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AMÉN

Hoy por la mañana, el juez Álvaro Meynet dictó sentencia, informó que el ginecólogo Leandro Javier Rodriguez Lastra fue declarado culpable penalmente del delito de incumplimiento de sus deberes de funcionario público y posteriormente expresó en función del artículo 86 del código penal cuando un aborto se considera no punible. También resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia, agregando que “el acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba la mujer”.

En función del fallo F.A.L vinculado con un aborto no punible que tuvo origen en la provincia de Chubut la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) invita a todos los poderes ejecutivos provinciales a eliminar las barreras administrativas y garantizar el acceso al aborto por parte de los profesionales y ordena crear un protocolo para poder llevarlo a cabo.

Además a nivel provincial nos rige la ley 4.796 en la que establece que la mujer debe prestar su consentimiento informado para realizar el aborto y éste debe ser practicado con su sola declaración jurada en la que exprese  haber sufrido una violación.

Un fallo ejemplar desde la decisión, la cuestión penal merece un análisis aparte. La provincia de Río Negro, esperaba y merecía una decisión acertada como la que dictó el Juez de la causa, para seguir sustentando los avances provinciales en cuestión de género. En Río Negro NO gobierna la religión por sobre las normas ni las personas. Los fallos judiciales no están atados a cuestiones de creencias o fanatismo.

Ser objetor de conciencia no te convierte
en un obstaculizador de derechos.

Es importante aclarar que el médico ginecólogo Leandro Javier Rodriguez  Lastra no irá preso ya que la pena, que se fijará en posteriores audiencias, es excarcelable. También podrá seguir ejerciendo hasta que la sentencia quede firme.

La víctima, fue internada cuando tenía 18 años, hoy con 21 años tenía intenciones de presentarse a la audiencia aunque sus familiares decidieron que no asista debido a la fuerte exposición social, además del temor que sufra agresiones físicas luego de conocido el veredicto, ya que en las afueras del edificio judicial en Cipolletti fanáticos proclamados pro-vida montaron guardia durante la sentencia y la jornada previa al dictamen; donde instalaron una especie de altar con figuras religiosas, velas, banderas celestes, pancartas, imágenes de bebés y similares.

Portada: Germán Busin
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    Además, como adelantó LPO, la Armada informó al ministro de Defensa de la presencia inglesa en aguas argentinas pero Carlos Presti decidió no decir nada al respecto. 

    En ese marco, el resultado del partido terminó obligando a la Cancillería a informar que  se presentó una nota formal de protesta ante la Embajada del Reino Unido por los movimientos del patrullero HMS Medway hacia la costa continental argentina. 

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    Según el Gobierno argentino, esos desplazamientos se realizaron desde las Islas Malvinas, cuya presencia británica considera ilegal, no fueron debidamente notificados, como establecen los acuerdos y declaraciones bilaterales vigentes e involucraron el tránsito del buque por el Mar Territorial argentino.

    El comunicado sostiene que esta acción constituye una violación de los compromisos bilaterales asumidos por ambos países como la Declaración Conjunta del 25 de septiembre de 1991, sobre medidas de confianza, la Declaración de Madrid del 15 de febrero de 1990 y  la actualización de esas medidas acordada en la Declaración Conjunta de Buenos Aires-Londres del 12 de julio de 1993, especialmente el apartado referido a las «Medidas de fortalecimiento de la confianza».

    En otro tramo, el comunicado rechaza «con firmeza» esta incursión militar británica en espacios bajo jurisdicción argentina,  considera que forma parte de una política sostenida de actos unilaterales incompatibles con las resoluciones de las Naciones Unidas y señala que esas acciones violan el deber de ambas partes de abstenerse de modificar la situación mientras la disputa de soberanía permanezca pendiente de solución.  

    El comunicado rechaza «con firmeza» esta incursión militar británica en espacios bajo jurisdicción argentina, considera que forma parte de una política sostenida de actos unilaterales incompatibles con las resoluciones de las Naciones Unidas y señala que esas acciones violan el deber de ambas partes de abstenerse de modificar la situación mientras la disputa de soberanía permanezca pendiente de solución

    La Cancillería sostiene además que los movimientos del HMS Medway contravienen los acuerdos bilaterales sobre medidas de confianza militar, se suman a una serie de acciones unilaterales del Reino Unido que son incompatibles con la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que exhorta a ambas partes a no introducir modificaciones unilaterales en la situación de las Islas Malvinas mientras continúe la controversia sobre la soberanía. 

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    El comunicado concluye que estas acciones profundizan las tensiones en el Atlántico Sur, desconocen el mandato reiterado de la comunidad internacional y obstaculizan los esfuerzos argentinos para avanzar hacia una solución pacífica y negociada de la disputa. 

    «La República Argentina reafirma sus legítimos e imprescriptibles derechos de soberanía» sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, y cierra con la frase: «Por historia, por derecho y por convicción, las Malvinas son argentinas», concluye. 

     

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