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POCO CIELO MUCHOS CABLES

Tour por la Nueva Delhi Reginense

Para los que han tenido la posibilidad de viajar a la India, seguramente en algún tour por la ciudad de Nueva Delhi algo les habrá hecho recordar que no estaban tan lejos de nuestra querida ciudad Villa Regina. Si no viajaron (que es lo más probable, ya que estamos del otro lado del mundo), pueden buscar imágenes o videos de la capital India para saber de qué viene la cosa.

Hay una semejanza entre ambas ciudades, ¿qué podemos rescatar de la ciudad con el aire más tóxico del mundo y la perla del valle?, no es precisamente la toxicidad del aire, (aunque el nuestro no es tan impoluto como quisiéramos) si no su decorado/estético urbano explotado de postes y cableríos.

Resulta que en Nueva Delhi es prácticamente imposible mirar el cielo y no notar la maraña de cables que aparecen sobre las calles y edificios, su espacio aéreo está perturbado por el afán comercial  de prestadores de servicios que están muy lejos de ser regulados por el Estado, igual que acá.

¿Será tan grande la necesidad de la población en obtener servicios mediocres que no somos capaces de darnos cuenta que si no existe orden tampoco podemos pretender calidad?

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En Villa Regina, como en casi todas las ciudades del país hay tendidos muy viejos de líneas de teléfono o de cablevisión que están obsoletas. Lógico, si quien debe regularlas (el ejecutivo) no se compromete en su responsabilidad, menos aún se van a interesar por motu proprio los prestadores de servicios que son quienes deberían invertir siendo los encargados de llevar adelante un plan de re-estructuración de sus cableados aéreos.

Hoy en día, las nuevas instalaciones también se realizan entre esos tendidos sin tener en cuenta la posibilidad de hacerlos vía subterránea, aún siendo el municipio el encargado de habilitar los nuevos pudiendo controlar a través de normativas que regulen, exijan, rotulen mediante el dictamen de ordenanzas locales, al menos, la quita de los tendidos que están en desuso, soterrando los ya instalados y los próximos que vendrán.

El municipio tiene facultad plena en lo que respecta al uso del espacio aéreo dentro de su ejido, determinando las condiciones a cumplimentarse acordes a las necesidades de los usuarios, siendo imprescindible el control permanente desde el Ejecutivo Municipal pautando la forma de prestación, así como una regulación efectiva que encuadre la temática en forma general. La falta de control normativo no es de ahora, nunca se controló.

Un proyecto que alcance todas las actividades que se concreten mediante el tendido de redes de distribución aérea como: televisión por cable, telefonía, electricidad, Internet o cualquier otro servicio o actividad para lo cual resulte necesario la utilización de una red de distribución aérea, es necesario e inevitable.

La ciudad necesita regularizarlo porque en los últimos años las empresas de electricidad, telefonía e internet fueron sobrecargando hasta cubrir el cielo reginense con una maraña de líneas negras, que además de quitarle belleza, son una promesa constante de peligro y accidentes. Al tenerlo subterráneo brindaría mayor seguridad ante posibles accidentes viales o naturales a los vecinos, porque evita los posibles daños; no como el aéreo que corre un peligro permanente.

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La única normativa vigente en la ciudad sobre el uso del espacio aéreo para el cableado y el tendido eléctrico es la ordenanza 142/08 y lo único que regula son las tasas por derecho de ocupación del espacio público. Por lo tanto en la misma normativa se regulan los valores de tasas y  contribuciones por el derecho del espacio público de una mini pyme gastronómica que quiere instalar dos mesas en la vereda como de una empresa nacional que quiere instalar “X” cantidad de metros lineales de cableado. No se regula, ni fiscaliza, ni controla: “cómo” se van a instalar, solo se estipula el impuesto. Nuevo servicio, nuevo tendido, más gasto, más peligro, más contaminación visual.

Facultando al ente contralor también se da la igualdad de condiciones para la competencia empresarial, en off, un directivo de una de las empresas que brindan servicios de internet en Villa Regina nos comentaba que a su empresa se le solicitó la obligatoriedad del cableado de fibra óptica de manera subterránea cuando a las demás empresas se les facilitó el tendido aéreo.

La mayoría de las normativas que hemos podido encontrar en ciudades del país se encuentran con los mismos problemas. No son respetadas ya que no son controladas, no solo en retrospectiva si no también hacia adelante. A su vez, van sufriendo constantes modificaciones que tienen que ver con el alcance de las grandes empresas hacia los sujetos políticos, presionando e influyendo en función de sus intereses empresariales. Coinciden casi todas en la regulación del soterramiento de las nuevas instalaciones,  en la demanda del mismo proceso para los tendidos ya instalados, y la quita de los cableados en desuso.

