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APAN, OCHO AÑOS DE CARIÑO Y COMPROMISO CONSTANTE

Llegamos al refugio canino APAN (asociación protectora de animales), cuando las colaboradoras ya habían terminada con la jornada de trabajo. Estaban en el refugio desde las 6:30 am, principalmente en verano se intenta ir bien temprano ya que durante la tarde el calor es sofocante, la atención para los refugiados es de lunes a lunes, todos los días del año.  

Habitualmente participan dos o tres voluntarias por día un promedio de dos o tres días por semana. En el refugio habitan alrededor de 90 perros, el espacio de cada uno de ellos se divide en caniles individuales o como máximo de a cuatro animales, hay más de 30 caniles. Ésta división no es al azar, en el refugio hay perros con distintos niveles de agresividad, es por eso que se agrupan o se separan dependiendo de su interacción con los demás. Inclusive muchos de los animales tiene una medicación fija diaria o bien están internados en veterinarias de colaboradoras profesionales.

Todos los días  se limpian todos los caniles, se saca la materia fecal, se da la comida y se cambia el agua. “Esto se hace con mucho cariño pero principalmente con mucha responsabilidad, sin uno de estos dos factores es imposible hacer un voluntariado como este” enfatizan las chicas de APAN.

LTA: Lo primero que nos gustaría que aclaren es qué diferencia hay entre perrera y refugio? Siendo que APAN es un refugio.

Las perreras eran organismos municipiales que antes eran legales, se enjaulaba los perros tres días y si nadie los reclamaba los mataban, hoy ya no se practica ese método como control de la población. En este mismo lugar donde tenemos el refugio se practicaba la eutanasia, hoy peleamos para que los perros tengan una vida digna. En la sociedad la perrera esta asociada a un organismo estatal y se cree que el refugio depende de la municipalidad entonces para ellos nosotros somos una perrera y ahí se confunden. Hay que insistir que cada uno debe hacerse responsable de sus animales.

LTA: Creció la población del refugio en el último tiempo?

Nosotros mantenemos la población, tenemos una determinada capacidad, bajo un estatuto y un convenio de mantener la capacidad del refugio. Porque implica un costo altísimo, cada canil tiene un valor de alrededor de 30 mil pesos, en verano se sirven 40 kilos de alimento por día y en invierno 60 (3 bolsas), un trabajo enorme y diario que no podemos dejar de hacerlo porque hay que ser constante, por estos motivos no superpoblamos el refugio. En casos muy excepcionales y necesarios podemos permitir el ingreso de algún animal. Eso sí, la población nunca baja.

Nuestro objetivo es que los animales que están acá estén bien, vivan de una manera digna. Hay animales que están hace mas de diez años, hay perros que fundaron APAN en el corralón municipal. Básicamente una cuestión de costo no permite un refugio más grande. El convenio que tenemos con el municipio cubre aproximadamente un 10% del gasto fijo.

APAN: Cuál es el ritmo de circulación de los perros en APAN? Cuánto tiempo pasan en el refugio?

La gente quiere que le saques el problema de encima, la mayoría de los perros del refugio no son adoptables, la gente no los elige, suelen pedir perros chiquitos y los del refugio suelen ser perros grandes, mestizos, comunes. Nosotros exigimos que quien se los lleve los tenga mejor que acá. Este año habremos dado 3 perros en adopción. Un porcentaje muy bajo. Si hubiese un recambio sería distinto. El trabajo de conciencia se empezó a generar hace algunos años pero todavía no abarca a la sociedad toda.

LTA: Se han implementado a lo largo de este tiempo sistemas de concientización en las escuelas?

Este año en educación incluyeron una materia en la que hacen proyectos para concretar en conjunto. Seis colegios han trabajado con nosotros. Fue uno de los años  más productivos debido al interés de los chicos y los profesores. Ahí está la clave. Los mismos chicos eligieron el refugio y han hecho proyectos muy buenos, han plantado árboles, armado cuchas, vendido manzanas para recaudar dinero, donado alimento, el día de limpieza dejamos el refugio hermoso. Eso nos enorgullece.

LTA: Cómo solventan los elevados gastos del refugio?

Recibimos un subsidio municipal de 8 mil pesos mensuales, eso nos cubre una semana de alimento para los más de 80 animales del refugio en verano, cuando se come 1/3 menos que en invierno. Después contamos con la colaboración de los socios (con cuotas de 100 pesos) que son muy importantes y lo que resta lo juntamos con las actividades (rifas, eventos, venta de productos, etc) que generamos todos los meses para recaudar.

