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Por decreto el uso de protectores faciales es obligatorio en Río Negro

El Gobierno de Río Negro dispuso la obligatoriedad desde el lunes 13 próximo del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal (denominados «tapaboca»), a todas las personas que circulen en la vía pública.

La medida, dispuesta por decreto de la gobernadora Arabela Carreras, se fundamenta en la necesidad de reforzar las medidas preventivas y de salubridad general mientras dure el estado de emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19. Los Municipios podrán controlar el cumplimiento de esta norma y establecer las sanciones correspondientes.

La normativa establece además el uso obligatorio de estos protectores faciales en las dependencias públicas, oficinas privadas, y locales comerciales que impliquen atención al público y que se encuentren incluidos en las excepciones previstas en el Artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

En tanto, el decreto provincial establece que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, los locales comerciales de Río Negro deberán impedir el acceso a quienes no cuenten con estos elementos de protección, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones.

La decreto firmado hoy por la gobernadora Arabela Carreras quedó establecido que la utilización de barbijos profesionales tricapa de tela antibacterial hidrorepelente, con o sin filtro respirador; en cualquiera de sus marcas y modalidades aprobadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), quedará reservada al uso exclusivo de los sectores asistenciales críticos. Están incluidos en esta categoría al sector de salud, de seguridad, defensa civil y de protección ciudadana, y todos aquellos que eventualmente se consideren como tales. La utilización de estos insumos de protección se realizará de acuerdo a los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud.

A los fines de asegurar la provisión de barbijos en sus distintos tipos para uso de los sectores asistenciales críticos, se dispuso que aquellos fabricantes o distribuidores de la Provincia de Río Negro sólo podrán comercializarlos o distribuirlos por fuera del requerimiento que efectúe el sector público, una vez satisfecha esa demanda esencial y conforme disponga el Ministerio de Salud.

En el decreto, el Poder Ejecutivo Provincial invita a adherir a esta norma a los Municipios de la Provincia de Río Negro, facultando a aquellos que adhieran a implementar los procedimientos pertinentes a los fines de la fiscalización y control y a la fijación, graduación y percepción de las sanciones pertinentes ante dicho incumplimiento

Decreto uso de barbijos 2020 by Gobierno de Río Negro on Scribd

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    Por Alcides Blanco para NLI

    La historia de la conformación territorial argentina comienza, en buena medida, con una línea imaginaria que el papa Alejandro VI ordenó trazar en 1493 y que debía medirse desde las islas de Cabo Verde. Aquella decisión, plasmada en la bula Inter Caetera, marcaría durante siglos la geografía política del continente y sería el antecedente directo del Tratado de Tordesillas, uno de los acuerdos diplomáticos más influyentes de la historia moderna.

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    Para la futura Argentina, aquellas decisiones tuvieron consecuencias enormes. Los territorios que luego integrarían el Virreinato del Río de la Plata y, más tarde, las Provincias Unidas y la República Argentina, quedaron comprendidos dentro del espacio jurídico adjudicado a la Corona de Castilla, sobre el cual se apoyaría posteriormente el principio del uti possidetis juris utilizado durante las independencias americanas, una doctrina del derecho internacional que establece que los nuevos Estados independientes conservan las fronteras administrativas que tenían cuando eran colonias.

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    Durante siglos, Cabo Verde permaneció bajo dominio portugués y recién alcanzó su independencia el 5 de julio de 1975, luego de un largo proceso anticolonial impulsado junto con Guinea-Bisáu por el Partido Africano para la Independencia de Guinea y Cabo Verde (PAIGC).

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    Aunque la relación entre Argentina y Cabo Verde nunca fue particularmente intensa, existen algunos vínculos interesantes. Durante fines del siglo XIX y buena parte del siglo XX llegaron al país pequeños contingentes de inmigrantes caboverdianos, muchos de ellos marinos y trabajadores portuarios que se radicaron principalmente en Ensenada, Dock Sud y Mar del Plata. Con el tiempo formaron una de las comunidades afrodescendientes organizadas más importantes del país, conservando tradiciones culturales que aún hoy perduran en asociaciones civiles y centros culturales.

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