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AMÉN

Hoy por la mañana, el juez Álvaro Meynet dictó sentencia, informó que el ginecólogo Leandro Javier Rodriguez Lastra fue declarado culpable penalmente del delito de incumplimiento de sus deberes de funcionario público y posteriormente expresó en función del artículo 86 del código penal cuando un aborto se considera no punible. También resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia, agregando que “el acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba la mujer”.

En función del fallo F.A.L vinculado con un aborto no punible que tuvo origen en la provincia de Chubut la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) invita a todos los poderes ejecutivos provinciales a eliminar las barreras administrativas y garantizar el acceso al aborto por parte de los profesionales y ordena crear un protocolo para poder llevarlo a cabo.

Además a nivel provincial nos rige la ley 4.796 en la que establece que la mujer debe prestar su consentimiento informado para realizar el aborto y éste debe ser practicado con su sola declaración jurada en la que exprese  haber sufrido una violación.

Un fallo ejemplar desde la decisión, la cuestión penal merece un análisis aparte. La provincia de Río Negro, esperaba y merecía una decisión acertada como la que dictó el Juez de la causa, para seguir sustentando los avances provinciales en cuestión de género. En Río Negro NO gobierna la religión por sobre las normas ni las personas. Los fallos judiciales no están atados a cuestiones de creencias o fanatismo.

Ser objetor de conciencia no te convierte
en un obstaculizador de derechos.

Es importante aclarar que el médico ginecólogo Leandro Javier Rodriguez  Lastra no irá preso ya que la pena, que se fijará en posteriores audiencias, es excarcelable. También podrá seguir ejerciendo hasta que la sentencia quede firme.

La víctima, fue internada cuando tenía 18 años, hoy con 21 años tenía intenciones de presentarse a la audiencia aunque sus familiares decidieron que no asista debido a la fuerte exposición social, además del temor que sufra agresiones físicas luego de conocido el veredicto, ya que en las afueras del edificio judicial en Cipolletti fanáticos proclamados pro-vida montaron guardia durante la sentencia y la jornada previa al dictamen; donde instalaron una especie de altar con figuras religiosas, velas, banderas celestes, pancartas, imágenes de bebés y similares.

Portada: Germán Busin
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    Además, se habilitaron los pliegos de María Julia Sosa, secretaria del juez Julián Ercolini, y Laura Kvitko y Jessica Sircovich, secretarias del camarista Mariano Borinsky. El plan del oficialismo es aprobar esos dictámenes en comisión y convocar a audiencias públicas para mediados de mayo.

    Por otra parte, la ex senadora Lucila Crexell obtuvo la aprobación de su pliego como embajadora argentina en Canadá con 45 votos a favor, 26 en contra y la abstención de Pablo Cervi. La neuquina se llevó el rechazo del interbloque peronista en pleno, junto al de su colega Julieta Corroza, quien se opuso por instrucción del gobernador Rolando Figueroa.

    Pero mientras la sesión no tenía mayor atractivo que los discursos de los senadores contra la presentación de Federico Sturzenegger este miércoles, cuando defendió el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, la mirada ya está puesta en la audiencia por la que deberá pasar Carlos «Coco» Mahiques, padre del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, el próximo 16 de abril.

    Escándalo judicial: Mahiques mandó el pliego de su papá y el de la esposa del juez que investiga a Karina Milei

    En ese sentido, el pliego de la prórroga que Mahiques consiguió de parte de Milei para continuar en su cargo en la Cámara de Casación, después que cumpla 75 años en noviembre próximo, ya cosechó las impugnaciones de ACIJ e INECIP (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales). Las organizaciones solicitaron que se rechace el pliego porque «no se puede otorgar un nuevo nombramiento a quien no fue nombrado con anterioridad».

    En efecto, Mahiques llegó a la Casación Federal luego de un traslado efectuado en 2018, durante la presidencia de Mauricio Macri, desde su cargo original en un fuero de la Justicia ordinaria.

    Juan Carlos Pagotto y Anabel Fernández Sagasti.

    Sin embargo, la Corte Suprema declaró inconstitucional ese tipo de traslados en 2020, en el fallo «Bertuzzi», otro juez trasladado por Macri. «Validar un nuevo nombramiento implicaría perpetuar una situación inconstitucional que debe ser corregida inmediatamente por el Senado de la Nación», advierten las organizaciones.

    El fallo del máximo tribunal estableció que los traslados no pueden equipararse a los nombramientos y, por eso, sus detractores alegan que «no se puede prorrogar un cargo al que se accedió de manera provisoria». «La única vía constitucional para que Carlos Mahiques pueda continuar en la Cámara Federal de Casación Penal luego de los 75 años es presentarse al concurso que el Consejo de la Magistratura inicie cuando se produzca la vacante», desafían ACIJ e INECIP.

     

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