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Por decreto el uso de protectores faciales es obligatorio en Río Negro

El Gobierno de Río Negro dispuso la obligatoriedad desde el lunes 13 próximo del uso de protectores faciales de distinto tipo, incluidos los de fabricación personal (denominados «tapaboca»), a todas las personas que circulen en la vía pública.

La medida, dispuesta por decreto de la gobernadora Arabela Carreras, se fundamenta en la necesidad de reforzar las medidas preventivas y de salubridad general mientras dure el estado de emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19. Los Municipios podrán controlar el cumplimiento de esta norma y establecer las sanciones correspondientes.

La normativa establece además el uso obligatorio de estos protectores faciales en las dependencias públicas, oficinas privadas, y locales comerciales que impliquen atención al público y que se encuentren incluidos en las excepciones previstas en el Artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

En tanto, el decreto provincial establece que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, los locales comerciales de Río Negro deberán impedir el acceso a quienes no cuenten con estos elementos de protección, bajo apercibimiento de aplicación de sanciones.

La decreto firmado hoy por la gobernadora Arabela Carreras quedó establecido que la utilización de barbijos profesionales tricapa de tela antibacterial hidrorepelente, con o sin filtro respirador; en cualquiera de sus marcas y modalidades aprobadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), quedará reservada al uso exclusivo de los sectores asistenciales críticos. Están incluidos en esta categoría al sector de salud, de seguridad, defensa civil y de protección ciudadana, y todos aquellos que eventualmente se consideren como tales. La utilización de estos insumos de protección se realizará de acuerdo a los protocolos sanitarios dispuestos por el Ministerio de Salud.

A los fines de asegurar la provisión de barbijos en sus distintos tipos para uso de los sectores asistenciales críticos, se dispuso que aquellos fabricantes o distribuidores de la Provincia de Río Negro sólo podrán comercializarlos o distribuirlos por fuera del requerimiento que efectúe el sector público, una vez satisfecha esa demanda esencial y conforme disponga el Ministerio de Salud.

En el decreto, el Poder Ejecutivo Provincial invita a adherir a esta norma a los Municipios de la Provincia de Río Negro, facultando a aquellos que adhieran a implementar los procedimientos pertinentes a los fines de la fiscalización y control y a la fijación, graduación y percepción de las sanciones pertinentes ante dicho incumplimiento

Decreto uso de barbijos 2020 by Gobierno de Río Negro on Scribd

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    Controles a hinchas en rutas: el gobierno amplía el poder policial y abre un nuevo frente de polémica

     

    Una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial habilita controles federales en rutas y accesos para revisar vehículos que transporten hinchas rumbo a partidos de fútbol. La medida, firmada por Alejandra Monteoliva, la actual ministra de Seguridad —sucesora de Patricia Bullrich— amplía el poder de las fuerzas federales fuera de los estadios y permite retener objetos que ni siquiera constituyen delito. El gobierno la presenta como una política preventiva contra la violencia en el fútbol; especialistas advierten que abre zonas grises sobre derechos y discrecionalidad policial.

    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    El nuevo control a hinchas empieza en la ruta

    La Resolución 233/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial, crea el Programa Federal de Control en Ruta para Eventos Deportivos, un esquema que habilita a fuerzas federales a realizar controles preventivos a hinchas de fútbol durante los traslados hacia los estadios.

    Hasta ahora la mayoría de los operativos de seguridad se concentraban en las inmediaciones de los estadios o en los accesos urbanos. La nueva norma extiende el operativo a rutas nacionales, autopistas y corredores interurbanos, donde se podrán detener colectivos, autos o motos cuando exista la presunción de que transportan hinchas.

    La resolución establece que el objetivo es anticipar situaciones de violencia antes de que lleguen al estadio, en coordinación con fuerzas provinciales y autoridades deportivas.


    Retenes, requisas y secuestro de objetos

    El programa autoriza a las fuerzas federales a:

    • detener vehículos que transporten parcialidades
    • inspeccionar personas y equipaje
    • impedir el ingreso de objetos considerados potencialmente peligrosos

    Uno de los aspectos más discutidos es que los objetos retenidos no necesariamente deben ser ilegales. La resolución permite secuestrar elementos que, según el criterio del agente, podrían utilizarse en hechos de violencia dentro del evento deportivo. Esto incluye herramientas, mástiles u otros objetos contundentes que normalmente no constituyen delito.

    En caso de detectar armas, drogas o personas en estado de intoxicación, el procedimiento debe pasar a la justicia.


    Controles migratorios y presencia de extranjeros

    La resolución también contempla situaciones vinculadas a hinchas extranjeros. Si durante los operativos se detecta a personas de otra nacionalidad con situación migratoria irregular, las fuerzas federales deberán dar intervención a la Dirección Nacional de Migraciones para que evalúe las medidas correspondientes.

    El punto genera debate porque introduce controles migratorios dentro de operativos de seguridad deportiva, algo que hasta ahora no era habitual en los dispositivos ligados al fútbol y que profundiza una creciente persecución xenofóbica. En la práctica, abre la puerta a que controles a hinchas incluyan también verificaciones sobre documentación migratoria.


    La continuidad del modelo Bullrich

    La resolución no surge en el vacío: forma parte de una continuidad del modelo de seguridad impulsado por Patricia Bullrich, que durante su gestión había instalado una lógica de fuerte intervención preventiva.

    Entre esas políticas se destacaron:

    • Tribuna Segura, sistema de control de antecedentes para ingresar a estadios
    • ampliación del derecho de admisión
    • protocolos que reforzaban el poder operativo de las fuerzas federales

    La nueva resolución profundiza ese enfoque, pero con una diferencia clave: lleva el control policial fuera del estadio y lo traslada a la circulación en rutas y transportes.


    La zona gris de los derechos

    Juristas consultados señalan que el problema principal no es el objetivo de la norma —prevenir violencia— sino la amplitud del criterio policial que habilita.

    La resolución permite controles cuando exista “presunción de condición de parcialidad”, una fórmula muy abierta que podría incluir situaciones como:

    • llevar camiseta de un club
    • viajar en grupo
    • estar en un colectivo identificado con hinchas

    Ese criterio podría tensionar principios constitucionales como:

    • la libertad de circulación
    • la presunción de inocencia
    • la prohibición de discriminación

    También genera debate el punto que permite retener objetos legales por mera sospecha de uso indebido.


    Seguridad preventiva o expansión del poder policial

    Desde el gobierno sostienen que la medida apunta a reducir la violencia en el fútbol y desarticular movimientos de barras antes de los partidos. Pero críticos de la resolución advierten que se trata de una expansión significativa del poder policial preventivo, que otorga a las fuerzas federales facultades amplias para controlar ciudadanos que no han cometido ningún delito.

    El verdadero impacto de la medida, coinciden especialistas, dependerá menos de la letra de la resolución que de cómo se aplique en la práctica. Si se utiliza para desarticular barras violentas, podría ser una herramienta útil. Si se aplica de forma indiscriminada, advierten, puede convertirse en un mecanismo de control masivo.

     

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