Agradecemos especialmente al señor Carmona (quien presta el servicio de camión para transportar agua) y a Zavecom (brinda el servicio de containers para tirar la basura) que nunca nos cobraron y siempre están bien predispuestos.

LTA: Cómo se resuelven las peleas entre los animales?

Hemos aprendido con el paso del tiempo, lo primero es no meter las manos ni acercar la cara, hay que tratar de separarlo con algún objeto y si los perros no se sueltan hay que agarrarlos de las patas traseras y mantener hasta que se separen por cansancio. Para esto es necesario que haya al menos dos personas. Cuando se agotan se sueltan solos. Nos hemos encontrado con peleas en manadas de cinco perros contra uno, y meterte ahí es muy peligroso.

Las instalaciones que fuimos mejorando son fundamentales, nos brindan la posibilidad de tener más resguardo ante estos hechos. Cuando se ingresa un animal nuevo de alguna manera corrompe el status quo dentro del refugio, es muy difícil que los acepten sin problemas. Durante el 2018 no se murieron perros por peleas. Antes era muy común. Nos ha pasado de encontrar cachorritos muertos, porque la gente viene y los tira dentro de los caniles, eso es prácticamente dictarles sentencia.

El comportamiento de un animal está mediado por una parte genética que es el 30% y el resto, el 70% tiene que ver con la crianza, lo que aprende de sus dueños.

LTA: Para trabajar en el refugio, es más complejo el verano o el invierno?

El verano es algo más complicado, primeramente tenemos continuos problemas con el abastecimiento del agua, después aparecen en mayor cantidad los parásitos (internos y externos), mucha garrapata, sarna, el calor también influye, aumenta las posibilidades de infecciones en lastimaduras. En el verano se requiere más trabajo.

Cuando terminamos la entrevista y ayudamos a cerrar los portones, uno de los perros empezó a aullar, y poco a poco se fueron sumando todos, se activan las alarmas. Las chicas se van, ellos saludan, como cuando llegan. El aullido para los lobos es la unión con la manada, sin dudas los perros del refugio consideran a los voluntarios parte de su manada, es por eso que al irse, todos los días del año las/os apaneras/os reciben esa cálida despedida con un sentimiento inequívoco de ser parte de una gran familia.

«Si te interesa participar como voluntario/a; realizar algún aporte económico; participar del mantenimiento y mejoras; entre otras cosas… no dudes en contactarte con APAN a través de su Fan Page en Facebook»

@APAN Villa Regina

Compaginación de videos y entrevista: Hernan Ermantraut
Texto: Emiliano Piccinini
Portada: Hernan Ermantraut

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    Con modificaciones por decreto a la Ley de Migraciones, el gobierno de Milei profundiza su política de persecución contra los migrantes

     

    El Gobierno nacional modificó por Decreto de Necesidad y Urgencia la Ley de Migraciones e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso, cancelar residencias y expulsar extranjeros del país. Bajo el argumento de combatir los «mensajes de odio» contra los argentinos y proteger los símbolos patrios, el DNU 681/2026 introduce conceptos amplios cuya interpretación queda en manos del Estado, abriendo interrogantes sobre sus alcances y el impacto que podría tener sobre la libertad de expresión y los derechos de la población migrante.

    Por Ignacio Álvez Alcorta para NLI

    El Gobierno amplía las causales para impedir el ingreso y expulsar extranjeros

    Con el DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Milei volvió a modificar la Ley de Migraciones Nº 25.871 mediante un decreto de necesidad y urgencia, profundizando el endurecimiento de la política migratoria iniciado meses atrás. La norma incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la ley, que establece las causales para impedir el ingreso al país, y otro al artículo 62, referido a la cancelación de residencias ya otorgadas. A partir de ahora, podrán rechazarse solicitudes de ingreso o dejar sin efecto residencias cuando el Estado considere que un extranjero incurrió en determinadas conductas vinculadas con discursos de odio o actos contra los símbolos nacionales.

    El nuevo texto establece que no podrán ingresar ni permanecer en la Argentina quienes hayan dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, quienes inciten a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano argentino por motivos de nacionalidad, quienes participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales o quienes inciten a cometer cualquiera de esas acciones. Paralelamente, el decreto modifica el artículo 63 para establecer que la cancelación de la residencia por estas nuevas causales podrá derivar en la obligación de abandonar el país o directamente en la expulsión, según determine la autoridad migratoria.

