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Por decreto el uso de protectores faciales es obligatorio en Río Negro

El Gobierno de Río Negro dispuso la obligatoriedad desde el lunes 13 próximo del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal (denominados «tapaboca»), a todas las personas que circulen en la vía pública.

La medida, dispuesta por decreto de la gobernadora Arabela Carreras, se fundamenta en la necesidad de reforzar las medidas preventivas y de salubridad general mientras dure el estado de emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19. Los Municipios podrán controlar el cumplimiento de esta norma y establecer las sanciones correspondientes.

La normativa establece además el uso obligatorio de estos protectores faciales en las dependencias públicas, oficinas privadas, y locales comerciales que impliquen atención al público y que se encuentren incluidos en las excepciones previstas en el Artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

En tanto, el decreto provincial establece que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, los locales comerciales de Río Negro deberán impedir el acceso a quienes no cuenten con estos elementos de protección, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones.

La decreto firmado hoy por la gobernadora Arabela Carreras quedó establecido que la utilización de barbijos profesionales tricapa de tela antibacterial hidrorepelente, con o sin filtro respirador; en cualquiera de sus marcas y modalidades aprobadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), quedará reservada al uso exclusivo de los sectores asistenciales críticos. Están incluidos en esta categoría al sector de salud, de seguridad, defensa civil y de protección ciudadana, y todos aquellos que eventualmente se consideren como tales. La utilización de estos insumos de protección se realizará de acuerdo a los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud.

A los fines de asegurar la provisión de barbijos en sus distintos tipos para uso de los sectores asistenciales críticos, se dispuso que aquellos fabricantes o distribuidores de la Provincia de Río Negro sólo podrán comercializarlos o distribuirlos por fuera del requerimiento que efectúe el sector público, una vez satisfecha esa demanda esencial y conforme disponga el Ministerio de Salud.

En el decreto, el Poder Ejecutivo Provincial invita a adherir a esta norma a los Municipios de la Provincia de Río Negro, facultando a aquellos que adhieran a implementar los procedimientos pertinentes a los fines de la fiscalización y control y a la fijación, graduación y percepción de las sanciones pertinentes ante dicho incumplimiento

Decreto uso de barbijos 2020 by Gobierno de Río Negro on Scribd

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    Hasta cerca de las cinco de la mañana del martes, los de Agost -que llevan como candidato a Oscar Tamis- salieron a decir que la Junta electoral no daba el visto bueno a los avales presentados por las otras dos listas. Y que, por lo tanto, la única lista que quedaba en pie era Córdoba Amarilla, el esquema de Agost Carreño y Rodríguez Machado.

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    Laura Rodríguez Machado

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    Entienden, en el PRO cordobés, que a esa porción del partido en Caba les interesa quitarle el sello a Agost Carreño para que la conducción macrista -con Sukaría en Córdoba- empiece a tallar una candidatura en alianza con el radical Rodrigo de Loredo. Algo que exploran de manera directa, Angelici y un fiel amigo en Córdoba, el intendente de Río Tercero, Marcos Ferrer.

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    Un decreto publicado en el Boletín Oficial modificó una norma vigente desde 1995 y fijó un orden automático para reemplazar al jefe de Gabinete en caso de ausencia temporal. La decisión elimina la discrecionalidad presidencial y consolida una línea interna de poder dentro del Ejecutivo.

    Por Roque Pérez para NLI

    El Gobierno nacional oficializó este 4 de marzo el Decreto 130/2026, mediante el cual modificó el artículo 9° del Decreto 977/1995 y estableció un orden fijo para reemplazar al jefe de Gabinete en caso de ausencia transitoria. La medida impacta directamente en la situación de Manuel Adorni, actual titular del área, y ordena una cuestión que hasta ahora quedaba sujeta a decisión puntual del Presidente.

    Según el texto publicado en el Boletín Oficial, cuando el jefe de Gabinete se ausente por viajes oficiales, misiones o cualquier impedimento temporal, será reemplazado en primer término por el titular del Ministerio de Capital Humano y, en caso de que también esté ausente, por el titular del Ministerio de Defensa.

    La modificación sustituye el mecanismo anterior previsto en el Decreto 977/1995, que permitía que el Presidente designara en cada ocasión al ministro que asumiría interinamente. Es decir, no existía un orden automático ni jerárquico preestablecido: la decisión era discrecional.

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