La Dirección de Turismo de la Municipalidad de Villa Regina sigue trabajando junto con las instituciones educativas en excursiones guiadas, en ésta oportunidad el pasado miércoles 5 del corriente se llevó adelante una nueva salida hacia Barda Sur cruzando el río Negro con la histórica balsa.
Nuevamente el CEM 145 fue el destinatario de dicha salida.
Cabe aclarar y recordar que las excursiones educativas se llevan a cabo por burbuja, y cumpliendo el protocolo correspondiente de cuidados Covid-19.
Las salidas incluyen recorridos guiados en áreas naturales, históricos-culturales y productivos, con el objetivo de revalorizar nuestros recursos que conforman los atractivos turísticos locales.
Las instituciones interesadas pueden comunicarse con la Dirección de Turismo y personal del área para explicar la metodología a seguir.
Teléfono 2984 904350 o acercándose a las instalaciones de la oficina de informes turísticos situada en Florencio Sánchez 817 entre Pioneros y Ruta 22
Cada yo es un universo particular por donde transcurren historias, sensaciones, pensamientos, modos de afrontar a la realidad, intereses, gustos y disgustos, traumas, ocupaciones y preocupaciones, geografías, alimentos y excrementos, roles, miedos y orgullos, logros y fracasos, escuelas y calles, sillas y medios de transporte, lógicas instaladas y absurdos del aquí y ahora, redes sociales…
Los Caminos del Vino fue la propuesta innovadora del programa de esta edición vendimial, organizada por la Municipalidad de Villa Regina, con una globa que exhibió la producción de más de una docena de bodegas de toda la provincia y ofreció, además, la posibilidad de degustación, compra de vinos y hasta de una delicada copa…
Este es un resumen de los proyectos tratados en la sesión del jueves 06 de mayo, que fueron remitidos para ser analizados a las diferentes comisiones. Uno de ellos es el Proyecto de ordenanza (exp. 311) mediante el cual se propone crear en el ámbito del concejo deliberante de Villa Regina el CONSEJO LOCAL DE…
La jugada de los abogados de Cristina Kirchner de apelar a la ONU para pedir una revisión de su condena para que pueda ser candidata en 2027 choca con la doctrina de la Corte Suprema que niega que exista una cuarta instancia internacional contra sus pronuciamientos. En 2017, la Corte Suprema estableció en el fallo Fontevecchia que los tribunales internacionales no tienen competencia para anular decisiones del máximo tribunal.
El kirchnerismo lanzó un operativo clamor para que Cristina pueda competir por la presidencia en las elecciones del año próximo. Fue tras el anuncio de la integración de un nuevo equipo de abogados para asesorar a la ex presidenta en la búsqueda de un fallo internacional que revierta su condena actual que incluye la inhabilitación de por vida para presentarse en elecciones que disputen un cargo público.
Javier Borrego, ex juez del Supremo Tribunal de España y el brasileño Rafael Valim, ex abogado de Lula y especialista en Lawfare, que se sumaron al penalista Carlos Beraldi, en la defensa de la expresidenta.
Ese equipo anunció esta semana que recurriría a la ONU para exigir un pronunciamiento de su Comité de Derechos Humanos contra la condena de Cristina Kirchner y además presentarán un «amparo» ante el comité de expertos que asesora a ese comité, para que se le permita presentarse en las PASO.
Pero tres fuentes judiciales, incluso una cercana a la ex presidenta, afirmaron a LPO que la vía elegida no tiene posibilidades de éxito. El primer escollo es que el Comité de Derechos Humanos de la ONU emite dictámenes que no son vinculantes. Si bien una decisión favorable a Cristina podría generar una gran presión internacional, su aplicación dependerá de la justicia local. De hecho, Lula continuó preso a pesar de haber recibido un dictamen favorable.
Menos viable aún es que funcione el «amparo» ante el grupo de expertos que asesora al Comité de la ONU. «Se trata de abogados que emiten un documento de análisis, no es el dictámen del Comité de Derechos Humanos y mucho menos un fallo», afirmó a LPO una de las fuentes consultadas.
En 2017, con el fallo Fontevecchia la Corte estableció que no hay una cuarta instancia internacional superior a los fallos del máximo tribunal argentino.
Pero más allá de lo que defina el Comité de Derechos Humanos de la ONU y de las probabilidades inciertas de que lo haga antes de las elecciones del año que viene, en el Poder Judicial creen que la maniobra de Cristina tiene otros dos obstáculos insuperables.
La primera es una barrera constitucional. La reforma de la Constitución de 1994 le dio rango constitucional a los tratados internacionales y como en ellos está incorporada la adhesión de la Argentina al tratado que dio nacimiento a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CNDH), abrió un largo debate jurídico sobre si había adquirido estatus constitucional una «cuarta instancia» de apelación o revisión de los fallos firmes de la justicia argentina.
Pero, según estableció la propia Corte Interamericana de Derechos Humanos en 1997 para el caso Genie Lacayo vs Nicaragua, la CIDH puede señalar «las violaciones procesales de los derechos consagrados», pero «carecen de competencia» para subsanarlas.
Rafael Valim y Javier Borrego, los nuevos abogados de Cristina.
La condena de Cristina en la Causa Vialidad está firme en todas las instancias judiciales de la Argentina: en junio de 2025, la Corte Suprema rechazó el último recurso de queja de la defensa y agotó las vías judiciales internas del país, lo que dejó la condena firme de manera definitiva.
