Hoy por la mañana, el juez Álvaro Meynet dictó sentencia, informó que el ginecólogo Leandro Javier RodriguezLastra fue declarado culpable penalmente del delito de incumplimiento de sus deberes de funcionario público y posteriormente expresó en función del artículo 86 del código penal cuando un aborto se considera no punible. También resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscrito en el registro de objetores de consciencia, agregando que “el acusado nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar efectuar la práctica que le reclamaba la mujer”.
En función del fallo F.A.L vinculado con un aborto no punible que tuvo origen en la provincia de Chubut la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) invita a todos los poderes ejecutivos provinciales a eliminar las barreras administrativas y garantizar el acceso al aborto por parte de los profesionales y ordena crear un protocolo para poder llevarlo a cabo.
Además a nivel provincial nos rige la ley 4.796 en la que establece que la mujer debe prestar su consentimiento informado para realizar el aborto y éste debe ser practicado con su sola declaración jurada en la que exprese haber sufrido una violación.
Un fallo ejemplar desde la decisión, la cuestión penal merece un análisis aparte. La provincia de Río Negro, esperaba y merecía una decisión acertada como la que dictó el Juez de la causa, para seguir sustentando los avances provinciales en cuestión de género. En Río Negro NO gobierna la religión por sobre las normas ni las personas. Los fallos judiciales no están atados a cuestiones de creencias o fanatismo.
Ser objetor de conciencia no te convierte en un obstaculizador de derechos.
Es importante aclarar que el médico ginecólogo Leandro Javier Rodriguez Lastra no irá preso ya que la pena, que se fijará en posteriores audiencias, es excarcelable. También podrá seguir ejerciendo hasta que la sentencia quede firme.
La víctima, fue internada cuando tenía 18 años, hoy con 21 años tenía intenciones de presentarse a la audiencia aunque sus familiares decidieron que no asista debido a la fuerte exposición social, además del temor que sufra agresiones físicas luego de conocido el veredicto, ya que en las afueras del edificio judicial en Cipolletti fanáticos proclamados pro-vida montaron guardia durante la sentencia y la jornada previa al dictamen; donde instalaron una especie de altar con figuras religiosas, velas, banderas celestes, pancartas, imágenes de bebés y similares.
El Gobierno nacional reglamentó una nueva modificación en el Impuesto a las Ganancias que, bajo el argumento de incentivar la oferta de viviendas en alquiler, elimina la carga tributaria sobre los ingresos obtenidos por locaciones destinadas a vivienda. La medida fue oficializada este lunes mediante el Decreto 406/2026 y, aunque fue presentada como un estímulo para el mercado inmobiliario, abre un fuerte debate político y económico: la norma no establece límites de patrimonio, cantidad de inmuebles ni niveles de ingresos para acceder al beneficio, por lo que alcanza tanto a pequeños propietarios como a grandes rentistas con decenas de unidades alquiladas.
Por Celina Fraticiangi para NLI
La decisión aparece en un contexto particularmente sensible. Mientras Milei sostiene una política de ajuste sobre el gasto público, con recortes que impactan en universidades, investigación científica, programas sociales y jubilaciones, el Estado renuncia a una porción de la recaudación proveniente de quienes obtienen ingresos por alquileres de vivienda. La contradicción no pasó inadvertida para especialistas y referentes opositores, que ven en la medida una nueva señal de la orientación económica del Gobierno.
Un beneficio sin límites patrimoniales
La reglamentación publicada en el Boletín Oficial establece que las rentas obtenidas por alquileres de inmuebles destinados a vivienda quedarán exentas del Impuesto a las Ganancias. Lo llamativo es que el texto no diferencia entre escalas patrimoniales ni introduce topes que permitan distinguir entre un pequeño ahorrista y un gran propietario inmobiliario.
En términos prácticos, una persona que heredó un departamento y obtiene un ingreso complementario por su alquiler recibirá el mismo tratamiento fiscal que quien posee una cartera de decenas de inmuebles distribuidos en distintos puntos del país. La norma no fija un máximo de propiedades alcanzadas por la exención ni condiciona el beneficio al nivel de ingresos del contribuyente.
Ese aspecto es precisamente el que alimenta las críticas. Si el objetivo oficial era favorecer a pequeños propietarios o ampliar la oferta de viviendas para alquiler permanente, el decreto podría haber establecido mecanismos de segmentación. Sin embargo, la reglamentación optó por una exención amplia que también alcanza a quienes concentran una importante cantidad de activos inmobiliarios.
La promesa oficial y las dudas del mercado
La explicación del Gobierno se apoya en una idea que Milei y sus funcionarios vienen repitiendo desde el inicio de la gestión: reducir impuestos para generar incentivos económicos. Según esa lógica, al disminuir la carga tributaria sobre los propietarios habría más viviendas disponibles en el mercado formal de alquileres.
El problema es que esa relación está lejos de ser automática. Nada obliga a los propietarios a trasladar el beneficio fiscal a una reducción de los precios que pagan los inquilinos. Un dueño puede continuar cobrando exactamente el mismo alquiler y simplemente incrementar su rentabilidad gracias a la eliminación del impuesto.
La experiencia reciente del mercado inmobiliario argentino muestra además que los valores de los alquileres responden principalmente a factores como la inflación, la evolución de los salarios, la escasez de crédito hipotecario y las expectativas económicas generales. Por eso, numerosos analistas consideran que el alivio tributario podría terminar mejorando los ingresos de los propietarios sin generar un impacto significativo sobre el acceso a la vivienda.
Ajuste para unos, alivio para otros
La discusión adquiere una dimensión política inevitable. Desde que asumió, Milei justificó buena parte de sus decisiones más controvertidas en la necesidad de alcanzar el equilibrio fiscal. Esa explicación fue utilizada para defender recortes presupuestarios, paralización de obras públicas, reducción de programas estatales y licuación de ingresos sociales.
Sin embargo, el nuevo decreto avanza en sentido contrario para un sector específico de la economía. Mientras el Gobierno sostiene que no hay margen para aumentar partidas destinadas a educación, ciencia o asistencia social, sí encuentra espacio fiscal para eximir de Ganancias a quienes obtienen rentas inmobiliarias.
La medida también incluye beneficios vinculados a determinadas operaciones de venta y transferencia de inmuebles, reforzando una orientación que distintos economistas identifican como favorable a los sectores patrimonialmente más consolidados.
El debate recién comienza, pero el contenido de la norma deja pocas dudas sobre un aspecto central: lejos de tratarse exclusivamente de una ayuda para pequeños propietarios, la exención alcanza igualmente a quienes concentran una importante cantidad de viviendas y perciben ingresos millonarios por alquileres. En un país donde acceder a una vivienda propia resulta cada vez más difícil y donde millones de inquilinos destinan una porción creciente de sus ingresos al pago del alquiler, la decisión promete convertirse en uno de los nuevos focos de discusión sobre las prioridades económicas de la gestión de Milei.
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