La Municipalidad de Villa Regina recuerda la vigencia de la Ordenanza 10/2009 que reglamenta el arbolado urbano y establece el procedimiento para la autorización de extracción de árboles, los criterios de plantación y el sistema de multas para quienes infrinjan la presente normativa.
En este sentido, se informa que multará a los frentistas que no soliciten permiso para la extracción de los mismos y, también, a aquellos que habiéndolo solicitado no realizaron la reposición correspondiente.
Cabe recordar que, de acuerdo a lo establecido, todos los inmuebles de la zona urbana, con edificación o sin ella, deben poseer dos árboles cada 10 metros de frente.
El arbolado urbano es un bien de dominio público municipal y los árboles son generadores de un sinnúmero de beneficios como purificar el aire, atenuar los vientos, filtrar ruidos y formar parte de los ciclos ecológicos vitales, entre otros.
La Gobernadora Arabela Carreras confirmó que el martes 22 se retomarán las clases presenciales en todas las ciudades y localidades rionegrinas. La Mandataria adelantó además que se adelantará el receso invernal una semana, comenzando el 5 de julio y se extenderá por tres semanas. Carreras anunció esta decisión a través de su cuenta de Twitter…
Sebastián Soler condujo el equipo legal que inicialmente intervino en Nueva York para defender la legalidad de la expropiación de YPF como subprocurador del Tesoro en el gobierno de Alberto Fernández. Rosarino por adopción, graduado en Derecho en la UNR tiene una maestría en Harvard y durante mucho tiempo litigó en Wall Street. Sobre el fallo que dio la razón a la posición argentina sobre la recuperación de YPF tiene mucho que decir, y lo hace.
De elegir dos conclusiones la primera sería, afirma, que se expropió correctamente. La segunda es que hoy deberíamos celebrar todos. «Incluso los que festejan per diciendo que se actuó mal deberían leer el fallo. La Cámara de Nueva York dice que Argentina actuó de acuerdo a su derecho».
-¿Cuál le parece el punto central por la que la posición argentina se impuso en el fallo conocido hoy?
-Son en realidad los argumentos de defensa que se promovieron durante la gestión del gobierno anterior y que afortunadamente fueron reiterados por la gestión del gobierno actual. Ha habido una continuidad y eso rindió sus frutos hoy. En resumidas cuentas, la Cámara de Nueva York lo que dice primero es que quizás este juicio debió realizarse en la Argentina, pero reconoce que la jueza Preska tiene amplia discreción para decidir sobre su competencia y, por lo tanto, más allá de un parecer distinto, no revierte la decisión de la jueza, no la revoca, de haberse quedado con el juicio y haber resuelto en primera instancia como resolvió. Paso seguido, la Cámara dice que, por lo tanto, como el juicio está en Nueva York, hay que revisar la decisión de Preska, de novo, que es la expresión en latín que quiere decir como si viéramos estos temas como primera vez. Y lo que dice es que todas las cuestiones en discusión, en este caso, son de derecho argentino, no son de derecho estadounidense, y por lo tanto tenemos que interpretarlas desde ese punto de vista.
El paso siguiente es afirmar que es cierto que el Estatuto de YPF decía que Argentina, si adquiría el 49% más de las acciones de YPF en algún momento, por ejemplo, mediante expropiación, debía ofrecerle comprar sus acciones a los demás accionistas minoritarios, y es cierto también que no lo hizo. Pero, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, que es el derecho aplicable, deben considerarse dos cosas. El Estatuto de una Sociedad privada no es un contrato bilateral, y, por lo tanto, bajo el derecho argentino, uno de los accionistas no puede demandar por daños a otro de los accionistas –el otro accionista en este caso sería la República Argentina– por el supuesto incumplimiento de una obligación del Estado, y en eso Preska se equivocó.
