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ALTO AHÍ… ¡SOMOS PERSONAS!

El Ministerio de Seguridad de la Nación a cargo de Patricia Bullrich, dispuso a través de la Resolución 956/2018, el “Reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad”.  

Como antecedente de este reglamento, se nos viene a la mente el precedente del caso “Chocobar”, aunque no fue el único durante el último tiempo, quizás sí, el más renombrado. Seguramente el Ministerio vio la necesidad de reglamentar estas situaciones y el procedimiento del actuar policial para, principalmente, responder ante el reclamo de parte de una sociedad que exige “leyes más duras”.

Y no es sólo la minoría menos afectada (que relojea las problemáticas sociales desde arriba) la que celebra la resolución, son varios los sectores de la sociedad que ante este nuevo reglamento festejan que un policía tenga a prima facie la posibilidad de usar su arma reglamentaria, ya que el texto avala ese accionar; además de tratarse de un reglamento que en la práctica apelará a la subjetividad del agente policial con términos demasiado ambiguos y vagos. Es decir, el funcionario tendrá que evaluar al momento de vivenciar la situación, de que se trata el hecho. ¿Están capacitados para hacerlo?

El principal cambio, símbolo de esta resolución es la posibilidad del uniformado de usar su arma reglamentaria antes que el supuesto delincuente. Y siendo respetuosos con los ordenamientos internacionales y nacionales de derechos humanos, ésta disposición es violatoria de dichos derechos.

Es irracional pensar que ésta nueva disposición tenga mucho tiempo de vida, ya que como es un Reglamento, tiene menor jerarquía en el orden del ordenamiento nacional y no faltará mucho tiempo para que surja la avalancha de inconstitucionalidades (la justicia porteña ya lo hizo).

Los nuevos (y no tanto) aires políticos que se respiran en la región, que viajan por el carril derecho de la autovía, atemorizan con resoluciones prácticas que no profundizan sobre la problemática, no previenen; sino que confrontan y en el peor de los casos (o mejor, para algunos) eliminan.  En la práctica, estas decisiones abren el espacio a abusos y dejan demasiados grises para analizar, donde cada juez responderá con la biblioteca de su juzgado.

PUNTOS DEL REGLAMENTO QUE GENERAN CONTROVERSIA

  • El texto indica en qué momentos hay “peligro inminente”, uno de ellos, según el reglamento, es cuando el presunto “delincuente” posea un arma letal, aunque luego delos hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal.
  • Se recalca que los funcionarios solo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. ¿Cuándo será “estrictamente necesario”? ¿Cuál es “la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”? Deja librado a la casuística y muchas posibilidades.
  • Se prevé,que se hará uso de las armas de fuego, cuando otros medios no violentos sean ineficaces, por ejemplo, en el caso de que se quiera impedir la comisión de un delito “particularmente grave”, que presente “peligro inminente” para la vida o la integridad física de las personas; entre otros supuestos. ¿Con qué certeza el agente policial sabrá si el medio no violento fue, o no, eficaz?.
  • El Código Penal ya prevé la situación de legítima defensa en el Art. 34. Un actuar del oficial de seguridad, fuera de esos límites, caería en un delito severamente penado por dicho Código, previsto en el Art. 80 inc. 9. Entonces, éste Reglamento, es un arma de doble filo, tanto para los ciudadanos como para los miembros de las fuerzas; ya que corre peligro la vida de la persona y también la libertad del funcionario que exceda los límites del Código.

Link del reglamento: https://we.tl/t-naTYCEUBHt

Portada:  biohazardViktor96
Colaboración: Emiliano Piccinini

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    Ante eso, en las entidades de usuarios viales denuncian que en las rutas ya concesionadas hace meses recién comenzaron con obras menores de bacheo, mientras que en las recientemente adjudicadas apenas se contempla el mantenimiento y corte de pasto. Eso, a cambio de la multiplicación de los peajes.

    En la Provincia de Buenos Aires, en tanto, fuentes del Ejecutivo consultadas señalaron a LPO que la Fiscalía de Estado evalúa una presentación judicial por la exclusión de la estatal bonaerense Aubasa de los tramos de la Etapa II que este viernes adjudicó Caputo.

    A la vez, denunciaron que, más allá de algunos movimientos de tierra, «no hay un kilómetro de nuevo asfalto» en los tramos de las rutas nacionales 3, 5, 205 y 226 que atraviesan la provincia de Buenos Aires y que fueron entregados al control de privados.

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     En la Ruta 3 van a poner ocho peajes de Capital a Bahía Blanca. Un peaje cada 90 kilómetros para no hacer nada, peor que en los 90 

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    En tanto, el consorcio ganador de las autopistas y las rutas 3, 205 y 226 cotizó una tarifa de peaje de 1.206 pesos. Eso, con el aditivo de una multiplicación de las cabinas de peajes.

    «En la Ruta 3 van a poner ocho peajes de Capital a Bahía Blanca. Un peaje cada 90 kilómetros para no hacer nada, peor que en los 90», dijo a LPO Ricardo Lasca titular del Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (Conaduv).

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     En la Provincia de Buenos Aires, en tanto, fuentes del Ejecutivo consultadas señalaron a LPO que la Fiscalía de Estado evalúa una presentación judicial por la exclusión de la estatal bonaerense Aubasa de los tramos de la Etapa II que este viernes adjudicó Caputo. 

    La empresa ganadora de esa licitación fue Autovía Construcciones y Servicios S.A., del Grupo Cartellone, involucrado en la causa Cuadernos.

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    «Caputo habla de inversión privada, cuando las obras están financiadas por el Fondo de las Pymes y el Banco BICE. Y encima no hay ente regulador, que tendría que haber salido por ley antes de adjudicar los corredores porque las concesiones viales tienen carácter de servicio público, como la luz y el agua. Es escandaloso», acusó Lasca.

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    Javier Milei no acató la orden de Karina Milei y la invitó a Patricia Bullrich a la reunión de gabinete para evitar una ruptura con final impredecible.

    LPO anticipó en exclusiva que Karina echó a Patricia de las reuniones de gabinete enojada por el ultimátum que le dio a Manuel Adorni para que presente la declaración jurada. El propio Milei le había gritado a Bullrich en la última reunión con los ministros, enojado por cómo dejó expuesto al jefe de gabinete, acorralado por los escándalos patrimoniales.

    Luego de la revelación de LPO, Bullrich retiró a Federico Angelini, su funcionario de mayor rango, de una estratégica subsecretaría del ministerio de Seguridad.

    Para evitar que siguiera escalando el conflicto, el gobierno se apresuró a filtrar este viernes que Bullrich finalmente estará en la reunión del gabinete posterior al Tedeum del 25 del mayo.

    Pero la jugada de Karina, que anticipó Infobae, ahora es crear reuniones de gabinete VIP de las que sólo puedan participar los integrantes del Poder Ejecutivo. El objetivo indisimulable es que Bullrich, que es senadora, se quede afuera.

    Bullrich seguirá participando de la mesa política, que no es lo mismo que el gabinete VIP, aclararon en el gobierno. De este modo, habrá tres modalidades de reunión de ahora en más. La reunión de gabinete ampliado, un concepto que evitan mencionar entre los libertarios porque les suena muy macrista; la reunión de gabinete VIP de Karina y la mesa política.

    Como sucede en la teoría de los conjuntos, iniciada por los matemáticos alemanes Richard Dedekind y Georg Cantor en la década de 1870, la membresía de un funcionario en una mesa no le impide participar de otra. La única que está en todas las intersecciones es Karina.

     

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