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ALTO AHÍ… ¡SOMOS PERSONAS!

El Ministerio de Seguridad de la Nación a cargo de Patricia Bullrich, dispuso a través de la Resolución 956/2018, el “Reglamento general para el empleo de las armas de fuego por parte de los miembros de las fuerzas federales de seguridad”.  

Como antecedente de este reglamento, se nos viene a la mente el precedente del caso “Chocobar”, aunque no fue el único durante el último tiempo, quizás sí, el más renombrado. Seguramente el Ministerio vio la necesidad de reglamentar estas situaciones y el procedimiento del actuar policial para, principalmente, responder ante el reclamo de parte de una sociedad que exige “leyes más duras”.

Y no es sólo la minoría menos afectada (que relojea las problemáticas sociales desde arriba) la que celebra la resolución, son varios los sectores de la sociedad que ante este nuevo reglamento festejan que un policía tenga a prima facie la posibilidad de usar su arma reglamentaria, ya que el texto avala ese accionar; además de tratarse de un reglamento que en la práctica apelará a la subjetividad del agente policial con términos demasiado ambiguos y vagos. Es decir, el funcionario tendrá que evaluar al momento de vivenciar la situación, de que se trata el hecho. ¿Están capacitados para hacerlo?

El principal cambio, símbolo de esta resolución es la posibilidad del uniformado de usar su arma reglamentaria antes que el supuesto delincuente. Y siendo respetuosos con los ordenamientos internacionales y nacionales de derechos humanos, ésta disposición es violatoria de dichos derechos.

Es irracional pensar que ésta nueva disposición tenga mucho tiempo de vida, ya que como es un Reglamento, tiene menor jerarquía en el orden del ordenamiento nacional y no faltará mucho tiempo para que surja la avalancha de inconstitucionalidades (la justicia porteña ya lo hizo).

Los nuevos (y no tanto) aires políticos que se respiran en la región, que viajan por el carril derecho de la autovía, atemorizan con resoluciones prácticas que no profundizan sobre la problemática, no previenen; sino que confrontan y en el peor de los casos (o mejor, para algunos) eliminan.  En la práctica, estas decisiones abren el espacio a abusos y dejan demasiados grises para analizar, donde cada juez responderá con la biblioteca de su juzgado.

PUNTOS DEL REGLAMENTO QUE GENERAN CONTROVERSIA

  • El texto indica en qué momentos hay “peligro inminente”, uno de ellos, según el reglamento, es cuando el presunto “delincuente” posea un arma letal, aunque luego delos hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal.
  • Se recalca que los funcionarios solo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. ¿Cuándo será “estrictamente necesario”? ¿Cuál es “la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”? Deja librado a la casuística y muchas posibilidades.
  • Se prevé,que se hará uso de las armas de fuego, cuando otros medios no violentos sean ineficaces, por ejemplo, en el caso de que se quiera impedir la comisión de un delito “particularmente grave”, que presente “peligro inminente” para la vida o la integridad física de las personas; entre otros supuestos. ¿Con qué certeza el agente policial sabrá si el medio no violento fue, o no, eficaz?.
  • El Código Penal ya prevé la situación de legítima defensa en el Art. 34. Un actuar del oficial de seguridad, fuera de esos límites, caería en un delito severamente penado por dicho Código, previsto en el Art. 80 inc. 9. Entonces, éste Reglamento, es un arma de doble filo, tanto para los ciudadanos como para los miembros de las fuerzas; ya que corre peligro la vida de la persona y también la libertad del funcionario que exceda los límites del Código.

Link del reglamento: https://we.tl/t-naTYCEUBHt

Portada:  biohazardViktor96
Colaboración: Emiliano Piccinini

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    Cinco mil millones bajo sospecha: la fundación de Agustín Laje que ahora debe rendir cuentas

     

    La Fundación Faro, uno de los principales usinas ideológicas del mileísmo y conducida políticamente por Agustín Laje, quedó en el centro de una inesperada tormenta. La Inspección General de Justicia (IGJ) la intimó para que explique el origen de casi $5.000 millones recibidos durante 2024, identifique a sus aportantes y aclare una serie de inconsistencias contables que ponen bajo la lupa el financiamiento de la llamada “batalla cultural” libertaria.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    La noticia cayó como una bomba en los círculos libertarios. La IGJ otorgó un plazo de diez días hábiles para que la Fundación Faro entregue información detallada sobre quienes realizaron los aportes que permitieron a la entidad declarar ingresos cercanos a los $4.957 millones durante 2024. Según la documentación observada por el organismo, los balances fueron presentados con retraso, sin identificar a los donantes y con diversos puntos que requieren aclaración.