Y segundo, dice la Cámara, bajo el derecho argentino, no la ley específica de la expropiación de YPF, sino la ley general de expropiaciones, no puede una acción de un privado, en este caso la demanda que intenta imponerle a la Argentina la obligación de indemnizar por no haber hecho la oferta de compra, no puede una acción de un privado restringir la potestad expropiatoria amplia que tiene la República Argentina. Recordemos que la facultad expropiatoria es una facultad reconocida por la Constitución Nacional, que sólo impone tres requisitos: que se apruebe por ley, que se declare por utilidad pública, y que se indemniza al dueño efectivamente expropiado, cosa que en este caso se hizo. Por tanto, la Cámara dice: revocamos el fallo de Preska, Argentina tiene razón, ganamos el juicio.
-Hay un ánimo celebratorio en todos lados, pero argumentos diferentes. Por ejemplo, el expresidente Macri habla de que en YPF hubo una expropiación ilegal
-Es lo contrario a lo que dice la Cámara, es lo contrario a lo que dicen los escritos de defensa presentados por el Gobierno actual y es lo contrario a los presentados por nuestra gestión durante el Gobierno de Alberto Fernández. Falso. Literalmente es tratar una vez alguien de inmiscuirse y ganar un crédito por algo en lo que no tiene nada que ver. El Gobierno actual puede correctamente decir parte del mérito es nuestro porque efectivamente ellos tomaron tres decisiones atinadas, más allá de las declaraciones desagradables e inoportunas del presidente de la nación de hoy. Las decisiones técnicas que tomó su gobierno fueron atinadas y fueron tres. La primera es que no bien llegaron, ratificaron la designación de Sullivan&Cromwell, el estudio internacional que habíamos elegido nosotros en diciembre de 2019 para que nos defendiera del caso. O sea, el mismo estudio que trabajó en la defensa entre 2019 y 2013, es el que trabajó en la apelación.
Segundo, confirmaron al frente de la Dirección de Internacionales de la Procuración del Tesoro a las dos funcionarias de carrera brillantes académicas de Derecho Internacional Público, la doctora Mariana Loza, la doctora Alejandra Echegorri, para que continuaran prestando ese servicio como funcionarias de carrera en la apelación. Ellas así se desempeñaron y son las mismas que nosotros habíamos designado en esos cargos en nuestra gestión. Y la tercera y más importante es que eligieron continuar los argumentos de defensa planteados por la gestión anterior. Esos son los argumentos de defensa que la Cámara acogió y que nos permitieron ganar el juicio.
-¿Por qué en gobiernos muy diferentes se mantuvo la misma estrategia legal?
-Primero hay un hay un requisito del derecho procesal estadounidense que no le permite al apelante, en este caso, la República Argentina ya bajo la gestión del gobierno de Milei, plantear argumentos nuevos que no haya planteado en su defensa en la primera instancia, o sea, que había una un impedimento legal. Y segundo, me imagino, porque hablaron con Sullivan&Cromwell, hablaron con las funcionarias de carrera que habían llevado la defensa durante los cuatro años anteriores, y confío que tras una conversación sensata concluyeron correctamente que debían seguir por el mismo camino.
Axel Kicillof
-¿Por qué el gobierno de Estados Unidos tuvo coincidencias con la posición argentina?
-Hay que entender que Estados Unidos no estuvo en contra del fallo de fondo de la jueza Preska. Efectivamente sí el gobierno de Estados Unidos presentó dos escritos muy importantes, apoyando la postura de la defensa argentina. Uno bajo el gobierno de Biden y otro bajo el gobierno de Trump. Fue en dos cuestiones puntuales.
La primera, oponiéndose a la pretensión de Burford, acogida por una orden de Preska, de tratar de forzar el pago de esa sentencia ordenándole a la Argentina entregar acciones de YPF. Y la segunda, apoyando la petición de la defensa argentina de suspender el proceso de Discovery, es decir, de adecuación de información, hasta tanto se resolviera el fondo del asunto, que es lo que sucedió hoy. Es decir, el gobierno estadounidense apoyó la defensa argentina, pero en cuestiones colaterales al tema de fondo.
-¿Y por qué interpreta que hizo eso?
