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Enero cerró con porcentajes de ocupación récord en los destinos turísticos

Más de 220.000 turistas disfrutaron los encantos de Río Negro durante enero con una ocupación del 98% en los destinos más elegidos, posicionándose entre las provincias preferidas por el turismo nacional

Según datos recabados por el Observatorio Turístico del Ministerio de Turismo y Deporte, la región Cordillera (Bariloche, El Bolsón, Dina Huapi) alcanzó el 98% de ocupación, mientras que la región Mar (Las Grutas, Playas Doradas, El Cóndor) trepó al 97%. Durante este mes el turismo generó, en el territorio provincial, un impacto económico de $5.656.292.616,84.

Estos números resultan de un trabajo sólido que lleva adelante la Provincia conjuntamente con los municipios en materia de promoción y difusión de sus destinos, orientado al público final como también a operadores y agencias de viajes, dando a conocer la diversidad de paisajes, actividades y servicios que ofrecen los destinos ríonegrinos para quienes elijen disfrutar de un verano en Río Negro.

Las impactantes cifras del mes de enero en los altos niveles de ocupación generan grandes expectativas de cara al mes de febrero, en el que también se espera el arribo de miles de visitantes que ya reservaron sus alojamientos en los principales centros turísticos de la provincia. Sumado al beneficioso  programa nacional PreViaje, como herramienta de incentivo para la reactivación del turismo, consolidando a Río Negro como líder en ventas, elegido por miles de turistas que disfrutarán de sus próximas vacaciones.

El verano se disfruta en el mar

Además de Las Grutas, Playas Doradas y El Cóndor también vivieron un comienzo del 2022 exitoso en el que recibieron a miles de visitantes, volviendo a ubicarse entre los lugares más elegidos de la Costa Atlántica provincial.

Sin embargo, las playas más solitarias como las del Puerto de San Antonio Este, La Lobería, Bahía Creek y Punta Perdices también fueron elegidas por el turismo que optó por una propuesta centrada en el descanso y el relax a orillas del mar como una oferta distintiva.

La temporada también se vive en la montaña

En la Cordillera rionegrina, las y los viajeros eligieron vivir unas vacaciones increíbles en San Carlos de Bariloche entre lagos, bosques y montañas, mientras que algunos otros visitantes arribaron a El Bolsón para disfrutar una tentadora propuesta de Turismo de Aventura y de Bienestar.

Cabe destacar que un gran caudal de pasajeros arribaron a las ciudades lacustres gracias a los beneficios del programa nacional de pre venta impulsado por el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, que en su segunda edición tuvo a Bariloche como el destino más elegido a nivel nacional.

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    Revocan los procesamientos por el escrache a la casa de Espert y la Cámara expone a la jueza Arroyo Salgado

     

    La Cámara Federal de San Martín dejó sin efecto los procesamientos contra tres militantes acusados por el escrache a la casa de José Luis Espert y dictó la falta de mérito. El fallo cuestiona con dureza a la jueza Sandra Arroyo Salgado y desarma una causa que había sido presentada como un caso de gravedad institucional.

    Por Ramiro C. Ferrante para NLI

    La Cámara Federal de San Martín resolvió revocar los procesamientos dictados contra Eva Mieri, Alexia Abaigar e Iván Díaz Bianchi, los tres militantes acusados por el escrache realizado en 2025 frente al domicilio de José Luis Espert. En su lugar, los jueces dictaron la falta de mérito, lo que implica que, hasta el momento, no hay pruebas suficientes para sostener las acusaciones penales.

    La decisión judicial representa un giro significativo en una causa que había sido inflada mediática y políticamente, y que había derivado incluso en detenciones con fuerte impacto público. Según surge del fallo, las imputaciones no lograron ser acreditadas y los hechos no encuadran en los delitos graves que se pretendían aplicar.

    Un fallo que desarma la hipótesis de “sedición”

    Los camaristas Néstor Barral y Alberto Lugones fueron contundentes: no existió una organización destinada a imponer ideas por la fuerza, ni se configuraron los delitos de atentado al orden público o incitación al odio que había impulsado el juzgado de primera instancia.

    En ese sentido, el fallo advierte que las acciones dirigidas contra Espert no alcanzan para poner en riesgo la estabilidad institucional ni la tranquilidad social, desmontando así el argumento central de la acusación.

    Tampoco se probó la existencia de una asociación ilícita ni la intención de generar violencia política organizada, elementos que habían sido utilizados para justificar imputaciones de extrema gravedad.

    Duras críticas a Arroyo Salgado

    Uno de los puntos más relevantes de la resolución es el fuerte cuestionamiento a la actuación de la jueza Sandra Arroyo Salgado, a quien la Cámara le reprochó haber excedido el objeto procesal y avanzar con interpretaciones forzadas.

    Los jueces señalaron que la magistrada amplió indebidamente el alcance de la investigación y utilizó figuras penales desproporcionadas para los hechos analizados.

    Además, el fallo deja entrever críticas al tratamiento mediático inicial del caso, que acompañó la construcción de una narrativa judicial de alto impacto antes de contar con pruebas sólidas.

    El origen del caso: un escrache político

    El episodio ocurrió en junio de 2025, cuando un grupo de manifestantes realizó un escrache frente a la vivienda de Espert, colocando un pasacalle, panfletos y arrojando excremento en la vereda.

    El hecho se produjo pocos días después de que el propio dirigente libertario realizara declaraciones insultantes contra Florencia Kirchner en un ámbito público, lo que generó repudio inmediato.

    Desde el inicio, la defensa de los acusados sostuvo que se trataba de una acción política simbólica, sin violencia ni afectación de bienes, y que su criminalización implicaba un avance sobre el derecho a la protesta.

    De “terrorismo” a falta de mérito

    La causa había escalado rápidamente con acusaciones que incluían delitos como atentado contra el orden público, amenazas agravadas e incitación al odio, figuras que incluso suelen aplicarse en contextos de extrema gravedad institucional.

    Sin embargo, la Cámara desmontó esa construcción: no hubo pruebas de que los hechos encuadraran en esos tipos penales, ni de que existiera un peligro real derivado de la protesta.

    El contraste entre la imputación original y la resolución final expone una dinámica cada vez más frecuente en el actual contexto político: la utilización del aparato judicial para disciplinar la protesta social y luego su desarticulación en instancias superiores.

    Un mensaje político-judicial

    Más allá de la situación procesal de los imputados, el fallo deja un mensaje claro: no todo conflicto político puede ser traducido en delito penal, y menos aún mediante interpretaciones expansivas que vulneren garantías básicas.

    En un clima atravesado por la polarización y la persecución selectiva, la resolución de la Cámara Federal de San Martín funciona como un límite —al menos parcial— a los intentos de judicializar la militancia.

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