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RAPIDEZ NO ES SINÓNIMO DE EFICACIA

Escriben Luciano Ramirez y Emiliano Piccinini

Muchas veces pensamos que rapidez significa eficacia, puede ser que lo sea en algunos casos, pero en otros no, y el riesgo cuando esto último pasa es muy alto y más si hablamos de cuestiones referidas a legislación. Trabajar bajo presión, como la pandemia mundial del Covid19 provoca, a veces empuja a tomar decisiones que debieran tratarse con calma, dándole un tratamiento sustancial con más contenido, escuchar a los comerciantes (principalmente medianos y chicos) y tenerlos en cuenta para que realmente el proyecto sea funcional a la causa visualizando todas las aristas posibles.

El viernes (17/04) pasado el Concejo Deliberante de la ciudad sancionó un proyecto de ordenanza que regula la circulación de personas en la vía pública para el abastecimiento de alimentos y productos en los comercios autorizados. De esta forma el orden estipularía que, los días lunes, miércoles y viernes le corresponderían a los DNI que tengan el último número en impar; y martes, jueves y sábados a los pares. Una medida que ya está vigente en distintas ciudades del país. Ahora la decisión la tiene el ejecutivo.

El proyecto de ordenanza solo fue rechazada solo por las concejalas: Agustina Fernandez de Juntos Somos Rio Negro y Maria Eugenia Paillapí de Somos Villa Regina. Cabe aclarar que todavía no está en vigencia, para que ello ocurra debe ser promulgado y publicado en el Boletín Oficial, y a partir de allí, se determinará cuando entra en vigencia la misma.

Lo primero que hay que dejar en claro es que cada ciudadano – incluyendo los policías de calle que reciben órdenes arbitrarias – tienen que saber que quien es detenido solamente por la característica par o impar de su DNI es víctima de privación ilegítima de la libertad correspondiente a un abuso de autoridad.

El Art. 2 de dicho proyecto expresa “A los efectos del cumplimiento de dicho programa, el responsable del local comercial que se encuentre habilitado para atención al público y/o quien designe, deberá solicitar el DNI a los clientes, prohibiendo el ingreso de aquellos que no se encuentren en el día que les corresponde”.-

Que el comerciante (un ciudadano de a pie como cualquiera de nosotros) tenga la facultad de pedir el DNI al consumidor resulta totalmente irracional y arbitrario. Delegar este poder de policía en ellos, es un acto totalmente irresponsable si así lo decidieran. Que el comerciante pida el DNI cuando se realiza una compra con tarjeta de crédito no tiene la misma finalidad en el caso de que lo pida para verificar si a la persona le corresponde o no comprar ese día.

  En este punto hay que decir que si el Estado, en este caso el municipio, con la colaboración de la policía no cuenta con los recursos suficientes para hacer cumplir una medida (en este caso ordenanza) ya que no debería delegar la acción de control a un ciudadano común, no tendría que sancionarla.

Como sabemos es imposible controlar a toda la ciudad; si la finalidad es esa, darle facultades a una persona que NO debería tenerlas, no es la solución al problema de circulación de personas en las calles.   

A su vez el Art. 4 …“establece una multa de $150.000 aplicable al comercio habilitado y de $6.000 al consumidor que infrinja el cronograma de abastecimiento establecido”exponer a un comerciante ya golpeado económicamente a tener que prohibir ingreso de dinero a su caja es posicionarlo en una dicotomía arriesgada que bordearía constantemente la ruptura de la medida, y sabemos que no es lo mismo aplicar esta sanción a un gran comercio que a una pequeña despensa de barrio.

Y por ejemplo, ¿qué pasa con aquellas familias que viven el día a día, y van comprando sus alimentos a medida que van obteniendo dinero?, ¿cómo impacta esta medida en los comercios ya golpeados por las medidas de prevención? ¿Qué pasa con aquellas personas que trabajan todos los días y que tienen un día libre, y justo ese día no coincide con el que le corresponde para salir a comprar?.

Bien, estamos de acuerdo en que debemos seguir cumpliendo con el aislamiento porque es el mejor cuidado, que no está bien que haya gente en las calles sin necesidad ni obligación excepcional, inclusive luego del decreto que estipula la obligatoriedad del uso de tapabocas pareciera haber salido más gente a circular (en todo el país, no solo Regina), tampoco atacamos el corazón del proyecto de ordenanza ya que su objetivo es disminuir la circulación de la gente y es válido, pero realmente es inaplicable y de difícil control, lo que termina convirtiéndola en una medida demagógica y disfuncional.

  Debemos seguir apelando a la concientización y no subvalorar la inteligencia y responsabilidad del colectivo social, por eso nos volvemos a preguntar:

¿Por qué como sociedad tenemos que esperar a que salga una legislación para regular y sancionar a los que incumplen alguna medida, cuando en realidad si actuamos con conciencia social y empatía entre todos los ciudadanos, podemos evitar empujar al Estado a que haga uso de facultades punitivas que coartan derechos esenciales?       

Escriben Luciano Ramirez y Emiliano Piccinini.

Portada Ilustrativa: Germán Busín

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    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    La clasificación de la Selección Argentina a las semifinales del Mundial 2026, luego del 3 a 1 frente a Suiza, volvió a convertir al Obelisco en el escenario natural de los festejos populares. Como ocurre desde hace décadas, miles de personas se acercaron espontáneamente para celebrar un nuevo triunfo del equipo de Lionel Scaloni.

