Bariloche: Impiden viaje escolar por alcoholemia positiva del conductor

 

En un operativo de control de la CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) en la terminal de ómnibus de Bariloche, un conductor que debía trasladar a un contingente estudiantil dio positivo en el test de alcoholemia. El resultado arrojó 0,17 gramos de alcohol por litro de sangre, lo que obligó a los inspectores a intervenir de inmediato.

El micro tenía previsto transportar a 48 alumnos hacia Villa La Angostura como parte de un viaje educativo. Afortunadamente, el chofer fue rápidamente apartado de su puesto y se labró el acta de infracción correspondiente. La CNRT confirmó que el servicio fue demorado hasta que la empresa proveyó un conductor suplente debidamente habilitado, garantizando la seguridad de los estudiantes.

Este procedimiento se enmarca en la política de Tolerancia Cero que rige para los conductores de transporte público y de carga en todo el país. Cualquier nivel detectable de alcohol implica la inhabilitación temporal inmediata del chofer para prestar servicio. Este caso refuerza los controles permanentes que realiza la CNRT para verificar la documentación, las condiciones técnicas y realizar testeos de alcoholemia en rutas y terminales.

La delegación patagónica de la CNRT destacó que estos operativos son fundamentales para prevenir siniestros viales. En lo que va del año, ya se efectuaron más de 80 mil controles en la región, intensificándose durante la temporada de viajes estudiantiles. Gracias a esta intervención en Bariloche, los 48 alumnos pudieron continuar su viaje a Villa La Angostura de manera segura.

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  • Prisión preventiva para Facundo Jones Huala

     

    El juez de Bariloche Ezequiel Andreani dictó la prisión preventiva por 90 días al referente y lonko mapuche, Facundo Jones Huala. Alrededor de las 17 horas será trasladado a la Unidad 6 de Rawson, a más de mil kilómetros. La acusación está centrada en el contenido de un libro de poesía escrito por su autoría y también por algunas palabras que habría dicho en una presentación. Tanto el lonko como la familia Jones Huala tiene un largo historial de persecusión por su encendido discurso contra el Estado argentino y contra las multinacionales y empresarios que explotan la Patagonia. Como explicó el medio alternativo Prosa Urgente “esta decisión de neto corte fascista se da a pocas horas de conocerse el fallo proscriptivo a Cristina Fernández de Kirchner”. Por ANRed


    Facundo Jones Huala había sido detenido de forma irregular el pasado domingo. Los efectivos que lo arrestaron no presentaron orden judicial. La denuncia fue realiaza por el Ministerio de Seguridad Nacional a cargo de Patricia Bullrich y se basaba la acusación por «incitación a la violencia» en palabras que el lonko había expresado durante una presentación de un libro de poesía que el propio Facundo escrito el pasado verano.

    La Gremial de abogados que lleva adelante su defensa judicial ya había emitido un comunicado alertando sobre la audiencia que se realizó esta mañana y las irregularidades del proceso que hoy dicto prisión preventiva:

    EN UN MARCO DE INNUMERABLES Y GRAVES IRREGULARIDADES AVANZA EL PROCESO A FACUNDO JONES HUALA, FINALMENTE, LOS ABOGADOS DEFENSORES DE LA GREMIAL PUDIMOS ACCEDER A ALGUNA INFORMACIÓN (INSUFICIENTE) SOBRE LA AUDIENCIA FIJADA PARA MAÑANALA GRAVEDAD DE LA PRETENSIÓN FISCAL EN BASE A UN CÓDIGO “MODERNO”

    Para que quede claro: Facundo fue detenido irregular e ilegalmente, sin orden judicial.

    No se nos permitió hablar con él cuando nos llamó el oficial “de inteligencia de la Policía Federal” (sic) que era parte del grupo que lo detuvo y que nos informó de un número de causa hasta ahora inexistente y de una intervención del juez federal Andreani y la fiscal Pagano Mata.

    Más de 6 horas después “apareció” una orden y más de 40 horas después, finalmente, los defensores fuimos notificados por la autoridad judicial, y en forma confusa, de los delitos que se le imputan.

    También ahora nos enteramos de las cuestiones que la Fiscalía pretende tratar en esta audiencia “multipropósito”.

    Mientras tanto, todas las conversaciones que Facundo tuvo con sus defensores fueron con teléfonos en altavoz y en presencia (y atenta escucha) de personal de la Policía Federal.Con lo cual afectan el derecho de privacidad entre Defensor e Imputado.

