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RAPIDEZ NO ES SINÓNIMO DE EFICACIA

Escriben Luciano Ramirez y Emiliano Piccinini

Muchas veces pensamos que rapidez significa eficacia, puede ser que lo sea en algunos casos, pero en otros no, y el riesgo cuando esto último pasa es muy alto y más si hablamos de cuestiones referidas a legislación. Trabajar bajo presión, como la pandemia mundial del Covid19 provoca, a veces empuja a tomar decisiones que debieran tratarse con calma, dándole un tratamiento sustancial con más contenido, escuchar a los comerciantes (principalmente medianos y chicos) y tenerlos en cuenta para que realmente el proyecto sea funcional a la causa visualizando todas las aristas posibles.

El viernes (17/04) pasado el Concejo Deliberante de la ciudad sancionó un proyecto de ordenanza que regula la circulación de personas en la vía pública para el abastecimiento de alimentos y productos en los comercios autorizados. De esta forma el orden estipularía que, los días lunes, miércoles y viernes le corresponderían a los DNI que tengan el último número en impar; y martes, jueves y sábados a los pares. Una medida que ya está vigente en distintas ciudades del país. Ahora la decisión la tiene el ejecutivo.

El proyecto de ordenanza solo fue rechazada solo por las concejalas: Agustina Fernandez de Juntos Somos Rio Negro y Maria Eugenia Paillapí de Somos Villa Regina. Cabe aclarar que todavía no está en vigencia, para que ello ocurra debe ser promulgado y publicado en el Boletín Oficial, y a partir de allí, se determinará cuando entra en vigencia la misma.

Lo primero que hay que dejar en claro es que cada ciudadano – incluyendo los policías de calle que reciben órdenes arbitrarias – tienen que saber que quien es detenido solamente por la característica par o impar de su DNI es víctima de privación ilegítima de la libertad correspondiente a un abuso de autoridad.

El Art. 2 de dicho proyecto expresa “A los efectos del cumplimiento de dicho programa, el responsable del local comercial que se encuentre habilitado para atención al público y/o quien designe, deberá solicitar el DNI a los clientes, prohibiendo el ingreso de aquellos que no se encuentren en el día que les corresponde”.-

Que el comerciante (un ciudadano de a pie como cualquiera de nosotros) tenga la facultad de pedir el DNI al consumidor resulta totalmente irracional y arbitrario. Delegar este poder de policía en ellos, es un acto totalmente irresponsable si así lo decidieran. Que el comerciante pida el DNI cuando se realiza una compra con tarjeta de crédito no tiene la misma finalidad en el caso de que lo pida para verificar si a la persona le corresponde o no comprar ese día.

  En este punto hay que decir que si el Estado, en este caso el municipio, con la colaboración de la policía no cuenta con los recursos suficientes para hacer cumplir una medida (en este caso ordenanza) ya que no debería delegar la acción de control a un ciudadano común, no tendría que sancionarla.

Como sabemos es imposible controlar a toda la ciudad; si la finalidad es esa, darle facultades a una persona que NO debería tenerlas, no es la solución al problema de circulación de personas en las calles.   

A su vez el Art. 4 …“establece una multa de $150.000 aplicable al comercio habilitado y de $6.000 al consumidor que infrinja el cronograma de abastecimiento establecido”exponer a un comerciante ya golpeado económicamente a tener que prohibir ingreso de dinero a su caja es posicionarlo en una dicotomía arriesgada que bordearía constantemente la ruptura de la medida, y sabemos que no es lo mismo aplicar esta sanción a un gran comercio que a una pequeña despensa de barrio.

Y por ejemplo, ¿qué pasa con aquellas familias que viven el día a día, y van comprando sus alimentos a medida que van obteniendo dinero?, ¿cómo impacta esta medida en los comercios ya golpeados por las medidas de prevención? ¿Qué pasa con aquellas personas que trabajan todos los días y que tienen un día libre, y justo ese día no coincide con el que le corresponde para salir a comprar?.

Bien, estamos de acuerdo en que debemos seguir cumpliendo con el aislamiento porque es el mejor cuidado, que no está bien que haya gente en las calles sin necesidad ni obligación excepcional, inclusive luego del decreto que estipula la obligatoriedad del uso de tapabocas pareciera haber salido más gente a circular (en todo el país, no solo Regina), tampoco atacamos el corazón del proyecto de ordenanza ya que su objetivo es disminuir la circulación de la gente y es válido, pero realmente es inaplicable y de difícil control, lo que termina convirtiéndola en una medida demagógica y disfuncional.

