApp en la que le pidió retomar el diálogo entre Gobierno Nacional y Provincia.

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    Kicillof quiere que Milei le transfiera la autopista Presidente Perón, una obra a la que le faltan apenas 5 kilómetros para concluirse y que quedó paralizada.

    La autopista Perón es el tercer anillo de circunvalación del AMBA (el primero es la General Paz, el segundo es la ruta 4) y atraviesa 12 municipios. En 2024, los ministros Gabriel Katopodis (Infraestructura) y Javier Alonso (Seguridad) se reunieron con Patricia Bullrich (entonces al frente del ministerio de Seguridad) para iniciar las gestiones por el traspaso de la obra a la órbita de la provincia. Sin embargo, tras ese encuentro, no hubo ningún tipo de avance.

     

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  • La Justicia declaró inconstitucional la decisión de Caputo de dejar de informar los precios de los combustibles

     

     Una de las herramientas de Luis Caputo para contener la suba de precios acaba de recibir un revés judicial. El juez federal Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad de la resolución que eliminó la obligación de informar en tiempo real los precios de los combustibles. 

    El fallo dejó sin efecto la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, mediante la cual Caputo derogó el sistema creado en 2016 que obligaba a las estaciones de servicio a informar cada modificación de precios dentro de las ocho horas. Ese esquema alimentaba una base pública, permitía comparar valores entre estaciones y habilitaba denuncias cuando el precio cobrado no coincidía con el informado.

    Para el magistrado, la eliminación de ese mecanismo implicó un retroceso en el derecho de los consumidores a recibir información adecuada y veraz. Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.

    Caputo pisa los pagos del Plan Gas y usa la plata de las empresas para financiar la suba de subsidios a la energía

    Ramos Padilla también rechazó uno de los principales argumentos del Gobierno y de las empresas expendedoras. Señaló que, si los precios pasan a modificarse con mayor frecuencia mediante sistemas de «micropricing», la necesidad de contar con un mecanismo público, uniforme y actualizado resulta todavía mayor. En otras palabras, cuanto más dinámico es el mercado, más importante es que exista una ventana única que permita saber cuánto cuesta cargar combustible en cada estación.

    Ramos Padilla argumentó que el Estado no puede limitarse a argumentar que los precios están publicados en los surtidores o en las aplicaciones de las petroleras, porque esa información aparece dispersa, depende de cada empresa y no permite una comparación sencilla entre todos los operadores.

    La decisión judicial aparece en un contexto donde el precio de los combustibles ocupó un lugar central en la estrategia antiinflacionaria de Caputo. Durante buena parte de 2025 el Ministerio de Economía postergó o aplicó sólo parcialmente las actualizaciones del Impuesto a los Combustibles Líquidos y del impuesto al dióxido de carbono. La consecuencia fue un atraso tributario que evitó trasladar todo el aumento previsto por la ley al surtidor y ayudó a contener el impacto sobre el IPC.

    El juez federal Alejo Ramos Padilla.

    Ese esquema convivió con otra herramienta. Cuando el petróleo se disparó por la escalada en Medio Oriente, YPF anunció aumentos cercanos al 23%, pero aclaró que absorbería parte del incremento internacional para evitar un traslado pleno al mercado interno. La petrolera actuó como un dique que amortiguó parte de la presión externa y volvió a consolidar el papel del combustible como una de las variables utilizadas para estabilizar los precios.

    El problema apareció cuando el Brent inició el recorrido inverso. Con el barril bastante por debajo de aquellos máximos, las rebajas no llegaron al surtidor con la misma velocidad con la que habían sido absorbidas las subas. En un mercado donde además desapareció la obligación de informar cada modificación de precios en un sistema oficial, el seguimiento de esos movimientos quedó exclusivamente en manos de las empresas.

    La demanda fue presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), que sostuvo que la derogación debilitaba el control estatal y reducía la transparencia del mercado. El Gobierno respondió que la información seguía disponible mediante aplicaciones privadas y sitios web de las compañías, además de defender la medida como parte de la política general de desregulación impulsada por la administración de Milei.

    El juez descartó esos argumentos. Recordó que la propia resolución de 2016 había considerado insuficiente el viejo sistema de información mensual y cuestionó que el Estado eliminara la herramienta sin explicar por qué aquello que antes juzgaba inadecuado ahora alcanzaría para proteger a los consumidores. También remarcó que la Constitución obliga a garantizar información pública, comparable y fácilmente accesible, no simplemente la existencia de datos dispersos.

     

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