SIN CONCIENCIA NO HAY DERECHOS

Escriben: Fernando Ramoa y Luciano Ramirez.

Proponemos empezar esta nota con la siguiente pregunta: ¿No les preocupa el hecho de que una sociedad no pueda asegurar su propio bienestar si no es a través de la implementación de políticas de Estado coercitivas o punitivas que potencialmente aumenten las posibilidades de que se cometan abusos de derechos fundamentales?

Mediante el decreto de necesidad de urgencia 297/2020, se nos ordena cumplir con cuarentena total y obligatoria (aislamiento social preventivo y obligatorio) como medida para prevenir la propagación del coronavirus; para asegurar y controlar el cumplimiento de estas medidas preventivas, quedan a cargo las fuerzas de seguridad de todos los órdenes y jurisdicciones (gendarmería, policía federal, policía provincial, entre otras).

Ahora bien, prestemos atención por qué -en este contexto- creemos necesario que hay que mantener bien presente cuáles son nuestros derechos y no olvidar que no pueden ser violados, sufriendo abusos bajo la  justificación de “facultades extraordinarias para actuar o prevenir” en el marco de emergencia sanitaria.

Tenemos que tener en cuenta que hay dos cuestiones que erróneamente chocan: la salud de todes nosotres (salud pública) y nuestras libertades individuales o, de otro modo, el interés general y la libre circulación. Ambas situaciones, en este momento, tienen algo en común pero, al mismo tiempo, son cosas muy distintas.

Actualmente somos testigos, por un lado, de los intentos del Estado en tomar medidas que, a pesar de impactar en la economía y en la sociedad, generen conciencia sobre nosotres para la prevención de contagios del coronavirus. Medidas las cuales se encuentran estrictamente protegidas -frente a su desobediencia- por un marco penal cuyos castigos y repercusiones pueden ser muy altos y perjudiciales. 

Dicen  los artículos del Código Penal Argentino: 

ARTICULO 202. – Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas.

ARTÍCULO 203. – Cuando alguno de los hechos previstos en los artículos anteriores fuere cometido por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo, se impondrá multa de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) a PESOS CIEN MIL ($ 100.000); si tuviere como resultado enfermedad o muerte se aplicará prisión de SEIS (6) meses a CINCO (5) años.

ARTÍCULO 239. – Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

Por otro lado, tomar conciencia social sobre este tema nos autoexige cada vez más responsabilidad social. Pero esa creciente exigencia de responsabilidad social incrementa también la coerción de hecho no legitimada o no institucionalizada. Hablamos de la coerción privada que tiene iguales efectos nocivos para nuestra vida en comunidad y peor aún, en una situación como la actual, donde se manejan grandes sentimientos de paranoia, psicosis, etc. 

Hasta ahora, de lo que venimos mencionando, vemos que la emergencia sanitaria hace que dos situaciones similares se contrapongan, ¿imposibles de separar?

¿Es necesaria la salida punitiva o coercitiva como método para evitar la propagación? ¿Apelar a la responsabilidad social indefectiblemente tiene que resultar en coerción?

Quizás sea hora de dejar de subestimarnos (aunque sea difícil).

La conciencia social puede llevarnos a resultados positivos sin llegar a necesitar del punitivismo. A partir de este cambio de esquema creemos poder alcanzar resultados muy favorables.

Lo cierto es que estamos plenamente convencidos que, lo deseable para nuestra sociedad, es prevenir la transmisión del virus para evitar muertes y prevenir el punitivismo para evitar abusos y pisoteos de derechos fundamentales.

Portada: Germán Busín

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     La sospecha de soja transgénica HB4 en un cargamento argentino encendió las alarmas del complejo agroexportador y expuso nuevamente las debilidades de los controles en argentina. El tema se está investigando en los Países Bajos donde llegó un barco con harina de soja que estaría contaminada con el grano patentado por Bioceres que está prohibido en el viejo continente.

    El episodio generó temor entre exportadores por posibles rechazos y un endurecimiento de controles que termine afectando el acuerdo comercial entre el Mercosur y la UE que después de décadas comenzaba a formalizarse.

    En el sector agroexportador reconocen que desde hace semanas agricultores, acopios y terminales portuarias trabajan para aislar la soja HB4 del circuito destinado a Europa y evitar una contaminación cruzada que complique operaciones multimillonarias.

    Sin embargo, detrás de la alarma aparece un tema recurrente que tiene que ver con el vaciamiento de los controles estatales en los puertos y la creciente privatización de las inspecciones sanitarias.

     [Toto Caputo le dio el control de los puertos a un ex funcionario de Dietrich señalado por permitir un festival de empresas fantasmas]

    El problema salta en medio del desguace de los controles estatales impulsado por el ministro de desregulación Federico Sturzenegger. Por ello, el SENASA dejó de realizar los controles físicos en puertos y buques y las tareas fueron delegadas a empresas privadas sin ningún tipo de auditoría.

    En rigor, desde el gobierno de Mauricio Macri que se comenzó con el plan de desregulación estatal se le fue reduciendo el campo de acción al SENASA. En ese momento aparecieron en la zona portuaria muchas empresas privadas que buscaban entrar en el jugoso negocio donde la tarifa por la inspección de cada bodega de barco supera los cuatro mil dólares.

     Desde el gobierno de Mauricio Macri que se comenzó con el plan de desregulación estatal se le fue reduciendo el campo de acción al SENASA. En ese momento aparecieron en la zona portuaria muchas empresas privadas que buscaban entrar en el jugoso negocio donde la tarifa por la inspección de cada bodega de barco supera los cuatro mil dólares 

    En el gobierno de Alberto Fernández el SENASA recuperó las tareas de supervisión y se obligó a los privados a inscribirse en el RITE -Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades- dependiente de la Oficina Anticorrupción. El registro era obligatorio para todas las operadoras en puertos que realizaban tareas de control, certificación o asistencia sanitarias.

    Pero con la panacea libertaria se profundizó el vaciamiento de organismos de controles y «el Estado terminó convertido en un convidado de piedra», resumió un especialista en comercio exterior que habló con LPO.

    Previo al desguace, los inspectores del SENASA subían a las bodegas de los buques y verificaban las condiciones sanitarias de las bodegas, los olores, restos de mercadería, contaminación, limpieza y estado general del compartimiento. Todo quedaba asentado en actas oficiales y registrado en el sistema del organismo.

    En caso de controversias entre el capitán del barco, exportadores y el inspector estatal, las diferencias se resolvían en instancias administrativas con documentación respaldatoria y trazabilidad de cada inspección: «Si una bodega estaba sucia, tenía restos o no cumplía condiciones, quedaba asentado. Hoy eso prácticamente desapareció», sostuvo una fuente del organismo.

    Ahora, el problema es que el Estado emite certificados sobre controles que ya no realiza en un esquema donde los controladores son empresas privadas contratadas por quienes deben ser auditados.

    En el complejo agroexportador temen que el episodio HB4 podría convertirse en un caso testigo sobre los riesgos de flexibilizar controles en un mercado internacional cada vez más exigente.

     

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