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Este sábado, ‘Elegí pescado’ llega a Regina

El próximo sábado 6 a partir de las 9 horas, llega a Villa Regina ‘Elegí pescado’, iniciativa del Ministerio de Producción y Agroindustria de Río Negro donde se podrá comprar pescados y mariscos de calidad a precios promocionales.

Será a partir de las 9 horas en el predio ferial ubicado frente a la Plaza de los Próceres respetando las medidas preventivas por COVID-19.

Quienes se acerquen podrán adquirir pez gallo, merluza, cazuela, hamburguesas, langostinos y mejillones.

El principal objetivo de la campaña es acercar este producto a la dieta diaria de los rionegrinos, razón por la cual se repite en distintos puntos de la provincia.

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  • Sobreseyeron a dos empresarios acusados de lavado por una maniobra ilícita del ex juez Bailaque

     

    Dos empresarios bursátiles de Rosario que estaban procesados por lavado de dinero de actividades ilícitas fueron sobreseídos por una razón muy poco habitual: el juez federal que les abrió la causa por ese delito, Marcelo Bailaque, hoy está con prisión preventiva por haberlo hecho para someterlos a un chantaje, en una maniobra coordinada con la máxima autoridad de la es AFIP en la ciudad y un financista, que también están imputados.

    La conclusión a la que se llegó es que el origen en extremo viciado de esta pesquisa, que hoy implica a funcionarios públicos imputados por corrupción institucional, no tiene validez como para considerar que las víctimas Claudio Iglesias y Jorge Oneto, los dos agentes de bolsa rosarinos bajo chantaje, deben seguir procesados. Por lo tanto la investigación contra ellos terminó por ilegítima e ilegal.

    Los fiscales de la Procuración de Lavado de Activos (Procelac) Diego Velasco y Juan Argibay Molina acuerdan incluso dejar sentado en la sentencia que el proceso contra Iglesias y Oneto no afecta su buen nombre y honor. Se levantaron todas las cautelares que les impedían salir del país y se cancelaron los embargos que se les trabajaron. La causa del sobreseimiento es que el hecho por el que los imputaron, según el artículo 336 inciso 2 del Código Procesal Penal, no existió.

    Este desenlace tiene más de una lectura. Pero la primera es que la causa contra Iglesias y Oneto fue producto de una barbaridad. Buscaron extorsionarlos. La causa contra ellos se tramó según se relató en audiencia en el SUM del ex juez federal Bailaque. Fueron partícipes el ex director regional de la AFIP en Rosario Carlos Vaudagna, el financista Fernando Whpei y el escribano santafesino Santiago Busaniche, conocido como lobista de la Justicia Federal en Comodoro Py.

    Los audios que revelan la presión de un lobista judicial para extorsionar a un agente bursátil de Rosario

    Lo que se hizo según el planteo de los fiscales fue abrir esa causa contra Oneto e Iglesias de modo de después paralizarla a cambio de un soborno. Iglesias declaró en juicio que realizó para ello cinco pagos hasta totalizar 160 mil dólares de los 200 mil dólares que le pidieron.

    La causa abierta contra Iglesias y Oneto fue a partir de un escrito anónimo, fuente muy irregular, que indicaba que ambos lavaban dinero de economías delictivas. En febrero de 2025 LPO que ambos fueron procesados y reportó los detalles de los procesamientos.

    Compromete al juez Bailaque el procesamiento de dos históricos agentes de bolsa rosarinos por lavar dinero

    Oscar Romera y Juan Ignacio Murray, abogados de los dos procesados, sostuvieron un argumento de impecable sentido común: los fiscales que actuaban contra su defendido eran los mismos que señalaban al juez que les abrió la causa que lo había hecho en el marco de una extorsión combinada con otros funcionarios. Había una contradicción flagrante. Los fiscales no podían avanzar contra Oneto e Iglesias cuando ellos mismos decían que en esa causa el juez había organizado en su propio quincho esa pesquisa que terminó en un chantaje por dinero.

    Los fiscales admiten que no se puede seguir con ese caso por esas mismas razones. Más cuando dos de los imputados en la extorsión, Vaudagna y Oneto, confesaron sus delitos en audiencia lo que va camino a un juicio abreviado donde les tienen que fijar pena.