En un primer paso hay que ir resolviendo lo que llamamos “basura aérea”, que es aquella contaminación que podemos ver todos los reginenses en nuestro cielo, ni bien salimos de nuestras casas. En rigor, la intención de un proyecto de ordenanza debería ser sacar la enorme cantidad de cables existentes en la actualidad en el espacio aéreo. Ese sería un inicio, y como mencionábamos el soterramiento de los futuros cableados y la modificación de los ya instalados a la vía subterránea lo subsiguiente.

Otro de los ejemplos de la falta de regulación tiene que ver con el uso de postes municipales para negocios privados o particulares siendo que estos se mantienen con los impuestos municipales abonados por los contribuyentes pero a su vez son usufructuados por empresas privadas.

Resulta imperante una normativa local que regule el uso del espacio aéreo, que disponga el retiro de las instalaciones de cableado aéreo en desuso o que generen peligro a terceros. También debería buscarse regular el retiro o reubicación de postes de alumbrado eléctrico u otros servicios, como medida de seguridad y protección tanto a los vecinos como al medio ambiente en el distrito.

Está bien, no pretendemos despistar tu atención mucho más, continúen con el tour, bienvenides a la Nueva Delhi Reginense.

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La ciudad de Gral. Roca cuenta con una ordenanza algo más fundamentada y detallada sobre el uso del espacio aéreo (aunque carece también de control, porque ahí nos hermanamos en todo el país)… La normativa por ejemplo expresa en algunos de sus artículos lo siguiente:

…” Artículo 9º: TENDIDO SUBTERRANEO: a) En todo lo que es tendidos de redes de distribución de diferentes servicios en barrios nuevos, los mismos deberán ser tendido subterráneo de ductos o conductores de servicios de televisión, teléfono, electricidad, etc.; y el mismo será solicitado por la Municipalidad, quien podrá autorizar otro tipo alternativo a los mismos. Las empresas prestatarias de los servicios, podrán asociarse para compartir el gasto de la obra realizada.- b) Todos los tendidos nuevos o a remplazarse de las líneas de media tensión de transporte de energía eléctrica, dentro del radio urbano y suburbano de la ciudad, deberán ser subterráneas”…

…” Artículo 13º: UBICACIÓN DE POSTES: El área municipal de Infraestructura será la encargado de determinar las zonas y sectores de la ciudad, como así también las calles, avenidas o accesos en los cuales se permitirá la implantación de cada tipo de postes/ columnas; pudiendo exigir también el tendido subterráneo de los conductores o redes en aquellos lugares que estime conveniente atendiendo razones de seguridad, ordenamiento, estética o planificación urbana.-”…

…” Artículo 14º: REMODELACION DE LA VIA PUBLICA: En el caso que el municipio disponga ejecutar proyectos de remodelación de la vía pública en cualquier lugar de la ciudad, y para ello resulte necesario eliminar los tendidos de redes aéreas, las empresas propietarias de las mismas, estarán obligadas a ejecutar el tendido subterráneo de sus instalaciones en el mismo plazo que el municipio prevea la ejecución de sus proyectos.-”…

…” Artículo 16º: UTILIZACION DE COLUMNAS Y POSTES: Las columnas y/o postes de propiedad municipal, sólo podrán ser autorizados por la Municipalidad. En caso de que alguna empresa sin la autorización pertinente hiciera utilización del mismo, se labraran las infracciones correspondientes y se procederá a cobrar las multas establecidas hasta su regularización o retiro de las instalaciones.-”…

…” Artículo 34º: MODIFICACIONES Y/O ADECUACIONES: Todas las instalaciones que a la promulgación de la presente Ordenanza, no cumplan con su articulado, se deberán adaptar a las presentes especificaciones, en un plazo que de común acuerdo se establecerá con la Municipalidad.- El área municipal de Infraestructura dará conocimiento de la presente Ordenanza a todas aquellas empresas propietarias de redes aéreas de distribución para que en el plazo máximo de tres meses, procedan a realizar las presentaciones espontáneas y declaración de las instalaciones existentes, así mismo la presentación de un plan de trabajo para la realización de las adecuaciones que corresponda”…

…” Artículo 36º: INSTALACIONES EN DESUSO Las empresas, deberán retirar de manera inmediata todas las instalaciones que a la sanción de la presente no estén en uso”…

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    F-16 bajo secreto militar: cuánto sabemos de la millonaria operación de Milei y qué quedó fuera del control público

     

    La compra de los cazas a Dinamarca fue apenas el comienzo. Desde abril de 2024, el Gobierno fue ampliando progresivamente el alcance del secreto militar: primero la operación contractual por los aviones, después las obras y materiales importados, luego el armamento y las capacidades complementarias y, ahora, también la exportación de componentes al exterior para mantenimiento y actualización. En el camino aparecen cientos de millones de dólares y decenas de miles de millones de pesos cuya documentación detallada dejó de estar sometida a las reglas ordinarias de publicidad.

