Nuevo permiso para hijos de padres separados

Nuevo permiso para hijos de padres separados

La Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) indicó que la nueva excepción para que los niños, niñas y adolescentes que viven con uno de sus padres puedan alternar de casa una vez por semana no es un régimen obligatorio.

La titular de la SENAF, Roxana Méndez, aseguró que esto se puede dar siempre y cuando entre los progenitores exista un acuerdo previo a la pandemia.

“Nos llegaron reiteradas consultas sobre este tema y se debe aclarar que esta nueva excepción no es un régimen de visita obligatorio que reemplaza acuerdos existentes previamente a la puesta en vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio”, explicó la Secretaria de Estado.

“Estamos pasando de una cuarentena en donde los niños, niñas o adolescente no se podían mover de un domicilio a que, una vez por semana, puedan hacer este movimiento para favorecer la comunicación con otro de sus padres o referente afectivo, que es un derecho. Pero esto no reemplaza u ordenar un nuevo régimen de comunicación”, indicó Méndez.

Entre ambos progenitores se determina (por acuerdos de hecho o escritos, o mediante resolución de un juez o jueza) la modalidad de cuidado o de régimen de comunicación, para regular los contactos entre hijos/as y progenitores no convivientes.

La nueva excepción ofrece una oportunidad para, teniendo en cuenta los intereses de los niños, niñas y adolescentes, que claramente deben ser escuchados, los padres puedan acordar una forma en que el niño o la niña mantengan una adecuada relación con ambos.

Lógicamente, si algún progenitor/a tiene alguna restricción legal para ver al niño o niña claramente no tiene ‘derecho’ a una semana de convivencia.

“El permiso, es una declaración jurada que tiene validez entre localidades y provincias y se trata de una oportunidad para que hijos e hijas puedan tener contacto con ambos progenitores, en caso que lo deseen”, concluyó Méndez.

La declaración jurada aprobada por la Resolución N°132/20 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que puede conseguirse y completarse en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2_anexo._decreto_ndeg_2972020_.pdf

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    La caución bursátil, conocida habitualmente como el «plazo fijo de la bolsa», comenzó a perder atractivo para los inversores que buscan obtener rendimiento en pesos mientras mantienen una elevada disponibilidad de sus fondos.

    Con tasas cercanas al 20% anual y una inflación que todavía se proyecta por encima de ese nivel, el rendimiento real de esta alternativa puede ser negativo.

    La caución se utiliza principalmente para administrar liquidez de corto plazo. El mecanismo permite colocar pesos durante períodos breves y obtener una tasa pactada, con la ventaja de operar dentro del mercado de capitales y conocer de antemano el rendimiento de la operación.

    Sin embargo, el escenario cambia cuando el objetivo deja de ser simplemente estacionar dinero durante algunos días y pasa a ser preservar el poder adquisitivo del capital. En ese caso, otras alternativas de renta fija comienzan a ofrecer una relación más atractiva entre plazo y rendimiento.

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    «La caución, con una tasa cercana al 20% anual, es una herramienta muy útil para administrar liquidez de corto plazo. Pero si la inflación esperada ronda el 30%, como vehículo de ahorro pierde atractivo porque el rendimiento real termina siendo negativo», explicó el asesor financiero Leandro Stainnekker.

    Por eso, el ejecutivo planteó que para períodos de inversión algo más extensos conviene analizar instrumentos que permitan capturar una tasa superior. «Hoy, por ejemplo, la Lecap S30N6 ofrece una TIR cercana al 30% anual, bastante por encima de la caución», señaló.

    El menú también incluye los Boncaps, que permiten fijar una tasa en pesos durante un período más prolongado, y los bonos ajustados por inflación. Entre estos últimos, Stainnekker mencionó al TX28, que actualmente ofrece un rendimiento aproximado de CER + 8,4% anual.

    La caución, con una tasa cercana al 20% anual, es una herramienta muy útil para administrar liquidez de corto plazo. Pero si la inflación esperada ronda el 30%, como vehículo de ahorro pierde atractivo porque el rendimiento real termina siendo negativo.

    Para el consultor Omar De Lucca, la comparación más directa de la caución ya no necesariamente debe hacerse contra un plazo fijo tradicional, sino contra las billeteras virtuales que remuneran los saldos.

    «A mi opinión, rinde casi lo mismo que una billetera virtual, podrás tener 1 punto más, 1 punto menos», sostuvo. Según explicó, existe además una diferencia importante en materia de liquidez: los saldos en billeteras están disponibles diariamente, mientras que en una caución el inversor debe esperar el plazo pactado o el vencimiento para recuperar los fondos.

    «Normalmente las cauciones son a una semana de plazo», indicó De Lucca. A cambio de esa menor liquidez, la caución ofrece una ventaja: se trata de una renta fija, mientras que las alternativas vinculadas a fondos de inversión pueden tener componentes de renta variable y rendimientos que no están necesariamente garantizados.

    El experto también puso el foco en el atraso cambiario frente a la inflación, una cuestión que puede modificar las decisiones de los inversores.

    «Si se estabiliza la inflación, claramente comienza a convenir más dolarizarte porque se viene un 2027 electoral», sostuvo. Por eso, el interrogante pasa por determinar cuál de las dos variables -el dólar o la inflación- tiene mayor recorrido alcista.

    Así, la caución mantiene su utilidad como herramienta para administrar liquidez de muy corto plazo, pero pierde atractivo como instrumento de ahorro cuando se la compara con alternativas capaces de ofrecer tasas más elevadas o cobertura frente a la inflación. El desafío para los inversores será definir cuánto tiempo pueden inmovilizar sus pesos y cuánto riesgo cambiario están dispuestos a asumir.

     

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