-Quiero creer que porque está de acuerdo con la postura de la defensa técnica de la defensa argentina, porque cree, en el caso de la orden de entregar las acciones de YPF, que excede las potestades de los jueces de Nueva York, que fija la ley de inmunidad soberana de Estados Unidos, que dice que los bienes de un estado extranjero solamente son embargables si están dentro del territorio de Estados Unidos, y las acciones de YPF, que están registradas en el registro que lleva la Comisión Nacional de Valores de Argentina, no están en el territorio de Estados Unidos. Y en el del caso de Discovery, porque el Discovery había llegado a límites francamente indefendibles en cuanto a cuánto se entrometían en cuestiones internas de la Argentina, la clase de información que pretendían. Pero, sobre todo, porque parecía un despropósito pretender que la Argentina, en el primer caso, pagara la sentencia y, en el segundo, siguiera entregando información cuando el fallo todavía no estaba firme.
-Alguien sin formación legal ve que Burford adquirió el derecho de ir a juicio por unos 15 millones de euros y que una jueza con eso le aseguró un resarcimiento de más de 16 mil millones ¿Son principios jurídicos los que permiten eso?
-Burford compra en 15 millones de euros más el compromiso de entregarle a la quiebra de las empresas Peterson en España el 30% de lo que lograra cobrar y se hace cargo de todos los gastos del juicio, incluyendo honorarios de abogados. Efectivamente el 70 por ciento se lo quedaba. La razón por la que Preska decide concederle a Burford 16.000 millones de indemnización más los intereses de 2012 es porque concluye, equivocadamente, ahora lo sabemos por la decisión de la Cámara, que Argentina debió ofrecer comprar las acciones de, en este caso, las empresas Peterson de la familia Esquenazi cuando expropió a Repsol. Y el precio que debió pagar por esas acciones, de acuerdo a la fórmula que establece el estatuto de YPF adoptado por la Argentina en la década del 90 cuando se privatizó, era un precio, según Preska y según Burford, no el que se le pagó a Repsol, no el precio de mercado de las acciones en ese momento, sino el precio más alto que surgía de una fórmula que había puesto Menem, el gobierno de Menem, en el estatuto de YPF, justamente para ser virtualmente imposible expropiar YPF. Esto queda hoy sin efecto. Terminado acá a favor de la Argentina. No hay más condena.
-¿Cuáles son sus conclusiones sobre lo que dice y lo que formula el fallo conocido hoy?
-Lo primero, que se expropió YPF correctamente. Para decirlo en términos políticos, Axel tenía razón. Es decir, el gobierno hizo lo correcto en aquel entonces cuando se formuló esta pregunta: ¿Me alcanza con expropiar el 51 por ciento, porque quiero asegurarme que recupero el control estratégico de las políticas de YPF, pero, al mismo tiempo, mantengo su capital abierto cotizando en bolsa y nombro un gerenciamiento profesional? Se acuerda que vino Miguel Galluccio por aquel entonces. Eso se concibió de modo de que la empresa esté al servicio del posible interés Argentina, por ejemplo, reinvirtiendo sus utilidades, haciendo crecer Vaca Muerta. Pero, al mismo tiempo, sin que nadie dude de que el gerenciamiento era profesional, que tiene en cuenta el interés de la empresa también. Esa decisión fue correcta, y la manera de hacer eso era no ofrecer comprar el resto de las acciones, porque, si no, nos quedábamos con el cien y pagábamos una fortuna. Esa es la primera lección del fallo de Cámara de hoy, que dice, que la Argentina actuó de acuerdo a su derecho
Y la segunda lección, que me parece importante, pero que no se entiende del todo, es que en días como hoy deberíamos celebrar todos. Y nadie debería tratar de hacer de esto una ganancia política. El gobierno actual en vez de derivarse en otras
cosas
en una cadena nacional podría decir: «Ganamos porque esto fue una política de Estado que todos suscribimos». Yo desafío a cualquiera que lea los escritos que presentó este Gobierno en la apelación y no va a encontrar una sola frase que diga que Argentina expropió mal.
