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Los jueces hicieron lugar a una medida cautelar impulsada por el municipio de Azul ante el grave estado de la calzada donde se vienen registrando varios accidentes.
La resolución alcanza al tramo de la ruta que une la ciudad de Azul con la localidad de Cacharí y obliga tanto a Vialidad como a la empresa Corredores Viales S.A. a implementar acciones inmediatas para reducir los riesgos que enfrentan los automovilistas en esa ruta.
El fallo revocó una decisión previa del Juzgado Federal 2 de Azul, que había rechazado la cautelar. Al analizar el caso, los camaristas concluyeron que existe un riesgo actual y concreto para los usuarios de la ruta, respaldado por distintos elementos incorporados al expediente.
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Entre ellos, destacaron que durante los últimos seis meses se registraron 11 siniestros viales en ese tramo y que informes elaborados por la Policía Federal Argentina constataron la presencia de baches, hundimientos, huellas producidas por el tránsito pesado y deficiencias en la señalización.
La Cámara intimó al gobierno libertario a presentar, en un plazo de 10 días hábiles, un plan de trabajo detallado ante el Juzgado Federal de Azul. El documento deberá especificar las obras previstas, el orden de prioridades, los responsables de su ejecución, el cronograma de tareas y las medidas de contingencia que se aplicarán durante el proceso.
Además, los jueces establecieron que los trabajos deberán completarse en un plazo máximo de 120 días corridos y quedar sujetos al control judicial, con la obligación de presentar informes mensuales sobre el avance de las obras.
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Mientras se ejecutan las reparaciones definitivas, el fallo también ordena la adopción de medidas preventivas para disminuir el peligro en la circulación. Entre ellas, la colocación de carteles de advertencia y señalización preventiva, la implementación de reducciones de velocidad, balizamiento, dispositivos para mejorar la visibilidad nocturna y reparaciones provisorias en los sectores considerados más críticos.
Al fundamentar la decisión, los magistrados señalaron que la medida cautelar tiene como objetivo evitar que se produzcan nuevos daños frente a un riesgo comprobado, sin que resulte necesario esperar una definición sobre las responsabilidades de fondo.
Asimismo, recordaron la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que establece que los organismos encargados de servicios vinculados con la seguridad de las personas tienen el deber de adoptar todas las medidas razonables para prevenir riesgos previsibles, y remarcaron que la resolución busca resguardar el derecho a la vida y la integridad de quienes circulan por la ruta 3.
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