    Ahora se nos informa que no está previsto el acceso por medio de videoconferencia (zoom, youtube, etc.) a todo aquel interesado en presenciar la audiencia, violando el principio de publicidad que supuestamente es uno de los ejes del Código de procedimientos vigente.

    Nosotros, en cumplimiento de lo que la norma mencionada manda informamos los datos de acceso a la plataforma zoom que se nos han enviado: ID. de reunión: 833 7803 0426 / Clave de acceso: 4607.

    La audiencia tiene hora de inicio prevista a las 9:00 de mañana 11 de junio.

    Por último queremos destacar algo que creemos de máxima gravedad (dentro de un panorama de hechos de por sí graves): nos acabamos de enterar, como dijimos, que la Fiscalía pedirá en la audiencia de mañana que el proceso contra Facundo se desarrolla según lo previsto en el Título IV del Libro Segundo (arts. 334 a 336) del Código Procesal Penal Federal vigente.A él nos remitimos y cualquiera que lo lea podrá apreciar la gravedad de esa pretensión.

    Somos conscientes que a muchos ni les interesará la suerte de Jones Huala.Algunos aplaudirán su detención.

    Sepan siempre que estas barbaridades que hacen con Facundo les puede tocar a cualquiera.

    Nadie se salva sólo.

     

  • “El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel es una crítica al accionar punitivo del estado”

     

    A comienzos de junio la Cámara Federal de Casación Penal convalidó la sentencia dictada en diciembre de 2023 a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca por la cual fueron condenados cinco integrantes del Grupo Albatros de la Prefectura Naval por el homicidio de Rafael Nahuel. El joven mapuche de 22 años fue asesinado por la espalda mientras escapaba, junto a otros manifestantes, de una persecución brutal en la zona del Lago Mascardi, en Bariloche. En diálogo con ANDAR, el abogado Guillermo Torremare, miembro de la CPM y vicepresidente de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), afirmó que “la justicia vuelve a ratificar que los imputados nunca debieron haber utilizado sus armas de fuego en aquellas circunstancias”.

    Si bien no se logró el cambio de calificación legal que pretendían las querellas y que hubiera permitido condenas mayores al desestimar la figura de “exceso en la legítima defensa”, lo resuelto por el máximo tribunal penal del país ratifica lo que organizaciones sociales y de derechos humanos vienen denunciando desde hace años: los desalojos de comunidades originarias se realizan con exceso en el uso de la fuerza del estado y provocan daños irreversibles en quienes se manifiestan y reclaman por sus derechos.

    Así ocurrió con el brutal operativo que provocó la muerte de Rafael Nahuel, el joven de 22 años asesinado por una bala de la Prefectura Naval Argentina (PNA) en 2017 mientras la comunidad Lafken Winkul Mapu intentaba preservar sus tierras.

    Cabe recordar que el hecho fue juzgado en debate oral y público realizado a instancias del Tribunal Oral Federal de General Roca –con la integración de los magistrados Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava- durante los últimos meses de 2023, cuando cinco integrantes de la PNA resultaron condenados por el delito de homicidio agravado por el uso de arma y en exceso de legítima defensa. Cuatro de ellos, como partícipes necesarios y el quinto, como autor del disparo letal.

    Todos recibieron, según su grado de participación en el crimen, la máxima pena para el delito imputado pero ninguno fue condenado a penas superiores a 5 años y 8 meses de prisión ya que ese es el límite previsto para la autoría del homicidio agravado y en exceso de legítima defensa.

    Tal como sostuvieron desde el inicio de la causa las querellas de la APDH –en su carácter de organización de la sociedad civil- y la de la familia de la víctima, nunca se probó la necesidad de defensa de los prefectos con sus armas reglamentaria porque, en rigor, nunca existió agresión de los manifestantes.

    No obstante, luego de la sentencia de 2023 existía la posibilidad de que, en instancia revisora, se revirtieran las condenas y se absolviera a los cinco integrantes del Grupo Albatros, tal como lo solicitaron ante la Cámara Federal de Casación Penal las defensas y en un contexto político propicio para el otorgamiento de beneficios a los agentes de seguridad involucrados en graves casos de violencia institucional.

    De allí que la reciente confirmación de la condena por parte del máximo tribunal penal del país no deja de representar un avance porque, tal como sostiene el vicepresidente de la APDH nacional, Guillermo Torremare, “la justicia vuelve a ratificar que los imputados nunca debieron haber utilizado sus armas de fuego en aquellas circunstancias”.