    Por Luis Bulnes Valdez para NLI

    El Gobierno de Milei volvió a ampliar el alcance del secreto militar sobre el programa de los F-16, y la decisión publicada este 18 de agosto en el Boletín Oficial permite reconstruir una historia bastante más extensa que la simple adquisición de 24 aviones de combate a Dinamarca. Desde abril de 2024 hasta hoy, distintas decisiones presidenciales fueron colocando bajo confidencialidad buena parte de la cadena contractual, logística, edilicia y de sostenimiento necesaria para poner en funcionamiento el nuevo sistema de armas de la Fuerza Aérea Argentina.

    El punto de partida fue el Decreto 370/2024, publicado el 29 de abril de 2024. Allí el Ejecutivo declaró secreto militar la operación contractual tramitada mediante el expediente EX-2024-05198131-APN-DGPPYP#FAA, justamente el expediente asociado a la adquisición del sistema de armas F-16. La norma estableció además que, una vez declarado el secreto, el organismo contratante quedaba exceptuado de las disposiciones relativas a la publicidad y difusión de las actuaciones del proceso.

    Sin embargo, el precio principal de la compra sí quedó expuesto públicamente. La Decisión Administrativa 252/2024 estableció que el contrato con la Organización de Adquisiciones y Logística del Ministerio de Defensa danés tendría un valor de US$301.200.000, pagadero en cinco cuotas anuales, e incluiría 16 aeronaves monoplaza, 8 biplaza, componentes y servicios.

    A esa cifra se sumó desde el comienzo otro componente mucho más difícil de reconstruir en detalle: el sistema de armas y equipamiento provisto por Estados Unidos. Las estimaciones difundidas durante la operación ubicaron ese paquete en torno de US$350 millones, llevando el costo inicial del programa a aproximadamente US$650 millones.

    El secreto se expandió: de los aviones a las bases, motores y armamento

    Cuatro meses después de la declaración inicial, el Gobierno dio un segundo paso. El Decreto 807/2024, publicado en septiembre de 2024, declaró secreto militar la contratación y construcción de las obras de infraestructura y la importación del material relacionado con la incorporación del sistema de armas del expediente original. La propia norma cita como fundamento que el Decreto 9390/63 considera secreto militar determinadas adquisiciones, construcciones y sus negociaciones y trámites.

    Eso significó incorporar a la zona de confidencialidad algo que tiene una dimensión económica concreta: las obras necesarias para que los F-16 puedan operar en la Argentina. En 2024 se informó una previsión de $44.694 millones para la modernización y construcción de infraestructura en la VI Brigada Aérea de Tandil y el Área Material Río Cuarto. La programación contemplaba desembolsos en distintos ejercicios presupuestarios y trabajos sobre instalaciones vinculadas con la operación de los nuevos cazas.

    Pero el alcance no terminaba en pistas, hangares o edificios. La documentación pública que acompañó aquella decisión mencionaba material sensible relacionado con el sistema, incluyendo partes de aeronaves, motores, repuestos y armamento real y de entrenamiento.

    En diciembre de 2024 llegó una nueva ampliación. El Decreto 1073/2024 declaró secreto militar las operaciones contractuales tramitadas mediante el expediente EX-2024-116082935-APN-EMGFAA#FAA. Y acá aparece un dato especialmente relevante: el propio texto oficial explica que la incorporación del sistema F-16 sería complementada mediante una Letter of Offer and Acceptance (LOA) dentro del programa estadounidense Foreign Military Sales, además de otra suscripción con la United States Navy, junto con contratos adicionales para incorporar equipos y capacidades complementarias.

    Es decir: el segundo expediente no es simplemente una repetición administrativa del primero. Es el mecanismo utilizado para mantener bajo secreto las adquisiciones adicionales necesarias para completar el sistema de armas. La propia norma establece que los procedimientos quedan exceptuados de las disposiciones de publicidad y difusión de las actuaciones.

    Ahora el secreto alcanza también al sostenimiento de los F-16

    El decreto publicado este 18 de agosto agrega una nueva capa. El Decreto 735/2026 declara secreto militar la exportación del material relacionado con el sistema de armas correspondiente al expediente original y a los contratos adicionales. El texto menciona expresamente la posibilidad de que salgan del país partes integrantes de las aeronaves, motores, repuestos, armamento real y armamento de entrenamiento para tareas vinculadas con mantenimiento y actualización.

    La decisión coincide con el comienzo de una nueva etapa operacional. El Gobierno informó oficialmente que el 30 de marzo de 2026 comenzaron los vuelos del sistema F-16 en el Área Material Río Cuarto, dentro del programa Peace Condor. La Fuerza Aérea señaló que el proceso incluye entrenamiento de pilotos y técnicos y que la puesta a punto de las instalaciones continúa.

