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CUANDO GANDHI COMPRÓ DÓLARES

Sé el cambio que quieras ver en el mundo

Gandhi

Increíblemente el actual gobierno de cambiemos le pone un freno K al cambio de divisa. Es la pose del cepo que guarda una aspirineta que cae de la piñata en un cumpleaños que no existe y nadie festeja.

La característica principal de oficialismo desde sus inicios en 2015 era proponer un cambio radical en la filosofía política argentina, pero no tardó en destaparse la olla de sus verdaderas pretensiones: el cambio de divisa, eje trascendetal del verdadero cambio, o sea: el cambio hacia la inflación, hacia el aumento de la desigualdad social, la licuación de los salarios, el cierre de empresas, el aumento de la desocupación y la pobreza… El cambio fue claro: beneficio cambiario para los más poderosos, cambio para peor de los que menos tienen (¡cambiemos el cambio que la levantamos con pala!).

El imaginario colectivo se confió en que el millonario no accedía al gobierno para enriquecerse (si ya tiene plata, ¿para qué va a querer más?), los hechos demostraron lo contrario. La ambición no tiene límites, y el lema electoral se cumplió a la perfección: » cambiemos a dólares que nos vamos a llenar de guita a costa del pueblo y por falsas promesas»

¿Promesas? Sí ¿Pobreza Cero? ¿Inversiones? ¿Innovación? ¿Apertura al mundo? ¿ A qué mundo? ¿Al de los buitres especulaestafadores? ¿Y la Educación? ¿Y la Salud? ¿Y el proyecto Belgrano o Sarmiento o no sé qué prócer?

La mentira brutal y un cepo que ellos mismos se ponen como un bozal: ¿para no gritar por la frustración de no poder ganar más guita a costa del pueblo?

¿Quién va a comprar menos de 10.000 dólares al mes?

Otra expresión de insensibilidad y tiranía hacia lo social como aquella primera siniestra medida de aumentar de forma desproporcionada los servicios energéticos como el gas y la luz.

El cambio del gobierno de cambiemos es sinónimo de no confianza en su propia nación, contrario a Gandhi quien se libró de la colonización inglesa gracias a enseñanzas como las tres R (respeto a sí mismo, respeto a los demás y responsabilidad en nuestros actos).

Ellos, los del «pro», pro-movieron el cambio, el cambio de divisa para usar al país como su propio negocio.

Sí, cambiemos el cambio de divisa mientras no se den cuenta… ¿Será que en el pro se ha leído mucho a Gandhi? Es evidente que no, pero el humor sarcástico nos da margen para pensarnos y reflexionar sobre las realidades que nos rodean, y al mismo tiempo pasar estos momentos de malestar.

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    El decreto que apunta a la Corte y abre una nueva batalla política: Milei modifica el histórico procedimiento de selección de jueces

     

    Un decreto publicado este martes modifica el mecanismo creado en 2003 para la designación de integrantes de la Corte Suprema, el Procurador General y el Defensor General. Aunque el Gobierno sostiene que busca agilizar los plazos, la decisión reaviva el debate sobre el equilibrio entre el Poder Ejecutivo y el control democrático que ejerce el Senado.

    Por Ramiro C. Ferrante para NLI

    La publicación de hoy del Decreto 467/2026 no pasa inadvertida en el mundo judicial ni en los pasillos de la política. La norma modifica varios artículos del Decreto 222/03, el procedimiento impulsado hace más de dos décadas para dotar de mayor publicidad y participación ciudadana a la designación de ministros de la Corte Suprema, Procurador General y Defensor General de la Nación.

    La principal novedad es que el Poder Ejecutivo queda obligado a publicar, dentro de un plazo máximo de treinta días desde que se produzca una vacante, el nombre y los antecedentes de las personas que estén siendo consideradas para ocupar el cargo. La difusión deberá realizarse durante tres días en el Boletín Oficial y en la página del Ministerio de Justicia.

    Un cambio que acelera los tiempos políticos

    Hasta ahora, el decreto de 2003 regulaba el procedimiento de publicidad y participación, pero no establecía un límite temporal tan preciso para que el Ejecutivo iniciara formalmente el proceso. Con la modificación, el Gobierno busca transmitir la idea de que las vacantes no podrán permanecer indefinidamente sin un candidato oficial.

    La norma también endurece las exigencias de transparencia para los postulantes. Además de la declaración patrimonial prevista por la Ley de Ética Pública, deberán presentar una declaración detallando las asociaciones civiles y sociedades de las que forman o formaron parte, los estudios jurídicos donde trabajaron y la nómina de clientes o contratistas de los últimos ocho años, en la medida permitida por las normas de ética profesional.

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