Los trabajos que llevarán el servicio de gas al Complejo Fitosanitario Aduanero avanzan a buen ritmo. Cabe destacar que también se verán beneficiados otros frentistas del sector rural donde está emplazado el Complejo.
La obra es ejecutada en cumplimiento del contrato de concesión por parte de la empresa Logística Internacional Patagónica SRL por la explotación de los servicios de estibaje y frío de la cámara de transferencia Nº 2 de la Cámara de Productores. El contrato contemplaba la construcción de dos bocas más en la cámara, obra que no pudo llevarse adelante por falta de espacio físico.
Por esta razón se acordó la realización de la obra de gas, lo que significará un importante beneficio para los organismos y empresas que prestan servicios en el Complejo y también para ocho frentistas de la zona.
Hay que destacar la importancia de la gestión del Intendente Marcelo Orazi ante la empresa Camuzzi que posibilitó la concreción del proyecto.
La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 6723 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso habilitar la circulación de personas sin restricciones horarias a partir de hoy y hasta el 1 de octubre. La medida, según se indicó, responde a la mejora registrada en la situación epidemiológica, que se suma…
Cuando LPO reveló que Toto Caputo y Santiago Bausili sacaron del país las reservas de oro del Banco Central, en un operativo clandestino de ribetes policiales, comenzó una saga de ocultamiento de las autoridades sobre el destino de uno de los principales activos líquidos del organismo monetario.
El diputado nacional y líder de La Bancaria, Sergio Palazzo, presentó varios pedidos de informes exigiendo a las autoridades que expliquen dónde está el oro y qué tipo de cauciones lo afectan. Caputo nunca quiso explicar su destino, se limitó a comentar muy por arriba en un programa de televisión que se giró a un banco para cobrar intereses. No explicó quién lo tiene ni qué tipo de operación se hizo con ese importante activo.
Ahora, la Justicia Federal ordenó este lunes al Banco Central que entregue información precisa sobre el destino del oro.
En una resolución firmada por los jueces Guillermo Treacy y Pablo Gallegos Fedriani, la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativa Federal, consideró que la autoridad monetaria no justificó de manera suficiente su decisión de no informar sobre el destino del activo y sostuvo que la negativa vulneró los principios de transparencia.
Es que Caputo y Bausili sostienen que la operación forma parte de la «administración» de la reservas y por ende es secreta. El mismo criterio opaco que Caputo utiliza para no dar precisiones sobre el swap firmado con Estados Unidos y los bonos que le entregó al Tesoro para que rentabilice la venta de dólares que hizo sobre el cierre de la campaña.
Los jueces fueron punzantes sobre el lamentable manejo de Caputo sobre información que debería ser pública. «La configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado», sostiene el fallo y subraya que es el Estado quien debe demostrar, de manera concreta, que la difusión de los datos solicitados causaría un daño a un interés legítimamente protegido.
La configuración de alguna de las excepciones legales a la entrega de información pública no puede depender de una apreciación unilateral del sujeto obligado.
En efecto, hace más de un año, el líder de La Bancaria, Sergio Palazzo, presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo preguntando si efectivamente envió lingotes de oro al exterior, cuántos, en qué fechas, con qué destino y bajo qué condiciones, tal como reveló LPO en ese momento.
El Banco Central respondió apenas con un comunicado formal que «había completado transferencias de parte de sus reservas en oro entre sus diferentes cuentas», sin precisar monto, destino ni motivo concreto.
La respuesta evasiva del BCRA encendió alarmas. Porque ese oro no es un adorno: según informes oficiales, las reservas de oro rondan unos USD 4.900 millones, un componente significativo del total de activos extranjeros del Central.
Aunque la entidad insiste en que las operaciones no alteran el volumen agregado de las reservas, nadie sabe realmente dónde están físicamente esos lingotes y si siguen efectivamente en poder del Estado o se remataron en algunas de las operaciones de préstamos igualmente opacas que concretó Caputo.
El balance del BCRA, en ciertos trimestres, llegó incluso a no mostrar ese componente con claridad, como si hubiera desaparecido entre páginas y cifras. La falta de transparencia no es solo un problema para analistas curiosos.
