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ROCA YA CUENTA CON UNA SUBCOMISIÓN CENTRADA EN LA PRODUCCIÓN DE CANNABIS Y CÁÑAMO

La Cámara de Agricultura, Industria y Comercio  de general roca anunció la conformación del espacio productores cannábicos del valle, una subcomisión centrada en la producción de cannabis medicinal y de cáñamo industrial

El contexto nacional con la media sanción en senadores al proyecto de ley que establece un marco regulatorio de la cadena de producción, industrialización y comercialización del cannabis para uso medicinal y de investigación científica y la producción industrial del cáñamo, hace parar la oreja a más de un productor regional.

Nuestra provincia cuenta con innumerables riquezas, sin embargo, los problemas sociales persisten. La decadencia de la fruticultura y la expansión del fracking se ven reflejadas en la merma de áreas productivas y en la creciente contaminación. Es acá que la producción de cannabis (tanto medicinal como cáñamo industrial) emerge como una potencial herramienta para el futuro de la provincia.

Las características geográficas del Alto Valle son perfectas para la producción en exterior. Sumado esto a la infraestructura para la producción agrícola, las condiciones parecen inmejorables. Es una Alternativa ecológica a la expansión del fracking y desmontes causados por desarrollos inmobiliarios. A la vez son Productos con un alto valor internacional y es una cadena generadora de Fuentes de trabajo e inversiones legítimas.

Una buena oportunidad se abre en el valle debido a que  La Cámara de Agricultura, Industria y Comercio  de general roca anunció la conformación del espacio productores cannábicos del valle, una subcomisión centrada en la producción de cannabis medicinal y de cáñamo industrial.

La articulación institucional con el sector público y privado, en todos los niveles, la vinculación entre diversos actores de la militancia y sectores de la industria, las actividades de difusión y capacitación, más la posibilidad de una reactivación de la economía regional con otro tipo de producción, teniendo en cuenta el contexto productivo actual donde los pequeños productores han sido devorados por las grandes empresas, son algunos de los ejes centrales de la nueva subcomisión.

En esta ocasión la abogada Julieta peralta, miembro de la subcomisión, nos explica cuales son los avances, objetivos y otras yerbas..

Uno de los principales objetivos de la subcomisión es la articulación institucional con el sector público y privado, en todos los niveles (nacional, provincial y local, e incluso internacional) “para todo lo que sea información, para estar al tanto de las disposiciones que salen, las regulaciones que se establezcan en el sector y para poder empezar a generar convenios colaborativos con estos entes siempre en pos del desarrollo del cannabis medicinal y del cáñamo”.

Esta subcomisión tiene también el propósito de realizar actividades de difusión, encuentros para concientizar, educar y capacitar a todos los sectores involucrados. Julieta Peralta sostiene en relación al cannabis medicinal que “la cadena cultivador-usuario-médico se amplía con lo industrial porque tendríamos en el medio la comercialización, la distribución y ni hablar con el cáñamo que se va a ampliar lo productivo”.

Otro objetivo es impulsar el desarrollo productivo del cannabis medicinal y principalmente del cáñamo industrial en el Valle de Río Negro. “Queremos darle prioridad a nuestra zona, el potencial de la provincia es muchísimo y sobre todo en el Valle, porque la tierra es muy fértil”, afirmó la abogada.

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  • Mal dato para Caputo: la inflación volvió a subir en Córdoba

     

    El dato de la inflación de julio de Córdoba confirma el anticipo de las principales consultoras, en julio se frenó la baja de la inflación que registró junio. Según los datos de la provincia la inflación volvió a ubicarse en el 2% en julio, revirtiendfo la baja a 1,9% del mes anterior. 

    Ese dato se combina con otros registros muy malos que hablan de una economía exhausta por el ajuste: la caída del consumo, el endeudamiento para comprar alimentos y el deterioro de la situación social se agravaron, consolidando un escenario de fuerte fragilidad que golpea a las familias y a los pequeños comercios. 

    El relevamiento del Centro de Almaceneros, que funciona como un anticipo del registro oficial, determinó una inflación mensual del 2,05%, con un acumulado del 19,3% en los primeros siete meses del año y una variación interanual del 33,8%. 

    Sin embargo, la Canasta Básica Alimentaria aumentó un 37,3% en doce meses, por encima del índice general, una diferencia que explica por qué la desaceleración de los precios todavía no se traduce en una mejora del poder adquisitivo. Para una familia tipo de cuatro integrantes, no caer debajo de la línea de pobreza ya exige ingresos por $1.997.833, mientras que evitar la indigencia demanda $1.090.624 mensuales. 