    No se trata de una organización cualquiera. Faro se convirtió en los últimos dos años en la principal plataforma de difusión ideológica del oficialismo, impulsando actividades, encuentros empresariales y campañas de comunicación alineadas con el proyecto político de Milei. La fundación tiene a Agustín Laje como figura emblemática y mantiene estrechos vínculos con sectores del gobierno nacional.

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    Uno de los aspectos que más llamó la atención de los organismos de control es la velocidad del crecimiento patrimonial. Hasta 2023 la entidad se llamaba Fundación Valorar y declaraba un patrimonio cercano a los $12 millones. Tras el cambio de autoridades y su transformación en Fundación Faro, el patrimonio informado superó los $4.300 millones y los ingresos rozaron los $5.000 millones.

    Los números son impactantes incluso para los estándares de las organizaciones vinculadas a la política. La evolución representa un incremento patrimonial superior a las 350 veces en apenas un ejercicio contable. Esa expansión es precisamente uno de los elementos que motivaron el interés de la IGJ, que ahora exige conocer quiénes financiaron semejante crecimiento.

    La intimación también apunta a préstamos sin explicación suficiente, libros contables sin actualizar y la ausencia de información que permita identificar con precisión el origen de los fondos declarados. Según trascendió, el organismo considera indispensable determinar quiénes realizaron las contribuciones más importantes y bajo qué modalidad se efectuaron.

    Una interna libertaria que asoma detrás del expediente

    La investigación administrativa también alimentó especulaciones sobre las tensiones internas que atraviesan al oficialismo. Distintos análisis periodísticos señalaron que la avanzada de la IGJ ocurre en medio de la creciente disputa entre los sectores alineados con Karina Milei y el espacio que responde políticamente a Santiago Caputo, uno de los dirigentes más influyentes del entorno presidencial.

    La particularidad del caso es que Faro fue presentada desde su nacimiento como la herramienta destinada a sostener la denominada «batalla cultural» libertaria. El propio Milei participó de actos y actividades de la fundación, respaldando públicamente su papel dentro de la construcción política oficialista.

    Ahora, sin embargo, la discusión ya no gira alrededor de las ideas sino del dinero. La pregunta que busca responder la IGJ es simple y al mismo tiempo explosiva: ¿quiénes aportaron los casi $5.000 millones que permitieron el despegue de la organización?

    La respuesta podría convertirse en un problema político de magnitud para un gobierno que llegó al poder prometiendo transparencia y cuestionando los mecanismos de financiamiento que durante años criticó en otras fuerzas políticas. Mientras tanto, la Fundación Faro enfrenta el desafío de justificar el origen de recursos multimillonarios que hasta hoy permanecen envueltos en un manto de opacidad.

     

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    Bettina Angeletti, la esposa de Manuel Adorni, solicitó su adhesión al régimen de «inocencia fiscal» para regularizar activos no declarados y ya la comparan con el condenado empresario kirchnerista Lázaro Báez, que también se benefició de la ley libertaria.

    Angeletti presentó el 31 de mayo la solicitud ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), según reveló en La Nación el periodista Hugo Alconada Mon. La norma, que permite declarar activos en negro sin sanciones penales, ya fue utilizada por otros acusados de corrupción y evasión.

    El diputado Maxi Ferraro comparó a Angeletti con «un personaje como Lázaro Báez vinculado al latrocinio y la corrupción kirchnerista» que también se benefició de la inocencia fiscal. «Son leyes con nombre y apellido», dijo el legislador que recordó que durante su tratamiento pidieron que se excluya a las personas políticamente expuestas «porque si no se corría el riesgo de un posible lavado de guita».

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