El Ministerio de Seguridad de la Nación a cargo de Patricia Bullrich, dispuso a través de la Resolución 956/2018, el “Reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad”.
Como antecedente de este reglamento, se nos viene a la mente el precedente del caso “Chocobar”, aunque no fue el único durante el último tiempo, quizás sí, el más renombrado. Seguramente el Ministerio vio la necesidad de reglamentar estas situaciones y el procedimiento del actuar policial para, principalmente, responder ante el reclamo de parte de una sociedad que exige “leyes más duras”.
Y no es sólo la minoría menos afectada (que relojea las problemáticas sociales desde arriba) la que celebra la resolución, son varios los sectores de la sociedad que ante este nuevo reglamento festejan que un policía tenga a prima facie la posibilidad de usar su arma reglamentaria, ya que el texto avala ese accionar; además de tratarse de un reglamento que en la práctica apelará a la subjetividad del agente policial con términos demasiado ambiguos y vagos. Es decir, el funcionario tendrá que evaluar al momento de vivenciar la situación, de que se trata el hecho. ¿Están capacitados para hacerlo?
El principal cambio, símbolo de esta resolución es la posibilidad del uniformado de usar su arma reglamentaria antes que el supuesto delincuente. Y siendo respetuosos con los ordenamientos internacionales y nacionales de derechos humanos, ésta disposición es violatoria de dichos derechos.
Es irracional pensar que ésta nueva disposición tenga mucho tiempo de vida, ya que como es un Reglamento, tiene menor jerarquía en el orden del ordenamiento nacional y no faltará mucho tiempo para que surja la avalancha de inconstitucionalidades (la justicia porteña ya lo hizo).
Los nuevos (y no tanto) aires políticos que se respiran en la región, que viajan por el carril derecho de la autovía, atemorizan con resoluciones prácticas que no profundizan sobre la problemática, no previenen; sino que confrontan y en el peor de los casos (o mejor, para algunos) eliminan. En la práctica, estas decisiones abren el espacio a abusos y dejan demasiados grises para analizar, donde cada juez responderá con la biblioteca de su juzgado.
PUNTOS DEL
REGLAMENTO QUE GENERAN CONTROVERSIA
El texto indica en qué momentos hay “peligro inminente”, uno de ellos, según el reglamento, es cuando el presunto “delincuente” posea un arma letal, aunque luego delos hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal.
Se recalca que los funcionarios solo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. ¿Cuándo será “estrictamente necesario”? ¿Cuál es “la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”? Deja librado a la casuística y muchas posibilidades.
Se prevé,que se hará uso de las armas de fuego, cuando otros medios no violentos sean ineficaces, por ejemplo, en el caso de que se quiera impedir la comisión de un delito “particularmente grave”, que presente “peligro inminente” para la vida o la integridad física de las personas; entre otros supuestos. ¿Con qué certeza el agente policial sabrá si el medio no violento fue, o no, eficaz?.
El Código Penal ya prevé la situación de legítima defensa en el Art. 34. Un actuar del oficial de seguridad, fuera de esos límites, caería en un delito severamente penado por dicho Código, previsto en el Art. 80 inc. 9. Entonces, éste Reglamento, es un arma de doble filo, tanto para los ciudadanos como para los miembros de las fuerzas; ya que corre peligro la vida de la persona y también la libertad del funcionario que exceda los límites del Código.
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El dato surge de las estadísticas oficiales de mortalidad y muestra un salto de 21.276 fallecimientos entre 2023 y 2024 entre las personas de 65 años y más. El fenómeno adquiere mayor relevancia cuando se compara la mortalidad observada con un nivel esperado construido sobre años no pandémicos: para 2024, el cálculo arroja unas 33.500 muertes por encima de ese valor de referencia. Las cifras no permiten atribuir cada fallecimiento a una política determinada, pero sí muestran un deterioro sanitario que merece ser investigado.
Por Roque Pérez para NLI
La discusión sobre las condiciones de vida de los jubilados argentinos acaba de adquirir una dimensión que ya no puede reducirse a la evolución del haber mínimo, al precio de los medicamentos o a las protestas frente a las oficinas del PAMI. Las estadísticas oficiales de mortalidad muestran que en 2024 murieron 284.798 personas de 65 años y más, frente a 263.522 en 2023: son 21.276 fallecimientos adicionales en apenas un año. El dato surge de los Anuarios de Estadísticas Vitales de la Dirección de Estadísticas e Información en Salud (DEIS), organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Nación encargado de producir, analizar y difundir las estadísticas sanitarias oficiales del país.
La magnitud del salto merece ser observada con cuidado. El aumento equivale a aproximadamente 8,1% en un solo año en el número absoluto de defunciones de personas de 65 años y más. Entre los mayores de 80 años, según la comparación de las estadísticas oficiales, el incremento fue todavía más pronunciado y alcanzó aproximadamente 9,46%. No se trata, por lo tanto, de una diferencia estadística marginal ni de una fluctuación de unas pocas centenas de casos: son decenas de miles de fallecimientos adicionales dentro de la población de mayor edad.
Qué significa realmente hablar de exceso de mortalidad
Para interpretar correctamente estos números hay que introducir un concepto fundamental de epidemiología: el exceso de mortalidad. No consiste simplemente en comparar un año contra el anterior, porque la cantidad de personas que mueren naturalmente puede variar por envejecimiento poblacional, estructura etaria, tamaño de la población y otros factores. La pregunta estadísticamente más interesante es otra: ¿cuántas muertes podían esperarse razonablemente en 2024 y cuántas ocurrieron efectivamente?