    “Hay que considerar el contexto histórico en el que se inició y desarrolló la causa por el asesinato de Rafael Nahuel, con Patricia Bullrich y Germán Garavano como ministros de Seguridad y de Justicia de la Nación, respectivamente, y con discursos políticos que diariamente planteaban la absoluta inocencia de los prefectos implicados”, agregó.

    “Hoy es muy fácil encontrar artículos periodísticos de la época en los que se afirmaba la inocencia de los agentes de seguridad y el supuesto ejercicio de legítima defensa frente a las agresiones de los integrantes de la comunidad mapuche que resistían el desalojo, pero nunca se aportó una sola evidencia que diera cuenta de esa realidad. Más bien lo que ocurrió es una verdadera cacería en la que se efectuaron más de 150 disparos de armas de fuego reglamentarias mientras las personas intentaban alejarse”, amplió Torremare.

    Y concluyó: “El fallo de Casación sobre el asesinato de Rafael Nahuel, si bien no adoptó el criterio que pedíamos las querellas respecto a la calificación legal, es una crítica al accionar punitivo del estado”.


    Fuente: https://www.andaragencia.org/el-fallo-de-casacion-sobre-el-asesinato-de-rafael-nahuel-es-una-critica-al-accionar-punitivo-del-estado/

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  • Candombe, memoria y resistencia: Les Ñeris desde la estación Darío y Maxi

     

    «Olor a goma quemada temen… Que se chamusque la historia. Dos cosas que les espantan: pueblo y memoria.» Con una versión candombeada de la mítica canción «Olor a goma quemada» de Rafael Amor, Les Ñeris presentaron el sábado una obra audiovisual que nace desde el corazón del movimiento piquetero.  Hoy tocan en las jornadas a 23 años de la Masacre de Avellaneda. Por ANRed.


    Después de dos años de trabajo colectivo, de tocar en solidaridad con las luchas solidarias, Les Ñeris dieron a luz una versión candombeada de la canción emblemática de Rafael Amor. Un grito de arte y memoria, en un momento en que los movimientos sociales sufren persecución y criminalización. El video fue grabado en un lugar cargado de significado: la estación Darío y Maxi, símbolo de resistencia. Y es que Les Ñeris son herederos de grupos artisticos «que se ven en la lucha» como tiempo atrás fueron  «Santa Revuelta», «los Jara», «Sikuris» y hoy «Las Manos de Fillipi».

    Arte popular como trinchera

    La elección de la canción no fue casual. «Olor a goma quemada», de Rafael Amor, fue una bandera durante los años 90, una época de fuerte resistencia al modelo de capitalismo neoliberal. Recuperarla hoy, reinterpretada en clave de candombe —ritmo afro rioplatense también cargado de historia de resistencia— es un acto político y estético.

    «La memoria nos guía, la conciencia nos crece, la belleza es nuestra», afirman quienes integran el grupo, que reúne a Mateo, Monchi, Jonix, Lu Gómez, Kalu, Juanba, Alejo, Emi, Danilo, Leo, Mati, Luisina y la comunidad de La Ñeriñeada. La realización estuvo a cargo de  M y M producciones con Javier Iglesias y Natacha Bianchi. No es solo una canción: es una apuesta a que el arte sea refugio, puente, denuncia y propuesta.

     

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    De la trinchera a la estación

    La grabación se realizó en Rixoma Producciones, un espacio que apoya a artistas populares con recursos limitados pero con una enorme creatividad. «Generalmente los artistas populares no pueden grabar porque no hay recursos. Rixoma pone lo poco que tiene al servicio del arte colectivo», explican desde la producción.

    La locación del videoclip fue elegida con claridad: la estación Darío y Maxi, en homenaje a los militantes asesinados en la Masacre de Avellaneda en 2002. “Ese espacio sintetiza la historia de lucha, es una escultura viva donde la memoria colectiva confluye», señalaron.

    Lanzamiento y jornada cultural

    A 23 años de la Masacre, el sábado se presentó el video en una jornada cargada de emoción, arte y militancia. Participaron organizaciones sociales, artistas y referentes del campo popular como Alberto Santillán. Como todos los 25, este miercoles también se realizará una jornada cultural en la estación, con la participación de Les Ñeris entre otros grupos en vivo a partir de las 16 hs.

    Una vez más, junio arde rojo: habrá jornada cultural y actividades en la Estación Darío y Maxi a 23 años de la Masacre de Avellaneda

     

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