Y ahí aparece la segunda barrera a la nueva estrategia judicial de la ex presidenta: la jurisprudencia al respecto. En la Justicia recuerdan que esta misma Corte estableció que no existe cuarta instancia en la Argentina el caso de Jorge Fontevecchia y Héctor D’Amico contra el Estado argentino. En 1995, la revista Noticias publicó dos artículos que revelaban la existencia de un hijo no reconocido del entonces presidente Carlos Menem. El riojano le hizo una demanda civil al medio y consiguió que la Corte Suprema dejara firme en 2001 un fallo que obligaba a Fontevecchia a pagar una indemnización de 150 mil dólares por violación del derecho a la intimidad.
La eventual revisión de la sentencia se llevaría a cabo mediante el procedimiento previsto por el ordenamiento jurídico argentino y sería resuelta por los órganos jurisdiccionales nacionales.
El dueño de la Editorial Perfil acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el argumento de que la vida privada de un presidente es escrutada legítimamente si involucra el uso de fondos públicos o afecta su idoneidad para el cargo. Además pidieron que se revocara la penalización económica. La CIDH le dio la razón a Fontevecchia en 2011.
La CIDH dispuso que el dueño de Perfil debía ser indemnizado y además recomendó que se anule el fallo de Corte de 2001.
Seis años más tarde, en 2017, la Corte actual aceptó la exigencia de indemnizar a Fontevecchia, pero rechazó revocar o anular su propia sentencia de aquel año.
Ese fallo estableció un límite histórico en la relación de Argentina con los tribunales internacionales. El máximo tribunal determinó que la CIDH no representa una «cuarta instancia» con facultades para anular fallos locales firmes.
«La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha enfatizado estos principios al manifestar que la protección internacional que otorgan los órganos de supervisión de la Convención es de carácter subsidiario y que no puede hacer las veces de un tribunal de alzada para examinar supuestos errores de derecho o de hecho que puedan haber cometido los tribunales nacionales», argumentó la Corte en el fallo de 2017.
Ante la consulta de LPO, Valim respondió que la condena a Cristina se inscribe en el ámbito penal y no en el civil, como el caso de Fontevecchia.
El abogado explicó que ante un fallo favorable, «el Código Procesal Penal Federal prevé la revisión de la decisión interna por parte del propio poder judicial argentino para adecuarlo a las obligaciones internacionales obligatorias por la constitución argentina».
Y agregó: «La eventual revisión de la sentencia se llevaría a cabo mediante el procedimiento previsto por el ordenamiento jurídico argentino y sería resuelta por los órganos jurisdiccionales nacionales».
El antecedente de la CIDH le sirvió al kirchnerismo para no recurrir a es mismo tribunal por dos motivos: la posibilidad de no superar esa doctrina y evitar una demora de 16 años como la que padeció Fontevecchia. Acaso por eso recurrieron a la ONU, aunque el final asoma igual de desfavorable.
Además, en la Justicia aseguraron a LPO que existe un acuerdo para avanzar con el decomiso de los bienes de la ex presidenta antes de que termine el año. La condena de la Causa Vialidad prevé la ejecución de bienes por 685 mil millones de pesos. Los abogados de Cristina aclararon que la cuestión del decomiso no tiene relación con la presentación que realizaron ante Naciones Unidas.
Si esto se confirma, en la segunda mitad de este año la ex presidenta enfrentará una agenda judicial muy distinta al debate sobre su apelación a la ONU, sino sobre la venta de sus hoteles y otros bienes.
El Intendente Marcelo Orazi junto a los Ministros de Gobierno y Comunidad Rodrigo Buteler y de Desarrollo Humano y Articulación Comunitaria Juan José Deco realizaron durante este lunes una serie de visitas por distintas instituciones de Villa Regina, como parte de la agenda de trabajo conjunta entre el Municipio y la Provincia de Río Negro….
La diputada nacional Lilia Lemoine denunció penalmente a la senadora bonaerense Malena Galmarini por el viaje en un avión privado a la isla de Barbados, que habría pagado el empresario Francisco De Narváez.
La libertaria explicó que la presentación por el presunto delito de dádivas fue realizada por
el abogado Leandro Furundarena y quedó radicada en la UFI N° 2 de La Plata.
Días atrás, el diario
La Nación
reveló que Sergio Massa, su esposa y un grupo de amigos viajaron en un jet privado tipo Gulfstream a la paradisíaca Barbados. El avión es atribuido a De Narváez y según sostuvo Lemoine el costo del viaje rondaría los 400 mil dólares.
La denuncia pide establecer si Galmarini «recibió gratuitamente un beneficio patrimonial de considerable entidad económica proveniente directa o indirectamente de un empresario privado; quién afrontó efectivamente dicho costo; cuál fue la causa concreta de esa liberalidad y si el beneficio fue otorgado en consideración al cargo público desempeñado por la denunciada».
«Considero especialmente relevante investigar si Francisco De Narváez, las sociedades integrantes de su grupo económico, sus controladas, vinculadas, participadas o aquellas respecto de las cuales posea intereses económicos relevantes mantienen o mantuvieron contratos, concesiones, permisos, autorizaciones, beneficios fiscales, relaciones comerciales, intereses regulatorios o cualquier otro vínculo susceptible de resultar alcanzado por decisiones emanadas del Estado de la Provincia de Buenos Aires», dice la denuncia citada por Lemoine.
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