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Regina adhiere a resolución provincial y habilita la circulación sin límites horarios

La Municipalidad de Villa Regina adhiere a la Resolución N° 6723 del Ministerio de Salud de Río Negro que dispuso habilitar la circulación de personas sin restricciones horarias a partir de hoy y hasta el 1 de octubre. La medida, según se indicó, responde a la mejora registrada en la situación epidemiológica, que se suma al buen avance del Plan de Vacunación provincial contra el COVID-19.

Además, se unificó el aforo máximo del 70% para actividades en espacios cerrados y sin limitaciones al aire libre en el rubro gastronómico, entre otras medidas.

El Ministerio aclaró que se sostiene el monitoreo constante de la situación sanitaria en toda la provincia. En caso que las medidas deban ser ampliadas o incrementadas, se hará de acuerdo a la evolución epidemiológica y el análisis de casos.

Habilitaciones

*Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas.

*Las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 1.000 personas.

*Los locales gastronómicos funcionarán con un máximo del 70% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados. La limitación del aforo no regirá en espacios localizados al aire libre.

*La realización de actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

*La práctica deportiva en espacios públicos y privados cerrados con el 70% del aforo.

*La realización de eventos, encuentros y competencias deportivas, profesionales o amateurs, podrá realizarse con público asistente hasta un 70% del aforo máximo, evitando toda aglomeración de personas.

*La realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 70% de aforo.

*Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos según protocolo y con un aforo máximo del 70% del espacio donde se realizan.

*La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las bibliotecas con máximo de aforo de hasta el 70% de su capacidad.

*La realización de actividades en cines, teatros, museos, salas de espectáculos de centros culturales o salones de eventos a los efectos del desarrollo de artes escénicas o actividades culturales. En todos los casos se permite un 70% de aforo.

*La actividad de casinos y bingos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible.

*La apertura de salones de eventos con un aforo máximo del 70% del espacio disponible, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

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    Discapacidad sin respaldo: Milei elimina las compensaciones para pasajes gratuitos y pone en riesgo un derecho básico

     

    El Gobierno de Milei volvió a avanzar sobre uno de los sectores más vulnerables de la sociedad. A través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la administración libertaria decidió eliminar las compensaciones económicas que el Estado nacional pagaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantados y niños con cáncer.

    Aunque el texto intenta aclarar que el derecho al pasaje gratuito “sigue vigente”, la realidad material es otra: el Estado se retira del financiamiento del sistema y deja librado al mercado el sostenimiento de una política social esencial. En términos concretos, las empresas deberán absorber esos costos o trasladarlos de alguna manera. Y la experiencia argentina demuestra qué suele ocurrir cuando el Gobierno abandona este tipo de mecanismos: aparecen trabas, cupos limitados, negativas encubiertas y una creciente vulneración de derechos.

    Por Tomás Palazzo para NLI

    La resolución deroga el esquema que estaba vigente desde 2018 y que permitía compensar económicamente a las compañías de transporte por los boletos gratuitos entregados bajo el marco de la Ley 22.431 de discapacidad, la Ley 26.928 para personas trasplantadas y la Ley 27.674 de protección integral para niños y adolescentes con cáncer.

    El ajuste llega a quienes más dependen del Estado

    El argumento oficial es el mismo que Milei repite desde que asumió: “desregular”, “achicar el gasto” y dejar que el mercado resuelva lo que antes garantizaba el Estado. Según la resolución, como ahora las empresas tienen “libertad tarifaria” gracias al Decreto 883/2024, ya no corresponde que reciban subsidios compensatorios.

    Detrás de ese lenguaje técnico se esconde una definición política brutal: el Gobierno deja de financiar un derecho social y traslada la carga económica a empresas privadas que históricamente ya buscaron limitar este tipo de prestaciones.

    El problema es evidente. El derecho formal puede seguir escrito en la ley, pero sin financiamiento estatal su cumplimiento queda debilitado. No hace falta demasiada imaginación para prever el escenario que se viene: más dificultades para conseguir pasajes, cupos “agotados”, demoras administrativas interminables y judicialización permanente.

    La medida impacta sobre personas con discapacidad, pacientes trasplantados y chicos con cáncer

    En otras palabras, el derecho seguirá existiendo en los papeles mientras el acceso real se vuelve cada vez más difícil para quienes necesitan viajar por tratamientos médicos, controles de salud o rehabilitación.

    La lógica de Milei: derechos mínimos y Estado ausente

    La resolución es coherente con el modelo ideológico que Milei viene aplicando desde el inicio de su gestión. El Gobierno busca reducir toda intervención estatal incluso en áreas sensibles donde históricamente existió consenso social y protección jurídica reforzada.

    Lo llamativo es que la medida impacta sobre personas con discapacidad, pacientes trasplantados y chicos con cáncer: sectores cuya protección está reconocida no sólo por leyes nacionales sino también por tratados internacionales con jerarquía constitucional.

    Sin embargo, el Gobierno elige mirar exclusivamente la variable fiscal. El texto oficial habla de “internalizar costos” y de “eficiencia económica”, como si el acceso al transporte para personas vulnerables fuera simplemente una distorsión presupuestaria y no una obligación básica de un Estado democrático.

    La decisión también desnuda otra contradicción libertaria. Mientras Milei insiste en atacar supuestos “privilegios” sociales, el Estado sigue destinando enormes recursos a beneficios impositivos para grandes grupos económicos y al pago permanente de deuda financiera. El ajuste, otra vez, cae sobre quienes menos capacidad tienen de defenderse.

    Un escenario de conflicto y posibles demandas judiciales

    Especialistas en discapacidad ya advierten que la eliminación de las compensaciones podría derivar en una ola de conflictos judiciales. Si las empresas comienzan a restringir el acceso efectivo a los pasajes gratuitos, el Estado nacional podría enfrentar denuncias por incumplimiento de obligaciones legales y convencionales.

    Porque el punto central es simple: no alcanza con decir que el derecho existe si al mismo tiempo se desmantelan los mecanismos que permiten ejercerlo.

    La historia reciente argentina muestra que cada vez que el Estado se retira de políticas de protección social, quienes terminan pagando el costo son los sectores más vulnerables. Y esta resolución parece avanzar exactamente en esa dirección.

     

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