-Es arbitrario o torcido decir que porque Argentina expropió hoy tenemos Vaca Muerta?
-No lo es. Me parece que nadie duda a esta altura que ha sido beneficioso para el país recuperar YPF. Ya ni siquiera pueden decir que se expropió mal. Al menos desde el punto de vista del derecho argentino.
El equipo económico ya empezó a analizar la posibilidad de reestructurar la deuda con el FMI que vence el año próximo, para aligerar un muro de vencimientos externos que ronda los USD 19 mil millones. Con el riesgo país por encima de los 600 puntos Toto Caputo prepara un plan de contingencia por si no puede volver a los mercados voluntarios de deuda.
Los vencimientos suman USD 18.927 millones y su renegociación es posible si Milei consigue respaldo político de Trump. Ese monto es el total que la Argentina debería pagar el año próximo sumando tres grandes bloques de deuda en moneda extranjera: FMI, otros organismos multilaterales y acreedores privados. Es la proyección del propio FMI.
El desglose revela la estructura del problema. Por un lado, el FMI explica USD 5.544 millones en 2027. Es la parte más rígida. Y tiene un cronograma muy concentrado: pagos en marzo, junio, septiembre y diciembre, combinados con intereses y sobretasas trimestrales. Es el corazón de la «muralla».
Los pagos se distribuyen a lo largo del año, pero con momentos críticos. Marzo abre con más de USD 580 millones. En junio aparece otro pico de USD 625 millones. Septiembre es el mes más pesado, con más de USD 900 millones. Y diciembre vuelve a concentrar pagos por otros USD 625 millones. A eso se suman intereses y sobretasas en mayo, agosto y noviembre. Es un esquema que obliga a tener dólares disponibles casi todos los meses.
El segundo bloque es el de organismos multilaterales excluido el FMI: Banco Mundial, BID, CAF. Ahí aparecen USD 5.897 millones en 2027. Se dividen casi en partes iguales entre intereses y amortizaciones. Es deuda más dispersa, pero igual de exigente. No tiene la visibilidad del Fondo, pero suma presión constante durante todo el año.
El gobierno enfrenta la herencia de Guzmán. No fue una reestructuración de la deuda de Macri, sino un nuevo préstamo para cancelar el anterior. Una refinanciación. Guzmán pateó los vencimientos hacia adelante, pero no modificó la lógica del endeudamiento.
El tercer bloque es el de los acreedores privados en moneda extranjera, con USD 5.245 millones proyectados para 2027. Acá entra la deuda reestructurada por Martín Guzman en 2020 y las emisiones posteriores.
Los bonos surgidos del canje de 2020 pagan intereses en enero y julio. Ahí se concentra buena parte del flujo anual. Pero además, en 2027 se suma un dato clave: el bono USD 2038 empieza a amortizar capital en julio. Es decir, deja de ser solo pago de intereses y pasa a exigir desembolsos de capital.
A eso se le suma la nueva deuda emitida en los últimos meses. El BONAR 2029N paga cupones en mayo y noviembre, mientras que el bono AO27 introduce una lógica distinta: pagos mensuales de intereses desde 2026 hasta su vencimiento en octubre de 2027, cuando además se amortiza todo el capital. Es un goteo constante que termina en un desembolso final.
Y por fuera de estos tres grandes bloques aparece el frente bilateral, encabezado por el Club de París, con pagos semestrales que se extienden hasta 2028. No es el componente principal, pero agrega presión en momentos específicos del calendario.
Para entender la situación hay que hacer una distinción clave: no es lo mismo refinanciar que reestructurar. En los primeros tramos de la negociación de Guzmán había consenso en que el objetivo era reestructurar la deuda tomada en 2018. Es decir, cambiar plazos, tasas y condiciones de un compromiso que ya entonces era considerado impagable.
Sin embargo, el acuerdo terminó siendo otra cosa. No fue una reestructuración, sino un nuevo préstamo para cancelar el anterior. Una refinanciación. Guzmán pateó los vencimientos hacia adelante, pero no modificó la lógica del endeudamiento.