    Desde el procesamiento a Iglesias y Oneto ambos aceptaron declarar y admitir que fueron chantajeados. Iglesias incluso declaró con lujo de detalles contra Bailaque y los coimputados señalando con detalles cómo, dónde y cuándo había hechos los pagos para que paralizaran la causa en su contra.

    Esto generó la suspicacia de que los fiscales pudieron seguir con el caso con el objetivo de que los imputados terminaran declarando en contra del ex juez, del funcionario de la AFIP y de Whpei que es el financista que aceptó haber hecho los cobros del dinero de la extorsión. Desde la fiscalía lo rechazan tajantemente. Pero se llegó a la sentencia en acuerdo entre los fiscales y los defensores de que la causa en la que se acusó a los empresarios bursátiles es ilegal. Por lo que el juez federal Carlos Vera Barros declaró la nulidad absoluta e insubsanable del decreto del 20 de agosto de 2019 -mediante el cual el ex juez Bailaque dio trámite a la causa- y de todos los actos procesales subsecuentes que de él depende.

    Vera Barros recoge situaciones bizarras mostradas en la audiencia contra Bailaque que exponen el armado de la causa contra los ahora sobreseídos. Afirma que «cobra sentido la discordancia horaria señalada por la defensa como dato demostrativo de la irregularidad de origen la circunstancia de que la denuncia contra sus asistidos habría sido recibida en el Juzgado Federal N° 4 el día 14 de agosto de 2019 a las 12:35 horas, mientras que la denuncia anónima que le habría servido de sustento fue registrada formalmente en la sede de la entonces AFIP recién a las 12:55 horas de ese mismo día».

    Vale decir, que el juez Bailaque abrió el caso antes de que le llegara la denuncia.

    Vera Barros es el mismo juez que a inicios de 2025 había procesado a Claudio Iglesias, ex directivo de la aseguradora San Cristóbal y de la Bolsa de Comercio de Rosario, y Jorge Oneto, propietario de una sociedad de bolsa que opera en el mercado de capitales en el centro rosarino.

    Los procesó por lavado de activos agravado por su habitualidad. En su resolución, reprodujo un listado surgido de la investigación de los fiscales, donde se enumeran inmuebles, vehículos y cuentas offshore que los dos señalados adquirieron con esos fondos sucios entre 2012 y 2019, decía su dictamen.

    El sobreseimiento para los empresarios implica que los actos por los que se los procesó deben ser considerados inexistentes. Legalmente eso surge de lo que determina el Código Procesal vigente.

    Que no debe ser considerado legalmente existente es una cosa incuestionable. Pero distinto es decir que los actos no existieron.

    ¿Por qué los mismos fiscales que denunciaron a Bailaque por haber impulsado la causa contra Iglesias y Oneto de manera indecente terminaron empujando a su procesamiento? Los fiscales no reprochan que el caso se cierre ni que se consideren inexistentes los hechos legalmente. Pero en sus oficinas indican que haberlo impulsado implicaba mostrar cómo se podría haber trabajado el caso de manera legítima y con apego a la ley que fue lo que Bailaque, según la resolución que lo tiene en prisión domiciliaria, no hizo.

    Para los fiscales se llegó al procesamiento de Iglesias y Oneto con información y evidencia cruzada de numerosos organismos públicos que demuestran que una acción penal tenía sentido. Pero concluyen que es cierto que la causa judicial tuvo origen viciado y que es lógico que por ello se les dicte el sobreseimiento.

    Un camarista frenó el juicio por extorsión contra el ex juez Bailaque 

    Esta resolución de sobreseimiento por el manejo espurio de un caso es un elemento más contra el ex juez Bailaque que sin embargo acaba de encontrar un alivio. El trámite que lleva a su juicio oral fue paralizado por una resolución de Aníbal Pineda, presidente de la Cámara Federal de Rosario, que de una manera que desató una polémica en ámbitos jurídicos dice que antes de seguir el trámite la Corte Suprema debe definir si al magistrado y a los coimputados se los debe juzgar con el Código Procesal Federal vigente del sistema acusatorio o con el Código anterior. 

     

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