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AMÉN

Hoy por la mañana, el juez Álvaro Meynet dictó sentencia, informó que el ginecólogo Leandro Javier Rodriguez Lastra fue declarado culpable penalmente del delito de incumplimiento de sus deberes de funcionario público y posteriormente expresó en función del artículo 86 del código penal cuando un aborto se considera no punible. También resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia, agregando que “el acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba la mujer”.

En función del fallo F.A.L vinculado con un aborto no punible que tuvo origen en la provincia de Chubut la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) invita a todos los poderes ejecutivos provinciales a eliminar las barreras administrativas y garantizar el acceso al aborto por parte de los profesionales y ordena crear un protocolo para poder llevarlo a cabo.

Además a nivel provincial nos rige la ley 4.796 en la que establece que la mujer debe prestar su consentimiento informado para realizar el aborto y éste debe ser practicado con su sola declaración jurada en la que exprese  haber sufrido una violación.

Un fallo ejemplar desde la decisión, la cuestión penal merece un análisis aparte. La provincia de Río Negro, esperaba y merecía una decisión acertada como la que dictó el Juez de la causa, para seguir sustentando los avances provinciales en cuestión de género. En Río Negro NO gobierna la religión por sobre las normas ni las personas. Los fallos judiciales no están atados a cuestiones de creencias o fanatismo.

Ser objetor de conciencia no te convierte
en un obstaculizador de derechos.

Es importante aclarar que el médico ginecólogo Leandro Javier Rodriguez  Lastra no irá preso ya que la pena, que se fijará en posteriores audiencias, es excarcelable. También podrá seguir ejerciendo hasta que la sentencia quede firme.

La víctima, fue internada cuando tenía 18 años, hoy con 21 años tenía intenciones de presentarse a la audiencia aunque sus familiares decidieron que no asista debido a la fuerte exposición social, además del temor que sufra agresiones físicas luego de conocido el veredicto, ya que en las afueras del edificio judicial en Cipolletti fanáticos proclamados pro-vida montaron guardia durante la sentencia y la jornada previa al dictamen; donde instalaron una especie de altar con figuras religiosas, velas, banderas celestes, pancartas, imágenes de bebés y similares.

Portada: Germán Busin
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    PRIMICIA – Primero el mercado mundial, después los argentinos: Milei cambió la regla para exportar petróleo

     

    La Secretaría de Energía modificó el régimen de exportaciones de hidrocarburos y eliminó la obligación de que las empresas ofrecieran primero su producción al mercado interno. El Gobierno asegura que busca atraer inversiones y generar dólares, pero la decisión abre una nueva disputa: qué prioridad tiene la energía argentina, si garantizar el abastecimiento nacional o convertirse en un negocio exportador.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    El Gobierno de Javier Milei volvió a mover una pieza clave del modelo energético argentino. A través de la Resolución 166/2026 de la Secretaría de Energía, dependiente del Ministerio de Economía y publicada hoy en el Boletín Oficial, se modificó el esquema que regulaba la exportación de hidrocarburos y se eliminó una herramienta que obligaba a las empresas a demostrar que el mercado interno había tenido prioridad antes de vender al exterior.

    La decisión cambia la lógica que durante años acompañó la administración de un recurso estratégico como el petróleo. A partir de ahora, las compañías tendrán un camino más directo para exportar crudo y derivados, mientras el Estado conserva una capacidad de intervención más limitada frente a eventuales problemas de abastecimiento.

    La nueva regla se inscribe dentro del programa de desregulación económica impulsado por Milei, que busca reducir la intervención estatal y otorgar mayor libertad comercial a las empresas. Para el Gobierno, la medida permitirá acelerar inversiones, potenciar Vaca Muerta y transformar a la Argentina en un jugador internacional de energía.

    Pero la modificación abre una discusión de fondo: ¿la energía argentina debe estar orientada primero a garantizar las necesidades de los argentinos o a generar dólares mediante la exportación?

    Del control estatal a la libertad exportadora

    Hasta ahora, las empresas que pretendían exportar determinados hidrocarburos debían atravesar un procedimiento donde tenían que acreditar que el mercado interno había tenido la posibilidad de acceder a esa producción. Ese mecanismo funcionaba bajo una idea histórica: antes de vender un recurso estratégico al exterior, el Estado debía garantizar que no existieran problemas de abastecimiento dentro del país.

    La Resolución 166/2026 cambia esa dinámica. En lugar de una autorización previa basada en una evaluación del mercado interno, establece un sistema donde las empresas notifican sus operaciones y el Estado puede objetarlas únicamente ante situaciones específicas.

    En los hechos, la lógica pasa de un modelo de control preventivo a uno de intervención excepcional. El cambio parece técnico, pero tiene una fuerte carga política: modifica quién tiene la prioridad sobre un recurso clave de la economía nacional.

    Vaca Muerta, dólares y la apuesta del Gobierno

    La administración libertaria sostiene que la Argentina necesita convertirse en un gran exportador energético para fortalecer sus cuentas externas.

    El argumento oficial es que si las petroleras tienen reglas más previsibles y menos restricciones podrán invertir más en producción, aumentar las exportaciones y generar los dólares que el país necesita. En esa visión, Vaca Muerta no debe ser solamente una fuente de abastecimiento interno, sino una plataforma exportadora capaz de competir en los mercados internacionales.

    La resolución se apoya en la filosofía del DNU 70/2023 y la Ley Bases, que impulsaron un esquema de mayor apertura y menor regulación estatal sobre distintos sectores económicos. La apuesta es clara: que el incentivo privado sea el motor del crecimiento energético.

    El interrogante que queda abierto: ¿qué pasa con los argentinos?

    El punto más sensible de la medida aparece cuando se analiza el rol del Estado frente al mercado interno. Aunque la Secretaría de Energía mantiene herramientas para intervenir ante riesgos de desabastecimiento, la nueva normativa reduce los mecanismos que permitían anticiparse a esas situaciones. La discusión no pasa solamente por cuánto petróleo produce Argentina, sino por quién define el destino de esa producción.

    En un contexto donde los precios de los combustibles, las tarifas y el costo energético tienen impacto directo sobre hogares e industrias, cualquier cambio en la administración de los recursos energéticos genera un debate que excede al sector petrolero.

    La pregunta política queda planteada: si el petróleo argentino genera una enorme oportunidad exportadora, ¿cómo se garantiza que esa riqueza también impacte primero en quienes viven y producen en Argentina?

    Un nuevo capítulo en la disputa por los recursos estratégicos

    La Resolución 166/2026 representa un nuevo paso en el giro energético del Gobierno de Milei. No elimina completamente la intervención estatal, pero sí modifica la relación entre Estado y empresas.

    El modelo anterior colocaba al abastecimiento interno como una condición previa para exportar. El nuevo esquema pone el foco en facilitar las ventas externas y deja al Estado con un rol de vigilancia posterior.

    Mientras el Gobierno celebra una herramienta que considera necesaria para atraer inversiones y convertir a la Argentina en una potencia energética, sus críticos advierten que el país corre el riesgo de privilegiar el ingreso de divisas por encima de la protección del mercado interno.

    La pelea por el petróleo argentino vuelve así a una vieja discusión: si los recursos estratégicos deben funcionar como una herramienta de desarrollo nacional o como una mercancía más dentro del mercado mundial.


     

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