    Conceptos abiertos que dejan amplios márgenes de interpretación

    Aunque el decreto incorpora una cláusula que aclara que no podrán considerarse comprendidas las expresiones de disenso ideológico ni la crítica política, académica o ciudadana, la redacción deja numerosos interrogantes abiertos que probablemente terminarán siendo objeto de discusión judicial.

    El primero de ellos es que la norma no define qué constituye exactamente un «mensaje de odio». No se establecen parámetros objetivos ni se remite a una tipificación penal específica. Tampoco se determina qué características debe reunir una manifestación para ser considerada incitación a la violencia contra los argentinos. Esa ausencia de definiciones deja un margen de interpretación muy amplio para la Dirección Nacional de Migraciones y, eventualmente, para los tribunales.

    Otro aspecto que permanece en una verdadera nebulosa jurídica es el concepto de «ultraje a los símbolos patrios». El decreto no enumera conductas concretas ni explica si el ultraje debe encontrarse previamente acreditado mediante una sentencia judicial o si bastará con una valoración administrativa. No queda claro, por ejemplo, si una intervención artística, una protesta pública, una performance, la quema de una bandera o una publicación en redes sociales podrían ser consideradas comprendidas dentro de esa figura, ya que el texto evita cualquier precisión.

    La misma incertidumbre aparece respecto de la prueba. El DNU no explica quién determinará que una persona emitió mensajes de odio ni cuál será el estándar probatorio exigido. Tampoco establece si será necesaria una condena penal previa, una resolución judicial, un expediente administrativo o simplemente informes elaborados por organismos estatales. En consecuencia, queda abierta la discusión sobre cuáles serán las garantías de defensa para los extranjeros alcanzados por la medida.

    Entre la libertad de expresión y las facultades discrecionales del Estado

    El propio decreto intenta anticiparse a esas objeciones al sostener que la medida no afecta la libertad de expresión, ya que excluye expresamente el disenso ideológico y la crítica política. Sin embargo, la delimitación entre una crítica protegida constitucionalmente y un supuesto mensaje de odio aparece como uno de los puntos más delicados de toda la reforma.

    La dificultad radica en que la decisión sobre dónde termina una opinión política y dónde comienza una conducta que habilite la expulsión quedará inicialmente en manos de la administración pública. Esa amplitud interpretativa podría derivar en cuestionamientos sobre el alcance de las facultades discrecionales del Estado y sobre el respeto de los principios de legalidad y seguridad jurídica.

    A ello se suma que la norma tampoco distingue si los hechos deben haber ocurrido dentro del territorio argentino o en el extranjero. La redacción permitiría, en principio, considerar publicaciones realizadas fuera del país o manifestaciones efectuadas años antes del ingreso, sin que el decreto establezca límites temporales ni criterios para valorar la gravedad de cada caso.

    Una nueva vuelta de tuerca en la política migratoria de Milei

    La modificación se inscribe dentro del endurecimiento de la política migratoria impulsada por la administración libertaria durante el último año. Desde la llegada de Milei a la Casa Rosada, el Ejecutivo avanzó mediante distintos decretos sobre el régimen migratorio, restringiendo derechos y ampliando las facultades de la Dirección Nacional de Migraciones, una estrategia que ya generó presentaciones judiciales y cuestionamientos por parte de organismos especializados en derechos humanos y asociaciones de migrantes.

    Con el DNU 681/2026, el Gobierno vuelve a recurrir al mecanismo del decreto para introducir modificaciones en una ley sancionada por el Congreso. Más allá del argumento oficial de proteger a los argentinos frente a expresiones violentas o discriminatorias, la incorporación de conceptos jurídicos abiertos y la ausencia de precisiones sobre su aplicación concreta anticipan un escenario de fuerte debate constitucional. El verdadero alcance de estas nuevas facultades dependerá, probablemente, de cómo las aplique la autoridad migratoria y de las decisiones que adopten los tribunales cuando comiencen a llegar los primeros casos.

     

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Un comentario

  1. Antes q nada felicito a todos los q componen esta asociacion para proteger a los animales y me intrtesaria saber el te y direccion de Apan en neuquen plottier para dos cachorros encontrados muchas gracias

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