Rio Negro habilitó la apertura de comercios 3 días a la semana

El Gobierno Provincial habilitó la apertura de comercios de venta de productos no esenciales tres días a la semana, la actividad de servicio doméstico en casas particulares, jardineros y parquistas y de peluquerías y barberías.

DECRETO 364/20:https://bit.ly/2WobEYH
DECRETO 365/20:https://bit.ly/3fgqZmR

Es en 30 Municipios y la totalidad de las Comisiones de Fomento. Además, en estas últimas se autorizaron las caminatas recreativas
, siguiendo estrictas normas de cuidado. Esta decisión se fundamenta en los resultados del análisis de la situación sanitaria imperante.

Cabe destacar que el Poder Ejecutivo Provincial podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto, modificar o suspender, de forma total o parcial, estas excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria provincial, de la evolución de la situación epidemiológica.

La medida fue dispuesta este domingo por la gobernadora Arabela Carreras a través del Decreto 365/20. En tanto, a través del Decreto 364/20 se incorpora a Catriel y Dina Huapi a las ciudades exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada, y habilita en ellos las actividades previstas en el Decreto 365 (ver aparte).

La medida alcanza a los Municipios de Viedma, Campo Grande, Catriel, Cervantes, Chichinales, Cinco Saltos, Comallo, Contralmirante Cordero, Coronel Belisle, Darwin, Dina Huapi, El Bolsón, General Conesa, General Enrique Godoy, Fernández Oro, Guardia Mitre, Ingeniero Jacobacci, Ingeniero Huergo, Los Menucos, Mainqué, Maquinchao, Ñorquinco, Pilcaniyeu, Pomona, Ramos Mexía, Río Colorado, San Antonio Oeste, Sierra Colorada, Sierra Grande y Valcheta. Está incluida además la totalidad de las Comisiones de Fomento.

El Decreto 365 habilita la atención al público en comercios minoristas o mayoristas de venta de productos no esenciales los días lunes, miércoles y viernes, en el horario de 9 a 13. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados. Podrán concurrir y permanecer en el comercio el personal perteneciente al mismo y público en general, con un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados y un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados.

Por otra parte, las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán prestar tareas de lunes a viernes entre las 9 y las 13, con un máximo de dos días por empleador. No podrán prestar servicios el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

En tanto, los centros de belleza y estética, peluquerías y barberías podrán abrir sus puertas para la atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados. Solamente se permitirá un máximo de una persona perteneciente al comercio cada diez metros cuadrados, un máximo de un cliente por cada diez metros cuadrados, se podrá atender únicamente mediante turnos otorgados por teléfono sin espera.

No se podrá atender a personas consideradas de riesgo (embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores, personas con enfermedades preexistentes), y tanto el personal del local como los clientes que asistan deben utilizar obligatoriamente con tapabocas o barbijo casero.

Otra de las actividades habilitadas es la de trabajadores jardineros y parquistas, quienes podrán prestar tareas lunes, miércoles y viernes entre las 14 y las 19. No podrán atender el resto de los días, ni los días de la semana, ni feriados.

Todas estas actividades deberán desarrollarse bajo un estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos que establezca cada Municipio, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

Las personas que se desplacen con motivo de cumplir con estas actividades deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil “Circulación RN” o el certificado que las autoridades pertinentes dispongan.

Profesiones liberales y obra privada también se exceptúan en Catriel y Dina Huapi

En tanto, a través del Decreto 364/20 se dispuso extender la excepción del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio al ejercicio de profesiones liberales y la actividad de obra privada en las localidades de Catriel y Dina Huapi.

La disposición se tomó luego de realizar un nuevo análisis de la situación sanitaria en estas dos ciudades, verificando que ambas cumplen con los recaudos necesarios para reactivar estas nuevas actividades.

De esta forma, ya son 30 las localidades de provincia exceptuadas en estos dos rubros, además de la totalidad de las comisiones de fomento.

En el caso de las profesiones liberales, la actividad se desarrollará sin atención al público, sujeto a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios. En tanto, en el caso del desarrollo de obra privada, será con un máximo de hasta cinco trabajadores por obra, uno cada 70m2, más el director y representante técnico.

En ambos casos, las actividades estarán sujetas a la implementación de los protocolos que establezca el Gobierno Provincial y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, provinciales y locales.

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