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Información sobre arbolado urbano

La Municipalidad de Villa Regina recuerda la vigencia de la Ordenanza 10/2009 que reglamenta el arbolado urbano y establece el procedimiento para la autorización de extracción de árboles, los criterios de plantación y el sistema de multas para quienes infrinjan la presente normativa. 

En este sentido, se informa que multará a los frentistas que no soliciten permiso para la extracción de los mismos y, también, a aquellos que habiéndolo solicitado no realizaron la reposición correspondiente.

Cabe recordar que, de acuerdo a lo establecido, todos los inmuebles de la zona urbana, con edificación o sin ella, deben poseer dos árboles cada 10 metros de frente.

El arbolado urbano es un bien de dominio público municipal y los árboles son generadores de un sinnúmero de beneficios como purificar el aire, atenuar los vientos, filtrar ruidos y formar parte de los ciclos ecológicos vitales, entre otros.

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    La Justicia frena el ajuste universitario y obliga al Gobierno a pagar salarios y becas

     

    Un fallo federal le puso un límite al intento del Ejecutivo de vaciar la ley de financiamiento universitario. La Justicia ordenó aplicar de inmediato la norma votada por el Congreso y dejó sin efecto el decreto con el que Milei buscó congelar salarios docentes y becas estudiantiles.

    Por Ignacio Álvarez Alcorta para NLI

    La ofensiva del Gobierno nacional contra el sistema universitario recibió este martes un golpe judicial de peso. El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de manera inmediata la ley de financiamiento universitario y suspendió, de forma cautelar, el decreto con el que la gestión libertaria había intentado frenar la actualización salarial de docentes y la recomposición automática de las becas.

    La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, en el marco de una acción de amparo impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades del sistema universitario, que denunciaron el vaciamiento de una ley aprobada por el Congreso y ratificada tras la insistencia legislativa de ambas cámaras.

    Un decreto para vaciar una ley

    En su resolución, el magistrado declaró inaplicable el decreto 759/2025 en el tramo en el que condicionaba la ejecución de la ley 27.795 a que el Congreso definiera previamente las fuentes de financiamiento. Para la Justicia, ese argumento no solo carece de sustento jurídico sino que constituye, en esta etapa del proceso, una conducta arbitraria y contraria a la Constitución.

    Cormick fue explícito: una vez que el Congreso insiste con una ley —tal como lo prevé el artículo 83 de la Constitución Nacional— el Poder Ejecutivo no puede introducir variantes suspensivas ni condicionamientos encubiertos a través de normas de jerarquía inferior. En otras palabras, Milei no puede vetar por decreto lo que el Parlamento ya resolvió por amplia mayoría.

    Salarios licuados y derechos vulnerados

    El fallo hace lugar a la medida cautelar y ordena al Estado cumplir de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley, que establecen la actualización de las partidas destinadas a salarios docentes y la recomposición automática de las becas estudiantiles. La medida regirá hasta que se dicte sentencia definitiva.

    En sus fundamentos, el juez advirtió que el incumplimiento de la ley genera “perjuicios graves de imposible reparación ulterior”, al remarcar la pérdida sostenida del poder adquisitivo de los trabajadores universitarios. Según señaló, esa situación vulnera derechos laborales protegidos tanto por la Constitución como por tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.

    Pero el alcance del daño no se agota en los bolsillos. Cormick subrayó que el deterioro salarial afecta de manera directa el derecho a enseñar y a aprender, pilares básicos del sistema universitario público que el Gobierno viene atacando desde el inicio de su gestión.

    El falso argumento del “ahorro fiscal”

    La resolución también desmonta uno de los principales argumentos del Ejecutivo: el supuesto interés público asociado al ajuste. Para el juez, el eventual ahorro fiscal que implicaría no aplicar la ley es marginal, con un impacto estimado en apenas el 0,23 % del PBI, una cifra insignificante frente al daño estructural que provoca el desfinanciamiento de las universidades.

    En ese sentido, el fallo advierte que el decreto cuestionado podría vulnerar el principio de división de poderes, al intentar subordinar la vigencia de una ley del Congreso a la discrecionalidad del Ejecutivo. Un esquema que, de consolidarse, abriría la puerta a un vaciamiento sistemático del rol del Parlamento.

    Un límite judicial al ajuste

    Si bien el juez aclaró que la cautelar se dicta en una etapa preliminar y no implica adelantar opinión sobre el fondo del asunto, consideró plenamente acreditados los requisitos legales para ordenar el cumplimiento inmediato de la ley.

    La decisión judicial vuelve a poner en evidencia que el plan de ajuste del Gobierno no solo choca con la resistencia social y académica, sino también con los límites constitucionales. Esta vez, fue la Justicia la que recordó que las universidades no se gobiernan por decreto y que las leyes votadas por el Congreso están para cumplirse.

     

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