    Las consultoras anticipan que pese a la baja de junio, la inflación volverá a acelerarse

    El dato que más preocupa al sector comercial es que el consumo continúa desplomándose. Las ventas en los comercios de proximidad dedicados a alimentos registraron una caída interanual del 8,3%, una tendencia que ya lleva varios meses consecutivos y que ni siquiera el movimiento extraordinario generado por el Mundial de fútbol logró revertir. La consecuencia empieza a trasladarse directamente a la supervivencia de los negocios. 

    El relevamiento del Centro de Almaceneros de Córdoba revela que el12,5% de los comerciantes considera que, si el nivel actual de ventas continúa, su comercio será económicamente inviable dentro de los próximos seis meses. Es decir, uno de cada ocho almacenes, autoservicios o pequeños negocios ya observa un horizonte de cierre antes de terminar el año.

    El 12,5% de los comerciantes considera que, si el nivel actual de ventas continúa, su comercio será económicamente inviable dentro de los próximos seis meses. Es decir, uno de cada ocho almacenes, autoservicios o pequeños negocios ya observa un horizonte de cierre antes de terminar el año. 

    El deterioro comercial tiene un correlato directo en la situación social. El informe muestra que el 76,1% de las familias considera que hoy se alimenta peor que hace un año, mientras que el 57,1% reconoce que durante julio no pudo cubrir satisfactoriamente la Canasta Básica Alimentaria. 

    Jumbo y las tarjetas aprovechan la necesidad de la gente para «financiar» la comida con tasas cercanas al 100%

    Incluso entre quienes sí lograron alcanzarla, siete de cada diez necesitaron algún tipo de asistencia estatal para hacerlo. La inseguridad alimentaria también dejó de expresarse únicamente en el reemplazo de productos por otros más baratos. Ahora impacta directamente sobre la cantidad de comida consumida. 

    El 38,3% de los hogares admite que algún adulto redujo sus porciones para priorizar al resto de la familia. Y en el 27,8% de las viviendas donde viven niños, alguno de ellos tuvo que comer menos por falta de dinero. El otro gran fenómeno que detecta el informe es el endeudamiento para sobrevivir. 

    El 88,5% de los hogares tuvo que financiar la compra de alimentos durante el último mes. El mecanismo más utilizado fue el fiado en comercios de barrio (39,3%), seguido muy de cerca por las tarjetas de crédito (37,9%). Un mecanismo que deja a las famialias a merced de las tasas usurarias que cobran tarjetas e hipermercados y que en los hechos hace que el precio d ela comida está muy por arriba de lo que marca el precio de góndola, como reveló LPO.

    El crédito dejó de utilizarse para consumos extraordinarios y pasó a financiar necesidades básicas. El panorama financiero de las familias tampoco ofrece margen para absorber nuevos golpes. El 92% de los hogares asegura que podría sostener sus gastos durante menos de un mes si perdiera sus ingresos, y dentro de ese universo, el 58% apenas resistiría una semana. A su vez, el 87% no podría afrontar con recursos propios un gasto extraordinario de $150.000.

     

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    Con modificaciones por decreto a la Ley de Migraciones, el gobierno de Milei profundiza su política de persecución contra los migrantes

     

    El Gobierno nacional modificó por Decreto de Necesidad y Urgencia la Ley de Migraciones e incorporó nuevas causales para impedir el ingreso, cancelar residencias y expulsar extranjeros del país. Bajo el argumento de combatir los «mensajes de odio» contra los argentinos y proteger los símbolos patrios, el DNU 681/2026 introduce conceptos amplios cuya interpretación queda en manos del Estado, abriendo interrogantes sobre sus alcances y el impacto que podría tener sobre la libertad de expresión y los derechos de la población migrante.

    Por Ignacio Álvez Alcorta para NLI

    El Gobierno amplía las causales para impedir el ingreso y expulsar extranjeros

    Con el DNU 681/2026, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Milei volvió a modificar la Ley de Migraciones Nº 25.871 mediante un decreto de necesidad y urgencia, profundizando el endurecimiento de la política migratoria iniciado meses atrás. La norma incorpora un nuevo inciso al artículo 29 de la ley, que establece las causales para impedir el ingreso al país, y otro al artículo 62, referido a la cancelación de residencias ya otorgadas. A partir de ahora, podrán rechazarse solicitudes de ingreso o dejar sin efecto residencias cuando el Estado considere que un extranjero incurrió en determinadas conductas vinculadas con discursos de odio o actos contra los símbolos nacionales.