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    Los puertos, paralizados por un conflicto que pone en jaque al comercio exterior tras la desregulación de Milei

     

    La decisión de los prácticos de no aceptar nuevos servicios en rechazo al Decreto 690/2026 mantiene bloqueado el ingreso y egreso de buques en los principales puertos del país. El Gobierno defiende la desregulación como una apertura a la competencia, mientras el sector denuncia un intento de desmantelar una actividad estratégica y anticipa una batalla judicial.

    Por Celina Fraticiangi para NLI

    La política de desregulación impulsada por el gobierno de Milei abrió un nuevo frente de conflicto con impacto directo sobre uno de los sectores más sensibles de la economía argentina. Desde el fin de semana, los prácticos de buques mantienen una medida de fuerza que paralizó el ingreso y la salida de embarcaciones de ultramar en los principales puertos del país, especialmente en el complejo agroexportador del Gran Rosario, corazón de las exportaciones nacionales.

    La protesta surgió inmediatamente después de la publicación del Decreto 690/2026, mediante el cual el Gobierno modificó de manera integral el régimen de practicaje y pilotaje vigente desde hace más de tres décadas. Para el Ejecutivo, la normativa elimina privilegios corporativos, reduce costos logísticos y favorece la competencia. Para los profesionales del sector, en cambio, representa una desregulación que compromete la seguridad de la navegación y destruye un esquema construido sobre criterios técnicos antes que comerciales.

    Una actividad clave para que funcione el comercio exterior

    El práctico es el profesional que asesora al capitán de un buque durante las maniobras de ingreso, navegación y salida de puertos, ríos y canales. Su intervención es obligatoria en gran parte del sistema fluvial argentino debido a la complejidad de la navegación en la Hidrovía Paraná-Paraguay y en otros corredores estratégicos.

    Sin ese servicio resulta prácticamente imposible que numerosos buques puedan operar con normalidad. Por esa razón, la decisión de los prácticos de no aceptar nuevos servicios comenzó a paralizar progresivamente la operatoria portuaria, con riesgo de afectar exportaciones de granos, aceites, harinas, combustibles y otras cargas de enorme importancia para el ingreso de divisas.

    El conflicto adquiere además una dimensión macroeconómica. Argentina depende en gran medida del complejo agroexportador para generar dólares, por lo que cualquier interrupción prolongada en la logística portuaria puede traducirse en demoras comerciales, mayores costos y dificultades para cumplir contratos internacionales.

    Qué cambia el decreto de Milei

    El Decreto 690/2026 elimina buena parte del esquema regulatorio vigente desde comienzos de los años noventa.

    Entre sus principales modificaciones aparecen la apertura del registro de prácticos sin cupos, la libre contratación de profesionales independientes, la posibilidad de que determinados capitanes extranjeros con experiencia acreditada naveguen sin contratar prácticos argentinos, la fijación de tarifas máximas por parte de la Agencia Nacional de Puertos y Navegación y la liberalización del transporte utilizado para el embarque y desembarque de los profesionales.

    El Gobierno sostiene que el régimen anterior generaba barreras artificiales de ingreso, favorecía posiciones dominantes y encarecía innecesariamente los costos logísticos del comercio exterior.

    Sin embargo, desde el sector cuestionan que la actividad sea tratada como un mercado cualquiera. Argumentan que el practicaje constituye un servicio altamente especializado, vinculado directamente con la seguridad de la navegación, la protección ambiental y la prevención de accidentes en una de las principales rutas comerciales del país.

    Una pulseada que excede el conflicto gremial

    Aunque el Gobierno presenta la medida como una disputa con sectores corporativos, el conflicto tiene un alcance mucho mayor.

    La desregulación del practicaje forma parte de una estrategia más amplia impulsada por la administración libertaria para modificar numerosos mercados considerados «cerrados» o «sobre regulados». La lógica oficial consiste en eliminar restricciones, abrir la competencia y reducir la intervención estatal.

    Los críticos de esa estrategia sostienen que el mismo criterio se está aplicando sobre actividades cuya regulación no responde únicamente a razones económicas sino también a cuestiones de seguridad pública, infraestructura estratégica y soberanía sobre vías navegables.

    En ese contexto, la discusión deja de ser exclusivamente laboral para transformarse en un debate sobre cuál debe ser el papel del Estado en la administración de servicios considerados esenciales para el funcionamiento del país.

    El Gobierno prepara reemplazos y el conflicto podría escalar

    Previendo una prolongación del conflicto, el decreto incorporó mecanismos extraordinarios para garantizar la continuidad del servicio.

    Entre ellos figura la posibilidad de que la Prefectura Naval Argentina y la Armada Argentina puedan intervenir de manera excepcional para prestar servicios de practicaje, además de habilitar temporalmente a capitanes con conocimiento de zona en situaciones de emergencia.

    No obstante, distintas informaciones periodísticas indican que los intentos oficiales para encontrar reemplazos inmediatos encontraron resistencia y que los propios capitanes consultados señalaron que no cuentan con las habilitaciones específicas para asumir esa función.

    Mientras tanto, los prácticos adelantaron que además del lock-out impulsarán acciones judiciales para intentar frenar la aplicación del decreto, por considerar que vulnera aspectos centrales de la actividad y modifica de manera unilateral un sistema construido durante décadas.

    La pulseada recién comienza. Pero mientras el Gobierno apuesta a sostener una de las desregulaciones más profundas del sector marítimo, cada jornada con los puertos parcialmente paralizados incrementa la incertidumbre sobre el comercio exterior argentino y vuelve a mostrar el delicado equilibrio entre las reformas económicas y el funcionamiento efectivo de actividades estratégicas para el país.

     

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