    La secuencia, entonces, es reveladora: primero se ocultó la operación contractual; después, las obras y las importaciones; luego, las compras adicionales y capacidades complementarias; y ahora, también la salida del país de componentes para mantenimiento y actualización.

    No significa que el Gobierno esté vendiendo los aviones ni que cada salida de una pieza implique una operación comercial secreta. Por el contrario, resulta perfectamente compatible con el funcionamiento de un sistema de armas complejo que determinados motores, componentes o equipos deban ser enviados al exterior para inspección, reparación, actualización o intervención técnica. Lo que cambia es el grado de información pública disponible sobre qué se envía, a quién, por cuánto, bajo qué contrato y con qué frecuencia.

    Y ahí aparece el verdadero problema periodístico.

    US$650 millones y una cuenta que todavía no terminó

    La compra de los 24 F-16 fue presentada como una operación de aproximadamente US$301,2 millones, pero el propio Gobierno y distintas fuentes periodísticas explicaron que el programa completo debía contemplar también armamento, equipamiento y capacidades complementarias, llevando la estimación inicial a unos US$650 millones.

    Además, el gasto no terminó con la firma del contrato. En junio de 2026 se informó que Argentina ya había abonado tres de las cinco cuotas correspondientes a la compra de las aeronaves, por aproximadamente US$180 millones, mientras que el Presupuesto 2026 contempla otros $20.000 millones para trabajos de modernización y actualización tecnológica en Tandil y Río Cuarto.

    Y existe una cuestión todavía más importante: comprar un avión de combate es apenas el comienzo del gasto. El sistema necesita horas de vuelo, combustible, repuestos, capacitación, mantenimiento, infraestructura, simuladores, armamento, actualización de software y componentes, además de servicios técnicos y logísticos.

    El propio Gobierno informó en abril de 2026 que el programa apunta a alcanzar una capacidad operacional completa y que la capacitación de pilotos y técnicos se realiza con participación de la empresa estadounidense Top Aces. También presentó al Centro de Instrucción y Capacitación en Mantenimiento de Aeronaves F-16 como una pieza estratégica para avanzar hacia una mayor autosuficiencia en el sostenimiento de la flota.

    Por eso el nuevo decreto es importante: el secreto ya no acompaña solamente la compra de los cazas, sino que comienza a envolver su ciclo de vida.

    Hay además una contradicción que merece ser discutida. El secreto militar tiene una razón legítima cuando se trata de proteger información cuya divulgación pueda afectar la seguridad nacional. El propio Decreto 9390/63 contempla como materia secreta determinadas adquisiciones, construcciones y negociaciones militares.

    Pero secreto militar no debería ser sinónimo de cheque en blanco. Una cosa es no publicar las características técnicas sensibles de un misil o los detalles operativos de una aeronave; otra diferente es que la ciudadanía no pueda conocer cuánto dinero público se gastó, qué empresa fue contratada, qué obra se adjudicó, cuánto se pagó, qué mecanismo de contratación se utilizó o qué órgano de control intervino.

    De hecho, el propio Congreso viene planteando preguntas sobre el financiamiento y el sostenimiento de los F-16. En documentación parlamentaria aparecen interrogantes sobre con qué fondos se costearán los aviones, cómo se financiará su mantenimiento y qué recursos se utilizarán para adquirir otros equipos destinados a completar el sistema de armas.

    La investigación documental deja así una conclusión concreta: los F-16 no costaron solamente US$301,2 millones y tampoco terminaron de pagarse cuando llegaron los primeros seis aviones. Existe un programa mucho más amplio, con infraestructura, armamento, capacitación, capacidades complementarias, mantenimiento y futuras actualizaciones.

    Una parte de esa información puede y debe permanecer protegida por razones de defensa. Pero otra parte es información económica y administrativa sobre recursos públicos, y allí la discusión sobre transparencia permanece plenamente vigente.

    El desafío, entonces, no es revelar dónde está cada misil ni publicar información que pueda comprometer la seguridad de la Fuerza Aérea. Es mucho más sencillo: determinar cuánto dinero público está involucrado en el programa F-16, quién lo recibe, mediante qué contratos, qué obras se ejecutaron, qué compras se hicieron y qué controles existen sobre ellas.

    Porque si la cuenta total puede superar ampliamente los US$650 millones, la pregunta que queda abierta no es solamente cuánto cuestan los aviones; es cuánto terminará costando realmente el sistema F-16 completo y cuánto de esa cuenta podremos conocer los argentinos.

     

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Un comentario

  1. Felicitaciones por la inquietud.
    El grado de contaminación visual. Es inaudito. Ha llegado la hora de comenzar a hacer algo.

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