    El nuevo texto establece que no podrán ingresar ni permanecer en la Argentina quienes hayan dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, quienes inciten a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano argentino por motivos de nacionalidad, quienes participen en actos de ultraje contra los símbolos patrios nacionales o quienes inciten a cometer cualquiera de esas acciones. Paralelamente, el decreto modifica el artículo 63 para establecer que la cancelación de la residencia por estas nuevas causales podrá derivar en la obligación de abandonar el país o directamente en la expulsión, según determine la autoridad migratoria.

    Conceptos abiertos que dejan amplios márgenes de interpretación

    Aunque el decreto incorpora una cláusula que aclara que no podrán considerarse comprendidas las expresiones de disenso ideológico ni la crítica política, académica o ciudadana, la redacción deja numerosos interrogantes abiertos que probablemente terminarán siendo objeto de discusión judicial.

    El primero de ellos es que la norma no define qué constituye exactamente un «mensaje de odio». No se establecen parámetros objetivos ni se remite a una tipificación penal específica. Tampoco se determina qué características debe reunir una manifestación para ser considerada incitación a la violencia contra los argentinos. Esa ausencia de definiciones deja un margen de interpretación muy amplio para la Dirección Nacional de Migraciones y, eventualmente, para los tribunales.

    Otro aspecto que permanece en una verdadera nebulosa jurídica es el concepto de «ultraje a los símbolos patrios». El decreto no enumera conductas concretas ni explica si el ultraje debe encontrarse previamente acreditado mediante una sentencia judicial o si bastará con una valoración administrativa. No queda claro, por ejemplo, si una intervención artística, una protesta pública, una performance, la quema de una bandera o una publicación en redes sociales podrían ser consideradas comprendidas dentro de esa figura, ya que el texto evita cualquier precisión.

    La misma incertidumbre aparece respecto de la prueba. El DNU no explica quién determinará que una persona emitió mensajes de odio ni cuál será el estándar probatorio exigido. Tampoco establece si será necesaria una condena penal previa, una resolución judicial, un expediente administrativo o simplemente informes elaborados por organismos estatales. En consecuencia, queda abierta la discusión sobre cuáles serán las garantías de defensa para los extranjeros alcanzados por la medida.

    Entre la libertad de expresión y las facultades discrecionales del Estado

    El propio decreto intenta anticiparse a esas objeciones al sostener que la medida no afecta la libertad de expresión, ya que excluye expresamente el disenso ideológico y la crítica política. Sin embargo, la delimitación entre una crítica protegida constitucionalmente y un supuesto mensaje de odio aparece como uno de los puntos más delicados de toda la reforma.

    La dificultad radica en que la decisión sobre dónde termina una opinión política y dónde comienza una conducta que habilite la expulsión quedará inicialmente en manos de la administración pública. Esa amplitud interpretativa podría derivar en cuestionamientos sobre el alcance de las facultades discrecionales del Estado y sobre el respeto de los principios de legalidad y seguridad jurídica.

    A ello se suma que la norma tampoco distingue si los hechos deben haber ocurrido dentro del territorio argentino o en el extranjero. La redacción permitiría, en principio, considerar publicaciones realizadas fuera del país o manifestaciones efectuadas años antes del ingreso, sin que el decreto establezca límites temporales ni criterios para valorar la gravedad de cada caso.

    Una nueva vuelta de tuerca en la política migratoria de Milei

    La modificación se inscribe dentro del endurecimiento de la política migratoria impulsada por la administración libertaria durante el último año. Desde la llegada de Milei a la Casa Rosada, el Ejecutivo avanzó mediante distintos decretos sobre el régimen migratorio, restringiendo derechos y ampliando las facultades de la Dirección Nacional de Migraciones, una estrategia que ya generó presentaciones judiciales y cuestionamientos por parte de organismos especializados en derechos humanos y asociaciones de migrantes.

    Con el DNU 681/2026, el Gobierno vuelve a recurrir al mecanismo del decreto para introducir modificaciones en una ley sancionada por el Congreso. Más allá del argumento oficial de proteger a los argentinos frente a expresiones violentas o discriminatorias, la incorporación de conceptos jurídicos abiertos y la ausencia de precisiones sobre su aplicación concreta anticipan un escenario de fuerte debate constitucional. El verdadero alcance de estas nuevas facultades dependerá, probablemente, de cómo las aplique la autoridad migratoria y de las decisiones que adopten los tribunales cuando comiencen a llegar los primeros casos.

     

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