LPO reveló en exclusiva que la Auditoría General de la Nación (AGN) reveló recientemente que el Banco Central se negó a entregar documentación sobre dónde están los lingotes, bajo qué condiciones se conservan y si parte del oro fue transformado en instrumentos financieros. El argumento oficial: la información es «confidencial» y su difusión podría poner en riesgo la seguridad de los activos.
La cuestión adquiere otro matiz cuando se mira el contexto internacional: el precio del oro alcanzó niveles récord y ronda los USD 4.400 la onza. Ese aumento de precio actúa como un salvavidas contable para las reservas del país. Aunque las reservas líquidas, las que realmente se pueden utilizar para pagar importaciones o deuda están hundidas, el aumento del valor del oro hace que el deterioro no sea aún peor.
Según estimaciones de analistas de LCG, las reservas netas reales del BCRA podrían estar en torno a USD 18.000 millones negativos, un rojo espeluznante que sería aun peor si el oro de alto precio no estuviese amortiguando parcialmente la caída.
La paradoja es que los lingotes están en destino desconocido y aun así siguen computando como reservas en los balances oficiales. Pero so se sabe si esas onzas están depositadas en el Banco de Londres o Basilea -como trascendió en su momento- y si están aportando rendimiento o fueron depositadas como garantía para obtener financiamiento en dólares.
A esa nebulosa se suma la crítica política. Diversos referentes de la oposición y ex funcionarios, como Martín Redrado, exigieron al BCRA mayor transparencia sobre el manejo del oro y cuestionaron que la entidad evada explicar que hizo con ese activo.
Como sea, la pregunta sigue flotando en el aire: ¿dónde está el oro de la Argentina? Eso es lo que la Justicia ahora exige que responda Bausili.
El juez federal de Rosario, Román Lanzón, sobreseyó a dos empresarios de la construcción que estaban acusados de evasión tributaria, tras condenar a uno de ellos en 2024, a partir de la entrada en vigencia de la ley de inocencia fiscal. Es una de las primeras aplicaciones de la nueva norma impulsada por Javier Milei que mandará al archivo causas penales por delitos económicos.
El caso benefició al empresario Norberto Fandes y su hijo Diego Fandes quienes son responsables de la firma Baimín Construcciones de la localidad de Pergamino. El magistrado interviniente ya había previamente considerado que Fandes hijo no tenía mérito para ser investigado pero la Cámara Nacional de Casación Penal le impuso seguir adelante con la imputación.
La nueva ley aprobada a fin del año pasado subió de modo considerable los montos para que considerar un delito tributario. La evasión simple pasó a considerarse a partir de los 100 millones de pesos y la evasión agravada a partir de los mil millones. También se redujeron los plazos de prescripción de estos ilícitos de cinco a tres años.
Los tributaristas y legisladores que criticaron el nuevo marco tributario indican que este debilita la capacidad de persecución fiscal y desmonta la función disuasoria del Derecho Tributario. El economista rosarino Cristian Módolo refiere que con los cambios un contribuyente que en diciembre podía ser imputado por un delito agravado por evadir 20 ahora podría evadir 80 millones sin que eso siquiera fuera tipificado como delito simple sino como una falta administrativa.
Los tributaristas y legisladores que criticaron el nuevo marco tributario indican que este debilita la capacidad de persecución fiscal y desmonta la función disuasoria del Derecho Tributario.
Como integrante unipersonal del Tribunal Federal Oral 2, el juez Lanzón sobreseyó a los empresarios por el principio de aplicabilidad de la ley más benigna que supone la nueva norma.
Según dijo a LPO un funcionario con acceso al caso, en 2024 el mismo magistrado había condenado a Fandes padre a tres años y seis meses de prisión, lo que suponía una aplicación efectiva que cumpliría en modo domiciliario por ser mayor de 70 años. Fue por los delitos de evasión agravada del IVA por tres millones de pesos y por el impuesto a las ganancias por ocho millones de pesos, ambos en el período fiscal 2016/2017, y por evasión simple del IVA en el período 2019 por 1.776.000 pesos. El juez consideró, basado en los testigos que declararon en el juicio oral, que su hijo pese a figurar en la nómina de la empresa no tenía poder de administración ni manejo alguno en la compañía por lo que lo absolvió.