  Debemos seguir apelando a la concientización y no subvalorar la inteligencia y responsabilidad del colectivo social, por eso nos volvemos a preguntar:

¿Por qué como sociedad tenemos que esperar a que salga una legislación para regular y sancionar a los que incumplen alguna medida, cuando en realidad si actuamos con conciencia social y empatía entre todos los ciudadanos, podemos evitar empujar al Estado a que haga uso de facultades punitivas que coartan derechos esenciales?       

Escriben Luciano Ramirez y Emiliano Piccinini.

Portada Ilustrativa: Germán Busín

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    Medicamentos más caros y salud en riesgo: el costo oculto del acuerdo con Estados Unidos

     

    El acuerdo comercial firmado por Milei con Estados Unidos no es neutro ni técnico: en materia de propiedad intelectual, puede impactar de lleno en el precio de los medicamentos y en la sustentabilidad del sistema de salud argentino. PAMI, obras sociales y hospitales públicos aparecen entre los principales afectados, en un escenario que ya tuvo antecedentes alarmantes en otros países de la región.

    Por Tomás Palazzo para NLI


    El capítulo de propiedad intelectual del acuerdo es, probablemente, uno de los más sensibles y menos debatidos públicamente. Bajo fórmulas como “alinear estándares internacionales” y “fortalecer la protección”, se esconden compromisos que benefician a los grandes laboratorios farmacéuticos y tensionan el acceso a medicamentos esenciales.

    En términos concretos, el acuerdo abre la puerta a mecanismos que retrasan la entrada de medicamentos genéricos, aun cuando las patentes hayan vencido. Esto no implica prohibirlos de forma directa, pero sí postergar su llegada al mercado, lo que en la práctica significa precios más altos durante más tiempo.

    Genéricos bajo presión y monopolios extendidos

    Uno de los puntos más críticos es la posible incorporación de la exclusividad de datos de prueba, una herramienta habitual en los acuerdos impulsados por Estados Unidos. Este mecanismo impide que la autoridad sanitaria utilice los estudios clínicos originales para aprobar genéricos durante varios años, aunque la patente ya no esté vigente.

    El resultado es claro: un monopolio artificial, que no protege innovación sino rentabilidad. A esto se suma el riesgo de extensiones de patentes por demoras administrativas y el uso de patentes secundarias —cambios menores en un medicamento— para bloquear competidores locales.

    Para un país como Argentina, con una industria nacional de genéricos fuerte y con el medicamento como insumo central de la política sanitaria, el impacto puede ser profundo y regresivo.

    PAMI y obras sociales: la cuenta la paga el Estado

    El principal comprador de medicamentos del país es el PAMI. Cada peso adicional en precios se traduce en más gasto público o menos cobertura. Lo mismo ocurre con las obras sociales sindicales y provinciales, que ya operan con presupuestos ajustados.

    Si los genéricos tardan más en ingresar:

    • Sube el precio promedio de los tratamientos.
    • Se reduce la capacidad de negociación del Estado.
    • Se compromete la continuidad de programas de provisión gratuita.
    • Aumenta el riesgo de recortes o restricciones en prestaciones.

    En otras palabras, el acuerdo no solo afecta a la industria farmacéutica: golpea directamente al corazón del sistema de salud.

    El espejo regional: cuando el libre comercio encarece la salud

    La experiencia regional es un llamado de atención. En Chile, tras acuerdos con cláusulas TRIPS-plus, se verificaron demoras sistemáticas en la entrada de genéricos y aumentos sostenidos en los precios de medicamentos de uso crónico. En Perú, organizaciones sanitarias documentaron mayor gasto estatal en compras públicas y menor competencia. En Colombia, la presión de los laboratorios derivó en conflictos judiciales cada vez que el Estado intentó regular precios o usar licencias obligatorias.

    El patrón se repite: más protección para patentes, menos margen para políticas públicas de salud.

    Argentina, que históricamente defendió las flexibilidades en materia de propiedad intelectual para garantizar acceso, corre el riesgo de retroceder hacia un modelo donde la salud queda subordinada a compromisos comerciales.


    Conclusión

    El impacto del acuerdo sobre medicamentos no es una hipótesis alarmista: es una consecuencia previsible si se implementan los compromisos de propiedad intelectual sin resguardos.
    Más monopolios, menos genéricos, medicamentos más caros y un sistema de salud tensionado hasta el límite.

    El interrogante ya no es técnico, sino político: ¿quién va a pagar el costo de este acuerdo?
    Todo indica que, una vez más, la cuenta la terminarán pagando los jubilados, los trabajadores y el Estado argentino.

     

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