La deuda original, tomada por el gobierno de Mauricio Macri en 2018, el mayor préstamo en la historia del FMI, por hasta USD 57.000 millones, con USD 45.000 millones efectivamente desembolsados; quedó intacta en su estructura.
El resultado es el calendario actual. Un esquema que alivió el corto plazo pero cargó el mediano. Ahora la deuda con el FMI no es un problema futuro. Es un problema presente que ya tiene fecha de vencimiento. Y ese calendario marca un punto crítico: 2027. Ahí se levanta una muralla de pagos que, hoy, nadie en el mercado cree que Argentina pueda afrontar sin una reestructuración.
El estado de situación con el Fondo suma incertidumbre. La revisión del programa, que debía resolverse en noviembre y luego se esperaba para marzo, volvió a postergarse. Ahora el Gobierno apunta a fines de abril, después de la cumbre del FMI y el Banco Mundial. Allí estará Luis Caputo.
Para los mercados, el diagnóstico es claro. Sin un «reschedule de payments» el riesgo país difícilmente baje de manera sostenida. Daniel Marx, Jefe de Negociación de Deuda Soberana entre 1988 y1993, cuando se estatizó la deuda de las empresas privadas, lo explica en términos estructurales: Argentina tiene una proporción inusualmente alta de deuda «privilegiada». Es decir, compromisos con organismos multilaterales y bilaterales que tienen prioridad de cobro. Esa porción representa cerca del 20% del total de la deuda pública, un nivel muy elevado en comparación internacional.
Esa estructura condiciona todo. Porque si no alcanza para pagarle al FMI que tiene prioridad de cobro, nada queda para cumplir con el resto. Y eso, logicamente, impacta en la percepción de riesgo. «Mientras esa carga siga así, el mercado va a mirar con desconfianza», explicó un operador.
En ese contexto, el estado de situación con el Fondo suma incertidumbre. La revisión del programa, que debía resolverse en noviembre y luego se esperaba para marzo, volvió a postergarse. Ahora el Gobierno apunta a fines de abril, después de la cumbre del FMI y el Banco Mundial. Allí estará Luis Caputo.
De esa revisión depende un desembolso de unos USD 1.000 millones y, sobre todo, el waiver por el incumplimiento de la meta de reservas. Sin esa dispensa, el programa queda en falta. «Este delay debe leerse como un reto, pero no hay soltada de mano», deslizó una fuente al tanto de las conversaciones.
Lo concreto es que Argentina corre sobre una cinta de Moebius. Sin acceso a los mercados internacionales, el Tesoro debe pagar sus vencimientos en efectivo. Para hacerlo, el Banco Central le vende los dólares. Es un circuito cerrado donde las reservas no crecen, pero acumular reservas es condición necesaria para conseguir financiamiento.
El balance cambiario pone en números la desconfianza del mercado. En febrero, el último dato disponible, se repitió el patrón que dominó gran parte de 2025: déficit de cuenta corriente, incluso morigerado por ingreso de capitales financieros. La cuenta financiera registró un déficit de USD 115 millones.
La Dirección de Turismo de la Municipalidad de Villa Regina informa que este jueves 25 la actividad denominada ‘Coloreando mi ciudad’ se desarrollará en el barrio 201 Viviendas. Para ello se convoca a niños y niñas de entre 8 y 12 años a participar para disfrutar de una mañana llena de aprendizajes, dibujos y colores….
La Municipalidad de Villa Regina informa que a partir de mañana martes 12 de enero el horario de atención al público será de 7,30 a 13. Difunde esta nota
La Secretaría de Obras y Servicios de la Municipalidad de Villa Regina informa que a partir de hoy miércoles se retoma el horario habitual de las 20 para el inicio del recorrido del camión recolector de residuos domiciliarios en los siguientes sectores de la ciudad: Albino Cánova, Piana, Puerto Argentino, Mitre, Los Ángeles, Malvinas y…
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