El ex titular de ARCA, Juan pazo, fue uno de los impulsores de la inocencia fiscal.
Como Casación obligó a revisar esta absolución el caso debía asignarse a otro tribunal. Pero mientras Norberto Fandes cumplía prisión domiciliaria entró en vigencia la ley de Inocencia Fiscal. Con ello el abogado Norberto Scoponi pidió el sobreseimiento de su cliente porque los montos por los que había sido sentenciado eran más bajos que los que ahora la nueva norma señala como umbral para promover una acción penal.
«Hasta ahora, ese piso estaba fijado en $1,5 millones por año y por impuesto, un valor establecido en 2017 que, con el paso del tiempo y la inflación, quedó completamente desactualizado», le dijo Scoponi al sitio I-Profesional. «Con esos montos, hasta un pequeño quiosco podía quedar atrapado en una causa penal. Se produjo una distorsión total del sistema», abundó.
La nueva norma se publicó en el boletín oficial el 2 de enero pasado. El fallo del juez Lanzón, el primero en Rosario y uno de los primeros en el país, fue dictado el 13 de este mes. El fallo cita los precedentes Cristalux y Vidal para la aplicación universal del principio de la ley más benigna cuando una causa no tiene sentencia firme.
En la resolución a la que accedió LPO, el juez Lanzón indica que de la lectura de la flamante ley «se observa que la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles, motivo por el cual corresponde hacer lugar al planteo efectuado por la defensa y, en consecuencia, dictar el sobreseimiento de ambos imputados».
Se observa que la norma modificó el régimen penal tributario, elevando el piso de los montos previstos para los delitos como los que se investigan en la causa, esto es, evasión simple del impuesto al valor agregado y evasión agravada, de lo que se desprende que las conductas investigadas han quedado fuera del ámbito de las evasiones penalmente punibles
El fiscal Mariano Barabani que intervino en el caso rechazó la decisión y pidió que el trámite prosiga porque la aplicación de la ley más benigna no puede ser automática y la enmienda no alteró la valoración del delito sino que solo actualizó los montos. De hecho cuando Lanzón condenó en el juicio oral en 2024 remarcó que nunca la defensa discutió el encuadre legal del caso y que el contribuyente nunca explicó ni cuestionó la fiscalización de la ex AFIP que motivó la apertura del expediente.
La controversia sobre el impacto de la ley es fuerte. El gobierno la defendió con el argumento de que busca promover el cumplimiento voluntario y reducir la presión fiscal sobre contribuyentes cumplidores. Para otros la ley consolida un sistema de doble estándar. Módolo le dijo al sitio Suma Política que «mientras los contribuyentes pequeños y medianos continuarán sometidos a controles automáticos y sanciones inmediatas, las grandes evasiones -aquellos que operan mediante entramados contables y estructuras societarias complejas- verán reducida de manera significativa la probabilidad de enfrentar consecuencias penales. No se trata de una modernización del sistema, sino de un blindaje selectivo».
El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sostuvo que «siempre hay opciones para hacer más estricto el aislamiento» en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) ante el crecimiento de casos de coronavirus, pero pidió «no apresurarse». «Estamos tomando las medidas una vez que tenemos bien desarrollado el marco de diagnóstico, que implica no sólo la…
El próximo domingo a partir de las 18 horas se podrán apreciar algunos de los talleres que ofrece la Escuela Municipal de Arte para este año. En el espacio denominado ‘Escuela Abierta’, la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Regina propone a los vecinos disfrutar, en este caso, de canto, piano, ukelele, guitarra,…
Se viene la navidad y el fin de año y en esta fecha es más común aún el uso y abuso de la pirotecnia. Sin embargo, se puede celebrar con felicidad, música y sin ruidos molestos que perjudiquen a los demás. Ya a esta altura es sabido que las mascotas sufren, se asustan, se pierden…
Difunde esta nota
Deja una respuesta
Lo siento, debes estar conectado para publicar un comentario.