Tomando como referencia los valores que venimos analizando para 2017, 2018, 2019 y 2023, es decir, años que permiten evitar el comportamiento extraordinario producido por la pandemia de COVID-19, el promedio de defunciones de personas de 65 años y más se ubica en torno de 251.255 muertes anuales. Frente a las 284.798 efectivamente registradas en 2024, la diferencia alcanza aproximadamente 33.543 fallecimientos.
Ese cálculo debe ser presentado con precisión: 33.543 significa que la cantidad observada en 2024 estuvo aproximadamente 33.500 por encima del nivel obtenido mediante esa referencia estadística. Un salto de semejante magnitud entre la mortalidad esperada y la observada constituye una señal sanitaria que requiere explicación. Y la explicación no puede construirse solamente mirando las estadísticas de mortalidad: hay que cruzarlas con el acceso a medicamentos, consultas, tratamientos, vacunación, alimentación, ingresos previsionales, internaciones y utilización efectiva del sistema sanitario.
El dato aparece en el primer año completo de Milei
La dimensión política de la cifra surge de una circunstancia temporal imposible de ignorar: 2024 fue el primer año calendario completo de la presidencia de Javier Milei. El nuevo gobierno asumió el 10 de diciembre de 2023 y durante 2024 implementó una política económica caracterizada por una fuerte reducción del gasto público, contracción de distintas partidas sociales y modificaciones en los mecanismos de acceso a medicamentos para los afiliados del PAMI.
La coincidencia temporal, por sí sola, no prueba que las políticas implementadas por el Gobierno hayan provocado las muertes. Pero sí establece un período concreto para investigar. La pregunta relevante deja de ser simplemente cuántos jubilados murieron y pasa a ser qué ocurrió con las causas de esas muertes y con las condiciones sanitarias y económicas de esa población durante el mismo período.
La ausencia de datos oficiales de mortalidad correspondientes a 2025 constituye hoy una limitación importante. La DEIS ya tiene publicado el anuario de Estadísticas Vitales 2024, pero la serie oficial de 2025 todavía no está disponible.
Medicamentos, ingresos y salud: la explicación que todavía debe investigarse
La cuestión de los medicamentos ocupa un lugar central en el debate porque para una parte importante de la población mayor el tratamiento farmacológico no constituye un gasto prescindible sino una condición para mantener bajo control enfermedades crónicas. Hipertensión, diabetes, enfermedades cardiovasculares, patologías respiratorias y múltiples afecciones propias de edades avanzadas requieren tratamientos sostenidos y, en muchos casos, combinaciones de medicamentos.
Por eso, una interrupción, reducción o postergación de tratamientos puede tener consecuencias sanitarias. La propia estadística sanitaria permite avanzar en esa dirección. Hay además un elemento demográfico que obliga a ser todavía más rigurosos: una población envejecida naturalmente registra más fallecimientos, aun cuando las condiciones sanitarias no empeoren. Por eso, comparar solamente 2023 contra 2024 puede sobreestimar o subestimar la dimensión real del fenómeno. El análisis de exceso de mortalidad intenta justamente corregir parcialmente esa dificultad mediante una referencia histórica.
Lo que muestran los números disponibles es, en consecuencia, más serio que una simple consigna política. Argentina registró en 2024 un aumento excepcional de las muertes entre las personas de 65 años y más respecto de 2023, después de la salida de los años extraordinarios de la pandemia. Y cuando se utiliza una referencia estadística no pandémica, la mortalidad observada queda muy por encima del promedio utilizado como línea de comparación.
Eso no permite mirar hacia otro lado frente a 33.543 muertes por encima de ese nivel de referencia y atribuirlas simplemente al azar demográfico. La discusión política, en definitiva, debería empezar por reconocer ese dato. La vida de las personas mayores no puede medirse solamente por cuánto aumenta nominalmente una jubilación o por cuánto dice el Gobierno que gasta en una obra social. También debe medirse por su capacidad efectiva de acceder a medicamentos, controles, tratamientos, alimentación y atención médica. Si en el primer año completo del gobierno de Milei la mortalidad de los mayores de 65 años saltó en más de 21.000 casos respecto del año anterior y alcanzó un nivel aproximadamente 33.500 fallecimientos superior a la referencia estadística utilizada en este análisis, el fenómeno exige una investigación sanitaria profunda.
Y esa investigación tiene que continuar: cuánto de este exceso responde a la estructura demográfica, cuánto a las secuelas de la pandemia y cuánto podría estar asociado con el deterioro de las condiciones sociales y sanitarias de los adultos mayores durante la nueva etapa económica.
Por ahora, el dato oficial ya plantea una pregunta incómoda para el Gobierno: en 2024 murieron 21.276 personas de 65 años y más que el año anterior. Y una democracia que pretende proteger a sus mayores debería considerar ese número no como una molestia estadística, sino como una señal que merece ser explicada con la máxima rigurosidad.
Fuentes principales: Dirección de Estadísticas e Información en Salud (DEIS), Ministerio de Salud de la Nación, Estadísticas Vitales – Año 2023 y Estadísticas Vitales – Año 2024; registros oficiales de mortalidad y análisis estadístico de exceso de mortalidad. La DEIS es el organismo nacional responsable de producir y analizar las estadísticas vinculadas con las condiciones de vida y los problemas de salud.
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